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MINAMBIENTE - Resolución 2268 de 2006

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 2268 de 2006
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2006

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y

DESARROLLO TERRITORIAL

RESOLUCIÓN NÚMERO (2268) 22 de Noviembre de 2006

RESOLUCIÓN 2268 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2006

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

LA ASESORA DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE AMBIENTEDIRECCIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES

En ejercicio de las facultades delegadas por el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante la Resolución No. 2116 del 21 de diciembre de 2005, y en especial las conferidas por la Ley 99 de 1.99 3 y su Decreto Reglamentario 1220 de 2005, y el Decreto 0500 de 20 06, Ley 790 de 2002, el Decreto 216 de 2003, Decreto 3266 del 8 de octubre de 2004, y

C O N S I D E R A N D O :

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-57770 del 6 de julio de 2005, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P ., inició los trámites para la obtención de la Licencia Ambiental para el Pro yecto “Línea de Transmisión a 230kV Circuito Doble Betania – Altamira – Mocoa - Pa sto (S/E Jamondino) – Frontera y Obras Asociadas”, para lo cual indicó el alcance de las obras y solicitó se determinara si el proyecto requería Diagnóstico Ambiental de Alternativas.

Frontera y Obras Asociadas”, para lo cual indicó el alcance de las obras y solicitó se determinara si el proyecto requería Diagnóstico Ambiental de Alternativas.

Que mediante Auto 1272 del 22 de julio de 2005, este Ministerio declaró que el proyecto “Línea de Transmisión a 230kV Circuito Doble Be tania – Altamira – Mocoa - Pasto (S/E Jamondino) – Frontera y Obras Asociada s”, requería la elaboración y presentación de Diagnóstico Ambiental de A lternativas y anexa los términos de referencia para su elaboración.

Que mediante oficio con radicación 4120 - E1 – 70264 del 12 de agosto de 2005, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., entreg ó a este Ministerio el Diagnóstico Ambiental de Alternativas – DAA del proyect o “Línea de Transmisión a 230kV Circuito Doble Betania – Altamira – Mocoa - Past o (S/E Jamondino) – Frontera y Obras Asociadas”.

Que mediante Auto No. 1443 del 22 de agosto de 2005, este Ministerio inició trámite administrativo de licencia ambiental para el proyecto “Línea de Transmisión a 230kV Circuito Doble Betania – Altamira – Mocoa - Pa sto (S/E Jamondino) – Frontera y Obras Asociadas” y realiza cobro por concepto de evaluación ambiental. Que la empresa mediante oficio con radicació n de este Ministerio 4120 – E1 – 82177, remitió copia de la consignación de dicho servicio.Resolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 2

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

– E1 – 82177, remitió copia de la consignación de dicho servicio.Resolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 2

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 41 20-E1-120589 del 27 de diciembre de 2005, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S .A. E.S.P., allegó certificación OF105 – 21424 – DET – 100, del 12 de Di ciembre de 2005 de la Dirección General de Etnias del Ministerio del Interio r y de Justicia, en el cual manifiestó la presencia de comunidades indígenas así: San Fernando - La Laguna, Miraflores – Inchuchala, Pastás, Carlosama, Bár bara – Pijao, Santa Marta, Condagua, Santiago, San Francisco, San Andrés y Refugio del Sol, y la no presencia de comunidades negras, en el área de influencia del proyecto.

Que el Auto No. 1443 del 22 de agosto de 2005, fue p ublicado en la pagina Web de la Gaceta Ambiental de este Ministerio en el mes de agosto de 2005.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4 120-E1-87013 del 22 de septiembre de 2005, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., presentó el estudio complementario del Diagnóstico Ambie ntal de Alternativas, en el cual se incluye la descripción y análisis de la alternativa 4.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4 120-E1-93753 del 11 de

presentó el estudio complementario del Diagnóstico Ambie ntal de Alternativas, en el cual se incluye la descripción y análisis de la alternativa 4.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4 120-E1-93753 del 11 de octubre de 2005, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A . E.S.P., presentó la información complementaria y aclaratoria con respecto a los mapas de uso y cobertura vegetal para ser considerada en la evaluación de la cartografía del Diagnóstico Ambiental de Alternativas - DAA.

Que mediante Auto No. 2029 de noviembre 16 de 2005, este Ministerio seleccionó la alternativa 4, presentada por la EMPRESA DE ENER GÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., para el proyecto “Línea de transmisión a 230 K V circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondino) – Frontera y obras asociadas”, como la más adecuada y anexó los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental – EIA, de dicha alternativa.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-120589 del 27 de diciembre de 2005, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S .A. E.S.P., remitió el Formato Único Nacional de solicitud de Licencia Ambien tal con la documentación anexa solicitada y entregó el Estudio de Impacto Ambiental, para la evaluación correspondiente.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-1909 del 10 de enero de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió la

la evaluación correspondiente.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-1909 del 10 de enero de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió la información de la evaluación del potencial arqueológico y certificación de dichos sitios. Adicionalmente anexó los documentos de aprovecham iento forestal para cada una de las Corporaciones Autónomas Regionales con i ngerencia en el área del proyecto.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-5158 del 20 de enero de 2006, EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E. S.P., remitió copia de los oficios mediante los cuales radicó el Estudio de Imp acto Ambiental ante cada una de las Corporaciones con jurisdicción en las áreas del proyecto.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 41 20-E1-9447 del 2 de febrero de 2006, El señor Milton Marino Gómez presid ente de la Asociación Municipal de Juntas de Acción Comunal de Pitalito y la se ñora Dianny Marcela Albornoz B., solicitaron a este Ministerio, la realizaci ón de una audiencia pública ambiental en relación al proyecto “Línea de transmisión a 230 KV circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondino) – F rontera y obras asociadas”, solicitud que es respaldada por ciento cincuenta personas del municipio de Pitalito NariñoResolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 3

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

municipio de Pitalito NariñoResolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 3

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4 400-E2-9447 del 22 de febrero de 2006, se le informó al señor Milton Mari no Gómez presidente de la Asociación Municipal de Juntas de Acción Comunal de Pitali to y la señora Dianny Marcela Albornoz B., que la audiencia pública ambienta l, sería convocada una vez se termine la evaluación de los estudios ambiéntales pres entados por la

EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP..

Que mediante oficio DTP N° 0158 con radicado 4120-E1-20307 del 3 de marzo de 2006, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la AmazoníaCORPOAMAZONÍA allegó a este Ministerio concepto técnico DTP-004 del 24 de febrero de 2006, relacionado con la visita de acompaña miento y revisión del Estudio de Impacto Ambiental presentado.

Que mediante Auto No. 0795 del 20 de abril de 2006 este Ministerio solicitó información adicional a la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGO TÁ S.A. E.S.P., en relación con el proyecto en mención.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-49337 del 2 de junio de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., solicitó la celebración de las consultas previas con las comunidades indíg enas en el área de influencia del proyecto.

junio de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., solicitó la celebración de las consultas previas con las comunidades indíg enas en el área de influencia del proyecto.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-50409 C1 del 8 de junio de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió a este Ministerio copia de las comunicaciones remisorias de inf ormación adicional a las diferentes Corporaciones de influencia del proyecto.

Que mediante oficio RCA, 19036 con radicación de este Ministerio 4120-E1-52969 de junio 13 de 2006, la Corporación Autónoma Regiona l del Alto Magdalena – CAM, remitió pronunciamiento a raíz de la reunión re alizada con las Corporaciones en este Ministerio el día 30 de marzo d e 2006, referente a las implicaciones ambientales y competencias frente al proyecto “Línea de transmisión a 230 Kv circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – P asto (S/E Jamondino) – Frontera y obras asociadas”.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-43000 de mayo 16 de 2006, la Corporación Autónoma Regional del Cauca - CRC, allegó el concepto técnico sobre el proyecto UPME 01-05Interconexión con Ecuador.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4 120-E1-45745 del 24 de mayo de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió la información adicional solicitada en el Auto 0795 del 20 de abril de 2006.

mayo de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió la información adicional solicitada en el Auto 0795 del 20 de abril de 2006.

Que mediante Auto No. 1095 de junio 7 de 2006, este Ministerio ordenó la celebración de una Audiencia Pública Ambiental a petició n del señor Milton Marino Gómez y la señora Dianny Marcela Albornoz B., respecto al proyecto de “Línea de transmisión a 230 Kv circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondino) – Frontera y obras asociadas”.

Que mediante Edicto suscrito por la Doctora Martha Elena Camacho Bellucci, Asesora del Despacho Viceministerio de Ambiente, Viviend a y Desarrollo Territorial, se convocó a la Audiencia Pública Ambienta l, edicto que fue fijado en este Ministerio, en la Alcaldía de Pitalito, en la Per sonería de Pitalito y en la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena – C AM, el 9 de junio de 2006 y por un término de diez (días), indicándose en el mis mo que la audiencia seResolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 4

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

llevaría a cabo el día catorce (14) de julio de 2006, en las instalaciones del Auditorio Etiel Villareal - Sena, Cra 8 No. 7-53, u bicado en el Municipio de Pitalito, departamento del Huila, a partir de las ocho de la m añana ( 8:00 A. M.). El edicto

Auditorio Etiel Villareal - Sena, Cra 8 No. 7-53, u bicado en el Municipio de Pitalito, departamento del Huila, a partir de las ocho de la m añana ( 8:00 A. M.). El edicto que fue desfijado el 23 de junio de 2006, como obra a folio 459 del expediente 3323.

Que este Ministerio mediante el Auto No. 1116 de junio 9 de 2006, ordenó la celebración de las reuniones de Consulta Previa con las comunidades indígenas de: San Fernando - La Laguna (junio 20), Miraflores – Inchuchala (junio 21), Pastás (junio 22), Carlosama (junio 23), Bárbara – Pi jao (julio 5), Santa Marta (julio 6), Condagua (julio 7), Santiago (julio 9), San Fra ncisco (julio 10), San Andrés (julio 11) y Refugio del Sol (julio 12).

Que a folios: 526 al 535; 536 al 551, 552 al 580; 801 al 811; 812 al 826; 827 al 839; 840 al 854; 855 al 879; 880 al 901; 902 al 916 del expediente 3323, reposan las actas con los acuerdos a los que se llegaron, en las reu niones de Consulta Previa con las Comunidades Indígenas: Miraflores – Inchu chala, San Fernando La Laguna, Carlosama, Santa Bábara – Pijao, Santa M arta, Condagua, Santiago,

San Andrés, San Francisco; Refugio del Sol, respectivamente.

Que de las consultas previas realizadas con las comunidades indígenas de Pastás

La Laguna, Carlosama, Santa Bábara – Pijao, Santa M arta, Condagua, Santiago, San Andrés, San Francisco; Refugio del Sol, respectivamente.

Que de las consultas previas realizadas con las comunidades indígenas de Pastás y Condagua, no se llegó a la protocolización de los acu erdos en torno a las medidas de compensación propuestas dentro del Plan de Manejo Ambiental, como consta en las actas de reunión de consulta previa a folios 827 al 839 (Condagua) y a folios 917 al 928 (Pastás) .

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-53659 de junio 15 de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P ., remitió a este Ministerio la acreditación de publicación de edicto y di sponibilidad de estudios ambientales a disposición de los interesados en la Audiencia Pública.

Que mediante oficio con radicación en este Ministerio 4 120-E1-55514 de 22 de junio de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., informó sobre remisión de documentos e información del proyecto a las Corporaciones del aprovechamiento forestal versión 01, oficios de invitaci ón a reuniones de consulta previa y copia del Auto 795 de abril de 2006.

Que mediante oficio con radicado en este Ministerio 4120-E1-56521 de junio 27 de 2006, el señor Milton Marino Gómez Ortiz y la señora D ianny Marcela Albornoz B., solicitaron a este Ministerio aplazamiento de la Audiencia Pública.

Que a folios 638 al 670 del expediente No. 3323, rep osa copia del acta de la

solicitaron a este Ministerio aplazamiento de la Audiencia Pública.

Que a folios 638 al 670 del expediente No. 3323, rep osa copia del acta de la Reunión Informativa realizada por este Ministerio, el 28 de junio de 2006, en el Auditorio Etiel Villarreal – Sena, en el municipio d e Pitalito, departamento del Huila, en cumplimiento de Decreto 2762 de 2005

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-58853, del 4 de julio de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió copia de las comunicaciones remisorias del Aprovechamiento foresta l versión 01, en cada una de las Corporaciones de influencia del proyecto.

Que mediante Auto No. 1293 del 11 julio de 2006 este Ministerio ordenó la refoliación del expediente No. 3323, proyecto “Línea de transmisión a 230 KV circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondino) – Frontera y obras asociadas”.Resolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 5

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

Que mediante Auto No. 1302 del 12 julio de 2006 este Ministerio reconoció como terceros intervinientes al señor MILTON MARINO GOMEZ y a la señora DIANNY MARCELA ALBORNOZ B., en el proyecto “Línea de transm isión a 230 KV circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondin o) – Frontera y obras asociadas”.

MARCELA ALBORNOZ B., en el proyecto “Línea de transm isión a 230 KV circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondin o) – Frontera y obras asociadas”.

Mediante oficio con radicado 2400-E2-59120 de julio 12 de 2006, este Ministerio confirmó la fecha dispuesta en el Auto No. 1095 de juni o 7 de 2006, para la celebración de la Audiencia Pública Ambiental, dando así respuesta a la solicitud efectuada por la señora Dianny Marcela Albornoz B..

Que a folios 683 al 800 del expediente No. 3323, reposa el Acta de Audiencia Pública Ambiental, realizada por este Ministerio, el 1 4 de julio de 2006, en el Auditorio Etiel Villarreal – Sena, en el municipio d e Pitalito, departamento del Huila, en cumplimiento de Decreto 2762 de 2005 y en d onde se hace un relato de las ponencias presentadas.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 4120-E1-65529 de julio 21 de 2006, la Corporación Autónoma Regional de la AmazoníaCORPOAMAZONIA, remitió a este Ministerio copia magnética del documento análisis de amenazas y vulnerabilidad geológica en la cuenca de la quebrada T aruca y Sangoyaco para el área rural, suburbana y urbana de la población de Mo coa en el departamento del Putumayo, con miras a tener en cuenta los puntos críticos que por inundación puedan afectar la Subestación Mocoa.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 2400-E2-67028 de julio 27

Putumayo, con miras a tener en cuenta los puntos críticos que por inundación puedan afectar la Subestación Mocoa.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio 2400-E2-67028 de julio 27 de 2006, se le informó a la EMPRESA DE ENERGÍA DE B OGOTÁ S.A. E.S.P., la suspensión de los términos del proceso para la obtención de la Licencia Ambiental para el proyecto “Línea de transmisión a 230 Kv circuito doble Betania – Altamira – Mocoa – Pasto (S/E Jamondino) – Frontera y obras asociada s”, hasta tanto la Empresa allegara la información necesaria para que se pueda convocar las consultas con las comunidades indígenas Inga de Condagua (Putumayo) y Pastás del municipio de Aldana (Nariño).

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio No. 4120-E1-73596 de 11 de agosto de 2006, Corporación Autónoma Regional de l a AmazoníaCORPOAMAZONIA, remitió el Concepto Técnico Nº 077 de 3 de agosto de 2006, relacionado con los documentos enviados por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., sobre información adicional reque rida a través del Auto No. 0795 de abril 20 de 2006.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio No. 4120-E1-78944 de agosto 25 de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S .A. E.S.P., solicitó convocar a reunión de Consulta Previa con la comunidad indígena de Condagua.

Que mediante Auto No. 1651 de agosto 29 de 2006, est e Ministerio ordenó la

convocar a reunión de Consulta Previa con la comunidad indígena de Condagua.

Que mediante Auto No. 1651 de agosto 29 de 2006, est e Ministerio ordenó la celebración de consulta previa con la comunidad indígena de Condagua el 4 de septiembre de 2006.

Que a folios: 1050 al 1064 del expediente 3323, reposan el acta con los acuerdos a los que se llegaron de Reunión de Consulta Previa re alizada con la Comunidad

Indígena de Condagua.

Que mediante oficio con radicación de este Ministerio No. 4120-E1-91178 de septiembre 26 de 2006, la Corporación Autónoma Region al de Alto Magdalena CAM. Dirección Territorial Sur, remitió a este Minister io copia del ConceptoResolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 6

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

Técnico Nº 264 de 2006, referente a denuncia hecha po r los señores Heriberto Herrera y Raúl Martínez Guzmán contra la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., por daños causados en su propiedad a una mata de guadua, árboles maderables y otras instalaciones, por el paso de una pica central demarcada con señales sobre el fuste de los árboles y guaduas, por don de discurrirá la línea de transmisión eléctrica.

Que mediante oficio con radicado 4120-E1-93347 de septiembre 29 de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió a este Ministerio copia

transmisión eléctrica.

Que mediante oficio con radicado 4120-E1-93347 de septiembre 29 de 2006, la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., remitió a este Ministerio copia física y magnética del documento “Plan de Manejo Áreas P rotegidas”, en el cual se presenta el desarrollo particularizado de las medidas de prevención, mitigación, corrección y compensación de manera independiente para c ada una de las Áreas Naturales Protegidas por las cuales discurre la línea de interconexión con Ecuador – Proyecto.

Que mediante Memorando 2100-3-100449 de octubre 19 de 2006, la Dirección de Ecosistemas de este Ministerio, remitió a la Dirección de L icencias, Permisos y Trámites Ambientales del Ministerio, el concepto de ace ptación de las medidas de prevención, mitigación, corrección y compensación descritas pa ra cada una de las áreas naturales protegidas, autorizando la sustracción de las 486,883 hectáreas de Reservas del corredor de servidumbre del proyecto In terconexión Eléctrica con Ecuador.

Que mediante Auto No. 2179 del 13 de octubre de 2006, este Ministerio ordenó la celebración de consulta previa con la comunidad indígena de Pastás.

Que a folios: 1208 al 1219 del expediente 3323, reposan el acta con los acuerdos a los que se llegaron en la Reunión de Consulta Previa realizada con la

Comunidad Indígena de Pastás.

Que el Grupo Técnico de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, evalúo la información a llegada por la EMPRESA

Comunidad Indígena de Pastás.

Que el Grupo Técnico de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, evalúo la información a llegada por la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., del proyecto “Líne a de Transmisión a 230kV Circuito Doble Betania – Altamira – Mocoa - Past o (S/E Jamondino) – Frontera y Obras Asociadas”, emitiendo el Concepto Técnic o No. 2170 de noviembre 14 de 2006, mediante el cual hizo la siguiente descripción del proyecto:

“OBJETIVO

“El PLAN de Expansión Generación -Transmisión 2004-2018, recomendó, dentro de los proyectos prioritarios para el país, la ampliación de la capacidad de interconexión entre Colombia y Ecuador, mediante la ejecución del Proyecto B etania – Altamira – Mocoa – Pasto (Colombia) – Pomasqui - Santa Rosa (Ecuador) a 23 0 kV en doble circuito y de esta forma aumentar los intercambios de energía eléctrica entre los dos países.

El proyecto corresponde a la implementación de la infraestructura necesaria para mejorar la confiabilidad en la prestación del servicio de energía eléctrica en los departamentos del Huila, Cauca, Putumayo y Nariño e incrementar en 250 MW las posibilidades de intercambio de energía eléctrica entre Colombia y Ecuador. Esta infraestructura operará a 230kV y tiene como puntos de conexión obligados, según los t érminos de la Convocatoria UPME-01-2005, las subestaciones Betania (punto de arranq ue de la línea) ubicada en el municipio de Yaguará, las subestaciones de Altamira, Mocoa y Jamondino (localizada en

UPME-01-2005, las subestaciones Betania (punto de arranq ue de la línea) ubicada en el municipio de Yaguará, las subestaciones de Altamira, Mocoa y Jamondino (localizada en Pasto) y el punto de encuentro en la frontera con la i nfraestructura de transmisión que desarrolla el país vecino.

La importancia del proyecto quedó justificada, según el estudio, a través de los análisis realizados por la UPME con base en información sobre dive rsos escenarios deResolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 7

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

crecimiento de la economía del país, proyecciones de deman da de energía eléctrica para estos escenarios, la disponibilidad de recursos y precios de los combustibles y escenarios de corto y largo plazo.

“LOCALIZACIÓN

“La zona de influencia del proyecto intercepta 156 veredas, distribuidas en veinticuatro (24) municipios, once (11) de ellos en jurisdicción del departamento de Huila, uno (1) en el departamento del Cauca, tres (3) en el departamento d e Putumayo y nueve (9) en el departamento de Nariño.

“Desde el punto de vista de control ambiental, el proyecto interviene territorios cuya jurisdicción está a cargo de cuatro (4) Corporaciones Autónomas Regionales: Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM, Corporación Autónoma Regional del Cauca - CRC, Corporación Autónoma Regional de Nariño - CORPONARIÑO y Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía ColombianaCORPOAMAZONIA.

“COMPONENTES DEL PROYECTO

Cauca - CRC, Corporación Autónoma Regional de Nariño - CORPONARIÑO y Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía ColombianaCORPOAMAZONIA.

“COMPONENTES DEL PROYECTO

“Líneas: El proyecto se compone de tres tramos de línea con torres de doble circuito: Betania-Altamira, Altamira-Mocoa y Jamondino-Frontera con Ecuador y un tramo con torres de circuito sencillo: Mocoa-Jamondino. Las torres de doble circuito tendrán configuración vertical y las torres de circuito sencillo configuración triangular.

“SUBESTACIONES

“En la tabla siguiente se presenta la relación de subestaciones y las obras a ejecutar en cada sitio:

Departamento Subestación Obra a realizar Huila Betania Ampliación de la subestación existente en 2 bahías de línea y 1 bahía de compensación reactiva 25 MVAr.

Altamira Subestación completa contigua a la actual subestación de 115 kV (barra principal + transferencia, 2 bahías de línea) Putumayo Mocoa Subestación completa contigua a la actual subestación de 115 kV (barra principal + transferencia, 2 bahías de línea), 1 bahía de compensación reactiva 25 MVAr. Nariño Jamondino Ampliación de la subestación existente en 4 bahías de línea y 1 bahía de compensación reactiva 25 MVAr

“ACTIVIDADES PRINCIPALES DEL PROYECTO

“El proceso de construcción y montaje del proyecto en cuanto a líneas demanda la realización de las siguientes actividades principales:

de línea y 1 bahía de compensación reactiva 25 MVAr

“ACTIVIDADES PRINCIPALES DEL PROYECTO

“El proceso de construcción y montaje del proyecto en cuanto a líneas demanda la realización de las siguientes actividades principales:

  • Actividades preliminares: Replanteo y plantillado de patas. • Obra civil: Marcación de excavaciones, excavaciones, concreto y/o m ontaje de parrillas, puestas a tierra y relleno. • Montaje: Prearmado, montaje de estructuras y revisión. • Tendido de cables: Despeje de zona, vestida, riega, tend ido, empalmes, regulación, amarre y grapado. • Obras complementarias y ambientales: Definición, construcció n, revisión y recepción.

“Las fundaciones que se utilizarán para las torres son de los siguientes tipos:Resolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 8

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

  • En concreto, tipo zapata y pedestal, para suelos con capacidad portante igual o mayor a 0.5 kg/cm². • En parrilla metálica que puede ser pesada (para suelos d e capacidad portante igual o mayor a 1.0 kg/cm² pero menor de 1.5 kg/cm²) o liviana (para suelos de capacidad portante igual o mayor a 1.5 kg/cm²).

“De acuerdo con los resultados del estudio de suelos real izado, se requiere la utilización de una cimentación especial, tipo pilote o losa corrida, para la torre T17 del tramo Jamondino - Frontera

“De acuerdo con los resultados del estudio de suelos real izado, se requiere la utilización de una cimentación especial, tipo pilote o losa corrida, para la torre T17 del tramo Jamondino - Frontera

“La construcción y montaje de las obras previstas en las subestaciones, siguiendo las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnico-Ambienta les y en el PLAN de Manejo Ambiental, demanda la ejecución de las siguientes actividades:

  • Diseño: Básico y detallado • Suministro de equipos • Obras civiles: Actividades preliminares, movimiento de tierr as, patio de conexiones, caseta de control, obras civiles exteriores, planos “as built” • Montaje electromecánico: Estructuras y pórticos • Equipos de alta tensión

Que el concepto técnico en relación con el proyecto en mención, consideró:

“CONCEPTOS TÉCNICOS RELACIONADOS

“Permisos sobre el Uso y/o Aprovechamiento de Recursos naturales

“De acuerdo con la información suministrada en el Estudi o de Impacto Ambiental con respecto a los permisos necesarios para la ejecución del pr oyecto, la EMPRESA DE ENERGÍA BOGOTÁ S.A. E.S.P. sólo presenta información relacionada con el aprovechamiento forestal. En tal sentido se adelantó el recorrido de campo conjuntamente con las Corporaciones Autónomas Regionales en cuya jurisdicci ón se adelantará el proyecto, con el fin de considerar el conocimiento de las mismas sobre el área local para el pronunciamiento por parte de este Ministerio acerca d e los permisos por el uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales.

“AREA DE INFLUENCIA

el pronunciamiento por parte de este Ministerio acerca d e los permisos por el uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales.

“AREA DE INFLUENCIA

“El contexto regional como un corredor de 4 km (2 Km a cada lado del eje de la línea). En cuanto a la dimensión social, para lograr una mayor compr ensión de los procesos históricos, económicos, culturales y políticos de las diferent es regiones por las cuales cruza el proyecto, se tomó el municipio como unidad de análisis.

“El contexto local que comprende las áreas donde se reali zará directamente la intervención y está constituido por una franja de 32 m de ancho (16 m a lado y lado del eje de la línea), accesos, lugares de obtención de materiale s de préstamo, disposición de residuos sólidos, patios de almacenamiento de estructuras, sitios de recepción de vertimientos, poblaciones que prestan los servicios para los t rabajadores de la obra, entre otros. Para la dimensión social, las unidades político administrativas mínimas de cada uno de los municipios que serán cruzados por la línea de tran smisión, veredas, localidades, corregimientos y sectores veredales conforman el contexto local del estudio.

“Esta fase de caracterización, se orientó según el estudio a consolidar una base de información que sirve de apoyo para la predicción, identificación y evaluación de impactos y para la formulación del PLAN de Manejo Ambiental. L a caracterización del área del proyecto para el contexto regional y local se realizó pa ra las dimensiones de análisis física, biótica, económica, cultural y política.Resolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 9

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

física, biótica, económica, cultural y política.Resolución No. 2268 22 de Noviembre de 2006 Hoja No. 9

“Por la cual se otorga una licencia ambiental”

“Dimensión física.

“Hace referencia al componente geosférico en el que se analiza de manera regional las características geológicas y geomorfológicas de la zona de e studio, evaluando la presencia de rasgos erosivos, procesos de remoción en masa y en general fenómenos de inestabilidad que se puedan ver activados y/o potenciados por la const

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