MINAMBIENTE - Auto 85 de 2025

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Auto 85 de 2025
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

AUTO No. ---fi----=0'-8"-. '-5 ___ DE,_-'---"2'-'A-"'B"-'-R-=2=0 fi5 __ "Por el cual se ordena la apertura del expediente SRF 773, el inicio de a evaluación de la solicitud de registro de la sustracción de áreas urbanas y de expa sión urbana traslapadas con la Reserva Forestal Central y se adoptan otras disp siciones"

LA DIRECTORA (E) DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SER ICIOS

ECOSISTÉMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESAR OLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las facultades previstas en el numeral 18 del artículo 5° de la Ley 99 de 1993, el artículo 204 de ia Ley 1450 de 2011, y los numerales 14 de artículo 2° y 8 del artículo 6° del Decreto Ley 3570 de 2011, delegadas a esta Direc ión mediante el artículo 1 ° de la Resolución 657 del 17 de julio de 2023; teniendo e cuenta los requisitos y el procedimiento establecidos por la Resolución 871 de 200 (modificado por el artículo 2° de la Resolución 1917 de 2011); y

CONSIDERANDO

I. ANTECEDENTES Que, por medio de los radicados Nos. 2024E1066069 del 17 de idembre de 2024 (VITAL No. 4800890980357724004 del 09 de diciembre de 2024) y 20241:1066070 del 17 de diciembre de 2024 (VITAL No. 48008909 ,0357724003 del 09 de diciembre de 2024), el señor Juan Diego Zuluaga Pulgarí 1, alcalde del MUNICIPIO DE SONSÓN, con NIT 890.980.357-7, solicitó el "R gistro de la

del 09 de diciembre de 2024), el señor Juan Diego Zuluaga Pulgarí 1, alcalde del MUNICIPIO DE SONSÓN, con NIT 890.980.357-7, solicitó el "R gistro de la sustracción de áreas urbanas, de expansión urbana y rurales cupadas por infraestructuras y equipamientos de servicios básico y saneamie to ambiental asociados a dichos desarrollos, en el marco de las Resoluciones 763 de 004 y 871 de 2006 (modificada por la Resolución 1917 de 2011)", traslapadas c n la Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2ª de 1959, en el municipi de Sonsón, Antioqu1a. Que, mediante el radicado No. 20251:1002641 de! 22 de enero de 2025 (VITAL No. 3500890980357725001 del 17 de enero de 2025), el señor Juan iego Zuluaga Pulgarín, alcalde del MUNICIPIO DE SONSÓN, reiteró su solicitud, Que, a través del radicado No. 21022025E2007544 del 11 de ma zo de 2025, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible informó al municipio que, una vez erificados los requisitos listados en el artículo 3º de la Resolución 871 de 2006 (mo ificado por el artículo 2° de la Resolución 1917 de 2011), se advirtió que el área solicita a en registro se traslapa con un área previamente sustraída mediante la kesolución 633 de 2014 (SRF 285). En consecuencia, lo requirió para que, dentro del término d un (l) mes, subsanara la solicitud de sustracción.

se traslapa con un área previamente sustraída mediante la kesolución 633 de 2014 (SRF 285). En consecuencia, lo requirió para que, dentro del término d un (l) mes, subsanara la solicitud de sustracción. Que, encontrándose dentro del [Jlazo otugado, por medio del r dicado No. 2025E1014815 del 25 de rrwri:c, de 2025 (VITAL No. 35008909803 7725002 del 17 de marzo de 2025), e! aka!cie dei MUNICIPIO DE SONSON dio respuesta al reque1-imiento efectuado por esta Dirección y allegó la informació cartográfica F-M-INA-5 :V4 21-08-2024 I·- . 1 i 1 /· 'f n ,) • 1 e 1 ) e ;¡ ::, (' r. ., e l) I' \ e d l ) 1 i 1 7 ¡ 3 1 • ----· fi.,.,,,.....,.,!_. _...........;,.; • .a.,,. .. .....,,.,;.;,.,,.;;,..,.. • .,;; ... fi.•-·;.;..,.;.;/4,..;., .... .;;...,.,fi ........ ..,;.;.. __ ;;.....fi...:..,,....--."·•-...;,,-,,_...,............ : .---Pág+rrfie-G---fi:fi 1 t 1 1 i 1 fi 1 ,! 1r .· •. ·085 2 2 ABR 2025 "Por el cual se ord na fa apertura del expediente SRF 773, el fnicÍo de la evaluación de la solicitud de registro de la

1 i 1 fi 1 ,! 1r .· •. ·085 2 2 ABR 2025 "Por el cual se ord na fa apertura del expediente SRF 773, el fnicÍo de la evaluación de la solicitud de registro de la sustracción de áre s urbanas y de expansión urbana traslapadas con lf f Reserva Forestal Central y se adoptan otras disposiciones'·, ajustada.

II. FUNDA ENTOS JURÍDICOS Que la Cons itución Política de 1991, en sus artículos 8, 79 y 80, señala como deber del Estado roteger las riquezas culturales y naturales de la Nación; proteger la diversidad integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y omentar la educación para el logro de estos fines; así como planificar el manejo y a rovechamiento de los recursos naturales para garantizar el desarrollo sostenible, onservación, restauración o sustitución.

Que, a trav • s del artículo 1 ° de la Ley 2ª de 1959 y el Decreto 111 de 1959, se estableciero con carácter de "Zonas Forestales Protectoras" y "Bosques de Interés General", 1 s áreas de reserva forestal nacionales, del Pacífico, Central, del Río Magdalena, de la Sierra Nevada de .Santa Marta, de la Serranía de los Motilones, del Cocuy y de a Amazonía, para el desarrollo de la economía forestal y la protección de los suelos, 1 s aguas y la vida silvestre. Que el liter I b) del artículo 1 °de la Ley 2ª de 1959 dispone: "b) Zona de eserva forestal central, comprendida dentro de los siguientes limites generales: una zona

los suelos, 1 s aguas y la vida silvestre. Que el liter I b) del artículo 1 °de la Ley 2ª de 1959 dispone: "b) Zona de eserva forestal central, comprendida dentro de los siguientes limites generales: una zona de 15 kilóme ros hacia el lado Oeste, otra 15 kilómetro otra, 15 kilómetros hacia el este del divorcio de aguas de la ordillera Central, desde Cerro Bordoncí/101 aproximadamente a 20 kilómetros al Este de Pasto, hasta / Cerro de los Prados al Norte de Sonsón; H. Que los ar ículos 206 y 207 del Decreto Ley 2811 de 1974 "Código Nacional de Recursos tura/es Renovables y de Protección al Medio Ambiente" prevén lo siguiente:

6. Se denomina área de reserva forestal la zona de propiedad púbJ;ca o privada reservada para destina la exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilización racional de áreas forestales pr ductoras, protectoras o productoras - protectoras.1

Artículo 20 . El área de reserva forestal sólo podrá destinarse al aprovechamiento racional permanente de los bosqu s que en ella existan o se establezcan v, en todo caso, deberá garantizarse la recuperación y superviven ia de los bosques. ( ... )" Que el artíc lo 3° del Decreto 877 de 1976, compilado en el artículo 2.2.1.1.17.3 del Decreto 10 6 de 2015, determinó que el territorio nacional se considera dividido en "Áreas de R serva Forestal\ establecidas, entre otras, por la Ley 2ª de 1959. Que, de co formidad con el artículo 22 del Decreto 2372 de 2010, compilado en el

"Áreas de R serva Forestal\ establecidas, entre otras, por la Ley 2ª de 1959. Que, de co formidad con el artículo 22 del Decreto 2372 de 2010, compilado en el artículo 2.2 2.1.3.1. del Decreto 1076 de 2015, las Reservas Forestales establecidas por la Ley ª de 1959 no son consideradas áreas protegidas integrantes de( Sistema Nacional de Áreas Protegidas -SINAP-, sino estrategias de conservación in situ que aportan a I protección, planeación y manejo de los recursos naturales renovables y al cumplimi nto de los objetivos generales de conservación del país, de modo que mantienen lena vigencia y se continúan rigiendo para todos sus efectos por las normas qu la regulan. Que el num del Medio con5ervació ral 18 del artículo 5° de la Ley 99 de 1993 "Por la cual se crea el Ministerio mbiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el 1 El artículo 203 del Decre o Ley 2811 de 1974 determinó que "Las áreas forestales podrán ser protectoras y productoras." Página 2 de 8

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1 1 ¡, f l' ¿ 7 ] 1 1 1 1 i l 1 ! l j l i 1 1 ¡ 1 1085 2 2 ABR 2025 "Por el cual se ordena fa -apertura del expediente SRF 773, el início de la evaluación de la solicitud de registro de la sustracción de áreas ur.lJanas y de expans(ón urbar,ia traslapadas con la Reserva Forestal Central y se adoptan otras disposiciones" Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones' encargó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la función de sustraer las reservas forestales nacionales. Que el 3° parágrafo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 "Por la cua se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014" dispuso que las áreas de re erva forestal establecidas por el artículo 1 de la Ley 2ª de 1959 y las demás del or en nacional, únicamente podrán ser objeto de sustracción por parte del Ministerio e Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la entidad que haga sus veces', con ba e en estudios técnicos, económicos, sociales y ambientales. Que el numeral 14 del artículo 2° del Decreto Ley 3570 de 2011 " modifican los objetivos v ía estructura del Ministerio de Ambiente Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrol encargó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, entre otras fu sustraer las áreas de reserva forestal nacionales. r el cual se y Desarrollo Sostenible" ciones, la de

encargó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, entre otras fu sustraer las áreas de reserva forestal nacionales. r el cual se y Desarrollo Sostenible" ciones, la de Que el numeral 8° del artículo 6° de! mismo decreto !ey señaló, dentro de las funciones a cargo del Despacho del (la) Ministro (a) de Ambiente y Desarrollo Sos enible, la de sustraer las áreas de reserva forestal nacionales. Que, no obstante, mediante el artículo 1° de la Resolución 657 del 17 de ulio de 2023, la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible delegó en la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Eco.sistémicos la función de sustanciar y susc ibir todos los actos administrativos relacionados con el trámite de sustr·acción de reser as forestales del orden nacional, a excepción de aquellos que decidan de fondo las olicitudes de sustracción. Que el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Ten-ito 1al expidió la Resolución 763 de 2004 "Por la cual se procede a sustraer de las reser as forestales nacionales de que trata la Ley 2ª de 1959, las cabeceras municip les y cascos corregimentales departamentales, incluyendo las infraestructuras y equi amientos de servicio básico y saneamiento ambien.tal asociado a dichos desarrollos", cuyo artículo 3° dispone: "Se declaran sustraídas de las reservas forestales nacionales definidas en la L .y 2ª de 1959, las áreas urbanas y de expansión urbana de municipiós y corregimientos d artamentales localizados al interior de dichas reservas forestales. Se incluye en la sustra ción las áreas

las áreas urbanas y de expansión urbana de municipiós y corregimientos d artamentales localizados al interior de dichas reservas forestales. Se incluye en la sustra ción las áreas ocupadas por infraestructuras y equipamientos de servicio básico y saneam;. nto ambiental asociada a dichos desarrollos localizados en suelos rurales." Que, a efectos de concretar la sustracción ordenada por la mencionada R solución 763 de 2004, el artículo 1 ° de la Resolución 871 de 2006 (modificado por el artículo 1 º de la Resolución 1917 de 2011) deterrni.nó lo siguiente: "Para e.fectuar el registro de las Jreas .urbanas y de.expansión urbijna de munic·pios, así como de las áreas ocupadas por fnfraes.tructuras v equ;pamientos de servício bdsícu sanean1iento ambiental asociada a dichos desarro.ílos localiza.dos en suelo rural, a que ha referencia el artículo 4º de la Resolución 763 de 2004, el Alcalde Municipal, interesado en obtener la aprobación y el registro del área propuesta, deberá remitir la solicitud por escri o al Ministerio 2 De conformidad con el artículo 12 de la Ley ¡,-144 de 2OJ 1, el Ministerio de Am!:liente, Vi\•ienda.y Des;:irroHo Territorial se denoniinill"á mi sterio de Ambiente Y Desarrollo Sostenible y cumplirá las rundones asignadas c1! Minis10!fo de Ambiente en la ley 99 ele .fi993 y en la L0y 388 de 19. 7, en lo relativo a sus competencias. Página 3 de 8 ')' F-M-INA-57:V4 21-08-2024085 2 2 ABR 2025

competencias. Página 3 de 8 ')' F-M-INA-57:V4 21-08-2024085 2 2 ABR 2025 "Por el cual se ord na fa apertura del expediente SRF 773, el ínicio de la evaluación de la solicitud de registro de la sustracción de áre s urbanas y de expansión urbana traslapadas eón la Reser-1a Forestal Central y se arJoptan otras disposiciones/{ de Ambien e, Vivienda y Desarrollo Territorial, con la siguiente documentación en medio análogo y ·gital: a) Delimit ción del área urbana y de expansión urbana del mun icipio sustraídas, las cuales deberán c rresponder al perímetro del suelo urbano y de expansión urbana establecido en el Plan d Ordenamiento Territorial municipal, así como el de las áreas ocupadas por las infraestru turas y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental asociadas a dichos de arrollas, localizados en suelo rural. El área sustraída deberá presentarse a través de las coa denadas de !a(s) poligonal(es) que la define(n), en los sistemas adoptados por el país, y ub cadas en la cartografía del Plan de Orden.amiento Territorial vigente al momento de la entr da en vigencia de la Resolución 763 de 2004; b) Copia el Acuerdo del Concejo Municipal donde se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial junto con los planos correspondientes a las áreas urbanas, de expansión e infraestru turas y equipamientos; c) Copia el documento técnico de soporte del Plan de Ordenamiento Territorial adoptado por el Co cejo Municipal mediante el Acuerdo de que trata el literal anterior, y los artículos 17, 18 y O del Decreto 879 de 19 98 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, en

por el Co cejo Municipal mediante el Acuerdo de que trata el literal anterior, y los artículos 17, 18 y O del Decreto 879 de 19 98 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, en el que co ste la descripción y especificación de las áreas citadas en el literal a) del presente artículo; d) En cas que el municipio se encuentre formulando o revisando el Plan de Ordenamiento Territorial junto con la cartografía indicada en el literal a) del presente artículo, la solicitud deberá a mpañarse de una copia del documento .técnico de soporte del proyecto de Plan de Orden miento Territorial o de su revisión, donde se describan y especifiquen las áreas urbanas, de expansión y de infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamie to ambiental. Igualmente, la correspondiente clasificación de suelos con su respectiv cartera de perímetros de que trata el artículo 18 del Decreto 879 de 19 98 o la norma qu lo modifique o sustituya. En ningún caso, el perímetro urbano podrá ser mayor que el de ominado perímetro de servicios públicos o sanitarios, tal como lo prevé el artículo 31 de la L y 388 de 19 97. Adicional ente, se deberá presentar copia del documento en el que conste la realización de la concer ción de los asuntos exclusivamente ambienta/es del proyecto de formulación o revisión d I POT entre el municipio y la corporación autónoma regional o autoridad ambiental competen e, en los lérminos establecidos en el parágrafo 6° del artículo 1 ° de la Ley 507 de 19 99. El registr de la sustracción de estas áreas determina la desafectación de las mismas de la zona de r serva forestal, pero el desarrollo de actividades y usos así como el otorgamiento

de 19 99. El registr de la sustracción de estas áreas determina la desafectación de las mismas de la zona de r serva forestal, pero el desarrollo de actividades y usos así como el otorgamiento de licenci s de urbanismo y construcción están condicionados a la adopción del POT o de su revisión d conformidad con lo establecido en la Ley 388 de 19 97; f) Copia Alcalde M acta de p los documentos que demuestren el cargo y el ejercicio del mismo por parte del nicipal ( certificado o documento que acredite la elección popular, nombramiento, sesión); g) Copia el documento de identidad del Alcalde Municipal. " Que, con fu da men to en lo anterior y como se mostrará a continuación, este Min isterio verificó el umplimi ento de cada uno de los requisitos enun ciados, para dar ini cio al proce dimie to admin istrativo de "Registro de la sustracción de áreas urbanas, de expansión rbana y rurales ocupadas por infraestructuras y equipamientos de servicios básico y sa eamiento ambiental asociados a dichos desarrollos, en el marco de las Resolucion s 763 de 2004 y 871 de 2006 (modificada por ía Resolución 1917 de Página 4 de 8

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1 i 1 1 1 1 i 1 1 i 1 1 1 1 1 l l 1 ' 1 l " i 1 ª' 1085 2 2 ABR 2025 "Por e! cual se ordena la apertura del expedíente SRF 773, --el inicio de la evaluación de fa solicitud de registro de fa sustraccíón de áreas urbanas y de expansión urbana traslapadas con la Reserva Forestal Central y se dÜptan otras dísposf-:::íones" 2011)", traslapadas con .la Reserva Forestal Central, en el municipi Antioquia.

A. Delim itación del ár ea urbana y de expan s1on ur bana de muni cipio sustraídas, las cuales deberán corresponder al perímetro del s elo urbano y de expan sión urbana establecido en el POT mu nicipal, así co o el de las ár eas ocupadas por las infraestruc turas y equi pami entos e servicios básicos y saneami ento am biental asociadas a dichos esarrollo s, localizados en suelo rural. El ár ea sustraída deberá presentars a través de las coorden adas de la(s) poligonal( es) que ia define(n), en I s sistemas adoptados por el pa is, y ubicadas en la cartografía d I Plan de Ordenam iento Territorial vigente al momento de la entrada en vigencia de la Resolución 763 de 2004.

Que se anexaron planos de delimitación y lis tado de coordenadas del ár a urbana, de expansión urbana y rural ocupadas por infraestructuras y equipamiento de servicios básico y saneamiento ambiental asociados a dichos desarroll os, que ha en pa rte del Acuerdo No. 30 del 12 de octubre de 2001.

expansión urbana y rural ocupadas por infraestructuras y equipamiento de servicios básico y saneamiento ambiental asociados a dichos desarroll os, que ha en pa rte del Acuerdo No. 30 del 12 de octubre de 2001.

8. Copia del acuerdo del Concejo Municipal donde se adopta el PO , jun to con los planos cor respon dientes a las áreas urbanas , de e pansión e infraestructuras y equi pamie ntos.

Que fue alleg ada copia del Acuerdo No. 0.30 del 12 de octubre de 2001 " ar el cual se adopta el Plan Básico de Ordenamiento Territorial para el Municipi de Sonsón Antioquia' fi junto con los planos correspondie ntes .a las áreas urbanas, e expansIon urbana y rurales ocupadas por infraestructuras y equipamientos ele serv cios básico y saneamiento ambiental asociados a dicho s desarrollos.

C. Copia del documento técnico de soporte dei POT, en el qu descripción y especificación de las ár eas citadas en ei literal A).

Que se anexó copia del documento técnico de soporte del Plan Básico de Territorial, adoptado por el Conéejo Municipal mediante el Acuerdo No. octubre de 2001. conste la rdenamiento O del 12 de

D. En caso que el muni cipio se encuentre formulando o revisando I POT, ju nto con la cartografía indicada en el literal A), la solicitud deberá a ompañar se de una copia del documento técnico de soporte del proyecto e POT o de su revisión, donde se describan y especifiquen las áreas rbanas, de expan sión y de infraestr ucturas y equipami entos de servicio básicos y saneam iento am biental. Igual mente, !a correspondiente das ficación de suelos con su respectiva cartera de perímetros.·

expan sión y de infraestr ucturas y equipami entos de servicio básicos y saneam iento am biental. Igual mente, !a correspondiente das ficación de suelos con su respectiva cartera de perímetros.· Que, teniendo en cu.enta que al momento de la entrada en vigencia de a Resolución 763 de 2004 el rnunicipio ya contába con un instrumento de ordenamíe to territorial debid amente adoptado p,or el Acuerdo 30 del 12 de octubre de 2001, no es exigible este requisito.

E. Copia de los docume ntos qúédemue stren ei cargo y el ejercici del mismo por pa rte del alcaide rm.micipai ( certificado o documento que acredite la elección popular; nombrami ento, acta de posesión).

Página 5 de 8 \L, • F-M-fNA-57 V4 21-08-2024 ,1 e de Sansón, J n d el E ) E T :e (1 ,j e 3 e e! LI 5 I\ o l 1 3085 2 2 ABR 2025 "Por el cual se ord na la apertura del expediente SRF 773, el início de fa evaluación de fa solicitud de registro de la sustracción de are s urbanas y de expansión urbana traslapadas con la _f<eserva Forestal Central y se adoptan otras disposiciones" Que se remi ió copia de la credencial expedida pbr .la Registradu ría Nacional del Estado Civil, exped da el 04 de noviembr e de 2023, en la que consta que el señor JUAN DIEGO

disposiciones" Que se remi ió copia de la credencial expedida pbr .la Registradu ría Nacional del Estado Civil, exped da el 04 de noviembr e de 2023, en la que consta que el señor JUAN DIEGO ZU LUAGA ULGARÍN, con la cédula ele ciudadanía No. 1.1.5 2. 442.854, fue elegido alcalde del unicipio de Sansón (Anti oqu ia), pa ra el periodo Constitucional 2024 al 2027. Que, adi5=io almente, fue aportada el Acta No, 004 del 21 de diciem bre de 2023 de la No taría Uni a de Sansón, en la cual se evidencia que el señor Zuluaga Pulgarín, tomó posesión como alcalde popular del mu nicipio de Sansón (Antioqu ia), para e! periodo comprendid entre el primer o (1º ) de enero de 2024 y el treinta y uno (31) de diciem bre d 2027.

F. Copia d I docum ento de identidad de! alc alde mu nicipal Que fue ali gada copia de la cédula de ci udadanía del señor JUA N DIEGO ZULU AGA PULGARÍN, on número 1.1 52.442.85 4 expedidaen Medellin (Antioqu ia) .

Que , verific do el cumplim iento de los requisitos establecidos en el artículo l º de la Resol ución 71 de 2006 (mo dificado por el artículo 1 ° de la Resolución 1917 de 2011), se consider pertinente ordenar la apertura dei expediente SRF 773 y dar inicio al procedimie to adminis trativo de '"Registro de la sustracción de áreas urbanas, de expansión rbana y rurales ocupadas pcr infraestructuras y equipamientos de servicios

se consider pertinente ordenar la apertura dei expediente SRF 773 y dar inicio al procedimie to adminis trativo de '"Registro de la sustracción de áreas urbanas, de expansión rbana y rurales ocupadas pcr infraestructuras y equipamientos de servicios básico y sa eamiento ambiental asociados a dichos desarrollos, en el marco de las Resolucion s 763 de 2004 y 871 de 2006 (modificada por la Resolución 19 17 de 2011)" , tra lapadas con la Reserva Forestal Cen tral, en el mu nicipio de Sonsón, Antioquia. Que, con f ndamento en el nu meral 9° del artículo 3° de la Ley 1437 de 2011, el presente a o adminis trativo será publicado en la página web de este Minister io. Que, en m 'r ito de lo expuesto, la Di rectora (E) de Bosques, Biod iversidad y Servicios Ecosistémi os del Ministerio de Am biente y Desarrollo Sostenible, DISPONE ARTÍCULO 1. DAR APER TURA al expediente SRF 773, el cual contendrá todas las actuacione admini stratil;as relacionadas con la solicitud presentada por el MUNICIPI DE SONSON, con NI T. 890.980. 357-7, para el "Registro de la sustracción de áreas urbanas, de expansión urbana y rurales ocupadas por infraestruc ras y equipamientos de servicios básico y saneamiento • ambiental asociados a dichos desarrollos, en el marco de las Fiesoluciones 763 de 2004 y 871 de 2006 (mo ficada por la Resolución 1917 de 201 1)", traslapadas con la Reserva Forestal Ce tral. PARÁGRA O. Las áreas relacionadas con la soiici tud de registro de la sustracción se

2006 (mo ficada por la Resolución 1917 de 201 1)", traslapadas con la Reserva Forestal Ce tral. PARÁGRA O. Las áreas relacionadas con la soiici tud de registro de la sustracción se encuentran identific adas en la sa!ida·gr áfica contenida'en el Anexo 1 del presente acto admini strat va. ARTÍCUL(? 2. ORDENAR la evaluación de la solicitud presentada por el MUNICIPIO DE SONS N, con NIT 890.900. 286-0, para el "Registro de la sustracción de áreas urbanas, e expansión urbana y rurales ocupadas por infraestructuras y Página 6 de 8

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1 ,, 1 1 l ' ! ' ' 1 j 1 1 1 1 1 t fi 1 [ 1 1 i l ' " 1 f ! i ! 1 ii ' ¡ 1 J l f 1 1 1 ,, ! 1 1 1 ¡ , 1 1 ! l i t } t 1 i085 2 2 ABFI 20?S "Por el cual se ordena fa apertura del expediente SRF 773, el inicio de fa evaluación de fa solicitud d registro de la sustracción de áreas urban'aS y de expansión' urban'a ,traslapadas con la Reserva Forestal Central y s adoptan otras disposiciones" equipamientos de servicios básico . v saneamiento ambiental asocia os a dichos desarrollos, en el marco de" las R&sofueiones.763 de 2004 v 871 de 200 (modificada

disposiciones" equipamientos de servicios básico . v saneamiento ambiental asocia os a dichos desarrollos, en el marco de" las R&sofueiones.763 de 2004 v 871 de 200 (modificada por la Resolución 191 7 de 2orit'.. traslapadas con la Reserva Foresta l entra !. ARTICULO 3. NOTIFICAR e.I contenido del presente acto admini stra ivo al al ca lde del MUNICIPIO DE SONSÓN, con NIT. 890.980.3 57-7, a su apoderad debidame nte constituido o a la persona que se au torice, de conformidad con lo esta lecido en los artículos 67 al 69 y 71 de la Ley 1437 del 18 de enero de 201 "Código de Procedimiento Administrativo v de lo Contencioso Administrativo". ARTICULO 4. COMUNICAR e! presente acto adminis trativo a I Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nar e -COR AREy a la Procuraduría Delegada para Asu.ntos Amb ientales, Min ero Energéticos y Agrarios ARTÍCULO 5. PUBLICAR el presente acto admin istrativo en la pá ina web del Mi nisterio de Amb iente y Desarr ollo Sostenible. ARTÍCULO 6. RECURSOS. De conformidad con el artículo 75 de la Ley 437 del 2011 "Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administ ativo ", contra el presente acto adminis trativo de trámite no procede ningún recurso.

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NOTIFÍQUESE, COMU NÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPL SE

D.ada en Bogotá D.C., a los 2 2 ABR 2025 JR,(/fifiLJWJR;f LUZ STELLA PULIDO PÉ REZ Dir ectora (E) de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Mi nisterio de Amb iente y Desa rrollo Sostenible ' " f\"1J .. •t Adriana Rueda Vega / Abogada contratista GGJBRFN de la DBBSE J .fi.1 fi, Karol Betancourt Cruz / Abogacia contrritista (fiGJBRFN de· la osssfi· fifi-- . • Guillermo Orlando .Murcia Orjuela/ Coordinador (E) GGI8RFN de 1 "Por el cunl se ordena la apertura del expediente SRF 773, el inicio de la evaluación e la solicitu J de registro de la sustracción de áreas urbanas y de expansión urbana traslapadas UJn la Reserva Forestal Central se adoptan otras disposiciones" SRF 773 MUNTCIPIO DE SONSÓN Registro de la sustraccIon de áreas urbanas, de expansión urban21 y rurales ocupodns po infraestructuras y equipamientos de servicios básico y saneamiento ambien J-al a:,oci;:idos a dichos desarnlllos, .n el marco de las Resoluciones 763 de 2004 y 871 de 2006 (modificada por ia Kesoiución 19 l7 1.!c: 101.1.) Página 7 de 8

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€ 1 1 ·- .... ........:...-c-·fi---·fi--; .. fi.--,----.......,_.¡,_._fi-- .. -·-·--fi'085 2 2 P,BR 2025 "Por el cual se ord na fa apertura dei expedienre S.R.F /73, el ínfc.'io de la evafuacfÓP. de la solicitud de registro de la sustraccíón de áreurbanas y de expansión urbana traslapada::. con la Reserva Forestal Central y se adopl"an otras disposicione:;"

ANEXO 1

ÁRE S RELACIONADAS CON LA SOLICITUD DE REGIS TRO DE LA SUSTRACC ÓN DE ÁREAS DE LA RESER VA FORESTAL CENTRAL, EN El MARCO DEL EXPEDIE NTE SRF 773 l.onlfJcadón Ley 2 de ·195$ T,po .e,,, RF - Crmt12\ 1\:-:1 B. RF - C«Dtrd 2025E10148 15 Página 8 de 8

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