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MINAMBIENTE - Auto 2928 de 20006

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Auto 2928 de 20006
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año

Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales República de Colombia

Bogotá, D.C. 20 de diciembre de 2006

AUTO No. 2928

“Por el cual se inicia el trámite administrativo de Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones”

EL SUSCRITO PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 17 DE LA

DIRECCIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES”

En ejercicio de las funciones asignadas por la Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante la Resolución 802 del 10 de mayo de 2006, modificada por la Resolución 2234 del 17 de noviembre de 2006 y

CONSIDERANDO

Que mediante el oficio radicado bajo el número 4120-E1-76883 del 18 de agosto de 2006, la señora ADRIANA TELLO - JORDAN SARRIA, Representante Legal de la empresa HOCOL S.A., manifestó su interés en obtener Licencia Ambiental para el proyecto: “Área de Interés para Perforación Exploratoria Lince – Leopardo”, ubicado en jurisdicción del municipio de Orocue en el departamento del Casanare, para lo cual solicitó a este Ministerio su pronunciamiento acerca de la necesidad de presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas

Que mediante el Auto No. 1678 del 30 de agosto de 2006 este Ministerio declaró que el proyecto antes citado no requiere la presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas y fijó los Términos de Referencia para la realización del Estudio de Impacto Ambiental.

proyecto antes citado no requiere la presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas y fijó los Términos de Referencia para la realización del Estudio de Impacto Ambiental.

Que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 1220 de 2005, este Ministerio es competente para otorgar o negar Licencias Ambientales en el sector de hidrocarburos entre otros para la siguiente actividad:

“Los proyectos de perforación exploratoria, por fuera de campos de producción de hidrocarburos existentes, de acuerdo con el área de interés que declare el peticionario”

Que el proyecto presentado por la empresa HOCOL S.A., se adecúa a las características señaladas en el considerando anterior

Que mediante el oficio radicado bajo el número 4120-E1-121541 del 13 de diciembre de 2006, la señora ADRIANA TELLO – JORDAN SARRIA, identificada con la c.c. No. 31.901.351, Representante Legal de la empresa HOCOL S.A. con N.I.T. 860.072.134, solicitó Licencia Ambiental para el proyecto: “Área de Interés para Perforación ExploratoriaAuto 2928 del 20 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia el trámite administrativo de Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones”

2 Lince – Leopardo”, ubicado en jurisdicción del municipio de Orocué en el departamento del Casanare.

Que de conformidad con la información remitida por la empresa HOCOL S.A. proyecto presenta la siguiente:

DESCRIPCIÓN

El Área de Interés para Perforación Exploratoria Lince – Leopardo, se encuentra ubicada en las siguientes coordenadas:

COORDENADAS 3 ESTE

Vértices ESTE NORTE

DESCRIPCIÓN

El Área de Interés para Perforación Exploratoria Lince – Leopardo, se encuentra ubicada en las siguientes coordenadas:

COORDENADAS 3 ESTE Vértices ESTE NORTE PUNTO 1 975,648.4131 1,038,678.8606

PUNTO 2 972,266.4593 1,036,305.4356

PUNTO 3 970,650.2154 1,038,944.7254

PUNTO 4 971,662.3031 1,038,944.7254

PUNTO 5 971,662.3031 1,041,985.9225

FUENTE: HOCOL S.A.

“Como parte de los programas exploratorios de la empresa HOCOL S.A. suscribió con la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH un contrato para el desarrollo de la perforación exploratoria en el Bloque denominado Lince, localizado en el municipio de Orocué, departamento del Casanare. El bloque del contrato tiene un área de 44.676 hectáreas. A partir de los resultados de la sísmica sobre este bloque se identifico el Área de Interés Exploratorio denominada Leopardo que comprende aproximadamente 1916 Ha. y dentro del cual se tiene planteado el desarrollo de un programa de perforación exploratoria. HOCOL S.A. desea licenciar en el Área de Interés Exploratorio Leopardo para iniciar la fase de perforación Exploratoria, para lo cual presenta ante las autoridades ambientales el Estudio de Impacto Ambiental Área de Interés Exploratorio Leopardo, (Orocué - Casanare), con el fin de responder a la legislación y normatividad ambiental; así como a las condiciones ambientales y sociales del área de interés para el desarrollo del proyecto”.

Estudio de Impacto Ambiental Área de Interés Exploratorio Leopardo, (Orocué - Casanare), con el fin de responder a la legislación y normatividad ambiental; así como a las condiciones ambientales y sociales del área de interés para el desarrollo del proyecto”.

Que de la revisión los documentos aportados dentro de la solicitud de Licencia Ambiental de la empresa HOCOL S.A.., se puede concluir que los mismos cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 24º del Decreto 1220 de 2005, incluido el soporte del pago por concepto del servicio de evaluación.

Que en este orden de ideas y atendiendo a lo señalado en el numeral 1º del artículo 23º del Decreto 1220 de 2005, este Ministerio procederá a expedir el Auto de iniciación de trámite de Licencia Ambiental.

Que mediante la Ley 790 de 2002 el Ministerio del Medio Ambiente tomó el nombre de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.Auto 2928 del 20 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia el trámite administrativo de Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones”

3 Que el Decreto 216 del 3 de febrero de 2003 determina los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones. En su artículo 2º, establece que el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, continuará ejerciendo las funciones contempladas en la ley 99 de 1993.

Que mediante el Artículo 3 de la Resolución 3266 del 08 de octubre de 2004, este Ministerio creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita la

Que mediante el Artículo 3 de la Resolución 3266 del 08 de octubre de 2004, este Ministerio creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita la Despacho del Viceministro de Ambiente.

Que según lo establecido en el artículo 1º de la Resolución 802 del 10 de mayo de 2006, modificada por la Resolución 2234 del 17 de noviembre de 2006, corresponde al Profesional Especializado Código 2028 Grado 17, suscribir el acto administrativo de iniciación de trámite de Licencia Ambiental, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1220 de 2005.

En mérito de lo expuesto,

DISPONE

ARTÍCULO PRIMERO.- Iniciar el trámite administrativo de Licencia Ambiental solicitada por la señora ADRIANA TELLO – JORDAN SARRIA, identificada con la c.c. No. 31.901.351, Representante Legal de la empresa HOCOL S.A. con N.I.T. 860.072.134, para el proyecto: “Área de Interés para Perforación Exploratoria Lince – Leopardo”, ubicado en jurisdicción del municipio de Orocue en el departamento del Casanare, cuya descripción se encuentra en la parte considerativa del presente auto.

El Área de Interés para Perforación Exploratoria Lince – Leopardo, se encuentra ubicada en las siguientes coordenadas:

COORDENADAS 3 ESTE Vértices ESTE NORTE PUNTO 1 975,648.4131 1,038,678.8606

PUNTO 2 972,266.4593 1,036,305.4356

COORDENADAS 3 ESTE Vértices ESTE NORTE PUNTO 1 975,648.4131 1,038,678.8606

PUNTO 2 972,266.4593 1,036,305.4356

PUNTO 3 970,650.2154 1,038,944.7254

PUNTO 4 971,662.3031 1,038,944.7254

PUNTO 5 971,662.3031 1,041,985.9225

FUENTE: HOCOL S.A.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Grupo de Evaluación de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, revisará, analizará y evaluará el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa HOCOL S.A.

ARTÍCULO TERCERO.- Por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, notificar el contenido de la presente providencia al representante legal de la empresa HOCOL S.A. o al apoderado debidamente constituido.Auto 2928 del 20 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia el trámite administrativo de Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones”

4 ARTÍCULO CUARTO.- Por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, comunicar el contenido de la presente providencia a la gobernación del Casanare, alcaldía municipal de Orocué, a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía – CORPORINOQUÍA, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, a la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

Orinoquía – CORPORINOQUÍA, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, a la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

ARTÍCULO QUINTO.- La empresa HOCOL S.A., deberá enviar copia del Estudio de Impacto Ambiental a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía – CORPORINOQUIA y remitir a este Ministerio el recibido por parte de esa Corporación, en un término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEXTO.- Por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio publicar en la Gaceta Ambiental el presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEPTIMO.- En contra del presente auto no procede por vía gubernativa, ningún recurso por tratarse de un acto administrativo de trámite, de conformidad con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MAGDA CONSTANZA CONTRERAS MORALES

Profesional Especializado

Expediente No. 3657

Proyectó: John Mármol – Profesional Contratista –Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales.

Revisó: Magda Contreras Profesional Especializado -Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales.

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