MINAMBIENTE - Auto 15 de 2025
Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Auto 15 de 2025
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
AUTO No. ---------"-0_1_5 _____ DE._1_7_FE_B_2_02_5-4--_ "Por el cual se decreta el desistimiento· tácito de la solicitud de sus racción definitiva de un área de la Resén/a Forestal Central y se adoptan otras determinaciones,. en el .mqrco del expediente COR-00291"
LA DIRECTORA DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVIC OS
ECOSISTÉMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESAR OLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las facultades previstas en el numeral 18 del artícul 5° de la Ley 99 de 1993, el artículo 204 de la Ley 1450 de 2011, y los numer les 14 del artículo 2° y 8 del artículo 6° del Decreto Ley 3570 de 2011, delega as a esta Dirección mediante el artículo 1 ° de la Resolución 657 del 17 de julio de 2023; con fundamento en el procedimiento reglamentado por _la Resolució 110 de 2022; teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011; y
CONSIDERANDO
I. ANTECEDENTES Que, mediante el radicado No. 2022E1024856 del 19 de julio de 2022
(VITAL No. 4800090116603122003 del 13 de julio de 2022), el eñor Iván Andrés Páez Páez, apoderado de la sociedad INVERSIONES A.S.L. .A.S., con NIT. 901.166.031-1, solicitó la sustracción definitiva de un área de a Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2ª de 1959, para el des rrollo del proyecto "Construcción de obras complementarias para el p oceso de
NIT. 901.166.031-1, solicitó la sustracción definitiva de un área de a Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2ª de 1959, para el des rrollo del proyecto "Construcción de obras complementarias para el p oceso de postcosecha del cultivo de aguacate - Vivienda principal Costa ica, casa Maracaibo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de fu iducto y herbiducto, puntos de recolección de aguas lluvia, y zonas de d scanso y operación vehicular - Vivienda principal Costa Rica, casa Maracaibo, nques de aguas residuales, puentes, casetas de fumiducto y herbiducto, untos de recolección de aguas lluvia, y zonas de descanso y operación vehicul r y zonas de descanso y operación vehicular" en el municipio de Pijao (Quindío Que, por medio del radicado No. 2022E1041605 del 27 de octubr de 2022 (VITAL No. 3500090116603122006 del 12 de octubre de 2022), el poderado de la sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S. allegó la Resolución N . ST-1297 del 17 de agosto de 2022 "Sobre la procedencia de la consulta revia con comunidades étnicas para proyectos o actividades" proferida por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior; u a serie de comunicaciones intercambia.das por la sociedad con el Ministerio del Interior y con la Agencia Nacional de Tierras cANT-; un documento denominad "Trámite de sustracción de área"; y seis (6) archivos contentivos de document s técnicos e información cartográfica.
comunicaciones intercambia.das por la sociedad con el Ministerio del Interior y con la Agencia Nacional de Tierras cANT-; un documento denominad "Trámite de sustracción de área"; y seis (6) archivos contentivos de document s técnicos e información cartográfica. Que, a través del radicado No. 21002023E2012481 del 02 de gosto de 2023, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosist micos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible informó al apoder do de la sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S. que, verificada la informació allegada, rifi.1---' P gína 1 de 6 F-M-INA-57:V4 21-08-2024 . 11,' i. . • .lL • A.mfi;¡¡ente : ...... fit015 1 7 FEB 2025 "Por el cual s decreta el desistimiento tácito de la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Fores al Central y se adoptan otras determinaciones, en el marco del expediente COR-00291" se advirti lo siguiente: "1. El documento técnico allegado menciona que el área solicitada en sustracción corresponde a 0,93 hectáreas, mientras que la informaci n cartográfica identifica unos polígonos con una extensión total de 0.8921 h ctáreas. 2. El área solicitada en sustracción tiene un traslape de 0.0001 h ctáreas con un área previamente sustraída mediante la Resolución No. 688 del 2 223 (SRF 634). (. . .) 3. No se aportó acto administrativo mediante el cual la S bdirección Técnica de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad
688 del 2 223 (SRF 634). (. . .) 3. No se aportó acto administrativo mediante el cual la S bdirección Técnica de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional e Consulta Previa se pronuncia sobre la procedencia y oportunidad de la consul previa para la adopción de la medida administrativa de sustracción de un ár a de la Reserva Forestal Central (acto administrativo expresamente referido a esta medida)". En consecuencia de lo anterior y teniendo en cuenta lo dispuesto por el inciso 2° del parágrafo transitorio del artículo 8° de la Resolución 110 de 2 22 y el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, esta Dirección remitió al apoderad el documento ''Términos de referencia para el trámite de sustracción definitiva de áreas de reserva forestal establecidas por la Ley 2 de 1959 y de reservas forestales protectoras productoras nacionales, en el marco de lo dispuesto por el inciso 2 º del artículo 210 del Decreto Ley 2811 de 1974': y le requirió s bsanar la solicitud dentro del término de un 1 mes. edio de los radicados No. 2023E1040535 del 04 de septiembre (VITAL No. 3500090116603124001 del 26 de junio de 2024), 41236 del 07 de septiembre de 2023 (VITAL No. 3500090 16603123001 del 01 de septiembre de 2023), 2023E1041995 del 12 de se tiembre de 2023 (VITAL No. 3500090116603124001 del 26 de junio de 2024) y 2023E1042002 del 12 de septiembre de 2023, el apoderado de la socied d INVERSIONES A.S.L. S.A.S. ailegó los siguientes documentos: 1)
de 2024) y 2023E1042002 del 12 de septiembre de 2023, el apoderado de la socied d INVERSIONES A.S.L. S.A.S. ailegó los siguientes documentos: 1) ento denominado "Trámite de sustracción de área': 2) Resolución No. el 17 de agosto de 2022 "Sobre la procedencia de la consulta previa idades étnicas para proyectos o actividades" proferida por la Dirección de la Aut ridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, 3) una carpeta y un documento Excel contentivos de información cartográfica. Que, me iante el radicado No. 21022024E2023067 del 05 de agosto de 2024, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos informó al apoder do de la sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S. que "No se presentó la GDB s gún los estándares del IGAC, además de los metadatos mínimos por cada ele ento cartográfico según la Norma NTCc4611, de conformidad con los términos de referencia remitidos". En consecuencia, le indicó que disponía del término e un (1) mes para subsanar.la so.licitud de sustracción. Que, de anera extemporánea, a través del radicado No. 2024E1051941 d;el 04 de o tubre de 2024, el apoderado de la sociedad INVERSIONES. A.S .. L. S.A.S. re itió un enlace en el que se encue'ntra cargadá una capeta denóminada •
"CARTO RAFIA COSTA RICA".
Que, veri icada la documentación presentada mediante. este último radicado, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos evidenció que,
"CARTO RAFIA COSTA RICA".
Que, veri icada la documentación presentada mediante. este último radicado, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos evidenció que, pese al r querimiento efectuado por medio del radicado 21022024E2023067 de 2024, no fue allegada la geodatabase (GDB), ni los metadatos mínimos para cada ele ento cartográfico.
II. FUN AMENTOS JURÍDICOS Página 2 de 6
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Que, por' de 202 2023E1 ( )1 7 FEB 2025 "Por el cual se decreta el desistimiento táfito de la solicitud de sustracción definitiva e un área de la Reserva Forestal Central y se adoptan otras determinaciones, en el marco del expedie te COR-00291"
2.1. COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVE SIDAD Y
SERVICIOS • ECOSIS1"ÉMl'.COS DEL MINISTERIO DE AM IENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Que el numeral 18 delartícui'o 5fi de la Ley 99 de 1993 ''Por la CU/;// se crea el Ministerio del Medio Ambiente,· se reordená el Sfictor Público encar, ado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales r, novables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras dis osiciones" determinó que es función del Ministerio de Ambiente y Desarrollo ostenible sustraer las reservas forestales del orden nacional. Que el 3° parágrafo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 "Por la cual se
determinó que es función del Ministerio de Ambiente y Desarrollo ostenible sustraer las reservas forestales del orden nacional. Que el 3° parágrafo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014" dispuso que la áreas de reserva forestal establecidas por el artículo 1 ° de la Ley 2ª de 1959 y las demás del orden nacional, podrán ser objeto de sustracción, por parte del Mi isterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la entidad que haga sus eces, con base en estudios técnicos, económicos, sociales y ambientales. Que el numeral 14 del artículo 2º del Decreto Ley 3570 de 2011 "Po el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible" reiteró la función, a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de sustraer las áreas de reserva forestal nacionales. Que el numeral 8° del artículo 6° del mismo decreto ley señaló, de tro de las funciones a cargo del Despacho del (la) Ministro (a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la de sustraer las áreas de reserva forestal nacionales. Que, no obstante, mediant.e el artículo 1 ° de· la Resolución No. 0657 del 17 de julio de 2023, la Ministra· de Ambiente y Desarrollo Sostenible de egó en la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos la unción de sustanciar y suscribir todos los actos administrativos relacionados con el trámite de sustracción de reservas forestales del orden nacional, a excepción e aquellos
Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos la unción de sustanciar y suscribir todos los actos administrativos relacionados con el trámite de sustracción de reservas forestales del orden nacional, a excepción e aquellos que decidan de fondo las solicitudes de sustracción. 2.2. DEL DESISTIMIENTO TÁCITO DE LA SOLICI UD DE SUSTRACCIÓN Que, encontrándose vigente .la· Resolución 110 del 28 de enero de 2022, mediante el radicado No. 2022E1024856 del 19 de julio de 022, fue solicitada la sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal Ce tral, para el desarrollo del proyecto "Construcción de obras complementari s para el proceso de postcosecha del.cultivo de aguacate - Vivienda principal asta Rica, casa Maracaibo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de ñ miducto y herbiducto, puntos de recolección de aguas lluvia, y zonas de d scanso y operación vehicu/ar", en el municipio de Pijao (Quindío). Que, si bien dicha resolución fue derogada mediante la Resolución 1 05 del 11 de diciembre de 20241 , el artículo 11 de esta última determinó que "Las solicitudes de sustracción de reservas forestales, que se encuentren n trámite al momento de la publicación de la presente resolución, continuarán igiéndose por las normas vigentes al momento de haber sido presentadas (. . .)". 1 Publicada en el Diario Oficial No. 52.969 del 13 de diciembre de 2024 P 'gina 3 de 6
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1 Publicada en el Diario Oficial No. 52.969 del 13 de diciembre de 2024 P 'gina 3 de 6 F-M-INA-57:V4 21-08-2024 j015 1 7 FEB 2025 "Por el cual s decreta el desistimiento tácito de la solicítud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Fore tal Central y se adoptan otras determinact0nes, en el marco del expediente COR-00291" Que, en c nsecuencia, la solicitud oe sustracción en comento deberá continuar su trámit en el marco de la Resolución 1.10 de 2022. Que, de cuerdo con el inciso 2º del parágrafo transitorio del artículo 8° de la menciona a resolución, "Para las actividad1=s establecidas en el Inciso segundo del artícu.o 210 del Decreto Ley 2874 de 2011, el usuario deberá solicitar a la Autoridad Ambiental competente los términos de referencia". Que, de conformidad con lo anterior, . por medio del radicado No. 2100202 E2012481 de 2023, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosisté icos remitió a la sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S. el documento "Término de referencia para el trámite de sustracción definitiva de áreas de reserva f. resta! establecidas por la Ley 2 de 1959 y de reservas forestales protector s productoras nacionales, en el marco de lo dispuesto por el inciso 2° del artícu o 210 del Decreto Ley 2811 de 1974", en cuyo anexo 1 consta lo siguiente:
"REQU SITOS PARA LA SUSTRACCIÓN DEFINITIVA DE ÁREAS DE RESERVA
FORES AL
del artícu o 210 del Decreto Ley 2811 de 1974", en cuyo anexo 1 consta lo siguiente: "REQU SITOS PARA LA SUSTRACCIÓN DEFINITIVA DE ÁREAS DE RESERVA FORES AL Los pr /etarios interesados en la sustracción definitiva de sus predios deberán present r ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la siguiente informa ión: ( .. .)
6. Info mación que sustente la solicitud de sustracción definitiva, con base en los términ de referencia en contenidos anexos 2 y 3. ".
Que, a la. luz de lo anterior, mediante el radicado No. 21022024E2023067 de 2024, est Dirección informó al apoderado de ia sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S. q e "No se presentó la GDB según los estándares del IGAC, además de los meta atas mínimos por cada eiemento cartográfico según la Norma NTC4611, de conformidad con los términos de referencia remitidos'fi por lo que disponía el término de un (1) mes para subsanar la solicitud de sustracción. Que, pes a lo anterior, por medio del radicado 2024E1051941 de 2024, el apoderad de la sociedad allegó la misma información respecto de la cual esta Dirección había advertido deficiencias y afirmó: "la infor ación ya había sido remitida mediante Radicados 2023E1040535 del 04 de septiem re de 2023, 2023E1041236 del. 07. de septiembre de 2023 y 2023E1041995 del 12 septiembre de 2023, con el propósito de atender el requerimiento, nos permitimos remitir nuevamente la información cartográfica-.de la solicitud"
del 12 septiembre de 2023, con el propósito de atender el requerimiento, nos permitimos remitir nuevamente la información cartográfica-.de la solicitud" Que, así as cosas, es. pertinente señalar que la presentación de documentos e informaci 'n no significa per se su suficiencia técnica por lo que, en el caso que aquí nos cupa, al haberse advertido que los archivos de cartografía allegados no conte ían la respectiva GDB y los metadatos de cada elemento cartográfico, se requir ó expresamente al apoderado para que subsanara la solicitud en el entendid de allegar en debida forma tal información. Que, pes a lo anterior, de manera extemporánea el apoderado dio respuesta, allegand la misma información respecto de la cual se advirtieron deficiencias y señaland que la información cartográfica había sido remitida previamente. Que, en consecuencia, al no haber sido satisfechos los requerimientos Página 4 de 6 F-M-INA-57:V4 21-08-2024 1 1 ifit)1biert"tfi ,,.,,,;,fi é s. 7 1 1 101 5 1 7 FEB 2025 "Por el cual se decreta el desistimiento tácito de la solicitud de sustracción definitiva e un área de la Reserva Forestal Central y se adoptan otras determinaciones, en el marco del expedie te COR-00291" efectuados por esta autoridad y al no contar con información suficien e para dar ini cio al trámite administrativo solicitado por la sociedad INVERSIO ES A.S.L. S.A.S., la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosist micos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible decretará el desistimi nto tácito
S.A.S., la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosist micos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible decretará el desistimi nto tácito de la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Fores al Central, para el desarrollo del proyecto "Construcción de obras complementa ·as para el proceso de postcosecha del cultivo de aguacate - Vivienda principal asta Rica, casa Maracaíbo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de ñ míducto y herbíducto, puntos de recolección de aguas lluvia, y zonas de scanso y operación vehícular", en el municipio de Pijao (Quindío) . En con ecuencia, ordenará su archivo. Que, con fundamento en el numeral 9° del artículo 3° de la Ley 143 el presente acto administrativo será publicado en la página we Ministerio. Que, en mérito de lo expuesto, la Directora de Bosques, Biodiversidad Ecosistémicos, DISPONE de 2011, de este Servicios Artículo 1. DECRETAR el desistimiento tácito de la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal Central, presentada por I sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S., con NIT. 901.166,031-1, para el des rrollo del proyecto "Construcción de obras complementarías para el p oceso de postcosecha del cultivo de aguacate - Vivienda principal Costa íca, casa Maracaíbo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de fu íducto y herbíducto, puntos de recolección de aguas lluvia, y zonas de d scanso y
Maracaíbo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de fu íducto y herbíducto, puntos de recolección de aguas lluvia, y zonas de d scanso y operación vehículat", en el municipio de Pijao (Quindío) . Artículo 2. ARCH IVAR la solicitud de sustracción definitiva de un 'r ea de la Reserva Forestal Central, presentada por la sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S., con NIT. 901.166.031°1, para el desarrollo del proyecto "Co struccíón de obras complementarías para el proceso de postcosecha del ultívo de aguacate - Vivienda principal Costa Rica, casa Maracaibo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de fumíducto y herbíducto, puntos de colección de aguas lluvia, y zonas de descanso y operación vehícular" , en el m nicipio de Pijao (Quindío) . Artículo 3. INFORMAR a la sociedad H,iVERSIONES A.S.L. S.A. . que, sin perjuicio de lo anterior, podrá presentar una nueva solicitud de teniendo en cuenta para ello lo dispuesto por el parágrafo del artíc Resolución 1705 de 2024, o la norma que la modifique, sustituya o d rogue. Artículo 4. NOTIFICAR el contenido del presente acto administrativo al apoderado de la sociedad INVERSIONES A.S.L. S.A.S., con NIT. 9 1.166.0311, o a la persona que se autorice, en los términos establecidos por I s artículos 67 al 69 y 71 de la Ley 1437. de 2011 "Código de Procedimiento Adm nístratívo y de lo Contencioso Administrativo". Artículo S. PUBLICAR el presente acto administrativo en la
67 al 69 y 71 de la Ley 1437. de 2011 "Código de Procedimiento Adm nístratívo y de lo Contencioso Administrativo". Artículo S. PUBLICAR el presente acto administrativo en la Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. P 'gina 5 de 6 F-M-INA-57:V4 21 -08-2024 ______________________ , .. ,..., __ .,.,""·-:-fi------------------.... ...;..-----.... fi .... y t01 5 1 7 FEB 2025 "Por el cual s decreta el desistimiento tácito de !a so!icít"ud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Fores al Central y se adoptan otras determinaciones, en el n-1arco o'el expediente COR-00291 H Artículo . RECU RSOS. De conformidad con e! inciso 4° del artículo 17 de la Ley 1437 de 011 , "Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administr: tívo", contra ei presente acto adminis trativo procede el recurso de reposició
Proyectó: Revisó:
Aprobó: Expedient
Auto: Solicitante
Proyecto:
NOTIFÍQUESE, PIJBLIQUESE Y CÚM PLASE
Dada en Bogotá D.C., a lo s 1 7 FES 2025 DRIANA RIVERA BRU SAT_'-'I :'-'- N-'--:,......l irectora de B sques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Andrés Fellpe Miranda / Abogado contratista GGIBRFN de la DBBSE fifix. Karol Betancourt Cruz / Abogada Contratista GIBRFN de la DBBSEfil'>
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Andrés Fellpe Miranda / Abogado contratista GGIBRFN de la DBBSE fifix. Karol Betancourt Cruz / Abogada Contratista GIBRFN de la DBBSEfil'> Luz Stella Pulido Pérez / Coordin adora GGIBRFN de la DBBSE l..ti:,q• COR 291 "Por el cual se decreta el desistimiento tácitc de la fiolicitud de sustracc!ón defi;iitiva de un área de la Reserva Forestal Centra! y se adoptail otr$s determinaciones" INVERSIONES A.S.L .. S.A.S. • ' Construcción de utirctfi complementarias para el ptoceso de postccsechu del cuftivo de aguac ate - Vivienc.ia principal Costa R1ca 1 ,:asa Mafacaibo, tanques de aguas residuales, puentes, casetas de fumlduc to y herbiducto, puntos 1 1 e recolección de aguas lluvia, y zonas de descanso y operación vehicu! ar. Página 6 de 6
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