MINAMBIENTE - Auto 32 de 2012
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Auto 32 de 2012
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLOSOSTENIBLE AUTO NÚMERO 3? (26 DIC a =) “Por el cual se efectúa un seguimiento de las medidas de compensaciónrealizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos — Parque Manantiales,producto de la Sustracción de un Área de la Zona de Reserva Forestal del RíoNare y se toman otras determinaciones” EL DIRECTOR (E) DE LA DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD YSERVICIOS ECOSISTÉMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE YDESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las funciones delegadas por la Resolución 0053 del 24 de enero de2012, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución No 850 del 5 de mayo de 2010, se efectuó la sustracciónde la Reserva Forestal Protectora del Río Nare (correspondiente a 31,8 hectáreas),para la construcción de las obras de infraestructura del proyecto ServiciosTecnológicos — Parque Manantiales, ubicado en la vereda Las Palmas — Municipiode Envigado en el Departamento de Antioquia. Dentro del cual se obliga al Institutopara el Desarrollo de Antioquia - IDEA a presentar: ARTÍCULO TERCERO.- En un plazo máximo de tres (3) mesescontados a partir de la fecha de ejecutoria del presente actoadministrativo, el responsable del Proyecto de Servicios TecnológicosParque Manantiales deberá entregar a este Ministerio un Programade Compensación.
PARÁGRAFO PRIMERO: El programa de Compensación debe incluirun área de 31.8 hectáreas y estar estructurado, en los siguientescomponentes:
1. Programa de enriquecimiento con especies nativas de la coberturade rastrojo que se encuentra en el parque boscoso presente alinterior del área sustraída, así como sobre las riveras de la fuentehídrica.2. Plan de Seguimiento al programa de enriquecimiento durante porlo menos tres (3) años.3. Costos y el cronograma de implementación de la propuesta.Auto No. 32 Hoja No. 2 8 Por el cual se efectúa un seguimiento de las medidas de compensación \realizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos — Parque Manantiales,producto de la Sustracción de un Area de la Zona de Reserva Forestal del RíoNare y se toman otras determinaciones” Que mediante Resolución No 1591 del 17 de agosto de 2010, se modifica laResolución 850 de 2010, ampliando el plazo de entrega del establecido en el incisoprimero del Artículo Tercero, en tres (3) meses a partir de la ejecutoria del actoadministrativo.
Que mediante Resolución No 0809 del 4 de mayo de 2011, se modifica laResolución No. 850 del 5 de mayo de 2010, en su Artículo Tercero el cual quedaráen los siguientes términos:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la Resolución No. 850 del 5 demayo de 2010, la cual a su vez fue modificada por la Resolución No.1591 del 17 de agosto de 2010, en su Artículo Tercero el cual quedaráen los siguientes términos: ARTICULO TERCERO.- En un plazo máximo de tres (3) mesescontados a partir de la fecha de ejecutoria del presente actoadministrativo, el responsable del proyecto deberá entregar a esteMinisterio un Programa de Compensación. Dicho programacorresponde a la compensación por la sustracción y estaestructurado, en los siguientes componentes:
1. Programa de enriquecimiento, con especies nativas, en las áreascubiertas por rastrojos y bosque que se encuentra al interior delárea sustraída y que conforman un parche boscoso que protege lafuente hídrica presente en el área.2. Plan de Seguimiento al programa de enriquecimiento durante porlo menos tres (3) años.3. Costos y el cronograma de implementación de la propuesta.
Que mediante oficio con radicado No 2400-E3-152087 del 6 de diciembre de 2011,la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), solicita a la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, la evaluación y conceptualizacióndel documento “Programa de Compensación por Sustracción de Área de la ReservaForestal Protectora Rio Nare”, presentado por el Instituto para el Desarrollo deAntioquia - IDEA. Que mediante concepto técnico No 001 del 20 de marzo de 2012, la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, evalúa y aprueba el "Programade Compensación por Sustracción de área de Reserva Forestal Protectora",presentado por el Instituto para el Desarrollo de Antioquia — IDEA. En el cual seinvolucran actividades para el relicto boscoso como:
a) Enriquecimiento del Relicto Boscoso. b) Aislamiento del Relicto Boscoso, con el fin de confinar y proteger las áreas derastrojos y las coberturas establecidas se propone el cercamiento de estaszonas con alambre de púas y estacones inmunizados. Que mediante el concepto técnico 4120-E1-56119 del 19 de noviembre de 2012, laDirección de Bosques Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible emitio concpeto técnico de seguimiento de lasmedidas de compensación realizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos —Parque Manantiales, producto de la Sustracción de un Área de la Zona de ReservaForestal del Río Nare en los siguientes términos: Go PeAuto No. 3? Hoja No. 3 er Por el cual se efectúa un seguimiento de las medidas de compensación \realizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos — Parque Manantiales,producto de la Sustracción de un Área de la Zona de Reserva Forestal del RíoNare y se toman otras determinaciones” El día 28 de septiembre de 2012, se realiza visita al área de sustraccióndonde se realizara el proyecto Parque Manantiales, el recorrido se efectúoen compañía de: > Liliana Restrepo — Ingeniera Civil - Instituto para el desarrollo de Antioquia -IDEA.> Andrés Fernando Franco Fandiño — Ingeniero Forestal MADS Las obras civiles propuestas dentro del área sustraída no han iniciado,debido a que el Plan de Implantación de la obra “Servicios Tecnológicos —Parque Manantiales”, se encuentra en estudio por parte del la alcaldía delmunicipio de Envigado. Se tiene presupuestada la iniciación de lasactividades en la primera semana de diciembre del año 2012.
De igual manera el Programa de Compensación aprobado por el Ministeriode Ambiente y Desarrollo Sostenible, no ha comenzado; se plantea con elIDEA la iniciación de las actividades de aislamiento del relicto boscoso, conobjetivo de eliminar tensionantes bióticos y sociales que se puedengenerar durante la ejecución de las actividades constructivas del parque. Se realiza recorrido a la superficie del relicto boscoso al interior del áreasustraída; cobertura que corresponde a una sucesión ecológica secundaria(ver fotografías), mezclado con árboles de Eucalipto sobre maduros,presentándose el nacimiento de un curso de agua superficial (existepresencia de especies acuáticas dentro del mismo). En la cobertura vegetal se encuentran especies como: Fam bre ci Cecropiaceae Cecropia telenitide YarumoEuphorbiaceae Croton funkianus DragoEspecies | Boragineceae Cordia lanata Salviopioneras negroAsteraceae Ageratina arestii AmargueroAsteraceae Baccharis latifolia ChilcoAraliaceae Oreopanax floribundum Mano deoso Verbenaceae Citharexylum subflavescens Cajetoae Melastomataceae Tibouchina lepidota Sietecueros nativoMelastomataceae Meriania nobilis AmarrabolloEspecies Clusiaceae Clusia. Barcinotolerantes | Fagaceae Quercus humboltii Roble El aislamiento que presenta el área boscosa es precario (en algunas partesno existe), consistente en cercamiento con postes de madera deteriorados. CONSIDERACIONES e Se establece con el IDEA iniciar con la alinderamiento del relicto boscoso(ver grafico); aminorando los posibles impactos generados a la coberturavegetal, dada la magnitud de las actividades a realizar dentro de lasuperficie de sustracción.
IEAAuto No. . 3 a Hoja No. 4 = Por el cual se efectúa un seguimiento de las medidas de compensación ONrealizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos — Parque Manantiales,producto de la Sustracción de un Área de la Zona de Reserva Forestal del RíoNare y se toman otras determinaciones” Fuente: IDEA 2011. Área de alinderamiento propuesta. Se estableció con el IDEA, que una vez realizada la actividad deaislamiento del relicto boscoso se iniciara la actividad de enriquecimiento alinterior de la superficie boscosa. (...)" FUNDAMENTOS LEGALES El area de reserva forestal protectora Rio Nare (Quebrada Piedras Blancas) fuecreada mediante acuerdo INDERENA N° 031 de 1970, el cual a su vez fue aprobadopor resolución ejecutiva N° 024 de 1971 del Ministerio de Agricultura. Suadministración se encuentra a cargo de la Corporación Autónoma Regional de lasCuencas de los Ríos Negro y Nare CORNAREy la Corporación Autónoma Regionaldel Centro de Antioquia. CORANTIOQUIA. El artículo 210 del Decreto — Ley 2811 de 1974 señala que “Si en área de reservaforestal, por razones de utilidad pública o interés social, es necesario realizaractividades económicas que impliquen remoción de bosques o cambio en el uso delos suelos o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de losbosques, la zona afectada deberá, debidamente delimitada, ser previamentesustraída de la reserva...”
Que el inciso segundo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011, estableció que “...enlos casos en que proceda la sustracción de las áreas de reserva forestal, sea estatemporal o definitiva, la autoridad ambiental competente impondrá al interesado en lasustracción, las medidas de compensación, restauración y recuperación a que hayalugar, sin perjuicio de las que sean impuestas en virtud del desarrollo de la actividadque se pretenda desarrollar en el área sustraída. Para el caso de sustraccióntemporal, las compensaciones se establecerán de acuerdo con el área afectada”. Que conforme al numeral 14, del artículo 2 del Decreto — Ley 3570 de 2011, señaloal Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la función de: Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de ParquesNacionales Naturales; declarar, reservar, alinderar, realinderar,sustraer, integrar o recategorizar las áreas de reserva forestalnacionales, reglamentar su uso y funcionamiento; Que conforme al numeral 3, del artículo 16 del Decreto — Ley 3570 de 2011,establece las funciones de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y ServiciosEcosistémicos, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en las cuales seencuentra:Auto No. 3 2 Hoja No. 5 8 Por el cual se efectúa un seguimiento de las medidas de compensación \realizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos — Parque Manantiales,producto de la Sustracción de un Área de la Zona de Reserva Forestal del RíoNare y se toman otras determinaciones”
Rendir concepto técnico al Ministro para declarar, reservar, alinderar,realínderar, sustraer, integrar o recategorizar las áreas de reservaforestal nacionales y declarar y sustraer Distritos Nacionales deManejo Integrado. Que a través del convenio interadministrativo de Asociación No. 06 del 20 de abril de2012 suscrito entre el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y laAutoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, es de competencia de lacartera ministerial la suscripción de los actos administrativos necesarios para elimpulso del trámite, de las solicitudes de sustracción de área de reserva forestal, yde la Autoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA: la de recibir lassolicitudes, elaborar las comunicaciones, oficios y proyectar los actos administrativosnecesarios para el impulso del tramite, entre otros. Que de acuerdo con lo establecido en el concepto técnico con radicado No 4120-E1-54410 de fecha 10 de octubre de 2012, realiza un seguimiento a la evaluación delPlan de Restauración Ecológica como proceso de restablecimiento del ecosistemadegradado, producto de la Sustracción de un Área de la zona de Reserva Forestalde los Motilones — Resolución número 1504 del 4 de agosto de 2010, a la alcaldíade Chiriguana — Cesar. Que mediante Resolución 2291 del 18 de diciembre de 2012, se encargó de lasfunciones del empleo de Director Técnico Código 0100 grado 22, de la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de la planta global del personaldel Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al doctor OMAR TORRESFRANCO, Director Técnico Código 0100 Grado 22 de la Dirección de GestiónIntegral de Recurso Hídrico.
Que en mérito de lo expuesto, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO. — Requerir al Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA;para que en un plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la ejecutoriadel presente acto administrativo realice el alinderamiento del Relicto Boscoso; através del cercado propuesto dentro del Programa de Compensación, deconformidad con lo señalado en la parte considerativa del presente ActoAdministrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. — Requerir al Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEApara que en un término máximo de tres (3) meses inicie con las actividades deenriquecimiento del Relicto Boscoso; establecidas dentro del “Programa deCompensación por Sustracción de área de Reserva Forestal Protectora" presentadopor el Instituto para el Desarrollo de Antioquia — IDEA, aprobado por el MADS.ARTÍCULO TERCERO. - Notificar el contenido del presente acto administrativo alRepresentante legal del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, o a suapoderado debidamente constituido. ARTÍCULO CUARTO. — Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, comunicar el presente acto administrativo a la Corporación AutónomaRegional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare CORNARE y la CorporaciónAutónoma Regional del Centro de Antioquia. CORANTIOQUIA, para suconocimiento y fines pertinentes. a ESAuto No. 3 ? Hoja No. 6
a Por el cual se efectúa un seguimiento de las medidas de compensación \realizadas del Proyecto de Servicios Tecnológicos — Parque Manantiales,producto de la Sustracción de un Area de la Zona de Reserva Forestal del RíoNare y se toman otras determinaciones” ARTÍCULO QUINTO. - Contra el presente Acto Administrativo procede el Recursode Reposición, el cual podrá interponerse ante el Director de Bosques, Biodiversidady Servicios Ecosistémicos, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dentrode los diez (10) días siguientes a la fecha de su notificación, de conformidad con elartículo 76 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 “Por la cual se expide el Códigode Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE28 DIC. 2012
OMAR FRANCO rorses /Director (E) de Bosques, Biodiversidad y Serviciós EcosistémicosMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Proyectó: Héctor Javier Grisales Gómez. / Abogado ANLA.Reviso: María Stella Sáchica / Contratista D.B.B.S.E. MAD.Concepto Técnico: No 4120-E1-56119 del 19/11/2012.Expediente: SRF 0093Fecha: 11/12/2012.