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MINAMBIENTE - Resolución 0174 de 2026

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 0174 de 2026
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

Ambiente RESOLUCION NUMERC 0174 oe_ 93 MAR 2026 "Por medio de !a cual se modifica la Resolucién 551 de 2022 que adoptd el Modelo de Desarrolio Sostenible y ei Plan de Manejo Ambientai del Area Marina Pretegida de los Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo Y se dictan otras disposiciones” £} Ministerio de Ambiente y Desarroilo Sostenible, en ejercicio de sus facuitades constitucicnaies y legaies, y en especial las convaridas en los numerales 11 y14 dei articuio 5 ae iz Ley 99 de 1993, el numeral 2 del articulo 2 del Decreto 3570 de 2011, CONSIDERANDG: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 2 del Decreto Ley 3570 de 2011, le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible disefiar y formular ia polftica nacional en reiacién con el ambiente y los recursos neturales renovables, asi como establecer |as regias y criterios de ordenamiento arnbiental del usc del territorio y de ics mares adyacentes, para asegurar su conservacién y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del ambiente. Que, mediante la Resolucién 456 de 2003 dei entonces Ministerio de Ambiente, ~Vivienda y Desarrollo Territorial, se dispuso iz elaboracién de un Modelo de Desarrollo Sostenible para los Archipiéiagos dej Rosario y de San Bernardo, cuyo objetivo general es: “Promover, a través de ia formulacién de un Modelo de Desarrollo Sostenible, la adopcién de medidas que permitan la restauracién, conservacién, manejo y uso sostenible de los ecosistemas presentes en el area,

objetivo general es: “Promover, a través de ia formulacién de un Modelo de Desarrollo Sostenible, la adopcién de medidas que permitan la restauracién, conservacién, manejo y uso sostenible de los ecosistemas presentes en el area, come apoyo a las comunidades {ocales, con el fin de lograr el aprovechamiento sostenible y alternativo de los recursos ambientales.” Que, mediante la Resolucion 679 de 2003, también del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se declaré el Area Marina Protegida de los Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo, se adopté su zonificacion interna y se dictaron otras disposiciones. Que, mediante la Resolucién 551 de 2022 de! Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se adoptd el Modelo de Dasarrolic Sostenible y ei Plan de Manejo Ambiental del Area Marina Protegida de ios Archipiélagos dei Rosario y de San Bernardo, y en su articulo 10 se dispuso la creacién y conformacién del Comité Ambiental Interinstitucional, comoc una instancia de coordinacién tendiente a garantizar la participacién de fas comunidades v realizar el seguimiento de los instrumentos adoptados. Que la Resolucién 551 de 2022 se expidié en desarroilo de io estabiecido en las Resoluciones 456 de 2003 y 679 de 2G05, y con el fin de dar cumplimiento a io ordenado en la Sentencia dei 24 de noviembre de 2011 dentro de la accién sopular radicada bajo el No. 25000-23-25-000-2003-21193-01(AP), que dispuso, eritre otros: "TERCERC: ORDENASE al Ministeric de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

sopular radicada bajo el No. 25000-23-25-000-2003-21193-01(AP), que dispuso, eritre otros: "TERCERC: ORDENASE al Ministeric de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para que, en forma mancomunada y cocrdinada con las restantes entidades demandadas, esto es, el INCODER, la Corporacidn Auténoma Regional del Canal def Dique ~CARDIQUE-, la Direccion General Maritima -DIMARy el Distrito Turfstico de Cartagena de Indias, ejecuten Pégina 1 de 4 F-M-INA-46:V5 17-02-202503 MAR 2026 - — 0174 v Ambiente "Por medic de la cual se modifica la Resolucion 551 de 2022 que adopt6 de Desarrollo Sostenible y el Pian de Maneio Ambiental del Area Marina Proteg los Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo y se dictan otras dispasicicnes” en un plazo no mayor de seis {6) meses las acciones tendientes a ia elaboracion del Modelo de Desarrollo Sostenible (MDS) para el Archipiélago de Nuestra Sefiora del Rosario y de San Bernardo. Los demandados quedan obligaccs & cooperar activamente en Iz materializacién del referido Mcdelo, a implementario y a cumplirlo, de acuerdo con el marco de sus competencias.

CUARTO: ORDENASE al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Terriix que en el mismo término de seis (6) meses, elzbore el Plan de Manejo del Arez Marina Protegida declarada en la Resolucion No. 0679 de 2005, referida a ics Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo.”

que en el mismo término de seis (6) meses, elzbore el Plan de Manejo del Arez Marina Protegida declarada en la Resolucion No. 0679 de 2005, referida a ics Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo.” Que el articulo 10 idem creé el Comité Ambiental Interinstitucional, como una instancia de coordinacién interinstitucional, con el fin de garantizar iz participacion de las comunidades y realizar ei seguimiento del Modelo ce Desarrollo Sostenible y del Plan de Manejo Ambiental; sin embargo, en su conformacién no se incluyd al Alcalde de! Distrito de Cartagena o su deiegado, quedando ia representacion distrital dnicamente en cabeza del Director de! Establecimiente Plblicc Ambiental de Cartagena —EPA Cartagena-—, entidad solo ejerce autoridad ambiental en una parte minima del poligono definid Area Marina Protegida (aquetla que coincide con ei perimetre urbanc del de Cartagena de Indias). Para esa fecha, ademas, el Director del EPA actuat como delegatario del Alcalde Distrital en virtud del Decreto Distrital 1338 dei 19 de octubre de 2020 (hoy derogado mediante ei Decreto Distrital 0029 dei 1. O de enero de 2024), para el cumplimients de algunas funciones en materiz ambientai, especialmente para dar cumplimiento a varias sentencias jud que ordenaron actividades tendientes a la proteccién dei ambiente, entre zlias, la decisién judicial antes referenciada. i { H i ; i § g | Que, en virtud de lo anterior, se hace necesaria la inclusién del Alcalde Mayor del Distrito de Cartagena de Indias como integrante del Comité Ambiental

i { H i ; i § g | Que, en virtud de lo anterior, se hace necesaria la inclusién del Alcalde Mayor del Distrito de Cartagena de Indias como integrante del Comité Ambiental Interinstitucional, dado su roi como méxima autoridad administrativa de! Dis v su responsabilidad en la implementacién y seguimiento de! Modeio de Desarrollo Sostenible y el Plan de Manejo Ambiental del Area Marina Protegida de los Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo. Que, adicionalmente, en sesién de! Comité Ambiental Interinstitucional del 27 de septiembre de 2024, la Alcaldia Distrital de Cartagena solicité formaimente la modificacion de la Resolucion 551 de 2022, en el sentido e incluir al Aicalde Mayor como miembro del referido comité. Que la situacion expuesta conlleva la necesidad de modificar ef articuio 10 de ia Resolucién 551 de 2022, con respecto a la composicién dei Comité Ambiental Interinstitucional del Area Marina Protegida de los Archipiélagos dei Rosario v de San Bernardo (AMP-ARSB), con el fir de incluir al alcalde Mayor del Distrito de Cartagena de Indias o su delegado. Que se hace necesario adicionar un paragrafo al articulo 10 de la resoiucién con el fin de mantener la coherencia institucional en la gestion del Area Marina Protegida de los Archipiélagos del Rosario y de San Bernardo. Este establecerd que las entidades que, como resultado de procesos de clarificacién, actuaciones administrativas o decisiones judiciales, pierdan competencia sobre el area Pagina 2 de 4

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Ambiente

que las entidades que, como resultado de procesos de clarificacién, actuaciones administrativas o decisiones judiciales, pierdan competencia sobre el area Pagina 2 de 4 F-M-INA-46:V5 17-02-20250174 ¥ Ambiente "Por medio de la cual se modifica la Reso;ucién 551 de 2022 que adopté el Modelo de Desarrollo Sostenible y el Plan de Manejo Ambiental del Area Marina Protegida de ios Archipiélagos del Rosario y de Szn Bernardo Y se dictan otras disposicicnes” protegida, dejardn de hacer parte del Comité Ambiental Interinstitucional sin necesidad de modificar expresamente !a presente resclucién, permitiendo as una composicion actualizada y alineada con las funciones y atribuciones de cada Que, mediante comunicacién remitida & este Ministerio el 24 de abril de 2025 por @ Asesor para Asuntos Ambi es del Aicalde Mayor del Distrito de Cartagena de Indias, se realizaron precisiones scbre las entidades con comoetencias ambientales en el correg'miento de Pasacaballcs. Lo anterior, en oncordancia con la reunidn sostenida el 16 de mayo de 2025 cor {a Oficina de P:aneacnm del Distrito, permite establecer que actuaimente se adelanta un proceso de clarificacion de las dreas de jurisdiccidn entre ai Establecimiento Piblico Ambiental —~EPA Cal‘cage’\a— i@ Corporacion Autdncma Regional dei Canal del Dique -Cardique-, en relacidn con paite de las zonas inciuidas en el poligono del Area Marina Protegida, especificamente ern el corregimiento r.encionado. e, en consecuencia, se hace necesario modificar el iiteral ¢) del articulo 12 de

poligono del Area Marina Protegida, especificamente ern el corregimiento r.encionado. e, en consecuencia, se hace necesario modificar el iiteral ¢) del articulo 12 de Resolucién en referencia, con ef fin de suprimir ja referencia final refativa a la competencia del EPA Cartagena sobre dicha adrea; de tai manera qus se entienda, ce forma amplia, que la competencia del ZPA Cartagena se extiende a todas ias S que integren, o hagaren a integrarse, al perrme’cro urbano del Distrito, sin discriminacidn a.gur‘a en cuento a su uhicacidn presente o futura. e, en mérito de lo expuesto, Qu RESUELYE: ticulo 1. Modificar el articulo 10 de la Resoiucién 551 de 2022, el cual quedard ARTICULO 10. - COMITE AMBIEHTAL INTERINSTITUCIONAL, Como una instancia de cocrdinacién interinstitucional y con el fin de garantizar la participacion de las comunidades y realizar el seguimicrico del VModelo de Desarrollo Sostenible y del Plan de Manejo Ambiental, se crea ef presente comité ambiental interinstitucional ei cual estard integraco asi:

1. E! Ministrc de Ambiente y Desa, rollo Sostenible o su delegado Guien o presidird.

Ej Director de la Corporacion Autdnoma Regicnal del Canal del Digue — CARDIQUEo su delegado.

3. E! Director de la Corporacion Autdnoma Regionai de los Valles del Sint y San Jorge —-CVSo su1 dalegado.

4. E! Director de la Corporacion Auténoma Regional de SucreCARSUCREo0 su delegado. 5, F Director de la Unidad Administrativa Especial de Parque Nacionales

y San Jorge —-CVSo su1 dalegado.

4. E! Director de la Corporacion Auténoma Regional de SucreCARSUCREo0 su delegado. 5, F Director de la Unidad Administrativa Especial de Parque Nacionales Naturales o su delegado.

6. El Director del Establecimiento Publico Ambiental — EPA Cartagena o su delegado.

7. Ei Alcalde Mayor del Distrito de Cartagena de Indias o su delegado.

8. Cuatro {4) delegados de las comunidades negras, de los sectores del srea Marina PwLec’/da designados por .a Asamblea de Censejos 03 MAR 2026 —03 MAR 2026 == — 0174

Ambiente "Por medio de la cual se modifica la Resclucién 551 de 2022 que adoptd el Models de Desarrollo Sostenible y el Plan de Manejc Ambiental del Area Marina Protegida de los Archipiéiagos del Rosario y de San Bernardo y se dictan otras dispos Comunitarios del Area Marina Frote 'a, por el periodo que en de su autonomia determiner El comité podré invitar a representantes de otras entidades publicas v/ privedas con experiencie para lo cual podra contar con ef apoyo de un coim técnico integrado per las entidades y organizaciones socizles organizadas corn fiinciones y competencias dentro del AMP. S Pardgrafo. En caso de que, como rasultado de procescs de clarificacién o decisiones administrativas o judiciales posteriores, se establezca que algiy de fas eniidades que lntegran el Comité Ambiental Interinstitucional competencia sobre el drea del Area Marina Protegida, dicha entidad d de hacer parte del Comité sin que se reguiera la modificacidn de «

de fas eniidades que lntegran el Comité Ambiental Interinstitucional competencia sobre el drea del Area Marina Protegida, dicha entidad d de hacer parte del Comité sin que se reguiera la modificacidn de « resolucidn. Esta exclusién operard de pleno derecho, con el objetivo de mantener fa coherencia institucional en la gestién del drea protegida”. Articule 2. Modificar el literal ¢) del erticulo 12 de la Resciucion 551 de 2022, el cual quedard asi: "C} El Establecimiento Publico Ambiental de Cartagena de Indias — Cartagena, segin io dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial de la Ciudad, e]erce(a la administracién de la parte urbana de Cartagenz cos ircigencia en el Area Marina Protegids”. Articule 2. Comunicaciones. Comuniguese el contenido de fa resolucidn a! Alcalde Mayor del Distrito de Cartegena de Indias y integranies del Comité Ambiental Interinstitucional. Articulo 4. Vigencia. La presente resolucién rige a partir de la fecha de su publicacién y modifica les articuios 10 v 12 de la Resoiucion 551 de 2022 en ios términos antes sefiaiados. Las deméds disoosiciones de la Resolucién 551 de 2022 contindan vigentes. Dada en Bogotd, D.C., a los 03 MAR 2026

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y COMPLASE

= IRENE VELEZ TORRES Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (E) ! Proyectd: Patricia Puche - Contratista DAMCRA ah“ i § Rafael Medina Whitaker - Contratista DAMCRflW/J i

= IRENE VELEZ TORRES Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (E) ! Proyectd: Patricia Puche - Contratista DAMCRA ah“ i § Rafael Medina Whitaker - Contratista DAMCRflW/J i Yudy Hernéndez - Frofesional DAMCRA g ) co 3. Sueen.

Reviso: Francisco Javier Alvarez Vargas - Director de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acudth 1

Edith Magnolia Bastidas Calderén - Viceministra de Politiczs y Normalizacién Ambiental P et H i 1

H H H I Aprobé: Laura Camila Ramos Diaz ~ Jefe Oficina Asesora Juridica, ! § i Pagina 4 ce 4

F-M-INA-46:V5 17-02-2025

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