MINAMBIENTE - Resolución 0129 de 2025
Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Resolución 0129 de 2025
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
......... RESOLUCIÓN NÚMERO_ Q ,..,...._1....,..¡¡---E::2=-9fi--ºE fi, 1 FEB 2025 "Por la cual se adopta la Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones" El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en por la Ley 489 de 1998, el Decreto 3570 de 2011, el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto 1083 de 2015 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 2° de la Constitución Política establece que son fines esenciales del Estado, entre otros, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. Que el artículo 32 de la Ley 489 de 1998, modificado por el artículo 78 de la Ley 1474 de 2011, dispuso que todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, para ello podrán realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública, aplicando mecanismos que brinden transparencia al ejercicio de la función administrativa. Que el artículo 3° de la Ley 1437 de 2011 establece que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad,
administrativa. Que el artículo 3° de la Ley 1437 de 2011 establece que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad. Que el numeral 9° de la norma en comento regula el principio de publicidad, así: "En virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones, mediante las comunicaciones, notificaciones y publicaciones que ordene la ley, incluyendo el empleo de tecnologías que permitan difundir de manera masiva tal información de conformidad con lo dispuesto en este Código. Cuando el interesado deba asumir el costo de la publicación, esta no podrá exceder en ningún caso el valor de la misma." Que, en desarrollo del deber de información al público, el numeral 8° del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, impone como una obligación de las Página 1 de 5 ' 1 •5 ,, \.i ' ¡:,.rnbientc0129 Ambiente "Por la cual se adopta la Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones" autoridades, mantener información completa y actualizada a disposición de la ciudadanía, suministrándola a través de los medios impresos y electrónicos que disponga. Dentro de dicha información se encuentra la relativa a: "[/]os proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el
la ciudadanía, suministrándola a través de los medios impresos y electrónicos que disponga. Dentro de dicha información se encuentra la relativa a: "[/]os proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas. Para el efecto, deberán señalar el plazo dentro del cual se podrán presentar observaciones, de las cuales se dejará registro público. En todo caso la autoridad adoptará autónomamente la decisión que a su juicio sirva mejor el interés general." Que de conformidad con el Decreto 1081 de 2018, los actos administrativos se deberán publicar en la página web de la entidad, atendiendo los lineamientos establecidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información. Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social expidió el documento CON PES 3816 de 2014 MEJORA NORMATIVA: ANÁLISIS DE IMPACTO, el cual señaló como objetivo central: "(. . .) sentar las bases para institucionalizar el Análisis de Impacto Normativo (AIN) en la etapa temprana del proceso de emisión de las normas desde la Rama Ejecutiva, como herramienta dirigida a fortalecer la confianza, efectividad y transparencia de la normatividad, en el mediano y largo plazo". Que el artículo 2.1. 2.1.25 del Decreto 1081 de 2015, previó que, en la elaboración de los proyectos específicos de regulación de carácter general, la entidad que lidere la elaboración realizará, entre otras, las siguientes acciones: i) Informar proactivamente sobre los proyectos específicos de regulación, atendiendo no solo a las instrucciones del artículo 2.1. 2.1.14 ídem,
entidad que lidere la elaboración realizará, entre otras, las siguientes acciones: i) Informar proactivamente sobre los proyectos específicos de regulación, atendiendo no solo a las instrucciones del artículo 2.1. 2.1.14 ídem, definiendo e indicando los medios electrónicos a través de los cuales la ciudadanía y grupos de interés podrán inscribirse para recibir información automática al respecto; y ii) Promover la participación ciudadana, para lo cual deberá definir y adaptar los medios físicos y electrónicos mediante los cuales la ciudadanía y los grupos de interés podrán hacer observaciones a los proyectos específicos de regulación. Ahora bien, además de comunicar a los inscritos para recibir información automática, las autoridades también deberán ponerla en conocimiento de la ciudadanía en general, a través de diferentes canales de comunicación. Que de acuerdo con el artículo 2.2.22.3. 4 del Decreto 1083 de 2015, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG debe aplicarse por los Página 2 de 5 fj 1 FED ', •. ' ")0129 11 FEB 2025 Ambiente "Por la cual se adopta la Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones" organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público. Que mediante la Resolución 2140 de 2017, se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y se crean algunas instancias administrativas al interior del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental" dando cumplimiento a las acciones encaminadas a la
Planeación y Gestión y se crean algunas instancias administrativas al interior del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental" dando cumplimiento a las acciones encaminadas a la actualización de la institucionalidad del Sistema Integrado de Gestión y de Control Interno de la entidad. Que, con base a la mencionada resolución, se estableció la estructura del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, la cual opera a través de siete (7) dimensiones fundamentales para cumplir los objetivos institucionales, entre ellas se encuentra la dimensión tres (3) denominada "Gestión con Valores para el Resultado", que a su vez integra ocho (8) políticas entre las que se destaca la Política de Mejora Normativa. Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en cumplimiento al Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, debe adoptar la Política de Mejora Regulatoria para promover el uso de herramientas y buenas prácticas regulatorias y que las normas expedidas circulen los parámetros de calidad técnica y jurídica y resulten eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples, para fortalecer la seguridad jurídica y un marco regulatorio y reglamentario que facilite el emprendimiento, la competencia, la productividad, el desarrollo económico y el bienestar social. Que mediante Sesión del 08 de Agosto de 2024, el Comité de Gerencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible revisó y aprobó el proyecto de Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria, el cual requiere implementarse en el sector de ambiente y desarrollo sostenible, con el propósito de desarrollar buenas prácticas regulatorias para la expedición de los proyectos normativos, mediante el ciclo de gobernanza dispuesto por
requiere implementarse en el sector de ambiente y desarrollo sostenible, con el propósito de desarrollar buenas prácticas regulatorias para la expedición de los proyectos normativos, mediante el ciclo de gobernanza dispuesto por el Departamento Nacional de Planeación. Que, de acuerdo con el Manual de la Política de Mejora Normativa Departamento Nacional de Planeación Vigencia 2022 Versión 1, se estructuro y desarrollo "La Guía de Implementación de la Política de Mejora Regulatoria del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible". Pagina 3 de 5012 11 FEB 2025 Ambiente "Por la cual se adopta la Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones" Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo l. Objetivo. La presente resolución tiene como objetivo adoptar la "Guía de implementación de fa política de Mejora Regufatoria'fi para que a través de su implementación se desarrollen las buenas prácticas regulatorias para la expedición de los proyectos normativos, mediante el Ciclo de Gobernanza Regulatoria, a fin de preservar, proteger y fortalecer los recursos naturales, impulsando el desarrollo sostenible, la justicia ambiental, acceso y participación, protección de las generaciones futuras y medidas regulatorias que respondan a la crisis climática, a través de las buenas prácticas regulatorias y de la Política de Mejora Regulatoria establecida por la OCDE. Artículo 2. Adopción. Adóptese la "Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria" del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la cual hace parte integral de la presente resolución.
la OCDE. Artículo 2. Adopción. Adóptese la "Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria" del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la cual hace parte integral de la presente resolución. Artículo 3. Ámbito de Aplicación. La presente Guía aplica a la Oficina Asesora Jurídica, como líder de la implementación de la política de Mejora Normativa, a las dependencias misionales que son las principales generadoras de normatividad, a las Oficinas Asesoras como áreas involucradas en la implementación de dicha política y demás servidores públicos de la cartera ministerial. De igual manera, las entidades adscritas y vinculadas del sector ambiente y de desarrollo sostenible, deberán atender las disposiciones contenidas en la Guía adoptada en la presente resolución. Artículo 4. Publicación y Comunicación. Publicar la "Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria" a través del Sistema Integrado de gestión-SOMOSIG, así como en la página Web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Comunicar la referida Guía por intermedio del Grupo de Comunicaciones a los (funcionarios y contratistas) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Artículo S. Actualización. La Guía de implementación de política de Mejora Regulatoria, será revisada y actualizada por parte de la Oficina Asesora Jurídica de la cartera ministerial, de acuerdo con las necesidades o cambios en la estrategia institucional y/o de los lineamientos gubernamentales. Artículo 6. Mesa Técnica de Mejora Normativa. Créase la Mesa Técnica de Mejora Normativa como una instancia del Comité de Gerencia, creado
en la estrategia institucional y/o de los lineamientos gubernamentales. Artículo 6. Mesa Técnica de Mejora Normativa. Créase la Mesa Técnica de Mejora Normativa como una instancia del Comité de Gerencia, creado mediante la Resolución No. 2140 de 2017, encargado de la actualización, ejecución, evaluación y seguimiento de la guía de la implementación de la Página 4 de 50129 "1 1 FEB 2025 "Por la cual se adopta la Guía de implementación de la política de Mejora Regulatoria del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones" Política de Mejora Regulatoria en el sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible, generando las recomendaciones pertinentes al mencionado Comité. La Mesa Técnica de Mejora Normativa estará conformada por el Viceministro de Políticas y Normalización Ambiental o su designado, quien la liderará, el Viceministro de Ordenamiento Ambiental del Territorio o su designado y el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica o su designado. La Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de uno de sus funcionarios, llevará a cabo la secretaría de la Mesa Técnica de Mejora Normativa, espacio que se reunirá mínimo una (1) vez por semestre, y manifestará sus recomendaciones y seguimiento mediante acta de cada sesión. Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE v CÚMPLASE 11 FEB 2025 tra de
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mediante acta de cada sesión. Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE v CÚMPLASE 11 FEB 2025 tra de / P;"l)Vt;ztó: /\n.J:('1-:'in<fi r:fiHd l>rfiUt"!l!h . ,\¡;·_1\t(; {)>'l-' '._)._)'.'. ( ¡,\ :fi .. FfiEfiV\':-.iO: hd\1U11i C 'J,:')!Í•) i'-..1¡ni(,d {",r-::.-.;,,,, v· r-.r,s">•1:.; ("\;'•_; olio Sostenibl\h Página 5 de 5 ' 1 Hf!:"r)"n ''J . .:H";,,, ?.1{"fi (:!_dlcrrfi:.r. /;\1.;(Lfi_; t_,r • >"f. (",;)J" / -... . z .... ,, . . ¡ \_; ' . Ambiente ,'l)fi, fi
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1• · , (t} Ambiente
Proceso: Gestión Jurídica
Versión 1
22/08/2024MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
Versión: 1
GUIA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLITICA DE
MEJORA REGULATORIA
Contenido SOMOS
Código: G-A-GJR-02
1. INTRODUCCIÓN ............................................... ..................................................................................... 4
2. DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE MEJORA REGULATORIA ...................................................................... 6
MEJORA REGULATORIA
Contenido SOMOS
Código: G-A-GJR-02
1. INTRODUCCIÓN ............................................... ..................................................................................... 4
2. DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE MEJORA REGULATORIA ...................................................................... 6
3. ALCANCE DE LA GUIA ............................................................. ........................................................••••• 6
El alcance de la guía abarca la formulación de normas ambientales alineadas con el Derecho Ambiental Internacional, con un enfoque en la cooperación global y la interdependencia para la protección del medio ambiente. También se centra en la necesidad de una regulación jurídica integral que garantice un marco normativo completo y coherente para abordar los desafíos ambientales ........................................................... 8
4. PRINCIPIOS ............................................................................... ........................................................... 8
5. GLOSARIO .......................................................................................... ............................................... 11
Para la correcta aplicación de la presente guía, se genera el siguiente glosario: .............................................. 11
6. OBJETIVO DE LA GUÍA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA DE MEJORA REGULATORIA ................. 13
A. Definición del problema ........................................................................................................................ 18
B. Definición de los Objetivos ................................................................................................................... 20
C. Definición de Alternativas ......................................................................................................................... 21
D. Análisis y evaluación de alternativas ......................................................................................................... 21
E. Elección de la alternativa ........................................................................................................................... 23
F. Diseño de la implementación y del monitoreo ............................................................................................ 23
G. Consulta Pública ....................................................................................................................................... 24 7.3.2. Análisis de impacto Normativo Simple . ................................................................................................ 26
A. Definición del Problema: ................................. ..................................................................................... 26
B. Objetivos .................................................................................................................................................. 26
D. Implementación y Monitoreo . ........................................... ......................................................................... 2 7
E. Consulta Pública ....................................................................................................................................... 27
A. Definición del Problema: ................................. ..................................................................................... 26
B. Objetivos .................................................................................................................................................. 26
D. Implementación y Monitoreo . ........................................... ......................................................................... 2 7
E. Consulta Pública ....................................................................................................................................... 27 7.3. Redacción del Acto Administrativo .................................................................................................. 29 7.4. Consulta Pública del Instrumento Normativo .................................................................................... 30
Página 2144 K-700011(2 S.t,..20001113MINISTERIO DE AMBIENTE Y
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Versión: 1
GUIA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLITICA DE
MEJORA REGULA TORIA SO MO Código: G-A-GJR-02 7.5. Revisión de la Regulación ................. ................. ............................................................................. 31 7.6. Publicación de la Regulación .. ............................................... .......................................................... 33 7.7. Evaluación de las Regulaciones ....................................................................................................... 34
8. IMPLEMEN TACIÓN DE LA GUÍA DE LA POLÍTICA DE MEJORA REGULATORIA DEL MIN ISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. ............................................. ...................................................... 36
SC-200010 s.t,..lOOQtCl
Página 3144 !!MINISTERIO DE AMBIENTE Y
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1. INTRODUCCIÓN
GUÍA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLITICA DE
MEJORA REGULATORIA SOMOS
Código: G-A-GJR-02
El documento CONPES 3816 del 2 de octubre de 201 41, sentó las bases para institucionalizar el Análisis de Imp acto Normativo, AIN, en la etapa temprana del proceso de emisión de la normatividad desde la Rama Ejecutiva del Poder Público. En dicho documento, el Consejo Nacional de Política
Análisis de Imp acto Normativo, AIN, en la etapa temprana del proceso de emisión de la normatividad desde la Rama Ejecutiva del Poder Público. En dicho documento, el Consejo Nacional de Política Económica y Social consideró que la producción normativa ocupa un espacio central en la implementación de pol íticas públicas, siendo el medio a través del cual se estructuran los instrumentos jurídicos que materializaran gran parte de las decisiones del Estado, y cuyo impacto es tan importante como el de la política fiscal y monetaria. Por lo anterior, mediante el Decreto 15 95 de 2015 2, se estableció que para la expedición y/o modificación de reglamentos técnicos las entidades deberían empezar a hacer Análisis de Impacto Normativo. En esta línea, el CON PES señalado anteriormente enfatiza que el AIN debe ser un estudio íntegro que permita determinar si la Rama Ejecutiva del Poder Público debe intervenir un instrumento jurídico atacando las causas reales del problema y asegurando así la calidad de las normas a expedir. Ahora bien, a partir del artículo 133 de la Ley 17 53 de 2015 3, se integró en un solo Sistema de Gestión, los Sistemas de Gestión de la Calidad de que trata la Ley 872 de 20034 y de Desarrollo Adminis trativo de que trata la Ley 489 de 19 98. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión, MIPG, es el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.
entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. El CONPES 3816 del 2 de octubre de 201 4, establece que por medio del Ciclo de Gobernanza Regulatoria se debe impl ementar en la producción normativa que sea expedida por las entidades de orden nacional, pautas para la emisión y revisión de una norma. De tal manera, para el 28 de abril de 2020, Colombia se convierte en miembr o número treinta y siete (37) de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), quien en su estudio "la política regu/atoria en Colombia más allá de la simplificación administrativa",5 resalta que la implementación y planeación de la mejora regulatoria permite asegurar la calidad y eficiencia de las 1 Documento Conpes Consejo Nacional de Política Económica y Soc i al República de Colombia Departamento Nacional De Planeación Mejora Normativa: Análisis De Impacto 2 Por el cual se dictan normas relatiyas al Subsistema Nacional de la Caidad y se modifica el Capitulo VII y la Sección 1 del Capítulo VIII del T i tulo I de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Unico Reglamentari o del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015, y se dictan otras disposiciones" 3 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país' '"Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios".
3 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país' '"Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios". 5Estudio de la OCDE sobre la política regulatoria en Colombia MÁS ALLÁ DE LA SIMPLI FICACIÓN ADMINISTRATIVA 2014
Página 41 44 11 sc .. ,ootHU} SJ...2000143MINISTERIO DE AMBIENTE Y
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Versión: 1
GUIA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLfTICA DE
MEJORA REGULA TORIA SOMO Código: G-A-GJR-02 regulaciones, mejorando el desempeño en la ec onomía y el bienestar social, imp actando positivamente en los objetivos sociales como lo es la protección del medio ambiente.
Así mismo, la OCDE realiza las recomendaciones al Gobierno Colombiano en su contexto Nacional, entre estas se encuentran las siguientes: ■ El Gobierno Colombiano debería, como prioridad clave, desarrollar y promulgar una política regulatoria formal que sea explícita, obligatoria y congruente dentro del gobierno completo, estableciendo los procedimientos, las instituciones y las herramientas que se emplearán en aras de una regulación de calidad. ■ Una política regulatoria explícita debería reconocer claramente que regular no es la única solución viable para un problema de política pública y debería establecer procedimientos para determinar cuándo es de interés público regular. 6 ■ Integrar la evaluación de impacto regulatorio (análisis de impacto normativo, AIN) a las primeras etapas del proceso de diseño de políticas públicas. Identificar claramente las metas de política pública, y evaluar si es necesaria la regulación y de qué manera puede ser más efectiva y
etapas del proceso de diseño de políticas públicas. Identificar claramente las metas de política pública, y evaluar si es necesaria la regulación y de qué manera puede ser más efectiva y eficiente para alcanzar dichas metas. 7 En Colombia, en materia regulatoria, se encuentran: i) el Congreso de la República, a través de la expedición de leyes, conforme el artículo 150 de la Constitución Política ; ii) el presidente de la República, en ejercicio de sus facultades reglamentarias otorgadas mediante el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, y iii) los ministros, directores de Departamento Admin istrativo y los superintendentes, en sus potestades normativas asignadas por ley. Ahora bien, la impleme ntación de la política de Mejora Normativa al Interior de esta cartera Minis terial se desarrollará teniendo en cuenta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIP G), marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, evaluar, hacer seguimie nto y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo, resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. 8 El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG 11), adoptado median te Decreto 1499 de 2017, es un marco de referencia para la gestión y el desempeño de las entidades públ icas, de tal manera que pueda generar valor público a través de la resolución de las necesidades de los ciudadanos. 6 Capítulo 3. Reforma y políticas regulatorias en un contexto nacional Estudio de la OCDE sobre la polilica regulatoria en Colombia más allá de la simplificación administrativa 2014 7 Mejora regulatoria Análisis de impacto normativo Kar i na Montes Luis Ferney Moreno
6 Capítulo 3. Reforma y políticas regulatorias en un contexto nacional Estudio de la OCDE sobre la polilica regulatoria en Colombia más allá de la simplificación administrativa 2014 7 Mejora regulatoria Análisis de impacto normativo Kar i na Montes Luis Ferney Moreno 8 Marco General del Modelo Integrado de Planeación y Gestión SC2000141 S.,..,20()01113
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GUIA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POÚTICA DE
MEJORA REGULATORIA SOMO S
Código: G-A-GJR-02
Conforme a lo anterior, el Min isterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución No. 2140 del 19 de octubre de 201 7, "Por la cual adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y se crean algunas instancias administrativas al interior del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental, y se dictan otras disposiciones", operando a través de siete (7) di mensiones fundamentales para cumplir los objetivos institucionales, en particular la dimensión tres (3) denominada "Gestión con Valores para el Resultado", desarrolla ocho (8) políticas entre la que se destaca la Política de Mejora Normativa. Para esta cartera ministerial es fundamental implementar la Política de Mejora Normativa para la expedición de los instrumentos jurídicos, considerando los lineamientos de calidad técnica y jurídica, generando la construcción de sociedades capaces de optimizar sus recursos con el fin de generar un mejor bienestar a sus habitantes, atacando de fondo el problema y dando las alternativas de solución adecuadas. Por lo anterior, desde la Oficina Asesora Jurídica, se desarrollan los siguientes contenidos:
mejor bienestar a sus habitantes, atacando de fondo el problema y dando las alternativas de solución adecuadas. Por lo anterior, desde la Oficina Asesora Jurídica, se desarrollan los siguientes contenidos:
2. DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE MEJORA REGU LATORIA Teniendo en cuenta el principio de Seguridad Jurídica que rige toda la función adminis trativa, el Departamento Nacional de Planeación tiene como objetivo diseñar line amie ntos y brindar acompañamiento técnico a entidades de nivel nacional y territorial, en la implementación de la Política de Mejora Normativa 9como miembro participante del Comité para la Mejora Normativa.
La Política de Mejora Normativa se define de la siguien te manera: "La política de mejora regulatoria tiene como objetivo promover el uso de herramientas y buenas prácticas regulatorias, a fin de lograr que las normas expedidas por la Rama Ejecutiva del Poder Público, en los órdenes nacional y territorial, revistan los parámetros de calidad técnica y jurídica y resulten eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples, en aras de fortalecer la seguridad jurídica y un marco regulatorio y reglamentario que facilite el emprendimiento, la competencia, la productividad, el desarrollo económico y el bienestar socia/'fi0. Dicha política es liderada al interior del Min isterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible por la Oficina Asesora Jurídica - OAJ.
3. ALCANCE DE LA GUIA La presente Guía le aplica en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a la Oficina Asesora Jurídica, como líder de la impl ementación de la política de Mejora Normativa, a las dependencias 9 Manual de la Política de Mejora Normativa Departamento Nacional de Planeación Vigencia 2022 Versión 1
Jurídica, como líder de la impl ementación de la política de Mejora Normativa, a las dependencias 9 Manual de la Política de Mejora Normativa Departamento Nacional de Planeación Vigencia 2022 Versión 1 'º Política de Mejora Normativa Comité de Mejora Normativa Consej
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