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MINAMBIENTE - Auto 2953 de 20006

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Auto 2953 de 20006
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año

Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales República de Colombia

Bogotá D.C., 21 de diciembre de 2006

AUTO No. 2953

“Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

EL SUSCRITO PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 17 DE LA

DIRECCIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES

En ejercicio de las funciones asignadas por la Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante la Resolución No. 802 del 10 de mayo de 2006, modificada por la Resolución No. 2234 del 17 de noviembre de 2006, y

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, este Ministerio otorgó Licencia Ambiental a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, para la “Construcción y Operación del proyecto Hidroeléctrico Porce III”, localizado en jurisdicción de los municipios de Amalfi, Guadalupe y Anori en el Departamento de Antioquia.

Que mediante Resolución No. 0165 del 13 de febrero de 2004, este Ministerio modificó la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, en el sentido de incluir la autorización de los permisos de aprovechamiento forestal, concesión de aguas superficiales y ocupación de cauce.

Que mediante Resolución No. 1024 del 28 de julio de 2005, este Ministerio modificó la

el sentido de incluir la autorización de los permisos de aprovechamiento forestal, concesión de aguas superficiales y ocupación de cauce.

Que mediante Resolución No. 1024 del 28 de julio de 2005, este Ministerio modificó la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, en el sentido de autorizar la construcción de dos (2) líneas de transmisión y una (1) subestación a 500 kV, para interconectar con el sistema de Transmisión Nacional, la energía generada por el proyecto Hidroeléctrico Porce III.

Que mediante Resolución No. 1501 del 28 de julio de 2006, este Ministerio modificó la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, en el sentido de adicionar permisos de uso, aprovechamiento y afectación de recursos naturales renovables, para la construcción y operación del citado proyecto. Que mediante Resolución No. 2135 del 1 de noviembre de 2006, este Ministerio modificó la Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, en el sentido de adicionar en su artículo segundo los permisos de uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales renovables, para la construcción y operación del proyecto referenciado.

Que mediante escrito radicado No. 4120-E1-117219 del 1 de diciembre de 2006, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP solicitó modificación de la LicenciaAuto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

2

“Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

2 Ambiental otorgada mediante Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, en el sentido de:

1. Para obras relacionadas con la construcción de la presa y obras asociadas:

Concesiones de agua

  • Incluir concesión de aguas de una quebrada sin nombre (afluente de la quebrada

Remolinos).

  • Incluir concesión de aguas de la Quebrada Brisas (sitio 1).
  • Incluir concesión de aguas del Río Porce.

. Incluir concesión de aguas de la quebrada El Limón.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Brisas (sitio 2).
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada La Puska.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada El Roble.
  • Incluir concesión de aguas de una quebrada sin nombre. (discurre por la vereda El Roble, municipio de Anorí).
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada sin nombre. (discurre por la vereda El Roble, municipio de Anorí).

Que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, expresó en el documento en el que solicita la modificación, lo siguiente: “(…) se realizarán algunas intervenciones en los cauces de los cuerpos de agua a intervenir y que se consideran propios de este tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce, se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá

cauces de los cuerpos de agua a intervenir y que se consideran propios de este tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce, se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Incluir ocupación del cauce de una fuente sin nombre, afluente de la quebrada

Remolinos.

  • Incluir ocupación del cauce de la quebrada Las Brisas (sitio 1).
  • Ocupación del cauce del Río Porce.
  • Ocupación del cauce de la quebrada Las Brisas (sitio 2).
  • Ocupación del cauce de la quebrada La Puska.Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

3

  • Ocupación del cauce de la quebrada El Roble.
  • Ocupación del cauce de una quebrada sin nombre.
  • Ocupación del cauce de la quebrada sin nombre.

Permisos de Vertimientos.

  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a un caño sin nombre – margen derecha del Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a un caño sin nombre – margen derecha del Río Porce, cerca al Misterio.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.

derecha del Río Porce, cerca al Misterio.

  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a un caño sin nombre – ventana 1.

Permiso de emisiones atmosféricas:

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de trituración depósito El Roble

D.

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de concretos Playa Dura.

2. Para la utilización de nuevas zonas de depósito de materiales de excavación para la construcción de la presa y obras asociadas.

Autorizar nuevas zonas de depósito requeridas:

  • Los Pomos (150.000 M3).
  • Trituradora 1 (300.000 M3).
  • Trituradora 2 (8.900 M3).
  • Extensión Sepúlveda 4 (150.000 M3).
  • Sobrerelleno Brisas (80.000 M3).
  • Ampliaciones Brisas (20.000 M3).
  • Temporal de rezaga El Roble (429.000 M3).
  • Alternativa material común Las Brisas (163.300 M3).Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

4

  • El Misterio (850.000 M3).
  • Roble D Extensión (130.000 M3).
  • Robles D parte alta (34.800).
  • Nuevas zonas de depósito para mantenimiento de la vía Procesito-Puente Acacias. Se
  • Roble D Extensión (130.000 M3).
  • Robles D parte alta (34.800).
  • Nuevas zonas de depósito para mantenimiento de la vía Procesito-Puente Acacias. Se enuncian los sitios pre-seleccionados para la ejecución de labores de mantenimiento, algunos de los cuales operaron como depósito durante la construcción de la vía, para el acceso al proyecto Porce II: La Coqueta, Villa Nueva, El Pichón, Guamito, El Tapón, Guacavé, Q. Guaduas, Normandía, Guayabito/La Cancana, El Encanto, El Algarrobo, El

Coco, El Grano y El Tablón.

3. Para obras relacionadas con la construcción de la conducción central, subterránea y obras asociadas.

Concesión de aguas.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada El Salado.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada sin nombre. (La fuente discurre por la vereda

El Retiro, municipio de Anorí).

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Gualanday.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada El Boquerón.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada sin nombre. (La fuente discurre por la vereda el Retiro, municipio de Anorí).

Que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, expresó en el documento que presentó de modificación, lo siguiente: “Para el ejercicio de los derechos relacionados con el uso del agua que expresamente se solicita mediante el presente escrito, se realizarán algunas intervenciones en los cauces de los cuerpos de agua a intervenir y que se consideran

de modificación, lo siguiente: “Para el ejercicio de los derechos relacionados con el uso del agua que expresamente se solicita mediante el presente escrito, se realizarán algunas intervenciones en los cauces de los cuerpos de agua a intervenir y que se consideran propios de este tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce , se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Ocupación del cauce de la quebrada El Salado.
  • Ocupación del cauce de una quebrada sin nombre.
  • Ocupación del cauce de la quebrada Gualanday.Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

5 - Ocupación del cauce de la quebrada El Boquerón.

  • Ocupación del cauce de una quebrada sin nombre.

Permisos de vertimientos de aguas residuales.

  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a una quebrada sin nombre.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a una quebrada sin nombre.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.

Permiso de emisiones atmosféricas.

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de dosificación de concreto

ANFAL.

4. Para la utilización de nuevas zonas de depósito de materiales de excavación para la construcción de la conducción, central subterráneas y obras asociadas.

ANFAL.

4. Para la utilización de nuevas zonas de depósito de materiales de excavación para la construcción de la conducción, central subterráneas y obras asociadas.

Autorizar nuevas zonas de depósito y para su ampliación:

  • La Manguita (90.000 M3).
  • Depósito Algarrobo (65.000 M3).
  • Zona la Oscura (33.400 M3).

Autorizar nuevas zonas de depósito para mantenimiento de la vía Amalfi – La Manguita.

  • Depósito Los Suribios.
  • Depósito Salazar.
  • Depósito Escuela La Manguita.

5. Permisos para el beneficio de las viviendas para la reubicación de la población desplazada por el proyecto.

Concesión de aguas.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Malabrigo. (La fuente discurre por la vereda

Malabrigo del Municipio de Guadalupe).

Que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, expresó en el documento que presentó de modificación, lo siguiente: “Para el ejercicio de los derechos relacionados con el uso del agua que expresamente se solicita mediante el presente instrumento, se realizará una intervención en el cauce del cuerpo de agua a intervenir y que se considera propio de esteAuto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

6 tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce , se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión

6 tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce , se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Ocupación del cauce de la quebrada Malabrigo
  • Ocupación del cauce de la quebrada Salamina.

Concesión de aguas.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Salamina.

Que mediante escrito radicado No. 4120-E1-122385 del 14 de diciembre de 2006, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, anexó copia de las consignaciones realizadas, de acuerdo con la liquidación de cobro por evaluación emanada de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, así mismo consignó el valor correspondiente a la evaluación de los permisos por el uso de los recursos naturales, a favor de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia –CORANTIOQUIA.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Que el artículo 28 de la ley 344 de 1996, modificado por el artículo 96 de la ley 633 de 2000, faculta a este Ministerio para cobrar los servicios de evaluación y seguimiento de la licencia ambiental, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental.

Que el artículo 26 del Decreto 1220 de 2005 que expresa:

"MODIFICACIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL . La licencia ambiental podrá ser modificada en los siguientes casos:

1. En consideración a la variación de las condiciones existentes al momento de otorgar

"MODIFICACIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL . La licencia ambiental podrá ser modificada en los siguientes casos:

1. En consideración a la variación de las condiciones existentes al momento de otorgar la licencia ambiental

2. Cuando al otorgarse la licencia ambiental no se contemple el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables, necesarios o suficientes para el buen desarrollo y operación del proyecto, obra o actividad.

3. Cuando se pretendan variar las condiciones de uso, aprovechamiento o afectación de un recursos natural renovable, consagradas en la licencia ambiental."

Que el numeral 5 del artículo 27 del Decreto 1220 de 2005, cita:

"Presentada la solicitud con la totalidad de la información, la autoridad ambiental competente expedirá dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la petición un acto administrativo por medio del cual se da inicio a trámite de modificación de licencia ambiental."Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

7 Que el artículo 71 de la Ley 99 de 1993, señala:

“De la Publicidad de las Decisiones sobre el Medio Ambiente . Las decisiones que pongan término a una actuación administrativa ambiental para la expedición, modificación o cancelación de una licencia o permiso que afecte o pueda afectar el medio ambiente y que sea requerida legalmente, se notificará a cualquier persona que lo solicite por escrito, incluido el directamente interesado en los términos del artículo 44 del Código Contencioso Administrativo y se le dará también la publicidad en los términos del artículo 45 del Código

que sea requerida legalmente, se notificará a cualquier persona que lo solicite por escrito, incluido el directamente interesado en los términos del artículo 44 del Código Contencioso Administrativo y se le dará también la publicidad en los términos del artículo 45 del Código Contencioso Administrativo, para lo cual se utilizará el boletín a que se refiere el artículo anterior.”

Que una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 27º del Decreto 1220 de 2005, incluido el pago por concepto de evaluación, por la suma de SETENTA MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M/L ($70.620.835.oo) correspondiente a la referencia de pago No. 154036106, procede por parte de este Ministerio expedir el Auto de inicio de trámite de modificación de Licencia Ambiental.

Que mediante la Ley 790 de 2002 el Ministerio del Medio Ambiente tomó el nombre de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Que el Decreto 216 del 3 de febrero de 2003 determina los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones. En su artículo 2º, establece que el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, continuará ejerciendo las funciones contempladas en la ley 99 de 1993.

Que mediante el Artículo 3º del Decreto No. 3266 del 08 de octubre de 2004, este Ministerio creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita la Despacho del Viceministro de Ambiente.

Que mediante el Artículo 3º del Decreto No. 3266 del 08 de octubre de 2004, este Ministerio creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita la Despacho del Viceministro de Ambiente.

Que según lo establecido en el artículo 1º de la Resolución No. 802 del 10 de mayo de 2006, modificada por la Resolución No. 2234 del 17 de noviembre de 2006, le corresponde al Profesional Especializado Código 2028, Grado 17 de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, suscribir el presente acto administrativo.

Que por lo expuesto,

DISPONE

ARTÍCULO PRIMERO .- Iniciar trámite administrativo para la modificación de la Resolución No. 0561 del 16 de mayo de 2003, otorgada a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, para la “Construcción y Operación del proyecto Hidroeléctrico Porce III”, localizado en jurisdicción de los municipios de Amalfi, Guadalupe y Anorí en el Departamento de Antioquia, en el sentido de adicionar:Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

8

1. Para obras relacionadas con la construcción de la presa y obras asociadas:

Concesiones de agua

  • Incluir concesión de aguas de una quebrada sin nombre (afluente de la quebrada

Remolinos).

  • Incluir concesión de aguas de la Quebrada Brisas (sitio 1).

Concesiones de agua

  • Incluir concesión de aguas de una quebrada sin nombre (afluente de la quebrada

Remolinos).

  • Incluir concesión de aguas de la Quebrada Brisas (sitio 1).
  • Incluir concesión de aguas del Río Porce.

. Incluir concesión de aguas de la quebrada El Limón.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Brisas (sitio 2).
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada La Puska.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada El Roble.
  • Incluir concesión de aguas de una quebrada sin nombre. (discurre por la vereda El Roble, municipio de Anorí).
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada sin nombre. (discurre por la vereda El Roble, municipio de Anorí).

Que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, expresó en el documento en el que solicita la modificación, lo siguiente: “(…) se realizarán algunas intervenciones en los cauces de los cuerpos de agua a intervenir y que se consideran propios de este tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce, se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Incluir ocupación del cauce de una fuente sin nombre, afluente de la quebrada

Remolinos.

  • Incluir ocupación del cauce de la quebrada Las Brisas (sitio 1).

Ocupación de cauces.

  • Incluir ocupación del cauce de una fuente sin nombre, afluente de la quebrada

Remolinos.

  • Incluir ocupación del cauce de la quebrada Las Brisas (sitio 1).
  • Ocupación del cauce del Río Porce.
  • Ocupación del cauce de la quebrada Las Brisas (sitio 2).
  • Ocupación del cauce de la quebrada La Puska.
  • Ocupación del cauce de la quebrada El Roble.Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

9

  • Ocupación del cauce de una quebrada sin nombre.
  • Ocupación del cauce de la quebrada sin nombre.

Permisos de Vertimientos.

  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a un caño sin nombre – margen derecha del Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a un caño sin nombre – margen derecha del Río Porce, cerca al Misterio.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a un caño sin nombre – ventana 1.

Permiso de emisiones atmosféricas:

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de trituración depósito El Roble

D.

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de concretos Playa Dura.
  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de trituración depósito El Roble

D.

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de concretos Playa Dura.

2. Para la utilización de nuevas zonas de depósito de materiales de excavación para la construcción de la presa y obras asociadas.

Autorizar nuevas zonas de depósito requeridas:

  • Los Pomos (150.000 M3). - Trituradora 1 (300.000 M3).
  • Trituradora 2 (8.900 M3).
  • Extensión Sepúlveda 4 (150.000 M3).
  • Sobrerelleno Brisas (80.000 M3).
  • Ampliaciones Brisas (20.000 M3).
  • Temporal de rezaga El Roble (429.000 M3).
  • Alternativa material común Las Brisas (163.300 M3).
  • El Misterio (850.000 M3).Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

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  • Roble D Extensión (130.000 M3).
  • Robles D parte alta (34.800).
  • Nuevas zonas de depósito para mantenimiento de la vía Procesito-Puente Acacias. Se enuncian los sitios pre-seleccionados para la ejecución de labores de mantenimiento, algunos de los cuales operaron como depósito durante la construcción de la vía, para el acceso al proyecto Porce II: La Coqueta, Villa Nueva, El Pichón, Guamito, El Tapón,

algunos de los cuales operaron como depósito durante la construcción de la vía, para el acceso al proyecto Porce II: La Coqueta, Villa Nueva, El Pichón, Guamito, El Tapón, Guacavé, Q. Guaduas, Normandía, Guayabito/La Cancana, El Encanto, El Algarrobo, El Coco, El Grano y El Tablón.

3. Para obras relacionadas con la construcción de la conducción central, subterránea y obras asociadas.

Concesión de aguas.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada El Salado.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada sin nombre. (La fuente discurre por la vereda

El Retiro, municipio de Anorí).

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Gualanday.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada El Boquerón.
  • Incluir concesión de aguas de la quebrada sin nombre. (La fuente discurre por la vereda el Retiro, municipio de Anorí).

Que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, expresó en el documento que presentó de modificación, lo siguiente: “Para el ejercicio de los derechos relacionados con el uso del agua que expresamente se solicita mediante el presente escrito, se realizarán algunas intervenciones en los cauces de los cuerpos de agua a intervenir y que se consideran propios de este tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce , se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión de aguas:”

Ocupación de cauces.

de ocupación de cauce , se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesión de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Ocupación del cauce de la quebrada El Salado.
  • Ocupación del cauce de una quebrada sin nombre.
  • Ocupación del cauce de la quebrada Gualanday.
  • Ocupación del cauce de la quebrada El Boquerón.
  • Ocupación del cauce de una quebrada sin nombre.Auto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

11

Permisos de vertimientos de aguas residuales.

  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a una quebrada sin nombre.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales a una quebrada sin nombre.
  • Incluir permiso de vertimientos de aguas residuales al Río Porce.

Permiso de emisiones atmosféricas.

  • Incluir permiso de emisiones atmosféricas para la planta de dosificación de concreto

ANFAL.

4. Para la utilización de nuevas zonas de depósito de materiales de excavación para la construcción de la conducción, central subterráneas y obras asociadas.

Autorizar nuevas zonas de depósito y para su ampliación:

  • La Manguita (90.000 M3).
  • Depósito Algarrobo (65.000 M3).
  • Zona la Oscura (33.400 M3).

Autorizar nuevas zonas de depósito y para su ampliación:

  • La Manguita (90.000 M3).
  • Depósito Algarrobo (65.000 M3).
  • Zona la Oscura (33.400 M3).

Autorizar nuevas zonas de depósito para mantenimiento de la vía Amalfi – La Manguita.

  • Depósito Los Suribios.
  • Depósito Salazar.
  • Depósito Escuela La Manguita.

5. Permisos para el beneficio de las viviendas para la reubicación de la población desplazada por el proyecto.

Concesión de aguas.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Malabrigo. (La fuente discurre por la vereda

Malabrigo del Municipio de Guadalupe).

Que EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, expresó en el documento que presentó de modificación, lo siguiente: “Para el ejercicio de los derechos relacionados con el uso del agua que expresamente se solicita mediante el presente instrumento, se realizará una intervención en el cauce del cuerpo de agua a intervenir y que se considera propio de este tipo de actuaciones. En el supuesto de requerirse el trámite de permisos de ocupación de cauce , se anexa la información que a continuación se detalla. En caso contrario deberá considerarse como documentación complementaria a las solicitudes de concesiónAuto 2953 del 9 de diciembre de 2006 “Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, y se toman otras disposiciones”

12 de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Ocupación del cauce de la quebrada Malabrigo

toman otras disposiciones”

12 de aguas:”

Ocupación de cauces.

  • Ocupación del cauce de la quebrada Malabrigo
  • Ocupación del cauce de la quebrada Salamina.

Concesión de aguas.

  • Incluir concesión de aguas de la quebrada Salamina.

ARTÍCULO SEGUNDO.- EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP deberá radicar en la Corporación Autónoma Regional de Antioquia –CORANTIOQUIA copia del correspondiente estudio, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del presente acto administrativo, con el fin de que dicha Corporación emita concepto técnico, jurídico y administrativo, si a ello hubiere lugar, en lo de su competencia.

ARTÍCULO TERCERO.- Notifíquese el contenido del presente Auto al Representante Legal o Apoderado debidamente constituido de EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP.

ARTÍCULO CUARTO.- Por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, ordenar la publicación del presente auto, a través de la Gaceta Ambiental de este Ministerio.

ARTÍCULO QUINTO.- Por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, comunicar el presente acto administrativo a la Gobernación de Antioquia, a los Municipios de Amalfi, Guadalupe y Anorí, a la Corporación Autónoma Regional de Antioquia -CORANTIOQUIA, y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

ARTÍCULO SEXTO. - En contra del presente Auto no procede recurso alguno, por

Antioquia -CORANTIOQUIA, y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

ARTÍCULO SEXTO. - En contra del presente Auto no procede recurso alguno, por tratarse de un acto administrativo de trámite, lo anterior de conformidad con el artículo 49º del Código Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MAGDA CONSTANZA CONTRERAS MORALES

Profesional Especializado Exp. 1582

Proyectó: Marcela Cruz Tarquino.- Abogada DLPTA

14-12-2006

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