MINAMBIENTE - Concepto 231219-044345 de 2024
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Concepto 231219-044345 de 2024
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
í , COLOMBIA
. í? POTENCIA DE LA U Ambiente VIDA [ Alresponder po fevor dieer estr número 15002023520443451 S = Fecha Redicado: 2025-12-15 17:19:57 ! enor , Coligo de Verificación: CISDI Fa 2 GERMAN ANDRES DUCON COTE Redicador. Ventantila Minambiento larexos: 0 Ministerto de Ambiente y Desarrolio 2astentnie Correo electronico: gduconOprocolombia.co Respetado Señor: Germán Andres Ducon Cote: ASUNTO: Respuesta a la solicitud con radicado No. 2023E1045952 - Otorgamiento Licencias proyectos de diferente Naturaleza. Teniendo en cuenta la solicitud presentada mediante el radicado del asunto, se plantean las siguientes consideraciones, dejando de presente que en concordancia con lo establecido la Ley 99 de 1993, el Decreto 3570 de 2011, por la Ley 1755 de 2015, y el artículo 1.1.1.1.1 del Decreto 1076 de 2015, la cual será resuelta en abstracto y no se referirá a ningún caso particular o concreto.
SOLICITUD: 1. “Ha llamado nuestra atención con recientes proyectos de energía (Hidrogeno), particularmente en la Guajira, la posibilidad de entregar más de una licencia ambiental a un — proyecto, si las condiciones del mismo no son uniformes (por ejemplo si se trata de un puerto para exportar, sumado a un proyecto de generación y/o transmisión), por lo que quisiéramos conocer cuál es la posición de la entidad sobre el particular, o si es posible una mejora a la
regulación, o una posible interpretación de las normas que permita esa posibilidad. 2. “"Hemos escuchado también que el Ministerio de Ambiente podría estar trabajando en los Términos de Referencia para la elaboración de estudios de impacto ambiental de licencias de H2. ¿De ser así, podrían compartirnos información al respecto? En primer lugar, se indica que desde el punto de vista técnico y conforme con lo establecido en los artículos 2.2.2.3.2.2 y 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015, se entiende que se trata de proyectos, obras o actividades de naturaleza distinta, cada uno de ellos sujeto a la licencia ambiental. Respecto a lo que el peticionario denomina una posible mejora a la regulación, se informa que a la fecha esta dependencia no adelanta modificación alguna al Decreto 1076 de 2015 en la que se contemple que dos o más proyectos, obras o actividades cuya finalidad sea distinta, puedan unificar el trámite para la obtención de licencia ambiental. Así mismo, el referido Decreto instituye la figura denominada “Integración de licencias ambientales”, descrito en el articulo 2.2.2.3.8.5. el cual señala: “ARTÍCULO 2.2.2.3.8.5. Integración de licencias ambientales. La licencia ambiental de un proyecto, obra o actividad podrá ser modificada para integrarla con otras licencias ambientales, siempre y e) e Calle 37 No. 8 - 40, Bogotá D.C., Colombia icontec icontec Conmutador: (+57) 601 332 3400 https://www.minambiente.gov.Co/
1SO 9001
F-E-SIG-26: V5 - 25/05/2023
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COLOMBIA E
[ C6 E “) Ambiente E cuando el objeto de los proyectos a integrar sea el mismo, sus áreas sean lindantes y se hubieren podido adelantar en un mismo trámite. En el caso de proyectos mineros se deberá observar lo dispuesto en el Código de Minas. Las licencias ambientales objeto de integración formarán un solo expediente.” Negrilla Fuera de Texto" De acuerdo con lo anterior se reafirma la razón por la cual un proyecto debe tener las mismas condiciones para ser licenciado, si no es así y corresponde a obras y actividades distintas le corresponde contar con la respectiva licencia ambiental. Respecto al segundo planteamiento, se informa que a la fecha no se adelanta por parte de esta Entidad, la elaboración de Términos de Referencia para el licenciamiento ambiental de proyectos de producción de Hidrógeno, se efectuó una reunión en agosto de 2023 con la Dirección de Cambio Climático de este Ministerio y Gestión del Riesgo y la ANLA para revisar los posibles impactos ambientales en la cadena de producción del hidrógeno verde, que es el que se produce coh fuentes de energía renovables, en la cual se estableció la importancia de avanzar en el conocimiento de las implicaciones ambientales y la regulación basada en estándares aplicables, teniendo en cuenta que los riesgos no están determinados por la capacidad de producción, sino por la cantidad de almacenamiento y transporte. Ahora bien, en el evento en que se determine que se deben elaborar Términos de Referencia para el _lícencia.miento ambiental de los proyectos de Hidrógeno, agradecemos y aceptamos la
disposición de Procolombia para participar desde sus competencias en la construcción de la propuesta normativa. CONCLUSIÓN Por lo anterior, se informa que este Ministerio no adelanta modificación alguna del Decreto 1076 de 2015, respecto de la licencia ambiental en la que se contemple que dos o más proyectos, obras o actividades cuya finalidad sea distinta se puedan unificar el trámite para la obtención de licencia ambiental, así mismo se adelante la elaboración de términos de Referencia para el licenciamiento ambiental de proyectos de producción de Hidrógeno. Atentamente,
lA ANDREA BAQUERO ORTEGÉ
Jefe Oficina Asesora Jurídica Elaboró. Yamir Jenaro Conto LópezAbogado contratista Oficina Asesora Jurídica Revisó y modifico: Myriam Amparo Andrade HernándezCoordinadora Grupo conceptos y normatividad en Biodiversidad Hermnan Dario Paez Gutierrez - Abogado Contratista - Oficina Asesora Jurídica
- (E | ! (k)) Calle 37 No. 8 - 40, Bogotá D.C., Colombia icontec: ME ¡contec Conmutador: (+57) 601 332 3400 m https://www.minambiente.gov.co/ F-E-SIG-26: Y5 - 25/05/2023
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