MINAMBIENTE - Concepto 230728-024987 de 2022
Ministerio de Ambiente
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Concepto 230728-024987 de 2022
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2022
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONCEPTO JURÍDICO | ME DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica E el grado de Gestión
Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10
Bogotá D.C., 13002023E2024987 ¡Al responder por favor citese este número 13002023E2024987| Fecha Radicado: 2023-07-28 10:33:59 ¡Codigo de Verificación: 14996 Folios: 5
Radicador: Ventanilla Minambiente nexos: 0
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Señora
LADY PRIETO Correo: IprietoOpontonesyfernandez.com ASUNTO: CONCEPTO JURIDICO Normativa sobre residuos orgánicos.
Radicado 12023E1032525 del 24 de julio de 2023. Consulta trasladada por la Superintendencia de Servicios Públicos el 24 de julio del año en curso Respetada Lady: Teniendo en cuenta la consulta presentada mediante el radicado del asunto, nos permitimos plantear las siguientes consideraciones, dejando de presente que en concordancia con lo establecido la Ley 99 de 1993, el Decreto 3570 de 2011, la Ley 1755 de 2015, y el artículo 1.1.1.1.1 del Decreto 1076 de 2015, la presente consulta será resuelta en abstracto y no se referirá a ningún caso particular o concreto. l. ASUNTO A ATRATAR La Superintendencia de Servicio Públicos Domiciliarios, traslaedl ó2 4 de julio del presente su consulta que
contiene los siguientes interrogantes: 1“¿Existe alguna norma y/o regulación vinculante asociada al proceso de compostaje o biodegradación de residuos sólidos? 2"De conformidad con el alcance de sus competencias legales, ¿se ha expedido alguna política, programa, plan, Directiva o Concepto para realizar compostaje o tratamiento de biodegradación de residuos en el pais? s | “¿Cuáles son las plantas, empresas o centros autorizados para realizar compostaje o procesos de biodegradación a nivel industrial en el territorio nacional? 4'La Entidad, o en concurrencia con otras entidades o autoridades, lleva algún registro de las plantas de compostaje o biodegradación existentes en Colombia? “¿Cuál dependencia interna de la Entidad está asociada al tratamiento de residuos?” 6¿Cuáles son y dónde están ubicados los Rellenos Sanitarios o Plantas de Tratamiento de Residuos en el país? qué tipo de gestión y tratamiento de residuos se realiza en ellos? Está permitido el compostaje y algún proceso de biodegradación dentro de los rellenos sanitarios? de qué manera? Cómo interviene la Superintendencia?” Il. CONCEPTOS EMITIDOS POR LA OAJ La Oficina Asesora Jurídica de esta entidad, no ha emitido conceptos sobre el tema,
'L. ANTECEDENTES JURIDICOS
Calle 37 No. 8-40 1 h Conmutador +57 6013323400 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONCEPTO JURÍDICO pu DO[S DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica stes a integrado de Gestión
Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10
+ Constitución Política de Colombia “Artículo 365 . Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios. (...)” > Ley 142 de 1994 Numeral 14.24 del artículo 14, de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 1o de la Ley 689 de 2001, define el servicio público de aseo como: “Artículo 14. Definiciones (...) 14.24 Servicio público domiciliario de aseo. Es el servicio de recolección municipal de residuos principalmente sólidos. También se aplicará esta ley a las actividades complementarias de transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de tales residuos. Igualmente incluye, entre otras, las actividades complementarias de corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas; de lavado de estas áreas, transferencia, tratamiento y aprovechamiento” + Decreto 1076 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible ARTÍCULO 2.2.2.3.2.3 Competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales. Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002, otorgarán o negarán la licencia ambiental para los siguientes proyectos, obras o actividades, que se ejecuten en el área de su jurisdicción.
(...)
12. La construcción y operación de plantas cuyo objeto sea el aprovechamiento y valorización de residuos sólidos orgánicos biodegradables mayores o iguales a veinte mil (20. 000) toneladas/año. (...)” > Decreto 1784 de 2017 “Por el cual se modifica y adicionae l Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con las actividades complementarias de tratamiento. y disposición final de residuos, sólidos en el servicio público de aseo”. > Decreto 1369 DE 2020 “Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios > Resolución 938 de 2019 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, “Por la cual se reglamenta el Decreto 1784 del 2 de noviembre de 2017 en lo relativo a las actividades complementarias de tratamiento y disposición final de residuos sólidos en el servicio público de aseo.” “ARTÍCULO 70. POSTULADOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE TRATAMIENTO. La selección de proyectos de tratamiento de residuos sólidos en la prestación del servicio público de aseo deberá fundamentarse en los
siguientes postulados y criterios: Calle 37 No. 8 — 40 Conmutador +57 6013323400 2 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONCEPTO JURÍDICO : di
DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión juridica MADEIIO
Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10
Postulados: ¡. Deberá garantizarse el Saneamiento Básico territorial, li. Deberá asegurarse la prestación del servicio público de aseo.
fil. Deberá realizarse el análisis costo-beneficio entre el tratamiento o tratamientos a elegir y el relleno sanitario. ív, Deberá garantizarse la sostenibilidad del tratamiento o tratamientos seleccionados.
- Deberá realizarse el análisis de impacto tarifario.
Criterios:
- Tratamiento térmico con fines de recuperación de energía, en proyectos de más de 100,000 ton/año, donde los residuos tengan un poder calorífico mayor o igual a 7 MJ/ kg o menos de 100.000 ton/año, siempre y cuando que se garantice su sostenibilidad. li. Tratamiento biológico para residuos orgánicos separados en fuente, con recolección y transporte selectivo en escalas mayores o iguales a 20.000 toneladas por año. lli. Tratamiento biológico para residuos orgánicos separados en fuente, con recolección y transporte selectivo en escalas menores a 20.000 toneladas por año, siempre que se garantice su sostenibilidad.”
IV. CONSIDERACIONES JURIDICAS Teniendo en cuenta el marco jurídico citado en el numeral anterior, damos repuesta a los interrogantes de su consulta, que se enumeran por la entidad, para efectos de organización, en los siguientes términos: 1.'(..) ¿Existe alguna norma y/o regulación vinculante asociada al proceso de compostaje o biodegradación de residuos sólidos?
Dentro de la gestión integral de residuos ordinarios se encuentra la actividad de tratamiento, la cual, cuando la actividad se realiza en el marco del servicio público de aseo, le son aplicables las normas establecidas en el Decreto 1077 de 2015 del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio, modificado por el Decreto 1784 de 2017 y la Resolución 938 de 2019,
normas que reglamentan las actividades de tratamiento y disposición final de residuos sólidos. Así mismo, el Reglamento de Agua Potable y Saneamiento Básico — RAS, Título F, contiene lineamientos para el compostaje aeróbico, digestión anaeróbica y otras tecnologías de tratamiento de residuos sólidos. En materia ambiental, si la planta tiene por objeto el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos biodegradables y gestiona 20.000 o más toneladas al año de estos residuos, deberán contar con Licencia Ambiental para su construcción y operación, tramitada ante la Corporación Autónoma Regional o autoridad ambiental competente, del área donde se ubique el proyecto, tal como lo prescribe el Decreto 1076 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, así: ARTÍCULO 2.2.2.3.2.3 Competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales. Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002, otorgarán o negarán la licencia ambiental para los siguientes proyectos, obras o actividades, que se ejecuten en el área de su jurisdicción. (...)
12. La construcción y operación de plantas cuyo objeto sea el aprovechamiento y valorización de residuos sólidos orgánicos biodegradables mayores o iguales a veinte mil (20.000) toneladas/año. (...)”
Calle 37 No. 8-40 BY Conmutador +57 6013323400 3 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONCEPTO JURÍDICO )
DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica erugrado de Gestión Versión: ,1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10 2. “De conformidad con el alcance de sus competencias legales, ¿se ha expedido alguna política, programa, plan, Directiva o Concepto para realizar compostaje o tratamiento de biodegradación de residuos en el país?
De manera conjunta con el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Comisión de Regulación de Agua Potable y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el año 2022, expidieron la Guía Nacional para la Adecuada Separación de Residuos Sólidos, incluyendo allí los residuos de alimentos, dentro del grupo de residuos orgánicos y resaltando que la necesidad de reciclar deriva en el beneficio de ampliar la vida útil de los sitios de disposición final, se contribuye con la dignificación del trabajo de los recicladores al evitar contaminar residuos aprovechables y son un insumo para hacer compost, acondicionadores de suelo e incluso como generador de energía. 3. ¿Cuáles son las plantas, empresas o centros autorizados para realizar compostaje o procesos de biodegradación a nivel industrial en el territorio nacional? Es importante precisar que, si la planta tiene por objeto el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos biodegradables y gestiona 20.000 o más toneladas al año de estos residuos, deberán contar con Licencia Ambiental para su construcción y operación, tramitada ante la Corporación Autónoma Regional o autoridad ambiental competente, del área donde se ubique el proyecto (Decreto 1076 de 2015).
4. “¿La Entidad, o en concurrencia con otras entidades o autoridades, lleva algún registro de las plantas de compostaje o biodegradación existentes en Colombia? (...)” Respuesta: El registro de este tipo de plantas aplica cuando realizan la actividad en el marco del servicio de aseo, para el efecto deben tramitar y mantener actualizado el registro Único de Prestadores de Servicios Públicos, ante la Superintendencia den Servicios Públicos Domiciliarios aunado a lo indicado en el numeral precedente, que si se trata de plantas de aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos que gestione 20.000 o más toneladas al año requerirán licencia ambiental por parte de la autoridad en el área donde se encuentre la planta y allí podrá solicitar información sobre las mismas. 5'¿Cuál dependencia interna de la Entidad está asociada al tratamiento de residuos?” En el Ministerio es la Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana - DAASU la dependencia técnica encargada de pronunciarse con respecto al tema de residuos sólidos, 6'¿Cuáles son y dónde están ubicados los Rellenos Sanitarios o Plantas de Tratamiento de Residuos en el país?
Esta información se presenta en el Informe Nacional de Disposición Final, publicado todos los años por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliariss — SSPD, que se pueden consultar en http://www.superservicios.gov.co/publicaciones . El último informe disponible es el del año 2021. 7. “qué fipo de gestión y tratamiento de residuos se realiza en ellos? Está permitido el compostaje y algún proceso de biodegradación dentro de los rellenos sanitarios? de qué manera? Cómo interviene la Superintendencia?” En el sector ambiental, como se ha explicado en precedencia, corresponde a las Corporaciones Autónomas
Regionales, expedir los actos administrativos mediante los cuales se otorga Licencia Ambiental para la construcción y operación de los rellenos sanitarios que operan en el país. Calle 37 No. 8— 40 Conmutador +57 6013323400 4 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONCEPTO JURÍDICO dd MADA DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica cE r de Gestión
Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10
Son dichos actos administrativos, los que contienen los términos, condiciones y obligaciones establecidas para el desarrollo del proyecto y son objeto de control y seguimiento por parte de las autoridades ambientales que los expiden. Por lo tanto, de requerir información específica sobre algún relleno sanitario enE peta podrá dirigirse a dichas autoridades ambientales. Por otra parte, la vigilancia, seguimiento y control de los prestadores de cualquier actividad del servicio público de aseo, incluida la disposición final de residuos sólidos, está a cargo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios —- SSPD (Decreto 1369 de 2020).
V. CONCLUSIONES Las Plantas que tienen por objeto el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos biodegradables, en las que se gestionan 20.000 o más toneladas al año de estos residuos, deberán para su construcción y operación contar con Licencia Ambiental, tramitada ante la Corporación Autónoma Regional o autoridad ambiental competente, del área donde se ubique el proyecto.
El registro de este tipo de plantas aplica, cuando realizan la actividad en el marco del servicio público de aseo, para el
efecto deben tramitar y mantener actualizado el registro Unico de Prestadores de Servicios Públicos, ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. El presente concepto se expide a solicitud de Lady Prieto y con sujeción a lo consagrado en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015 el que reza: “Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a sii consultas 1n o serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”. Atentamente,
Cae A ANDREA BAQUERO
Jefe Oficina Asesora Jurídica —
Proyectó: Luz Stella Rodriguez Jara, Profesional Especializado OAJ
Reviso: Ema Judith Salamanca - Asesora OAJ
Calle 37 No. 8-40 5 Conmutador +57 6013323400 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia