MINAMBIENTE - Auto 0011 de 2012
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Auto 0011 de 2012
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2012
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenibleee5] Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios EcosistémicosRepública de Colombiabedyy Orden
AUTO No. 0011“Por medio del cual se inicia un trámite de Sustracción Temporal del Área deReserva Forestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2° de 1959”EL DIRECTOR (E) DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOSDEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLEEn ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sosteniblemediante Resolución No. 0053 del 24 de enero de 2012, según el encargo previsto en laResolución No. 0791 del 8 de junio de 2012, yCONSIDERANDO:ANTECEDENTESQue mediante oficio con radicado No.4120-E1-27571 del 27 de marzo de 2012, elRepresentante Legal de la sociedad SAINT MIGUEL MINING S.A.S. presentó solicitud desustracción temporal del Área de Reserva Forestal del Río Magdalena, para lo cualremitió algunos de los requisitos previstos en la Resolución No. 0918 de 2011.Que esta Dirección, con comunicación 8210-E2-36224 del 16 de mayo de 2012, solicitó al?usuario completar los requisitos de la Resolución No. 0918 de 2011.Que la sociedad SAINT MIGUEL MINING S.A.S., con oficio 4120-E1-36224 del 5 de juniode 2012, remitió copia del Contrato de Concesión Minera JJE-08031 y la Resolución deCesión Parcial de derechos a nombre de la sociedad SAINT MIGUEL MINING S.A.S.Que por cuanto la sociedad SAINT MIGUEL MINING S.A.S.,
ha dado cumplimiento a losrequisitos establecidos en el artículo 6 de la Resolución No. 918 de 2011, se procederápor parte de este Despacho a iniciar el trámite de Sustracción Temporal de una superficiedel Area de Reserva Forestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2 de 1959,para la ejecución de actividades de exploración minera en el municipio de Segovia, en eldepartamento de Antioquia, según Contrato de Concesión Minera JJE-08031,correspondiente a las siguientes coordenadas:“Tabla 3-1 Ubicación superior e inferior y longitud de los transectos solicitados parasustraer donde se pretende realizar la exploración minera.
CoordenadaTransepto AnchoPromedio Área (m2)Superior Inferior Longitud“Por medio del cual se inicia un trámite de Sustracción Definitiva del Área deReserva Forestal del Rio Magdalena establecida mediante Ley 27 de 1959” Bogotá D. C.,AUTO No. 0011
Transepto CoordenadaSuperior Inferior Longitud cl Área (m2)x y X y (m)T1 925225 1290000 925390 1289783 272 6 1.632T2 925104 1289969 925168 1289268 700 6 4.200T3 925698 1289765 926280 | 1289169 760 6 4.560T4 925556 1289674 926271 1289106 910 6 5.460T5 925000 1289442 925770 1288716 1.060 6 6.360T6 925303 1288958 925488 1288776 260 6 1.560T7 925000 1289055 926574 1287445 2.280 6 13.680T8 926272 1288420 926544 1287998 560 6 3.360T9 926089 1288082 926623 1287525 770 6 4.620T10 925130 1288483 927797 1286538 3.330 6 19.980T11 925000 1288462 927917 1286247 3.680 6 22.080T12 925000 1288318 925945 1287560 1.210 6 7.260T13 925000 1287850 925425 1287523 540 6 3.240T14 925425 1287523 926206 1286987 950 6 5.700T15 925425 1287523 925982 1286964 825 6 4.950T16 926925 1287293 927415
1287020 560 6 3.360T17 927198 1286702 927584 1286366 510 6 3.060T18 927448 1286146 928346 1285098 1.400 6 8.400T19 927031 1285580 927461 1285033 700 6 4.200T20 926863 1285383 927302 1284838 700 6 4.200T21 926225 1285977 927061 1284601 1.600 6 9.600T22 926742 1285093 926861 1284336 1.280 6 7.680T23 928812 1287162 928935 1286998 905 6 5.430T24 929050 1287162 929152 1286992 200 6 1.200T25 929584 1287045 930195 1286191 1.035 6 6.210T26 928813 1286597 929937 1286398 235 6 1.410127 931966 1289993 932208 1289493 550 6 3.300T28 931966 12899991 932107 1289494 557 6 3.342Total 28.339 170.034Vias 20.220 3 60.660Total (m) 48.559 Total (Ha) 23,07Fuente: Saint Miguel Minning S.A.S., Documento Evaluación para La Sustracción Temporal De Áreas De Reserva Forestal“SAINT MIGUEL MINING S.A.S”, 2012.”Bogotá D.C., 22 JUN 2012AUTO No. 0011“Por medio del cual se inicia un trámite de Sustracción Definitiva del Área deReserva Forestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2? de 1959”
CONSIDERACIONES JURÍDICASQue a través del artículo 1° de la Ley 2? de 1959 y el Decreto 111 de 1959, seestablecieron con carácter de "Zonas Forestales Protectoras" y "Bosques de InterésGeneral", las áreas de reserva forestal nacional del Pacífico, Central, del Río Magdalena,de la Sierra Nevada de Santa Marta, de la Serranía de los Motilones, del Cocuy y de laAmazonía, para el desarrollo de la economía forestal y la protección de los suelos, lasaguas y la vida silvestre.Que el literal c del artículo 1 de la Ley 2 de 1959 dispuso:“c) Zona de Reserva Forestal del Rio Magdalena, comprendida dentro de lossiguientes límites generales:Partiendo de la confluencia del Río Negro con el Río Magdalena, aguas abajo deeste último, hasta su confluencia con el Río Caño Regla, y siguiendo este río y susubsidiario el Río La Honda hasta encontrar el divorcio de aguas de este río con elRío Nechi; de allí hacia el Norte, hasta encontrar el divorcio de aguas del RioNechí con los afluentes del Río Magdalena, y por allí hasta la cabecera de laQuebrada Juncal, siguiendo esta quebrada hasta su confluencia con el RíoMagdalena, y bajando por ésta hasta Gamarra; de allí al Este hasta la carreteraOcaña - Pueblonuevo, se sigue luego por el divorcio de aguas de la Cordillera deLas Jurisdicciones, hasta el Páramo de Cachua y la cabecera del Río Pescado;por este río
abajo hasta su confluencia con el Río Lebrija, y de allí, en una línearecta hacia el Sur, hasta la carretera entre Vélez y Puerto Olaya, y de allí una línearecta hasta la confluencia del Río Negro con el Río Magdalena, punto de partida;”Que el artículo 210 del Decreto-ley 2811 de 1974 señala que “Si en área de reservaforestal, por razones de utilidad pública o interés social, es necesario realizar actividadeseconómicas que impliquen remoción de bosques o cambio en el uso de los suelos ocualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques, la zonaafectada deberá, debidamente delimitada, ser previamente sustraída de la reserva”.Que mediante la Resolución No. 918 de 2011, este Ministerio estableció los requisitos y elprocedimiento para la sustracción de las áreas de reserva forestal nacional y regional,para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública e interés social.Que el inciso segundo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 estableció que “...en loscasos en que proceda la sustracción de las áreas de reserva forestal, sea esta temporal odefinitiva, la autoridad ambiental competente impondrá al interesado en la sustracción, lasmedidas de compensación, restauración y recuperación a que haya lugar, sin perjuicio delas que sean impuestas en virtud del desarrollo de la actividad que se pretenda desarrollaren el área sustraída. Para el caso de la sustracción temporal, las compensaciones seestablecerán de acuerdo con el área afectada.”Bogotá D. C.,AUTO No. 0011“Por medio del cual se inicia un trámite de Sustracción Definitiva
del Área deReserva Forestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2? de 1959”Que el numeral 14 del Artículo 2 del Decreto Ley 3570 de 2011, señaló a este Ministerio lafunción de:“14. Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de Parques NacionalesNaturales; declarar, reservar, alinderar, realinderar, sustraer, integrar o recategorizar lasáreas de reserva forestal nacionales, reglamentar su uso y funcionamiento, (...)”Que mediante Resolución No. 0053 del 24 de enero de 2012, el Ministro de Ambiente yDesarrollo Sostenible, delegó en el Director de Bosques, Biodiversidad y ServiciosEcosistémicos la función de: “Suscribir los actos administrativos relacionados con lassustracciones de reservas forestales de carácter nacional”.Que el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante Resolución No. 0791 del 8de junio de 2012, encargó las funciones del Director Técnico, Código 0100, Grado 22 dela Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, en Luis FranciscoCamargo, Profesional Especializado Código 2028, Gado 19,Que en mérito de lo expuesto,DISPONEARTÍCULO PRIMERO.- Iniciar el trámite para la Sustracción Temporal de la ReservaForestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2? de 1959, solicitado por lasociedad SAINT MIGUEL MINING S.A.S., de una superficie para la ejecución deactividades de exploración minera en el municipio de Segovia, en el departamento deAntioquia, según Contrato de Concesión Minera JJE-08031, correspondiente a lassiguientes coordenadas:“Tabla 3-2 Ubicación superior e inferior y longitud de los transectos solicitados parasustraer donde se pretende realizar la exploración minera.
Transepto Coordenada Superior Inferior Longitud AAN Área (m2)x y X y (m)T1 925225 1290000 925390 1289783 272 6 1.632T2 925104 1289969 925168 1289268 700 6 4.200T3 925698 1289765 926280 1289169 760 6 4.560T4 925556 1289674 926271 1289106 910 6 5.460T5 925000 1289442 925770 1288716 1.060 6 6.360T6 925303 1288958 925488 1288776 260 6 1.560T7 925000 1289055 926574 1287445 2.280 6 13.680T8 926272 1288420 926544 1287998 560 6 3.360Bogotá D. C.,AUTO No. 0011| “Por medio del cual se inicia un trámite de Sustracción Definitiva del Área de| Reserva Forestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2? de 1959” Transepto Coordenada
Superior Inferior Longitud ee Area (m2)T9 926089 1288082 926623 1287525 770 6 4.620T10 925130 1288483 927797 1286538 3.330 6 19.980T11 925000 1288462 927917 1286247 3.680 6 22.080T12 925000 1288318 925945 1287560 1.210 6 7.260113 925000 1287850 925425 1287523 540 6 3.240T14 925425 1287523 926206 1286987 950 6 5.700T15 925425 1287523 925982 1286964 825 6 4.950$ T16 926925 1287293 927415 1287020 560 6 3.360117 927198 1286702 927584 1286366 510 6 3.060T18 927448 1286146 928346 1285098 1.400 6 8.400T19 927031 1285580 927461 1285033 700 6 4.2000 T20 926863 1285383 927302 1284838 700 6 4.200T21 926225 1285977 927061 1284601 1.600 6 9.600T22 926742 1285093 926861 1284336 1.280 6 7.680T23 928812 1287162 928935 1286998 905 6 5.430T24 929050 1287162 929152 1286992 200 6 1.200T25
929584 1287045 930195 1286191 1.035 6 6.210T26 928813 1286597 929937 1286398 235 6 1.410T27 931966 1289993 932208 1289493 550 6 3.300T28 931966 12899991 932107 1289494 557 6 3.342Total 28.339 170.0346 Vias 20.220 3 60.660Total (m) 48.559 Total (Ha) 23,07
Fuente: Saint Miguel Minning S.A.S., Documento Evaluación para La Sustracción Temporal De Areas De Reserva ForestaL% “SAINT MIGUEL MINING S.A.S”, 2012.”
| ARTICULO SEGUNDO.- Notificar el presente acto administrativo al Representante Legaly/o Apoderado debidamente constituido de la sociedad SAINT MIGUEL MINING S.A.S.localizada en la Calle 34 No. 46 — 66 Oficina 1033, Torre Norte San Diego, en la ciudad deMedellin. Autonoma Regional de Antioquia - CORANTIOQUIA y a la Procuraduria Delegada para | ARTÍCULO TERCERO.- Comunicar el presente acto administrativo a la CorporaciónAsuntos Ambientales y Agrarios.Bogotá D. C.,AUTO No. 0011“Por medio del cual se inicia un trámite de Sustracción Definitiva del Área deReserva Forestal del Río Magdalena establecida mediante Ley 2 de 1959”ARTÍCULO CUARTO.- Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta OficialAmbiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.ARTÍCULO QUINTO.- Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno,de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del C.C.A.NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE CAMARGO.Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (E)Proyectó: Olga F. Cabeza MT