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MINAMBIENTE - Auto 418 de 2024

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Auto 418 de 2024
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2024

AUTO No. 418 DE 1 1 DIC 2024 “Por el cual se ordena el archivo del expediente SRF 245 y se adoptan otrasdeterminaciones” LA DIRECTORA DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOSECOSISTEMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLOSOSTENIBLE En ejercicio de las facultades previstas en el numeral 18 del artículo 5° de laLey 99 de 1993, el artículo 204 de la Ley 1450 de 2011, y los numerales 14 delartículo 2° y 8 del artículo 6° del Decreto Ley 3570 de 2011, delegadas a estaDirección mediante el artículo 1° de la Resolución 657 del 17 de julio de 2023;teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 7 y 10 del Acuerdo 002 de 2014del Archivo General de la Nación y 122 de la Ley 1564 de 2012, y

CONSIDERANDO

  1. ANTECEDENTES Que, mediante radicado No. 4120-E1-7981 del 14 de marzo de 2014 elseñor Hamyr Eduardo González Morales Representante Legal de la sociedadDOWEA S.A.S, con NIT. 900,387.269-1, solicitó la sustracción temporal de2,37 hectáreas de la Reserva Forestal del Pacífico, para el desarrollo delproyecto, “Exploración minera temprana "pantanos de pegadorcito” en el área deconcesión minera No IH3-10001X”, en los municipios de Frontino y Dabeiba,Antioquia.

Que, verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 6 de laResolución 1526 de 2012, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenibleprofirió el Auto 116 del 21 de marzo de 2014, por medio del cual ordenó laapertura del expediente SRF 245 y el inicio del trámite administrativo desustracción tempora! de un área de la Reserva Forestal del Pacífico. Que el referido acto administrativo fue notificado personalmente a la señoraMaria Fernanda Gómez Trilios el día 28 de marzo de 2014 y al no procederrecursos en su contra, quedó ejecutoriado el 31 de marzo de 2014. Que el mencionado acto administrativo fue comunicado a la ProcuraduríaDelegada para asuntos Ambientales y Agrarios, mediante el radicado No. 8210-E2-12043 del 10 de abril de 2014, y a la Corporación Autónoma Regional delCentro de Antioquia-CORANTIOQUIA-, mediante el radicado No. 8210-E2-11855del 09 de abril de 2014. Que, adicionalmente, fue publicado en la página web del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible?. i chromeYextension://efaidnbmnnnibpcajpeglclefindmkajMttps://archivo.minambiente.gov.co/images/normativa/Otros/ reAutos/2014/auto 0116 2014. pdf Página 1 de 5F-M-INA-57:V4 21-08-202411 DIC 202%,

“Por el cual se ordena el archivo del expediente SRF 245 y se adoptan otras determinaciones” Que mediante Auto No. 148 del 14 de abril de 2014, se aclara el artículotercero del Auto No. 116 del 21 de marzo de 2014, en el sentido de comunicarel acto administrativo a la Corporación para el Desarrollo sostenible del Urabá -CORPOURABA y a la Procuraduria. delegada para Asuntos Ambientales yAgrarios. : Que el mencionado acto administrativo fue comunicado a la ProcuraduríaDelegada para asuntos Ambientales y Agrarios, mediante el radicado No. 8210-E2-15073 del 08 de mayo de 2014, y a la Corporación para el. DesarrolloSostenible de Urabá-CORPOURABA -, mediante el radicado No. 8210-E2-15078del 08 de mayo de 2014, Que, a través de la Resolución No. 1445 del 03 de septiembre de 2014, elMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible NEGO la solicitud de sustraccióntemporal de 2,37 hectáreas de lá Reserva Forestal del Pacífico, presentada porla sociedad DOWEA S.A.S., para el desarrollo del proyecto “Exploración mineratemprana "pantanos de pegadorcito” en el área de concesión minera No 1H3-10001X”, en los municipios de Frontino y Dabeiba, Antioquia.

Que dicho acto administrativo fue notificado personalmente el día 15 deseptiembre de 2014, en los términos previstos por el artículo 67 de la Ley 1437de 2011. Que, así mismo, fue comunicado a la Corporación para el desarrollo Sostenibledel Urabá-CORPOURABA-, mediante el radicado No. 8210-E2-32049 del 17 deseptiembre de 2014; al municipio de Dabeiba (Antioquia), mediante el radicadoNo. 8210-E2-32051 del 17 de septiembre de 2014; y a la Procuraduría Delegadapara Asuntos Ambientales y Agrarios, mediante el radicado No. 8210-E2-32052del 17 de septiembre de 2014. Que, adicionalmente, fue publicado en la página web del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible?, Que, encontrándose dentro del término establecido por el artículo 76 de la Ley1437 de 2011, mediante radicado No. 4120-E1-33519 del 29 deseptiembre de 2014 la sociedad DOWEA S.A.S interpuso un recurso dereposición en contra de la Resolución No 1445 de 2014. Que mediante Auto No. 76 del 13 de marzo de 2015, el Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible decretó la práctica de una prueba, en elsiguiente sentido: “Decretar la práctica de un sobrevuelo sobre el área solicitada en sustracción temporalde la reserva forestal del Pacifico por la empresa Dowea S.A.S en el marco del recursode reposición interpuesto en contra de la Resolución No 1445 del 03 de septiembre de2014,”

Que dicho acto administrativo, fue notificado personalmente al señor HamyrEduardo González Morales, el día 13 de marzo de 2015, quedando ejecutoriadoel día 17 de marzo de 2015. Que, así mismo, dicho acto administrativo fue comunicado a la Corporación parael Desarrollo Sostenible del Urabá-CORPOURABA-, mediante el radicado No.8210-E2-8834 del 19 de marzo de 2015; a la Procuraduría Delegada para 2 https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/202 1/1 0/Resolucion-1445-de-2014.pdfPágina 2 de 5F-M-INA-57:V4 21-08-20241 1 BIC 2024 “Por el cual se ordena el archivo del-expediente:SRF'245 y se adoptan otras determinaciones” Asuntos Ambientales y Agrarios, mediante el radicado No. 8210-E2-8836 del 19de marzo de 2015, Que, adicionalmente, fue publicado en la página web del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible”, Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, publicópor error involuntario en la página web, la Resolución No. 1892 del 28 denoviembre de 2014, “Por la cual se resuelve un recurso de reposición”, la cualno contenía el análisis de la prueba de carácter oficioso decretada.

Que mediante Resolución No. 1610 del 7 de julio de 2015, la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, revocó la Resolución No.1892 del 28 de noviembre de 2014, publicada en el diario oficial el día 11 deabril de 2015, por motivo a que, no es posible la finalización de la actuaciónadministrativa, hasta tanto la misma no contenga la totalidad de las pruebasdecretadas y practicadas durante el curso del proceso administrativo. Que dicho acto administrativo, fue notificada por aviso el día 28 de julio de 2015,quedando ejecutoriado el día 30 de julio de 2015. Que, adicionalmente, fue publicado en la página web del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible”. Que, este Ministerio expidió la Resolución 1997 del 11 de septiembre del2015 por medio de la cual CONFIRMÓ la Resolución 1445 de 2014. Que, dicho acto administrativo, fue notificado personalmente a la señoraMargarita Llorente, el día 15 de septiembre de 2015, quedando ejecutoriada eldía 21 de septiembre de 2015. Que, así mismo, fue comunicado a la Corporación para el desarrollo Sostenibledel Urabá-CORPOURABA-, mediante el radicado No. 8210-E2-36865 del 29 deoctubre de 2015; a la Alcaldía municipal de Frontino, Antioquia mediante elradicado No. 8210-E2-36862 del 29 de octubre de 2015, a la Alcaldía municipalde Dabeiba, Antioquia mediante el rádicado No. 8210-E2-36863 del 29 deoctubre de 2015, a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales yAgrarios, mediante el radicado No. 8210-E2-36864 del 29 de octubre de 2015.

Que, adicionalmente, fue publicada en la página web del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible?. II, FUNDAMENTOS JURÍDICOS Que, agotado el procedimiento reglamentado a través de la Resolución 1526 de2012, este Ministerio expidió la Resolución No. 1445 del 03 de septiembrede 2014, confirmada por la Resolución No. 1997 del 11 de septiembre del2015, mediante la cual decidió la petición presentada por la sociedad DOWEAS.A.S, en el sentido de negar la sustracción temporal de 2,37 hectáreas de laReserva Forestal del Pacífico, para el desarrollo del proyecto, “exploración mineratemprana “pantanos de pegadorcito” en el área de concesión minera No IH3-10001X”, en los municipios de Frontino y Dabeiba, Antioquia. 3 www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2021/09/Auto-76-de-2015.pdf4 https://www.minam biente,gov.co/wp-content/uploads/202 1/1 1/resolucion-1610-de-2015.pdf S5 https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2021/10/resolucion-1997-de-2015.pdfPagina 3 de 5F-M-INA-57:V4 21-08-20241 1 DIC 2024 “Por el cual se ordena el archivo del expediente SRF-245 y se adoptan otras determinaciones”

Que con la expedición y ejecutoria de dichas resoluciones se-agotó elprocedimiento administrativo especial de sustracción de reservas forestales,reglamentado a través de la mencionada Resolución 1526 de 2012. Que el artículo 306 de la Ley 1437 de 2011 “Código de ProcedimientoAdministrativo y de lo contencioso Administrativo” prevé que “...en los aspectosno contemplados en este Código se seguirá el Código de Procedimiento Civil encuanto sea compatible con la naturaleza de los procesos y actuaciones quecorresponden a la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo...” Que, en consecuencia, de lo anterior, es pertinente recordar que el artículo 122de la Ley 1564 de 2012 “Código Genera! del Proceso” hace referencia a laformación y archivo de los expedientes indicando que “(...) El expediente de cadaproceso concluido se archivara (...)” Que, en el mismo sentido, los artículos 7 y 10 del Acuerdo 002 de 2014 "Pormedio del cual se establecen los criterios básicos para creación, conformación,organización, control y consulta de los expedientes de archivo y se dictan otrasdisposiciones”, expedido por el Archivo General. de la Nacién®, disponen tosiguiente: "Artículo 7. Gestión del expediente. La gestión es la administración interna delexpediente durante su etapa activa y se refiere a las acciones y operaciones que serealizan durante el desarrollo de un trámite, actuación o procedimiento que dio origena un expediente; comprende operaciones como la creación del expediente, el controlde los documentos, la foliacién O paginación, la ordenación interna de los documentos,el inventario y cierre.” (Subrayado fuera del texto)

"Artículo 10. Cierre del expediente. El cierre de un expediente se puede llevar acabo en dos momentos: a. Cierre administrativo: Una vez finalizadas las actuaciones y resuelto el trámite oprocedimiento administrativo que le dio origen. b. Cierre definitivo: Una vez superada la vigencia de las actuaciones y cumplido eltiempo de prescripción de acciones administrativas, fiscales O legales. Duranteesta fase se pueden agregar nuevos documentos.” (Subrayado fuera del texto) Que, así las cosas y considerando que, dentro del expediente SRF 245 sedesarrollaron y agotaron todas las etapas reglamentadas por la Resolución 1526de 2012, necesarias para decidir la solicitud de sustracción temporal de un áreade la Reserva Forestal del Pacífico, para el desarrollo del proyecto “Exploraciónminera temprana “pantanos de pegadorcito” en el área de concesión minera NoIH3-10001X", la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicosconsidera pertinente ordenar el archivo del expediente en cuestión. Que, con fundamento en el numeral 9° del artículo 3° de la Ley 1437 de 2011,el presente acto. administrativo será publicado en la página web de esteMinisterio.

Que, mediante el artículo 1° de la Resolución No. 0657 del 17 de julio de 2023,la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible delegó en la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos la función de sustanciar y $ De acuerdo con el artículo 1° de este acuerdo, que determinó su ámbito de aplicación, “El presente Acuerdoaplica a todas las entidades públicas en sus diferentes niveles, nacional departamental, distrital municipal, delas entidades territoriales indígenas, y demás entidades territoriales que se creen por ley (...)Página 4 de 5F-M-INA-57:V4 21-08-2024— 11 DIC 2024£18 “Por el cual se ordena el archivo del expediente SRF 245 y se adoptan otras determinaciones” suscribir todos los actos administrativos relacionados con el trámite desustracción de reservas forestales del orden nacional, a excepción de aquellosque decidan de fondo las solicitudes de sustracción. Que, en mérito de lo expuesto, la Directora de Bosques, Biodiversidad y ServiciosEcosistémicos, DISPONE Artículo 1. ORDENAR el ARCHIVO del expediente SRF 245, el cual contienetodas las actuaciones administrativas relacionadas con el trámite de sustraccióntemporal de 2,37 hectáreas de la Reserva Forestal del Pacífico, para eldesarrollo del proyecto “Exploración minera temprana "pantanos de pegadorcito”en el área de concesión minera No IH3-10001X”, en los municipios de Frontinoy Dabeiba, Antioquia.

Artículo 2. COMUNICAR el presente acto administrativo a la sociedad DOWEAS.A.S, a la Corporación Para el Desarrollo Sostenible de Urabá- CORPOURABA,a los municipios de Dabeiba y Frontino (Antioquía) y a la Procuraduría Delegadapara Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios. Artículo 3. PUBLICAR el presente acto administrativo en la página web delMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Artículo 4. RECURSO. De conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de2011, contra el presente acto administrativo de trámite no proceden recursos,

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 1 1 DIC 2024 Sac|ADRIANA RIVERA BRUSATINDirectora de Bosques, Biodiversidad y Servicios EcosistémicosMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Proyectó: Helena González Torres/ Abogada contratista del GGIBREN de la DBBSE (2023)Revisó: Adriana Rueda Vega / Abogada contratista del GGIBRFN de la DBBSE PeAprobó: Luz Stella Pulido Pérez / Coordinadora GGIBRFN de la DBBSEExpediente: SRF 245Auto: “Por el cual se ordena el archivo del expediente SRF 245 y se adoptan otras determinaciones”Solicitante: Sociedad DOWEA S.A.S,Proyecto: Exploración minera temprana “pantanos de pegadorcito” en el área de concesión minera No IH3-10001X Página & de 5F-M-INA-57:V4 21-08-2024

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