MINAGRICULTURA - Resolución 000488 de 2015
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000488 de 2015
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2015
Libertad y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO 000488 pe 2015 ( 310ICI "Por la cual se realiza una distribución interna de los recursos del Presupuesto de Inversión del Fondo de Fomento Agropecuario para la Vigencia Fiscal 2016” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 2.1.4.1.5 del Decreto 1071 de 2015, y
CONSIDERANDO.
Que el artículo 2.1.4.1.1, del Decreto 1071 de 2015 señala que el Fondo de Fomento Agropecuario fue creado mediante el Decreto Ley 313 de 1960 como una cuenta separada, incluida en el Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y será administrado por el Despacho del Ministro o por quien este delegue. Que el objeto del Fondo de Fomento Agropecuario, de conformidad con el artículo 2.1.4.1.2. del decreto antes mencionado, es impulsar las actividades que contribuyan al fomento del desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero, de Acuicultura y de Desarrollo Rural, en el marco de las políticas que adopte el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante la cofinanciación de proyectos aprobados bajo las directrices expedidas para el Fondo, respetando los principios de desarrollo sostenible. Que de conformidad con el artículo 2.1.4.1.5. del Decreto 1071 de 2015, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante resolución debe realizar
los principios de desarrollo sostenible. Que de conformidad con el artículo 2.1.4.1.5. del Decreto 1071 de 2015, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante resolución debe realizar la distribución interna de los recursos del Fondo de Fomento Agropecuario. Que el artículo 1 de la Resolución 385 de 2014 delegó en la Oficina de Planeación y Prospectiva la función de administrar el Fondo de Fomento Agropecuario con apoyo de las áreas correspondientes, función que comprende las actuaciones administrativas u operativas, así como: recibir proyectos, veríficar requisitos de cumplimiento, requerir documentos subsanables de ser necesario, viabilizar los proyectos o rechazarlos, suscribir acta de aprobación de cofinanciación, suscribir estudios previos y adelantar el trámite precontractual. Asi mismo, absolverá peticiones y - consultas presentadas por los proponentes, el operador si se contrata, terceros interesados, entes de control, y entidades públicas y privadas. Que la resolución antes mencionada tijó las directrices y dictó las pautas para la administración de los recursos del Fondo de Fomento Agropecuario, estableciendo en el parágrafo 3 del artículo 1 que se incorporarán dentro del presupuesto del Fondo de Fomento Agropecuario los recursos. provenientes del Presupuesto General de la Nación para ejecutar las actividadesRESOLUCIÓN NUMER® 0048 8per HojaN.2 31 DIC 206 Continuación de la Resolución " Por la cual se realiza una distribución interna de. los recursos del Presupuesto de Inversión del Fondo de Fomento Agropecuario para la Vigencia Fiscal 2016” relacionadas con la formulación; ejecución y seguimiento de las políticas,
recursos del Presupuesto de Inversión del Fondo de Fomento Agropecuario para la Vigencia Fiscal 2016” relacionadas con la formulación; ejecución y seguimiento de las políticas, programas, planes y proyectos necesarios para el cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural, los que se reciban en desarrollo del Decreto 870 de 2014, y los recursos que se reciban para apoyar proyectos productivos para beneficiarios del Fondo de Fomento Agropecuario que resultaren afectados por fenómenos naturales y/o eventos causados por el hombre de manera no intencidnal, siempre que cumplan en todos los casos con el objeto del Fondo de Fomento Agropecuario. Que medianie comunicación de fecha 11 de junio de 2015 la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, con previo visto bueno del Departamento Nacional de Planeación, autorizó cupo para la asunción de compromisos con cargo a apropiaciones de vigencias futuras ordinarias del presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Agricultura y Desarrolo Rural, proyecto 0007 Asistencia Técnica para el Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero, Fondo de Fomento Agropecuario, por un valor de DOSCIENTOS SIETE MIL SETENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($207.075.872.389) M/cte. o Que de conformidad con el Decreto 2550 del 30 de diciembre de 2015, mediante el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016, se detallan las apropiaciones, y se clasifican y. definen los gastos, el proyecto denominado “Asistencia Técnica para el desarrollo del
mediante el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016, se detallan las apropiaciones, y se clasifican y. definen los gastos, el proyecto denominado “Asistencia Técnica para el desarrollo del sector Agropecuario y Pesquero. Fondo Fomento Agropecuario” cuenta con una apropiación presupuestal de DOSCIENTOS OCHO MIL MILLONES DE PESOS ($208.000.000.000,00) M/cte. Que, según consta en justificación del Jefe de la Oficina de Planeación y Prospectiva, de los DOSCIENTOS OCHO MIL MILLONES DE PESOS ($208.000.000.000) M/cte, asignados, se adquirieron compromisos durante la vigencia 2015 por valor de CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($166.182.142.396) M/cte, para la vigencia 2016, representados en 99 convenios suscritos. Que según la misma justificación, dentro del Presupuesto de Fondo de Fomento Agropecuario se incorporaran recursos provenientes del presupuesto General de la Nación para ejecutar actividades relacionadas, entre otras, con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas, programas, planes y proyectos necesarios para el cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural, y la Cumbre Agraria Campesina, Étnica y Popular. No obstante, estos compromisos cuentan con recursos de vigencias futuras que aseguran su cumplimiento, por lo cual no se requiere distribución para estas líneas en el 2016. Que, según la misma justificación, y en atención a los compromisos descritos,
obstante, estos compromisos cuentan con recursos de vigencias futuras que aseguran su cumplimiento, por lo cual no se requiere distribución para estas líneas en el 2016. Que, según la misma justificación, y en atención a los compromisos descritos, que se deducen, en el Presupuesto de Inversión del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la vigencia fiscal de 2016, Programa 310: Divulgación, Asistencia Técnica y Capacitación del Recurso Humano; Subprograma 1100:RESOLUCIÓN NUMERGO0488 per - Hoja Ne.3 3 1 DIS 29% Continuación de la Resolución “ Por la cual se realiza una distribución interna de los recursos del Presupuesto de Inversión del Fondo de Fomento Agropecuario para la Vigencia Fiscal 2016” Intersubsectorial Agropecuario; Proyecto 7: Asistencia Técnica para el Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero. Fondo: de Fomento Agropecuario, Recurso 10: Recursos Corrientes, se cuenta con una apropiación presupuestal a distribuir de CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS ($41.817.857.604) En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Para la vigencia fiscal de 2016, distribuir internamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 385 de 2014 y con base en la apropiación del Presupuesto de inversión contenida en el Presupuesto General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la suma de
CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE MILLONES
en la apropiación del Presupuesto de inversión contenida en el Presupuesto General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la suma de CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS ($41.817.857.604) para los proyectos productivos orientados a beneficiarios del Fondo de Fomento Agropecuario, régimen general.
Parágrafo: En la ejecución de los recursos se tendrá en cuenta lo dispuesto en el inciso segundo del parágrafo del artículo 2.1.4.1.5 del Decreto 1071 de
2015. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 3 i DIC X5 (e
AURELIO IRAGORRI VALENCIA
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó, Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva Sr revisó, Oficina Asesora Jurídica. És Aprobó, Secretaria General 4