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MINAMBIENTE - Concepto 240919-036607 de 2022

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Concepto 240919-036607 de 2022
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

MINISTERIO DE AMBIENTE Y : DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica grado de Gestión

Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10

Bogotá D.C., y “E” 13 000 2.00 .2.4 E"2_ 0"3 "6 "6 07 Señor ) : Al responder por favor citese este número 13002024E2036607 GIORGY ALBERTO MERCHÁN HERRERA Fecha Radicado: 2024-09-19 09:39:46 le , Codigo de Verificación: 74653 Folios: 4

Correo electrónico: ggiorggy(Myahoo.es Radicador: Ventanilla Minambiente lAnexos: 0

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ASUNTO: CONCEPTO TÉCNICO Y JURIDICO. Permiso de emisión atmosférica para la prestación del servicio de cremación de cadáveres de animales. Radicado No. 2024E1040264 de fecha 9 de agosto de 2024.

Respetado señor Merchán: Teniendo en cuenta la consulta presentada mediante el radicado del asunto, nos permitimos plantear las siguientes consideraciones, dejando de presente que en concordancia con lo establecido la Ley 99 de 1993, el Decreto 3570 de 2011, la Ley 1755 de 2015, y el artículo 1.1.1.1.1 del Decreto 1076 de 2015, la presente consulta será resuelta en abstracto y no se referirá a ningún caso particular o concreto.

Il, ASUNTO A TRATAR: Manifiesta el peticionario: “Teniendo en cuenta que el PERMISO DE EMISIONES es el permiso que concede la CAR, mediante acto

administrativo para que una persona natural o jurídica pueda realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales; y, que requieren de este permiso, quienes pretendan realizar las actividades, obras o servicios relacionados en el artículo 2.2.5.1.7.2. del Decreto 1076 de 2015 y las industrias, obras, actividades o servicios en atención a las descargas de humos, gases, vapores, polvos o partículas, provenientes del proceso de producción, de la actividad misma, de la incineración de residuos, o de la operación de hornos o calderas, de conformidad con los factores y criterios previstos en la Resolución 619 del 7 de julio de 1997, emanada del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Asimismo, que se entiende por EMISIÓN: “Es la descarga de una sustancia o elementos al aire en estado sólido, líquido o gaseoso, o en alguna combinación de éstos, proveniente de una fuente fija o móvil”. De manera atenta y respetuosa, con base en el artículo 23 Superior, me permito solicitar su colaboración en otorgar respuesta a: - Una persona natural o jurídica que tiene para el ejercicio de su actividad comercial un horno para cremación de mascotas con las siguientes características certificadas por el fabricante ¿Requiere OBLIGATORIAMENTE tramitar el PERMISO DE EMISIONES ante una CAR? - El incinerador de la serie WFS es un tipo de máquina desarrollada sobre la base de tecnología japonesa. - El fabricante posee licencia europea de fabricación de equipos de prevención y control de la contaminación ambiental. 3 - Funciona con gas natural. - Operación totalmente cerrada para evitar

contaminación secundaria al medio ambiente. - Cámaras de combustión duales para asegurar la quema eficiente de los residuos. - Alta temperatura de hasta 1300 grados centígrados para lograr el efecto de Calle 37 No. 8-40 dl Conmutador +57 6013323400 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia MINISTERIO DE AMBIENTE Y EL CONCEPTO JURÍDICO: DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica ode coin Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10 esterilización y desinfección del gas. - Sin humo e inodoro. - Todos los combustibles diésel/GLP/gas natural son opcionales para cumplir con los diferentes requisitos de los clientes - Múltiples aplicaciones, adecuadas para diferentes tipos de tratamiento de residuos sólidos. La solicitud de este concepto se fundamenta en que, de acuerdo a la normatividad, el permiso de emisiones se requiere para EMISIONES QUE SE REALICEN AL AIRE EN ESTADO SÓLIDO, LÍQUIDO O GASEOSO, y teniendo en cuenta que el horno que he descrito en este documento REALIZA SU PROCESO DE FORMA TOTALMENTE CERRADA PARA EVITAR CONTAMINACIÓN AL MEDIO AMBIENTE, Y QUE NO EMITE HUMO NI OLORES, de acuerdo a la normatividad vigente, no se requiere el trámite de este permiso ante la respectiva CAR. (...)” Il. CONCEPTOS EMITIDOS POR LA OAJ No se han emitido conceptos jurídicos sobre el tema. Ill... ANTECEDENTES JURIDICOS > DECRETO 1076 DE 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible

Artículo 2.2.5.1.7.2 Casos que requieren permiso de emisión atmosférica. Requerirá permiso previo de emisión atmosférica la realización de alguna de las siguientes actividades, obras o servicios, públicos o privados: (...) h) Procesos o actividades susceptibles de producir emisiones de sustancias tóxicas; >. + RESOLUCION 909 DE 2008 Artículo 6”. Actividades industriales y contaminantes a monitorear por actividad industrial. En la Tabla 3 se establecen las actividades industriales y los contaminantes que cada una de las actividades industriales debe monitorear. Actividad industrial Procesos e instalaciones Contaminantes Procesamiento y Cualquier proceso e instalación donde se procese o transformelCOV transformación delel caucho natural o sintético. caucho natural y sintético Recubrimiento de[Cualquier operación de recubrimiento de muebles metálicos enCOV superficies a que se apliquen recubrimientos orgánicos. Calle 37 No. 8 — 40 Conmutador +57 6013323400 2 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia MINISTERIO DE AMBIENTE Y UA MCONCEPTO JURÍDICO: == DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica grado de on

Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10

Operaciones de recubrimiento iniciales, intermedias y finales! para vehículos automotores. Cualquier línea de recubrimiento usado en la manufactura de cinta sensible a la presión y materiales de etiquetado. Cualquier línea que aplique recubrimiento superficial a una tapa, puerta, cubierta, panel u otra parte de metal interior o

exterior o accesorio que es ensamblado para formar una estufa, horno, horno microondas, refrigerador, congelador, lavadora, secadora, lavador de platos, calentador de agua o compactador de basura para uso residencial, comercial o recreacional. Cualquier sistema de aplicación usado para aplica recubrimiento orgánico a la superficie de una tira continua del metal (rollos) y latas de bebidas. Cabina de rociado en la que se recubren las partes plásticas; para máquinas que usan métodos electrónicos o mecánicos para procesar información, realizar cálculos, imprimir o copiar información o convertir sonidos en pulsos eléctricos para transmisión. > RESOLUCION 760 DE 2010 Por la cual se adopta el Protocolo para el Control y Vigilancia de la Contaminación Atmosférica Generada por Fuentes Fijas, modificada mediante la Resolución 2153 de 2010

IV. CONSIDERACIONES JURIDICAS Y TECNICAS La Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana - DAASU mediante memorando con radicado

24012024E3013637 del 26 de agosto del presente, emitió concepto técnico en el que, sobre la consulta en estudio, manifestó: “En virtud de lo establecido en el literal h) del artículo 2.2.5.1.7.2 “Casos que requieren permiso de emisión atmosférica” del Decreto 1076 de 2015, para la prestación de servicios de cremación de cadáveres de humanos y animales se requiere de un permiso de emisión, el cual debe ser solicitado a la autoridad ambiental competente, quien es la encargada de realizar control y seguimiento, que se sujeta

a lo dispuesto en el Protocolo para el Control y Vigilancia de la Contaminación Atmosférica generada por Fuentes Fijas, adoptado por este Ministerio mediante la Resolución 760 de 2010 y a lo establecido en la Resolución 909 de 2008. En este sentido, es pertinente señalar que corresponde a la autoridad ambiental constatar las condiciones de la fuente de emisión para determinar la procedibilidad y condiciones para el otorgamiento o no del permiso de emisión atmosférica.” Así las cosas, la prestación del servicio de cremación de cadáveres de animales requiere permiso de emisiones atmosféricas y se encuentra sujeta al control y vigilancia por parte de la autoridad ambiental Calle 37 No. 8-40 Conmutador +57 6013323400 3 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia MINISTERIO DE AMBIENTE Y : CONCEPTO JURÍDICO DESARROLLO SOSTENIBLE Proceso: Gestión jurídica 0 den Versión: 1 Vigencia: 30/11/2022 Código: F-A-GJR-10 competente, quien además deberá constatar las condiciones de la fuente de emisión para determinar si es viable otorgar o no el referido permiso. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1076 de 015 en concordancia con las Resoluciones 909 de 2008 y 760 de 2010 y sus modificaciones.

V. CONCLUSIONES Nos atenemos a las conclusiones ya expuestas. El presente concepto se expide a solicitud del señor GIORGY ALBERTO MERCHAN y con sujeción a lo consagrado en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015 que reza: “Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a

peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”. Atentamente, ¡A ANDREA BAQUERO ORTEGONJefe Oficina Asesora Jurídica Elaboro: Luz Stella Rodriguez Jara - Profesional Especializado Grupo Conceptos y Políticas Sectoriales Calle 37 No. 8-40 Conmutador +57 6013323400 4 www.minambiente.gov.co Bogotá, Colombia

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