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MINAMBIENTE - Resolución 0097 de 2011

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 0097 de 2011
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2011

rn·roo·¿rn·u1

REPUBLICA OE 1.,QLOMBIA fi ·,, • t"fi':J ,. ' ' -v l.!.:.::.,jv();fi MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE AUTORIDAD t'ACIONAL DE LICt fiCIAS AMBIENl ALES ·ANLA 2 '2. 1fiov 2011 RESOLLJrlúN í•JÚMERO ( )009 7 "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LICENCIA AMBlt NTAL OTORGADA MEDIANTE LA RE.:,OLUCIÓN 861 DrL 11 DE MAYO DE 2011 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINA(:IONES" LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTOPIDAD N I\CIO t LOE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA 1 n uso ele las focultades conferid8s <?n In Ley 99 c,e 199:,, Drr;reto 28:10 de 201 O y los Decretos 3570 y 357 0 cfol 27 °e scptien1brc e fi 2!111 y

CONSIDERAN Do

CONSIDERAN Do Que 11ieclra11tr Hesolución 861 del 1 fi de rn;iyu de 201 1, el Mi'l1sterio ue l\rnbiente, \/iv1encJa y Dt..sarrollo Territoriül (rloy Ministe1 io cfr• /\mh· nte y De"arrollc S .... fiten:ble) otorgó licencia ambiental a la CONCE.:,IOl\ /\RIA RUTA :JI=-L. fiOL S A S , pora el proyecto vial denominado "Ruta del Sol. Secto, 2, Etapa 1 · Tr.:tr"1os 1, 5 y G, y obms anexas", en jurisdicción de los rnunidpios de Puerto Salg r ( n ül dcp.11 tnrncnto de Cund1namarca, Puertc. Royo.,á, e, 1 el clepa amento de Loy ca Brn I élncfibermej.i, Sabana ele Torres y fi,onemo en e depc1rtarne•1,..) de SrnilélncJer, y c-an Alberto, Sa,1 Martín r,1l de Uro Aguach,cél, Gamarra La Glo11a y Pelayn, en el depnrtamcnto de Ces r, y se SL.fifir.-iJo de la Rcser\a F rP.s•;-i1 de la Ley 2 ele 1059 del ffiío Magdalen;i, unn super fic1e de 27.46 hectárec1s pm,1 la construcción del citacfo proyecto.

Oue k1 CONCESIONARIA RUTA DEL 0OL S A S. mediante el escrito con , éHJ1cado 4 ·120-E. 1-53G7 4-2011, solicitó ' la Dirección de Ecosistema}; los "Términos de rfief ere11cia para la evaluación de solicitudes de Sustr<1ccio11 rernpor:11 d(• Áreas de Reserva ForC>stal Nacionales, parn el desarrollo ele <1r t1v1cf 1cfes tonsrdcradns de utilidnd p Jbllc ne intcres s e 11' Que el M111isterio de Arnb1cnte, Vivienda y Des mo' T errrtorirl (Hny Minister o de A111b1cnte y De.;anollo Sostenible), mediDnte of fi,o con 1ad1c:·c10 2100-E4-53G74 del 26 cJe moyo de 2011. rnmitió a In Concesionaria Ruta ·del Sol S./.\.S los "Términos de Heferencia para la eva' iación de sol1citud s de Su.:;tracc1ón 1 empornl de Áreas de Reserva Forestal Nacionales, pmfi el desarrollo de act1v1dadcs consideradas de utilidad pública e interes soc1nl ', )fC'.fectad, pcr la D11ecc1ón de Ecosistemas de este Ministerio, con los cual 3 riebera proceder a elabomr para las fuentes de explok.ción oe nir terial los efitudic:; corr esponrlientes a la sustracción ternpor,I dt? la Zomfi de hesfirva r or.:'.;stal del Río Magc.alcm1, establecida mediante la Ley 2 de 1959.

Que la CONCL,:,IONARIA RUTA DEL SOL S.f\.S. c.1 t,-;:i 1é, ,fel 0f1c10 con radicado ¡ 4120 E 1 69337 del 3 ele jumo de 201 1, pr(;Scntó a la Dirección dG Erosistemas del Ministerio de /\mbier 1te, V1vicnaa fi Dcy·nrr ,p T, 1 r11011a 11 f oy Mi ster 'J de Ambiente y Desarrollo SostPnilk:) solicitud ele S 1stmcción Te fi11poral dE" In 'º', ,,?, !SEO· IGO • l TO ·u I t"\t:vVLUl,IUI\J I\JUIVll:.KU ufi/ OEJ- '- IVUV LUII t-'é1Ylílcl 1\10. ¿ "Por la cual se modifica una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones" de la Reserva Forestal del río Magdalena, para la explotación de las fuentes de materiales de El Paraíso, El Jardín, La Unión, El Mirador, Caño Hondo y La Escuela, ubicadas en jurisdicción del municipio de Aguachica. Que con escrito de fecha 1 O de junio de 2011, radicada en el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) con el número 4120-E1-72120, la abogada Marcela Eliana Bayona, en calidad de apoderada de la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S. A. S., solicitó la modificación de la licencia ambiental otorgada por Resolución 861 de 2011, en el sentido de adicionar las siguientes obras y actividades: Pilas y aproche Puente Sogamoso, Puente Besote, modificado por BOX. COLVERT, modificación

S., solicitó la modificación de la licencia ambiental otorgada por Resolución 861 de 2011, en el sentido de adicionar las siguientes obras y actividades: Pilas y aproche Puente Sogamoso, Puente Besote, modificado por BOX. COLVERT, modificación de Puentes tramos 1, 5 y 6, listado de alcantarillas y boxes, diseño drenaje del PR 58+250 a PR58+450, rediseño de ZODMES, modificación de caudales y puntos de vertimiento en plantas industriales, Campamento de Lizama (Estación de Pesaje), Campamento Los Columpios, ZODMES adicionados en tramos 5 y 6, ZODMES adicionales en los puentes prioritarios, patio de pre-moldados, y la inclusión de 40 fuentes de materiales (aluviales y de peña). Que mediante oficio radicado con el número 2400-E2-72120 del 23 de junio de 2011, este Ministerio requirió a CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S. A. S., a fin que allegara la constancia del pago por concepto de evaluación y la constancia de radicación del complemento del Estudio de Impacto Ambiental ante la autoridad ambiental regional con jurisdicción en el área del proyecto, para el caso, las Corporaciones Autónomas Regionales de Cundinamarca - CAR, de Boyacá - Corpoboyacá, de Santander - CAS, y del CesarCorpocesar. Que con escrito radicado con el número 4120-E1-77724 del 23 de junio de 2011, la abogada Marcela Eliana Sayona, en calidad de apoderada de la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S. A. S. anexó la siguiente documentación: • Copia de radicación del 15 de junio de 2011 del Estudio de Impacto

la abogada Marcela Eliana Sayona, en calidad de apoderada de la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S. A. S. anexó la siguiente documentación: • Copia de radicación del 15 de junio de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la licencia ambiental ante la Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS. • Copia de radicación 007033 del 15 de junio de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la licencia ambiental ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá - CORPOBOY ACA. • Copia de radicación del 15 de junio de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la licencia ambiental ante la Corporación Autónoma Regional del Cesar - CORPOCESAR. • Copia de radicación 20111109059 del 13 de junio de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la licencia ambiental ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) con el número 4120-E 1-80518 del 29 de junio de 2011, la abogada Marcela Eliana Sayona, en calidad de apoderada de la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S. A. S., allegó constancia del pago realizado por concepto de evaluación para la modificación de la licencia ambiental con número de referencia 154005511, y presentó de nuevo copia de los oficios con los cuales radicó la información ante las autoridades ambientales regionales pertinentes. Que mediante oficio con radicado 4120-E1-81566 del 1 de julio del 2011 la

presentó de nuevo copia de los oficios con los cuales radicó la información ante las autoridades ambientales regionales pertinentes. Que mediante oficio con radicado 4120-E1-81566 del 1 de julio del 2011 la Corporación Autónoma Regional del Cesar - CORPOCESAR, allego al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) E I concepto técnico, mediante el cual se pronunció acerca • .,SEO • TOO • l to ·e: ct HESOLUCIÓN NÚMERO u u fi, de 'L ¿ \ .UV ¿u _ , t--- Página No 3 • l "Por ID cuDI so modifica una Licencia Arnbienta/ y se toman otras cleterminaciones" de la viabilidnd ambiental de los permisos, concesiones y/o autorizacio11es para el uso, aprovechamiento y afectación d& los re ursos naturnles, requeridos para la ejecución de las act1v1dades propuestas en la solicitud de mod1t1cación de Licencia Ambiental. Q11e con escnto radicado con el número 41 20-E 1-84977 dt;I 8 de JUiio de 201 1, la éll>ogada Marcela Eliana Sayona, en calidad de apoderada de la CONCCSIONARIA RUTA DEL SOL S. A S., presentó a este í"1in1steno cop·a de lus comunicaciones por las cuales remitió a las Corporaciones Autónomas lfieg,onales de Santander - CAS, de Cundinamarca -- CAR de Boyacá - Corpoboyacá, y del Cesar - Corpocesar, los comprobantes de los pagos ,ealizados con motivo de la solic-1tud dP modi'icación en estudio.

lfieg,onales de Santander - CAS, de Cundinamarca -- CAR de Boyacá - Corpoboyacá, y del Cesar - Corpocesar, los comprobantes de los pagos ,ealizados con motivo de la solic-1tud dP modi'icación en estudio. Que mediante escrito con radicado 41 20-E1-84969 ael 9 de JUiio de 201 1, la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S./l S presentu a esta Autoridad Información Complementaria para el trámite de modificac1ór de 17 Licer ,cía Am')iental. Que la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S A.S., med1a"""e ec;cnto con r2d1cado 4120-E 1-85094 del 11 de julio ele 201 1, presentó a la 01 1' cc1ón de Ecosistemas del M1nisteno de Ambiente, Vivienda y Desarrollo ferntci-ial (Hoy M'nisteno de Ambiente y Desarrollo Sostenible), informac1on complemer. aria para el trámite de solicitud de Sustracción Temporal de la zona de la Reserva Forestal del río Magdalena para la explotación de las fuentes de matenal<1s El Paraíso El Jardín y La Unión. Que a través del escrito con radicado 4120-E1-87004 del 13 de JUiio de 201 1, CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S./\.S., presentó a la D11ecc1ón de Ecosistemas del Ministerio de Ambiente, Viv1e 1da y Desarrollo r err1t ria! (hoy M1111sterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), dPsistimiento de lc..1 solicitud de Sustracción Temporal de la zona de la Reserva Forestnl del río r•llagdalena, para

M1111sterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), dPsistimiento de lc..1 solicitud de Sustracción Temporal de la zona de la Reserva Forestnl del río r•llagdalena, para la explotación de las fu entes de mnteriales de La Escuela, Car"> Hondo y El Mirador, y manifestó mantener la solicitud de sustracción sobre las fuentes de materiales E.1 Paraíso El Jardín y La Unión. Que la CONCESIONARIA RUTA DU SOL S A.S. mediante oficio co11 radicado 41 20-E 1-87537 del 14 de julio de 2011, nuevamente prec-entó a este Despacho información complementaria para el trámite de modificación de la Licencia Ambiental. Que mediante Auto No 2216 del 14 de JUiio de 2006, e->te Despacho i111c1ó trámite administrativo de modificación de Licencia Ambienta1 otorgadd mediante Resolución No . 861 de 2011, parn el Proyecto v1nt den. ,minad0 "Ruta del Sol Sector 2, EtapR 1 Tramos 1 5 y G, y vbras c111exas", en j 1r,sd1cc1ó'1 de los municipios de Puerto Salgar, en c.l de¡.mrtar 1fi1 Lo de r:undinamarca Puerto 8oyc1cá, en el departamento de Boyacá, Ba1rancaberme'/, Sabana de Torres y Hioncgro, en el departamento de Santander, y Sar, AlbPqo, San Mart111, Río de Oro, Aguacn1ca, Gamarra, La Glo11a y Pelaya, en el dE.oa1t,rn1ento de Cesar, otorgada a la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S.A S., en el sentido de

Oro, Aguacn1ca, Gamarra, La Glo11a y Pelaya, en el dE.oa1t,rn1ento de Cesar, otorgada a la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S.A S., en el sentido de autorizar nuevas obras y actividades y ac cionar y.10 moc: fic,r perm1"os pma el uso de recursos naturales Que mediante la Resolución ·!460 del 21 de julio de 2011, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo r erntorial ti loy M1nisteno de Ambiente y Oesmrollo Sostenible), mod1f1có Id L1cenc-iél Ambiental fiorfiada "T1eJ1ante Resolución 861 del 11 de mayo de 201 1, en el sentido Lle autorizar I s fuentes de materiales P.csotc y /\lto Bonito.srn·10o·L w·u 1

RESOLUCION NUMERO

U U 'j / de r 1-'agina No. 4 "Por la cual se modifica una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones" Que el grupo técnico de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambient ales (Hoy Autoridad Nacional de Licencias Ambientales), realizó la visita técnica entre los días del 16 al 25 de agosto de 2011, con el fin de evaluar las actividades solicitadas para la modificación de la Licencia Ambiental. Que la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S., mediante escrito con radicado 4120-E 1-1 07087 del 25 de agosto de 2011, allegó a la Dirección de Ecosistemas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), copia de las Actas de Socialización del estudio

del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), copia de las Actas de Socialización del estudio de sustracción de las fuentes de materiales El Paraíso, El Jardin y La Unión. Que a través del escrito con radicado 4120-E1-108125 del 26 de agosto de 2011, la CON CESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S. informó a la Dirección de Licencias . Permisos y Trámites Ambientales (Hoy Autoridad Nacional de Licencias Ambientales), que se han proyectado cambios en el diseño del Puente sobre el Rio Sogamoso, el cual fue autorizado para su construcción en el numeral 1.2 del Artículo Cuarto de la Resolución 861 del 11 de mayo de 2011 mediante la cual se otorga Licencia Ambien'al al proyecto vial denominado "Ruta del Sol Sector 2, Etapa 1: Tramos 1, 5 y 6, y obras anexas. Que en el mismo escrito hacen mención al Parágrafo 1 ° del Artículo 29 del Decreto 2820 de 201 O, señalando que en cumplim iento a él, remiten la información técnica necesaria para sustentar el cambio en la estructura antes mencionada, y solicitan que el mismo sea autorizado como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada. Que la Dirección de Ecosistemas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), mediante memorando 2100-4-69337 del 31 de agosto de 2011, presentó concepto de viabi lidad a la "Solicitud de Sustracción Temporal" de tres (3) fuentes de

memorando 2100-4-69337 del 31 de agosto de 2011, presentó concepto de viabi lidad a la "Solicitud de Sustracción Temporal" de tres (3) fuentes de materiales (El Jardín, El Paraíso y La Unión) en el Área de la Reserva Forestal del río Magdalena, jurisdicción del municipio de Aguachica, por el término de un (1) año. Que mediante la Resolución 18 15 del 8 de septiembre de 2011, la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales (Hoy Autoridad Nacional de Licencias Ambientales) modificó el literal b) de las obligaciones del numeral cuarto del Artículo Séptimo, de la Resolución 861 del 11 de mayo de 201 1, en el sentido de conceder un término de tres (3) meses contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo para la presentación del Plan de Establecimiento y Manejo Forestal Que la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S., mediante escrito con radicado 41 20-E1 -116710 del 1/. de septiembre de 2011, emitió Información Aclaratoria para el trámite de Modificación de la Licencia Ambiental, así mismo precisó las obras y actividades que finalmente solicita el trámite de modificación, y presenta los soportes técnicos correspondientes ajustados y complementados para dicha evaluación. Que con escrito radicado 4120-E1-1 19168 del 20 de septiembre de 2011, la CON CESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S., anexó la siguiente documentación: • Copia de radicación 7840 del 19 de septiembre de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la licencia ambiental ante la

CON CESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S., anexó la siguiente documentación: • Copia de radicación 7840 del 19 de septiembre de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la licencia ambiental ante la Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS. •!,co·rno·Lto·ur RESOLUCIÓN NÚMERO LJ U fi / de ? ? NfiV 2011 Pagina No 5 • {"Por fa cual fio modificéJ uno Licencia Ambienhl yfi fi 10 .1rn1 0t1as det;rminacioncs" • Copia de radicación 150-1 O 121 del í G de s pttemb e de 2011 del Estudio de Impacto Ambiental para la mod1fic; •c1ón e e l.c1 licc ncIc1 an ,oiental ante la Corporación /\utonoma Regional de Boyacá - cor:F JBOYACA • Copia de radicación del 16 de fiept; mi re dE 2011 el Estudio de Impacto Ambiental para la modificación de la ltcnncia amo1erhal 21nte la Corpornc16n Autónoma Regional del Cesar - CORPOCESAR. • Copia de radicación 201111 4598 Llel fi de septiemb1e de 2011 uel Estudio de Impacto Ambiental para la rnoc: ificación de la lio"ncía ambiental ante la Corpo1 nc1ón Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Que lct CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S AS a través de1 escrito con radicado 4120-E 1-124503 del 30 de septiembre de 2011, presentó copia del radicado del 29 de septiembre <.Je ?C11, ante el In tItuto Colombiano de

radicado 4120-E 1-124503 del 30 de septiembre de 2011, presentó copia del radicado del 29 de septiembre <.Je ?C11, ante el In tItuto Colombiano de Antropolog ía e Historia - ICANH, d0I Plan de Manejo .:\rqueológico para las Fuentes de Materiales, ZODME de los rramos 1, 5 y 6 y Variante El Juncal. Que Ifi Dirección de Licencias, Perm1 ,os y Trámites Ambientales (Hoy Autoridad Nélcional de Licencias Ambientales), mediante el oficio con radicado 2400-E2108125 del 3 de octub1e de ?01 1, informó a la Conces1o nana que el cambio pr opuesto para la estructura S)el put' 1te sobre el río Sogamoso, y sef1ún las espec1f1cac1ones presentadas, obedec a Li Ia modificación menor o de a¡us.e 11or111nl dentro del giro ordinario de la actividad licenciada, y en tal sentido aplica lo establecido en el Parágrafo 1 ° del Artículo 29 del De.-rcto 2820 de 201 O Que mediante escrito con radicado 4120-E1-12938::' del 11 de octubre de 2011, la CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S, ad¡unto 1c.1 siguifi 1te documentación. • Copia del radicado 15 0-008549 del 6 de octuhn mediante C'l c1ial la Corporación Autónomn Refi1oned--: Boyacá - CORPOF üYACA se pronuncio acerca de la viabilidad amLiP ital de los pern1isos, consesIones y/o autorizaciones paro el uso, ; :)rovoc'iam¡enll y nfc(;tación de '.Jfi

pronuncio acerca de la viabilidad amLiP ital de los pern1isos, consesIones y/o autorizaciones paro el uso, ; :)rovoc'iam¡enll y nfc(;tación de '.Jfi recursos naturales, r fiquPridos ¡.;ara la ejecucio ·1 de las uctividades propuestas en la soliciturl de n 1údificc3ción de Licenci Ambiental. • Copifi del radicado 041121 C208G del 30 de .:,eptie1T1:1re, mediante el cual la Corporación Autónoma Hegional de Cund1nan a c,, CAR, se pronur:;ió acerca de la viabilidad amb1en•aI ae los permisos corcesIones y/o autonznciones para el uso, aprovechamiento y nfe..:tación dt los recursos naturales, requeridos para la fijPcuc1on de ,as activ, ades propuestas en la solic1tuJ de .nodificac1jn de Licencia Ambiental. Que la Corporación Autónoma PPgional del Cesar - CORPOCESAR mediante oficio con radicado 4120-E1 -130103 del 12 de octubre c..e 2011, ,llego a esta Autoridad pronunciamiento acerca de la viabihdnd ambiental de los permisos, concesiones y/o autorizaciones para el uso, aprov0-charniento y afectación de los recursos naturales, requeridos para 13 je..,udón de lac:- act,v ,dadcs propuestas en la solicitud de modificación de Licencia Ambiental Que el grupo téc111co de esta Autorid 1d, un.J vez ovis2--:lo, an¿:¡hzado y evaluaoc el Estudio de Impacto Ambier.tal Je lu r1odificac1ón pre ,entado por la

la solicitud de modificación de Licencia Ambiental Que el grupo téc111co de esta Autorid 1d, un.J vez ovis2--:lo, an¿:¡hzado y evaluaoc el Estudio de Impacto Ambier.tal Je lu r1odificac1ón pre ,entado por la CONCESIONA RIA RUTA DEL SOL S.A.S obrante en el expediente 5228 cmitio el Concepto técnico 18 31 del 1 J de. noviemt>re de 20 11 . ú.Jsrn·rno·¿ro•ur RESOLUCIÓN NÚMERO U U 'j / de r¿ 2 NOV 2011 Página No. 6 "Por la cual se modifica una Licencia Ambiental y se toman otras determinacíones" FUNDAMENTOS LEGA' .ES Que el artículo 8 ae le. Constitul-ión Política estdblece que "Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación". Que el artículo 79 de la Carta Política indica que "Todas /as personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo''. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines." El artículo 80 ibídem. establece que "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de lus recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. .. " La protección al medio ambiente corresponde a uno de los más importantes cometidos estatales, es deber del Estado garantizar a las generaciones futuras la conservación del ambiente y la preservación de los recursos naturales. De ahí el

La protección al medio ambiente corresponde a uno de los más importantes cometidos estatales, es deber del Estado garantizar a las generaciones futuras la conservación del ambiente y la preservación de los recursos naturales. De ahí el objeto para crear el Ministerio de Ambiente y Vivienda Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) como organismo rector de la gestión ambiental y de los recursos naturales, al que corresponde impulsar una relación de respeto entre el hombre y la naturaleza y definir la política ambiental de protección, conservación y preservélción. De la competencia de ésta Autoridad Que el artículo 2 de la Ley 99 d8 1993, dispone la creación del Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desar rollo Sostenible), como el organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado entre otras cosas, de definir las regulac iones a las que se sujetarán la conservación, protección, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible. Que el numeral 15 del mtículo 5 de la ley 99 de 1993, estableció como función de este Ministerio el evaluar los estudios ambientales y expedir, negar o suspender la licencia ambiental correspondiente, en los casos que se señalan en el título VIII de la presente ley, Que el artículo 51 de la Ley 99 de 1993, estableció como facultad de este Ministerio el otorgar las licencias ambientales, para proyectos obras y actividades que sean de su competencia. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 numeral 6 de la Ley 99 de 1993

Ministerio el otorgar las licencias ambientales, para proyectos obras y actividades que sean de su competencia. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 numeral 6 de la Ley 99 de 1993 en concordancia con el numeral 8 literal b) del artículo 8° del Decreto 2820 de 2010, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) tiene competencia privativa para otorgar de Licencia Ambiental respecto de "Articulo 8. Competencia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, otorgará o negará de manera privativa la licencio ambiental para los siguientes proyectos, obras o actividades:

8. Proyectos de la red vial nacional referidos a: b) Construcción de segundas calzadas;". •!,EO ·rno • L ro ·u T

RESOLUCIÓN NUMERO LJ LJ ':J_j_ de

2 ? lfiO\J 2ll11 __ Pagina No 7 "Por la cual se modifica una Licencia Ambiental y se tomnn otras cletermmac,ones" Que mediante el Decreto 3570 del 27 de septiembre de 201 1 se estableció la estructura orgánica y las funciones cJel Ministerio de Ambiente y Desa1 rollo Sostenible Que mediante el Decreto 3573 del 27 de sE>ptiernbre de 20 11 se creó la Autoridad Nacional de Licencias Arnbiertales ANL A y se estableció que dentro de sus funciones está la de otorgar o negar las ltcencias, µerrnIsos y tramites ambientales de competencia del Mi nisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ae conformidad con la Ley y los Reglamentos.

funciones está la de otorgar o negar las ltcencias, µerrnIsos y tramites ambientales de competencia del Mi nisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ae conformidad con la Ley y los Reglamentos. De la modificación de las Licencias Ambi entales Que en relación con el trámite de modificación de Licencias Ambientales de competencia del Ministerio de l'mbiente y De<-cJ1 rollo Sostfi nible, el numeral 5 del articulo 30 del Decreto 2820 de 201 O, ha establec1 Jo como una de las obligaciones del interesado, la radica,.,ió11 iel comple 1ento de los estudios respectivos ante la autoridad ambiental con ¡u ·isd1cc1An e·1 el área de desarrollo del proyecto, obra o actividad, cuando se trate de una solicitud relacionada con la modificación del uso, aprovechamiento y/o af Pctnción de los recur ocr.aturales renovables a fin de que esta emita el resfiectivo cor epto técnic0 Esto en cumplimiento de lo previsto por el In ciso Segundo del artículo 59 de la Ley 99 de 19 93, y en atención igual mente a la impo rtancia de contar con el pronunciamiento d_ In autoridad ambiental regían I directamente encdgada de la adminh:.trac1ón, control y vigilancia de los recursos naturales que µueaan SE:'r utilizados, ap, ovechados o afectados por un determinado proyecto Al respecto la norma establece lo siguiente: " ... Artículo 30. Requisitos para la modificación de la liccnda ambiental. Cuando se ¡,H;londa modificar la Licenc11 Ambiental ..;o deberá presentar y él1fegar ante la autondad a,n/Jientnl competente la siguiente ,nformación: ( . )

¡,H;londa modificar la Licenc11 Ambiental ..;o deberá presentar y él1fegar ante la autondad a,n/Jientnl competente la siguiente ,nformación: ( . ) 5 Copia ele la constancia de radicación del comp/em..:nto del Es.udio ele lmpélcto AnilJ1entDI ante la ,cspectivcJ autoríclad amhiental con jurisdicción en el área d J influencia cluccta efe/ pJOyecto, en /os casos de comr otonc,n del M1111storio do Ambiente, Vivienda y Dcsürrollo Territorial, s10mpre que Sü frute de u I pet,dón que modifiquen el uso, Df)tovecllilm1cnto ylo afectación de los recursos natur<1/es rnnovDbles " As, mismo. el pa,tigrnfo del artículo 31 del Decreto 2820 du 2010, e::;tablFJco /u siguiente 011 rclac1ó11 con el concepto técnico que debe ser rc Nlido por la .wtoridades ambientales wfi110nüles. con 1111 ,schcc,on en el área donclo se e es arrolla el p1 '1ec10 sometíclo a l1cenc1a n111h1ontal ele competencia del Ministe,io do Ambienlv, Vivmnda ), Desa,rol/o Territo1l[)I: " ... Parágrafo. Cunndo se trate ele proyectos, obms o actividad,Js de competencia del Mu,,sterio ele Am/Jionte, V,v,enda y Desc1rrolh Te11itorial, las autoridades ambientales 101¡1011alcs con Jtmscficción 011 el área de influencia directa ele/ proyecto con,ará con un 1c,n11t10 ele máximo ele veinte (20) días hábiles, contados n p. rtir de la redicac,ón del

101¡1011alcs con Jtmscficción 011 el área de influencia directa ele/ proyecto con,ará con un 1c,n11t10 ele máximo ele veinte (20) días hábiles, contados n p. rtir de la redicac,ón del co,n1Jle111ento del Cstud10 de Impacto Am/J1ental, para pronunciarse sobre /él mod1f1cac1ón sol1c1/éldn si n ello hay lugélr, para lo cual el pclicicnado allegará la constancw de 1iHl1cación con destino al Ministerio cfo Ambiente, Viviendc1 y DesarrrJllo Territorial. As, mismo, y en ol evento en que so haya l1echo requeu1111ento efe mformc.1ció11 ad1c1onal so/J,c el uso y/o nproveclwmiento de los rocw..,os tk 11,rn/es renovaNl s. las autofldéldes ;_rn1/Jmntales debcwn e11111tr el corres¡JOJid ... nte e .ceri/n técn ::;o t1n un temuno máximo de qumce (15) clh,s héif:,J/es, cont.Jdos a partu ele la raci,cación de la • 1fo1mació1' ac/1cionnl .. ••. De acuerdo con las anteriores disoosiciones re'""tlarr ,ntarias, esta Autoridad está fncultada para emitir este mismo , ,.onurcIaI l'<;nto, en el eve:1to e.le que la autoridad ambiental regional no haya proferido el respectivo concepto técnico en mlncrón ;ll proyecto 'y prin::"palmcnte con los permisos, autorizaciones fi yfisrn ·rno • ¿ rn ·u T RESOLUCIÓN NÚMERO \J U j / de fi2 'J. NUV 20 11, Pagina No. 8

mlncrón ;ll proyecto 'y prin::"palmcnte con los permisos, autorizaciones fi yfisrn ·rno • ¿ rn ·u T RESOLUCIÓN NÚMERO \J U j / de fi2 'J. NUV 20 11, Pagina No. 8 "Por la cual se modifica una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones" concesiones para el uso, aprovechamiento y afectación de recursos naturales renovables, o no lo haya remitido dentro del término establecido legalmente. Teniendo en cuenta que a la fecha de elaboración de la presente Resolución, la Corporación Autónoma Regional del Cesar - CORPOCESAR, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR y la Corporación Autónoma Regional de Boyacá - CORPO BOYACA, han remitido a esta Autoridad el pronunciamiento relacionado con la información complementaria presentada en dichas Corporaciones, esta Autoridad tendrá en cuenta los conceptos técnicos referidos, a fin de pronunciarse en relación con la demanda de recursos naturales renovables para el trámite de modificación del proyecto "Ruta del Sol, Sector 2, Etapa 1: Tramos 1, 5 y 6, y obras anexas", en jurisdicción de los municipios de Puerto Salgar, en el depa rtamento de Cundinamarca, Puerto Boyacá, en el departamento de Boyacfi. Barrancabermeja, Sabana de Torres y Rionegro, en el departamento de Santander, y San Alberto, San Martín, Río de Oro, Aguachica, Gamarra, La Gloria y Pelaya, en el departamento de Cesar, en el acto administrativo que decid'1 sobre el trámite de modificación de la licencia am biental solicitada. Que el artíc ulo 29 del Decreto 2820 de 2010, establer,e:

administrativo que decid'1 sobre el trámite de modificación de la licencia am biental solicitada. Que el artíc ulo 29 del Decreto 2820 de 2010, establer,e: " .. . Artículo 29. Modíficación de la Licencia Ambiental. La licencia ambiental deberá ser moclificada en los siguientes cesas:

1. Cuando el titular de la L1cenr a Ambiemal pretenda modificar el proyecto, obra o actividad de forma que su generen impactos ambientales a los ya identificados en la licencia ambiental.

2. Cuanclo al otorgarse la licencia

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