MINAMBIENTE - Auto 262 de 2024
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Auto 262 de 2024
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
COLOMBIAPOTENCIA DE LA VIDA 5 wrap,da © samy pen,ost |
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
262Auto No. ( 13AG0 2024) “Por medio del cual se resuelve una solicitud de prórroga para la entrega de unadocumentación técnica dentro del expediente SRF-00514” LA DIRECTORA DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOSDEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las facultades previstas en el numeral 18 del artículo 5 de la Ley 99 de1993, el artículo 204 de la Ley 1450 de 2011, y los numerales 14 del artículo 2° y 8° delartículo 6° del Decreto 3570 del 2011, delegadas a esta Dirección mediante la Resolución657 del 17 de julio de 2023; teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 89 de la Ley 1437de 2011, yCONSIDERANDO
I. ANTECEDENTES Que con Resolución No. 0917 del 23 de agosto de 2021, esta cartera ministerial resolvióefectuar la sustracción definitiva de un área equivalente a 9,34 hectáreas de la ReservaForestal Central, establecida en la Ley 2 de 1959, para el desarrollo del proyecto“Extracción de arcillas — Contrato de Concesión No. 13755”, en jurisdicción del municipiode Aguadas (Caldas), por solicitud efectuada por la sociedad EUROCERÁMICAS S.A.S.,identificada con NIT 800.035.290 — 2.
Que el anterior acto administrativo fue notificado el día 25 de agosto de 2021, en losbuzones electrónicos notificaciones@euroceramica.com, yhenao@euroceramica.com ylicenciasambientales@euroceramica.com, y ante la ausencia de recursos, quedódebidamente ejecutoriado el dia 9 de septiembre de 2021. Que con Auto No. 021 del 7 de marzo de 2022, se aprobó el área propuesta por la sociedadEUROCERÁMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, para realizar lacompensación por sustracción definitiva, se aprobó el Plan de Compensación Presentado,y se impusieron unas obligaciones referentes a la ejecución del Plan de Compensación. Que el anterior acto administrativo fue notificado por medios electrónicos, a los buzoneslicenclasambientales@euroceramica.com, notificaciones@euroceramica.com, el día 9 demarzo de 2022, y ante la ausencia de recursos, quedó debidamente ejecutoriado el día 10de marzo de 2022. Que con radicado E1-2021-44007 del 3 de diciembre de 2021, la sociedadEUROCERAMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, presentó para suevaluación, Plan de Restauración Ecológica. RÁ h F-M-INA-57: V2 - 07/06/2023Página 1/4: i COLOMBIA 2004Eg POTENCIADELA 13 AGO
Y VIDA 262: |“Por medio del cual se resuelve una solicitud de prórroga para la entrega de unadocumentación técnica dentro del expediente SRF-00514” Que con radicado No. 2023E1028472 del 21 de marzo de 2023, la sociedadEUROCERAMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 -- 2, presentó informe deseguimiento a la sustracción de área de la reserva forestal central. Que con radicado 20231027933 del 26 de junio de 2023, la sociedad EUROCERÁMICASS.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, presentó Informe de Seguimiento No. 1 aPerchas de Aves y Refugios de Fauna. Que con radicado 2023E 1032529 del 24 de julio de 2023, la sociedad EUROCERÁMICASS.A.S., identificada con NIT 800.035.290 - 2, solicitó un plazo de 45 dias para la entregade los informes de avance de ejecución de actividades del Plan de Restauración. Que con radicado 2023E1051887. del 7 de noviembre. de 2023, la sociedadEUROCERAMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, presentó informe deseguimiento de avance anual al plan de restauración.
IL FUNDAMENTOS JURÍDICOS Que, en ejercicio de la función establecida por el numeral 18 del artículo 5 de la Ley 99 de1993, el parágrafo 3 del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 y el numeral 14 del artículo2 del Decreto 3570 de 2011 y conforme lo dispuesto por la Resolución 1526 del 2012, elMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 0917 del 23 deagosto de 2021, por medio de la cual esta cartera ministerial resolvió efectuar lasustracción definitiva de un área equivalente a 9,34 hectáreas de la Reserva ForestalCentral, establecida en la Ley 2 de 1959, para el desarrollo del proyecto “Extracción dearcillas — Contrato de Concesión No. 13755”, en jurisdicción del municipio de Aguadas(Caldas), por solicitud efectuada por la sociedad EUROCERÁMICAS S.A.S., identificadacon NIT 800.035.290 — 2. Que las disposiciones contenidas en la Resalución No. 0917 del 23 de agosto de 2021,se encuentran en firme, gozan de presunción de legalidad y tienen carácter ejecutorio porlo que su cumplimiento puede ser exigido por esta autoridad administrativa por sí mismay de manera inmediata. De acuerdo con el artículo 89 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cualse expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo",su ejecución material procede sin mediación de otra autoridad.
Que en virtud de lo anterior, y atendiendo a los derechos y obligaciones derivados delmencionado instrumento de manejo ambiental, la sociedad EUROCERÁMICAS S.A.S.,identificada con NIT 800.035.290 —2, con radicado 2023E 1027933 del 17 de mayo de 2023,solicitó un plazo de cuarenta y cinco (45) días para la entrega de la documentación técnicade avance del Plan de Restauración. Sin embargo, verificado el contenido de la petición, se observa que la misma fue remitidavía correo electrónico el día 21 de julio de 2023, sin que desde esa fecha este despacho sepronunciara. De la misma manera, observa esta dirección que con radicado 2023E 1051887 del 23 demayo de 2023, la sociedad EUROCERAMICAS S.A.S., identificada con NIT 800,035.290 —2, presentó informe de seguimiento de avance anual al plan de restauración. Sobre el particular, ha de decirse que la sentencia SU-540 de 2007, proferida por laHonorable Corte Constitucional refirió las modalidades de carencia actual de objeto y,en específico, hizo alusión al hecho superado como un supuesto én el que por accióno por omisión — de acuerdo al requerimiento del accionante — se supera la afectación F-M-INA-57: V2 - 07/06/2023Página 2 | 4COLOMBIA “Por medio del cual se resuelve una sojicitud de prérroga para la entrega de unadocumentación técnica dentro del expediente SRF-00514”
del derecho, bien sea porque se satisface lo solicitado o el contenido iusfundamentalde la pretensión. En este tipo de casos, resulta innecesario el pronunciamiento del juezen virtud de que el derecho queda indemne antes de proferirse la decisión judicial. En el caso que ocupa nuestra atención, se observa que, en un principio, la sociedadEUROCERÁMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, solicitó un plazoadicional para la entrega de los documentos soporte de seguimiento y cumplimiento delPlan de Restauración Ecológica, petición que fue remitida al buzón electrónicoservicioalciudadano@minambiente.gov.cd,el día 21 de julio de 2023, y no fue sinohasta el día 23 de mayo de 2024, que dicha petición fue radicada y asignada para sucorrespondiente trámite; de la misma manera, observa esta Dirección, que ese mismodía 23 de mayo de 2024, la sociedad EUROCERÁMICAS S.A.S., identificada con NIT800.035.290 ~ 2, presentó los documentos correspondientes de seguimiento ycumplimiento del Plan de Restauración ecológica, encontrandonos asi frente a la figuradel hecho superado por omisión, razón por la cual no existe pronunciamiento algunoque realizar por parte de este despacho, frente a la petición de plazo elevada; así habráde indicarse en la parte motiva del presente proveído. Que, mediante Resolución No. 0657 del 17 de julio de 2023, la Ministra de Ambiente yDesarrollo Sostenible delegó en la Dirección de Bosques; Biodiversidad y ServiciosEcosistémicos la función de sustanciar y suscribir todos los actos administrativosrelacionados con el trámite de sustracción de reservas forestales del orden nacional, aexcepción de aquellos decidan de fondo las solicitudes de sustracción.
Que con fundamento en el numeral 9° del artículo 3° de la Ley 1437 de 2011, el presenteacto administrativo será publicado en la página Web de este Ministerio, Que, en mérito de lo' expuesto, la Directora de Bosques, Biodiversidad y ServiciosEcosistémicos, DISPONE ARTÍCULO 1.- DECLARAR carencia de objeto actual, por hecho superado, de lapetición de plazo para hacer entrega del informe de seguimiento y cumplimiento de lasactividades del Plan de Restauración Ecológica, elevada por la sociedadEUROCERÁMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, el día 21 de julio de2023, y radicado en esta cartera ministerial, el día 23 de mayo de 2024, bajo elconsecutivo No. 2023E1032529, de conformidad con la parte motiva del presente actoadministrativo. ARTÍCULO 2.- Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedadEUROCERÁMICAS S.A.S., identificada con NIT 800.035.290 — 2, por conducto de surepresentante legal, o a su apoderado debidamente constituido o a la persona que estaautorice, de conformidad con lo establecido en los artículos 67 al 69, y 71 de la Ley1437 del 18 de enero de 2011 “Por la cual se expide el Código de ProcedimientoAdministrativo y de lo Contencioso Administrativo” Para tal fin, se tiene como buzóf electrónico lsanchez@euroceramica,com,leromeroball@qmail.com, camggeology@gqmail.com. ARTÍCULO 3.- Publicar el presente acto administrativo en la página web del Ministeriode Ambiente y Desarrollo Sostenible. - : ; S|
F-M-INA-57: V2 - 07/06/2023Página 3 | 4COLOMBIA € VIDA 262 13 AGO 2024 “Por medio del cual se resuelve una solicitud de prórroga para la entrega de unadocumentación técnica dentro del expediente SRF-00514” ARTÍCULO 4.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 “Código deProcedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, contra el presenteacto administrativo de ejecución no procede el recurso de reposición.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 13 AGO 2024 . ADRIANA RIVERA BRUSATINDirectora de Bósques, Biodiversidad y Servicios EcosistémicosMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Proyectó: Camilo Andres Alvarez Ruiz - Abogado Contratista GGIBREN de la DBBSERevisó: Francisco Javier Lara - Abogado Contratista GGIBREN de la DBBSE Erasta eat LarsAprobó: Guillermo Orlando Murcia Orjuela - Coordinador (E) del GGIBRFN de la ossseGtlAuto: “Por medio del cual se resuelve una solicitud de prórroga para la entrega de unadocumentación técnica dentro del expediente SRF-00514”Expediente SRF 514Solicitante: EUROCERÁMICAS S.A,S., - NIT 800.035.290 — 2Proyecto: “Extracción de arcillas - Contrato de Concesión No, 13758” F-M-INA-57: V2 - 07/06/2023Página 4 | 4