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MINAMBIENTE - Auto 006 de 2013

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Auto 006 de 2013
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Orden MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLOSOSTENIBLE AUTO NÚMERO 20 FEB 2013 “Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadaspor la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galan — Mesetas del municipio de Villavicencio", producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones” EL DIRECTOR (E)DE LA DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD YSERVICIOS ECOSISTEMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLOSOSTENIBLE En ejercicio de las funciones asignadas por la Resolución 0053 del 24 de enero de 2012y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible, mediante la Resolución No 2350 de 3 de diciembrede 2009, sustrae parcialmente de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda yCaños Parrado y Buque constituida mediante la Resolución No. 59 de abril 4 de 1945del Ministerio de la Economía Nacional, un área de 0,468 hectáreas para laconstrucción de un puente sobre el caño Parrado, sector Galán-Mesetas del municipiode Villavicencio en el departamento del Meta. El juzgado administrativo del circuito judicial de Villavicencio, mediante radicado No4120-E1-37016 del 23 de marzo de 2010, en el marco de una acción popular, solicitainformación a este Ministerio sobre el trámite de sustracción de la reserva Buenavista,para la ejecución del proyecto de un puente vehicular y accesos sobre el Caño Parrado.

Que la Dirección de Licencias, Permisos y Tramites Ambientales (hoy Autoridadnacional de Licencias Ambientales — ANLA) del Ministerio de Ambiente, Vivienda yDesarrollo Territorial (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS),mediante radicado No 2400-4-37046 del 28 de abril de 2010, da respuesta al Grupo deProcesos Judiciales, corroborando la sustracción parcial de la Reserva ForestalProtectora de quebrada Honda y Caños Parrado y Buque — Buenavista. Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible, realiza visita técnica de seguimiento a laconstrucción del puente vehicular y acceso caño Prado en la Reserva ForestalProtectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque , emitiendo el oficio conradicado No 2100-3-41581 de 5 de abril de 2011.Auto No. 9 9 & 25 FEB 2013 . Hoja No. 2Y) Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadaspor la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio”, producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones

Que el Instituto de Desarrollo del Meta — IDM -, a través del oficio con radicado No4120-E1-39183 del 30 de marzo de 2011, da respuesta al oficio No 2100-3-41581emitido por el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial hoy Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible, informando entre otras cosas que el conveniointeradministrativo No 1406, por el cual se está ejecutando el proyecto de "Construcciónde un puente sobre el Caño Parrado, Sector Galán — Mesetas del municipio deVillavicencio", anteriormente administrado por la Empresa de Desarrollo Urbano deVillavicencio (EDUV; empresa en liquidación), está siendo administrado por el Institutode Desarrollo del Meta — IDM.. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, realiza visita técnica de seguimientoa las actividades realizadas como compensación solicitadas por la Resolución No 2350de 3 de diciembre de 2009, el día 6 de diciembre de 2012. Que una vez efectuada revisión de la información que reposa en el expediente SRF0050, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministeriode Ambiente y Desarrollo Sostenible de este Ministerio, emitió el Concepto Técnico4120-E1-152-2013 del 8 de enero de 2013, en el que realizó el siguiente análisis ycomentarios:

SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES El día 6 de diciembre se realiza visita técnica al área del Proyecto"Construcción de un puente sobre el caño Parrado, sector Galán — Mesetasdel municipio de Villavicencio” con el objetivo de evaluar las actividadesrealizadas en el marco de la compensación exigida en la Resolución No 2350de 3 de diciembre de 2009, por sustracción de un área de 0,468 hectáreas, enla zona de reserva forestal protectora quebrada Honda y Caños Parrado yBuque — Buenavista; declarada por la Resolución 59 del 4 de abril de 1959 delMinisterio de Economía Nacional. El área de la ejecución del proyecto se encuentra ubicado en el sector de lavereda Mesetas Alta y el Barrio Galán del municipio de Villavicencio; seefectúa el recorrido a la zona en compañía de: . René Rincón — Funcionario Instituto de Desarrollo del Meta - IDM.. Breyner Vargas — Funcionario Instituto de Desarrollo del Meta - IDM.. Andrés Franco Fandiño — Ingeniero Forestal MADS. El recorrido se inicia con el objetivo de verificar las actividades realizadas encada una de las zonas que involucra la Resolución No 2350 de 3 de diciembrede 2009; las cuales se resumen en: a) Ejecutar un plan de restauración para una franja de cincuenta (50)metros a lado y lado de los accesos al puente. b) En un área de 0,468 hectáreas, ubicadas en la zona de ReservaForestal Protectora de quebrada Honda y Caños Parrado y Buque —Buenavista; adelantar la recuperación de la cobertura boscosa, a través de unplan de restauración.

En el recorrido se comprueba que las actividades civiles de infraestructura delproyecto de construcción de un puente sobre el caño Parrado, sector Galán —Mesetas, ya terminaron y el puente presenta una actividad de funcionamientonormal. eAutoNo. 4 QR 95 FER 2013 Hoja No.4: x” a Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadaspor la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio", producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones Especial la Macarena -CORMACARENA-, como entidad administradora de laReserva, debe presentar para aprobación de la Dirección de Ecosistemas deeste Ministerio, en un plazo de seis (6) meses, contados a partir de laejecutoria del presente Acto Administrativo, las acciones relacionadas con laadquisición de predios en un área de 0,468 hectáreas, ubicadas en la zona delcaño Parrado para adelantar la recuperación de la cobertura boscosa, deacuerdo con la ficha 1.5 del programa de administración establecido en el plande manejo de la Reserva Forestal Protectora “Quebrada Honda y cañoParrado y Buque (Buenavista) elaborado por MAVDT, Cl, CORMACARENA.

b. Adelantar en el área de influencia directa del puente las acciones que serequieran para evitar el cambio de uso del suelo y el establecimiento deasentamientos en el área de reserva protectora. c. En el evento de afectar individuos de la especie Aniba perutilis se deberádesarrollar como medida de compensación por su condición de amenaza, unplan de recuperación y manejo para la especie dentro de la Reserva ForestalProtectora, identificando puntos críticos para su regeneración, y las medidasde conservación para la misma, en la Reserva. El estudio debe desarrollarsede manera coordinada con CORMACARENA e instituciones académicas. De acuerdo con lo anterior, la visita realizada al sitio del proyecto y el análisisdel expediente SRF 0050, se tienen las siguientes consideraciones: a) El Instituto de Desarrollo del Meta — IDM, entidad que recibe laadministración del proyecto "Construcción de un puente sobre el cañoParrado, sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio”, por parte deEmpresa de Desarrollo Urbano de Villavicencio — EDUV, de lo cual elMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible tiene conocimiento a través deldocumento con radicado 4120-E1-39183 del 10 de mayo de 2011, donde elIDM acepta las obligaciones que se enmarcan en la Resolución No 2350 de 3de diciembre de 2009; antes, durante y después de la ejecución del proyecto. De acuerdo con lo anterior el Instituto de Desarrollo del Meta — IDM, no harealizado ninguno de los compromisos que se enmarcan dentro de laResolución No 2350 de 3 de diciembre de 2009; se planteo con IngenieroJuan José Casas Franco, subgerente Técnico del Instituto de Desarrollo delMeta — IDM, que la iniciación comenzara en el primer trimestre del año de2013.

b) La zona presenta socavación lateral de orillas en el cauce yedafológicamente suelos arcillosos expansibles; lo cual aumenta la posibilidaddel colapso de los taludes del Caño Parrado en el sector, situación encontradaen la visita en el predio del Jardín Botánico. Dado que en el Articulo Segundo de la Resolución No 2350 de 2009, seestablece la restauración del corredor a lado y lado de los accesos del puentey uno de los sectores es el predio del Jardín Botánico de Villavicencio, zonadonde ocurrió el deslizamiento, se recomienda al Instituto de Desarrollo delMeta — IDM, se adelanten procedimientos de estabilización del talud a travésde franjas de corona en la cresta del talud (el objetivo evacuar humedad yevitar la sobre carga del talud) y revegetalización de la superficie del talud conespecies menores como el helecho marranero Pteridium aquilinum. En el otro sector de acceso al puente, se encuentra el predio San Francisco depropiedad del señor Edgar Gutiérrez, zona donde se debe realizar larestauración del corredor (Articulo Segundo, resolución No 2350 de 2009); serecomienda al Instituto de Desarrollo del Meta — IDM, la estabilización de laAuto No. 006. 25 FEB 2013 Hoja Mo. 7 e Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadas ,por la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio", producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones

En el talud de acceso al puente con dirección sector vereda Mesetas al barrioGalán, en la zona occidental del puente (zona del predio donde se ubica elJardín Botánico de Villavicencio), se presenta un deslizamiento de tiporotacional, característico de suelos cohesivos homogéneos con presencia demateriales arcillosos, generando una colada de tierras con dirección al cauce. Las actividades de compensación que se involucran en la Resolución No 2350de 2009 no se han realizado; se verificaron las zonas de los accesos delpuente, encontrando que únicamente se puede realizar la franja derecuperación en el predio San Francisco, propiedad del señor Edgar Gutiérrez,ya que el otro costado colinda con el Jardín Botánico de Villavicencio (zonaque se encuentra revegetalizada). Casas Franco, subgerente Técnico del Instituto de Desarrollo del Meta — IDM,las siguientes observaciones con respecto a las compensaciones que seinvolucran en la Resolución No 2350 de 2009: En reunión posterior al recorrido, se identifican con el Ingeniero Juan José &

1. La Empresa de Desarrollo Urbano de Villavicencio - EDUV, empresa ala que directamente se otorgo la sustracción del área de la reserva forestalprotectora quebrada Honda y Caños Parrado y Buque — Buenavista; seencuentra en liquidación desde hace aproximadamente 2 años, por esta razóncedió la responsabilidad de ejecución de las obras sobre el caño Parrado alInstituto de Desarrollo del Meta — IDM -, con todas las obligaciones que segeneren antes, durante y después de la ejecución del proyecto; de lo cual elMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible tiene conocimiento de acuerdocon el oficio radicado No 4120-E1-39183 del 10 de mayo de 2011.

2. Se pone a consideración del Ministerio de Ambiente y DesarrolloSostenible — MADS; la posibilidad de unificar las área de restauraciónecológica que se involucran dentro de las resoluciones 2350 de 2009 y 475 de2012; ya que están a cargo de el IDM y se encuentran dentro de la reservaforestal protectora de Buenavista.

3. Se plantea el cumplimiento de obligaciones impuestas por la ResoluciónNo 2350 de 2009 en el primer trimestre del año 2013.

CONSIDERACIONES La Resolución No 2350 de 3 de diciembre de 2009, por la sustracción parcialde la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque,de un área de 0,468 hectáreas para la construcción de un puente sobre elcaño Parrado, sector Galán-Mesetas del municipio de Villavicencio en eldepartamento del Meta; obliga a la Empresa de Desarrollo Urbano deVillavicencio — EDUV, a realizar las siguientes actividades: . ARTÍCULO SEGUNDO.- La empresa una vez finalizada la obra debepresentar y ejecutar un plan de restauración para un corredor con un ancho decincuenta (50) metros a lado y lado de los accesos al puente. . ARTÍCULO CUARTO.- Teniendo en cuenta que no se acepta elprograma de compensación presentado; como medidas de compensación porla sustracción la Empresa de Desarrollo Urbano de Villavicencio (EDUV) debecumplir con las siguientes condiciones y obligaciones:

a. La Empresa de Desarrollo Urbano de Villavicencio EDUV, en coordinacióncon la Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Área de ManejoAuto No. 006 ‘95 FEB 2013 Hoja No. 5 4 Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadaspor la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio", producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones cresta del talud a través de la instalación de una franja de corona y larevegetalización con la especie Vetiver - Vetiveria zizanoides; involucrandoespecies mayores como Yopo — Piptadenia peregrina o Gualanday —Jacaranda mimosifolia. c) Es conveniente unificar las áreas de compensación de las Resoluciones2350 de 2009 y 475 de 2012, dado que se presentan dentro de la mismaReserva Forestal, es responsable la misma entidad (para el caso el Institutode Desarrollo del Meta — IDM) y el impacto del área a restaurar seria mayor;teniendo en cuenta que la totalidad de superficie a intervenir en el programade restauración seria de 3,768 hectáreas.

‘Es importante resaltar que el área de la Reserva Forestal Protectora deBuenavista, presenta una cobertura vegetal de bosque secundario joven(vegetación sucesional en estadios tempranos), debido entre otras causas a laintervención antrópica, por la explotación de especies maderables y entresacade las mismas, pese a esta característica, la reserva forestal presenta uníndice de continuidad FIC de 3,49 (resultado encontrado en el documentopresentado para la sustracción); valor que indica una buena continuidadespacial (Carmo, Finegan y Harvey - 2001), lo cual favorece la implementaciónde acciones de conservación dirigidas a restablecer conectividad. CONCEPTO Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, se encuentra que:

1. Se acoge la propuesta presentada por Instituto de Desarrollo del Meta —IDM; de unificar las compensaciones que se involucran dentro de lasResoluciones 2350 de 2009 y 475 de 2012; estableciendo un Plan deRestauración Ecológica para una superficie de 3,768 hectáreas, dentro de lazona de reserva forestal protectora quebrada Honda y Caños Parrado y BuqueBuenavista; concertando el sitio de la superficie a restaurar con Corporaciónpara el Desarrollo Sostenible para el Área de Manejo Especial la Macarena —CORMACARENA.-. Entre otros que se mencionaran en la parte dispositiva deeste acto administrativo.

FUNDAMENTOS LEGALES La Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, conocidalocalmente como “Reserva de Buenavista”, fue constituida mediante la Resolución No.59 de abril 4 de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, debido a la necesidad deconservar las cuencas hidrográficas que allí se originan y de esta manera garantizar afuturo el suministro de agua para los habitantes del municipio de Villavicencio.

Adicionalmente el Concejo Municipal mediante Acuerdo No. 08 de mayo 5 de 1977constituyó igualmente en esta zona un área de Reserva Forestal Protectora, utilizandopara tal fin los mismos límites y categoría de manejo establecidos en la Resoluciónexpedida por el Ministerio de la Economía Nacional, reforzando la importancia de estaárea natural protegida para el municipio de Villavicencio. Que conforme a los artículos 206 y 207 del Decreto-ley 2811 de 1974, se denominaárea de reserva forestal la zona de propiedad pública o privada reservada paradestinarla exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilización racional deáreas forestales, las cuales sólo podrán destinarse al aprovechamiento racional >Auto No. 0 0 6 95 FER 2019 Hoja No. 6 8 OPor el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadaspor la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio", producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones permanente de los bosques que en ella existan o se establezcan, garantizando larecuperación y supervivencia de los mismos. El artículo 210 ibídem, señaló que “Si en área de reserva forestal, por razones deutilidad pública o interés social, es necesario realizar actividades económicas queimpliquen remoción de bosques o cambio en el uso de los suelos o cualquiera otraactividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques, la zona afectadadeberá, debidamente delimitada, ser previamente sustraida de la reserva”.

Que el inciso segundo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 estableció que En los casos en que proceda la sustracción de las áreas de reserva forestal, asea esta temporal o definitiva, la autoridad ambiental competente impondrá alinteresado en la sustracción, las medidas de compensación, restauración yrecuperación a que haya lugar, sin perjuicio de las que sean impuestas envirtud del desarrollo de la actividad que se pretenda desarrollar en el áreasustraída. Para el caso de la sustracción temporal, las compensaciones seestablecerán de acuerdo con el área afectada. Que el numeral 14 del Artículo 2 del Decreto ley 3570 de 2011, señaló a este Ministeriola función de: “14. Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de ParquesNacionales Naturales; declarar, reservar, alinderar, realinderar, sustraer,integrar o recategorizar las áreas de reserva forestal nacionales, reglamentarsu uso y funcionamiento...”. 152 de fecha 3 de enero de 2013, realiza una evaluación de las medidas decompensación ejecutadas por dentro del proyecto "Construcción de un puentesobre el caño Parrado, sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio",producto de la sustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la zona de reservaforestal protectora quebrada Honda y Caños Parrado y Buque — Buenavista;declarada por la Resolución 59 del 4 de abril de 1959 del Ministerio de EconomíaNacional, presentado por Instituto de Desarrollo del Meta - IDM.

Que de acuerdo con lo establecido en el concepto técnico con radicado No 4120-E10 Que mediante Resolución 2291 del 18 de diciembre de 2012, se encargó de lasfunciones del empleo de Director Técnico Código 0100 grado 22, de la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de la planta de personal delMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al doctor OMAR FRANCO TORRES,Director Técnico Código 0100 Grado 22 de la Dirección de Gestión Integral de RecursoHídrico. Que en mérito de lo expuesto,

DISPONE

ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar que el Instituto de Desarrollo del Meta - IDM; no hadado cumplimiento a los requerimientos exigidos en la Resolución No 2350 de 3 dediciembre de 2009, producto de la sustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la\ zona de reserva forestal protectora quebrada Honda y Cafios Parrado y Buque - /«Auto No. o 006 25 FER 201 Hoja No. 7 Ya Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadaspor la ejecución del proyecto "Construcción de un puente sobre el caño Parrado,sector Galán — Mesetas del municipio de Villavicencio", producto de lasustracción de un área de 0,468 hectáreas, en la reserva forestal protectoraQuebrada Honda y Caños Parrado y Buque; declarada por la Resolución 59 del 4de abril de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, y se toman otrasdeterminaciones

Buenavista; declarada por la Resolución 59 del 4 de abril de 1959 del Ministerio deEconomía Nacional de conformidad con lo señalado en la parte considerativa delpresente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. - Requerir al Instituto de Desarrollo del Meta — IDM, para queen un plazo máximo de dos (2) meses contados a partir de la ejecutoria de este actoadministrativo, de cumplimiento a las obligaciones que se encuentran en la ResoluciónNo 2350 de 3 de diciembre de 2009. ARTÍCULO TERCERO. - Acoger la propuesta presentada por Instituto de Desarrollodel Meta — IDM; de unificar las compensaciones que se involucran dentro de lasResoluciones 2350 de 2009 y 475 de 2012; estableciendo un Plan de RestauraciónEcológica para una superficie de 3,768 hectáreas, dentro de la zona de reserva forestalprotectora quebrada Honda y Caños Parrado y Buque — Buenavista; concertando el sitiode la superficie a restaurar con Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Áreade Manejo Especial la Macarena - CORMACARENA, de conformidad con lo señaladoen la parte considerativa del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. - Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA,notificar el contenido del presente acto administrativo al representante legal del Institutode Desarrollo del Meta — IDM, o a su apoderado debidamente constituido.

ARTÍCULO QUINTO. — Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA,comunicar el presente acto administrativo a la Corporación para el Desarrollo Sosteniblepara el Área de Manejo Especial la Macarena -CORMACARENA, para su conocimientoy fines pertinentes. ARTÍCULO SEXTO. - Contra el presente Acto Administrativo procede el Recurso deReposición, el cual podrá interponerse ante el Director de Bosques, Biodiversidad yServicios Ecosistémicos, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dentro delos diez (10) días siguientes a la fecha de su notificación, de conformidad con el artículo76 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 “Por la cual se expide el Código deProcedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.” NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE OMAR FRANCO rorresDirector (E) de Bosques, Biodiversidad y Servicios EcosistémicosMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Proyectó: Héctor Javier Grisales Gómez. / Abogado ANLA. HO.Reviso: Maria Ximena Zarate / Abogada D.B.B.S.E. MADS ÁConcepto Técnico: No 4120-E1-152 del 03/01/2013.Expediente: SRF 0050Fecha: 23/01/2013.

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