MINAMBIENTE - Resolución 0753 de 2017
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Resolución 0753 de 2017
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2017
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Libertod y Orden
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN No. ) “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.”
LA DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS DEL
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE — MADS.
En ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución No. 0053 del 24 de enero de 2012 y, CONSIDERANDO ANTECEDENTES Que mediante oficio radicado No. 4120-E1-589 del 13 de enero de 2015, la sociedad l-CONSULT S.A.S., con NIT 900.307.562-1, solicitó la sustracción temporal de un área de 64,89 hectáreas de la Reserva Forestal de la Amazonía de la Ley 2? de 1959, para el desarrollo del proyecto hidroeléctrico TAMAS en jurisdicción del municipio de Campoalegre en el departamento del Huila. Que mediante Auto No. 06 del 27 de enero de 2015, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, inició la evaluación de la solicitud de sustracción temporal de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía de la Ley 2? de 1959.
Que los días 19 y 20 de febrero de 2015, se realizó visita al área solicitada en sustracción, cuyo fin era verificar las condiciones biofísicas de la misma y corroborar la información presentada por el peticionario mediante el soporte técnico obrante en el expediente SRF 331. Que mediante el Auto No. 161 del 25 de mayo de 2015, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de este Ministerio, requiere información adicional al peticionario de la sustracción de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía, establecida en la Ley 2% de 1959, para el desarrollo del proyecto hidroeléctrico TAMAS, con el fin que se aporte dicho requerimiento y se tome decisión de fondo respecto a la viabilidad o no de la solicitud de sustracción. Que mediante oficio radicado No. 4120-E1-39663 del 24 de noviembre de 2015, la empresa Il-CONSULT S.A.S. allega información dando alcance a los requerimientos del Auto de información adicional No.161 del 25 de mayo de 2015. Que mediante oficio radicado No. E1-2016-021243 del 11 de mayo de 2016, la empresa l-CONSULT S.A.S., allega información dando alcance al oficio No. 4120-E139663 del 24 de noviembre de 2015. SN xResolución No. del Hoja No. 2 a “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” FUNDAMENTOS TÉCNICOS Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el
determinaciones.” FUNDAMENTOS TÉCNICOS Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto — Ley 3570 de 2011, emitió concepto técnico No. 129 del 15 de noviembre de 2016, en el marco de lo establecido en la Resolución No.1526 de 2012, para la solicitud de sustracción temporal presentada por la empresa l-CONSULT S.A.S., para el desarrollo del proyecto hidroeléctrico TAMAS localizado en jurisdicción del municipio de Campoalegre en el departamento del Huila. Que dentro del mencionado concepto, esta Cartera evaluó la información que sustenta la solicitud de sustracción presentada por el peticionario, documento denominado: “SOLICITUD DE SUSTRACCIÓN TEMPORAL RESERVA FORESTAL DE LA AMAZONÍA PROYECTO HIDROELÉCTRICO TAMAS”, así como la información adicional y el alcance de la misma presentada en respuesta al Auto No. 161 del 25 de mayo de 2015, y el reporte de la visita técnica de campo frente a la cual señaló: re)
2. OBSERVACIONES DE LA VISITA TÉCNICA Durante la visita se realizó un recorrido por las diferentes áreas solicitadas a sustraer, iniciando desde el punto definido para captar las aguas del río Neiva, hasta el punto de descarga, incluyendo las áreas para los depósitos y accesos viales, para lo cual se utilizó la vía que comunica el municipio de Alegeciras con el municipio de Campoalegre. Por su parte, el área requerida para sustraer para el túnel de
de descarga, incluyendo las áreas para los depósitos y accesos viales, para lo cual se utilizó la vía que comunica el municipio de Alegeciras con el municipio de Campoalegre. Por su parte, el área requerida para sustraer para el túnel de conducción a flujo libre el cual es subterráneo, no fue posible su recorrido debido a las condiciones topográficas y geomorfológicas del terreno por donde se definió su trazado, caracterizado por ser un sistema montañoso con pendientes fuertes y pronunciadas y sin vías de acceso. De acuerdo con lo anterior durante la visita se evidenciaron los siguientes aspectos en cada uno de los poligonos solicitados a sustraer: Polígono 1: e Elárea solicitada a sustraer donde se proyecta la zona de captación y la boca de entrada del túnel de conducción, es caracterizado por la presencia de rastrojos y vegetación secundaria alta. Zona de captaciónmargen izquierda del río Sector donde iría la boca del túnel de Neiva conducción - margen derecha del río e El área solicitada a sustraer donde se proyecta el Deposito No. 1, se localiza sobre una curva en la margen izquierda de la vía Algeciras - Campoalegre en 7Resolución No. del d Hoja No. 3 yo “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” un sector altamente montañoso y de pendientes elevadas. No se evidenció vías de acceso al lugar lo que sumado a su morfología no permitió el ingreso al sito para verificar si en efecto la zona seleccionada correspondía a una
determinaciones.” un sector altamente montañoso y de pendientes elevadas. No se evidenció vías de acceso al lugar lo que sumado a su morfología no permitió el ingreso al sito para verificar si en efecto la zona seleccionada correspondía a una zona plana como así se afirma en el documento técnico. No obstante, por las características morfológicas de la formación montañosa, ésta se caracteriza por presentar pendientes moderadas a pronunciadas. di EA y , a” pe:
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Sector donde se proyecta el Deposito No. 1 ubicado sobre una curva al costado izquierdo de la vía 7 E e El área solicitada a sustraer donde se proyecta la construcción de la vía que permitiría acceder a la ventana de construcción (Tramo 5) estimada en una longitud de 115 m pero que sería adaptada a 350 m para lograr adecuados manejos del agua, está ubicada al lado derecho de la vía sentido Algeciras - Campoalegre. El sector es una pequeña cañada que forma la montaña que cuenta con una pendiente superior al 2% donde circula un drenaje natural (denominada Zanja del Oso) con presencia de vegetación secundaria altamente intervenida. En este punto la vía cuenta con una alcantarilla para el paso de las aguas del drenaje que desembocan en el río Neiva. Al momento de la visita no había drenaje de aguas lo que podría indicar que corresponde a un drenaje temporal. Sector proyectado para la vía de acceso a la Alcantarilla sobre la vía por donde atraviesan ventana de construcción las aguas del drenaje. e Enel área solicitada a sustraer donde se proyecta la rehabilitación y construcción de
Sector proyectado para la vía de acceso a la Alcantarilla sobre la vía por donde atraviesan ventana de construcción las aguas del drenaje. e Enel área solicitada a sustraer donde se proyecta la rehabilitación y construcción de una vía que permitirá acceder al tanque de carga (Tramos 2 y 3), de acuerdo con lo evidenciado en campo no existe ninguna vía terciaria sobre este sector. Esta zona es caracterizada por presentar una vegetación de tipo secundaria altamente intervenida y pastos arbolados sobre la parte más alta. Se evidenció la existencia de una vivienda en sus inmediaciones y cuenta con senderos y trochas utilizados posiblemente por habitantes de la zona. %Resolución No. | del Hoja No. 4 $ “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” Trocha con vegetación secundaria altamente intervenida e Elárea solicitada a sustraer donde se localizaría el tubo de conducción a presión, la casa de máquinas y de más obras asociadas, se encuentra localizado a lado derecho de la vía sentido Algeciras - Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos arbolados. Sector proyectado para la casa de máquinas y el tubo de conducción a presión e Elárea solicitada a sustraer donde se localizaría el canal de descarga, se localiza un poco más al Norte de la casa de máquinas al lado izquierdo de la vía sentido Algeciras - Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos arbolados.
poco más al Norte de la casa de máquinas al lado izquierdo de la vía sentido Algeciras - Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos arbolados. Sector proyectado para el canal de descarga entre el río Neiva y la víaResolución No. . del Hoja No. 5 o “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” Polígono 2: El área solicitada a sustraer donde se proyecta el Deposito No.2, se localiza sobre una curva en la margen izquierda de la vía Algeciras - Campoalegre en un sector altamente montañoso y pendiente elevadas. No se evidenció vías de acceso al lugar lo que sumado a su morfología no permitió el ingreso al sito para verificar si en efecto la zona seleccionada correspondía a una zona plana como así se afirma en el documento técnico. No obstante, por las caracteristicas morfológicas de la formación montañosa, ésta se caracteriza por presentar pendientes pronunciadas. Sector donde se proyecta el Deposito No. 2 ubicado sobre una curva al costado izquierdo de la vía Polígono 3: El área solicitada a sustraer donde se proyecta el Deposito No. 3, se localiza sobre una curva en el margen izquierdo de la vía sentido Algeciras — Campoalegre. En este sector se encuentra un acceso a una vivienda y existen señales de peligro por paso de tubería de gas de la empresa Alcanos de Colombia. Se encuentran coberturas de vegetación secundaria alta y pastos.
este sector se encuentra un acceso a una vivienda y existen señales de peligro por paso de tubería de gas de la empresa Alcanos de Colombia. Se encuentran coberturas de vegetación secundaria alta y pastos. Sector donde se proyecta el Deposito No. 3 ubicado sobre una curva al costado izquierdo de la vía Polígono 4: En el área solicitada a sustraer donde se proyecta el Deposito No. 4, se localiza sobre el margen derecho de la vía sentido Algeciras — Campoalegre. Es un sector altamente montañoso y con pendientes elevadas. En este sector existe un drenaje natural que si bien su caudal no es permanente, su cauce está bien definido por la cañada que conforma la montaña y la vegetación de protección presente, así como también por la alcantarilla que permite el paso del agua bajo la vía. No se evidenció vías de acceso al lugar lo que sumado a su morfología no permitió el ingreso al sito para verificar si en efecto la zona seleccionada correspondía a una zona plana como así se afirma en el documento técnico. No obstante, por las características morfológicas de la formación montañosa, ésta se caracteriza por presentar pendientes pronunciadas. Sector donde se proyecta el Deposito No. 4 ubicado al costado derecho de la vía donde se observa la alcantarilla donde atraviesan las aguas del drenaje.Resolución No. Y del Hoja No. 6 a “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones.” Polígono 5: El área solicitada a sustraer donde se proyecta el Deposito No.5, se
Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones.” Polígono 5: El área solicitada a sustraer donde se proyecta el Deposito No.5, se encuentra sobre el margen derecho de la vía sentido Algeciras — Campoalegre. Es un sector montañoso y con pendientes elevadas. Esta presenta un drenaje natural que si bien su caudal no es permanente, su cauce está bien definido por la cañada que conforman la montaña y la vegetación de protección presente, así como también por la alcantarilla que permite el paso del agua bajo la vía. No se evidenció vías de acceso al lugar lo que sumado a su morfología no permitió el ingreso al sito para verificar si en efecto la zona seleccionada correspondía a una zona plana como así se afirma en el documento técnico. No obstante, por las caracteristicas morfológicas de la formación montañosa, ésta se caracteriza por presentar pendientes pronunciadas y una cobertura de vegetación secundaria. Sector donde se proyecta el Deposito No. 5 Alcantarilla sobre la vía por donde atraviesan ubicado en un sector al costado derecho de la las aguas del drenaje. via Polígono 6: El área solicitada a sustraer donde se localizaría el campamento cercano a la casa de máquinas, se caracteriza por ser terreno con poca pendiente al costado derecho de la vía sentido Algeciras — Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos arbolados. Justo al otro costado de la vía se pueden evidenciar cultivos de arroz. Predio donde se localizaría el campamento Cultivos de arroz
presentar una cobertura de pastos arbolados. Justo al otro costado de la vía se pueden evidenciar cultivos de arroz. Predio donde se localizaría el campamento Cultivos de arroz Polígono 7: El área solicitada a sustraer donde se localizaría el Deposito No.6, se localiza sobre un terreno con poca pendiente al costado derecho de la vía sentido Algeciras - Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos arbolados y el cauce de un drenaje natural que cruza la vía por medio de una alcantarilla.
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Sector donde se proyecta el Deposito No. 6 Alcantarilla sobre la vía por donde atraviesan ubicado en este predio al costado derecho de las aguas del drenaje. la víaResolución No. del Hoja No. 7 N “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones.” Polígono 8: El área solicitada a sustraer donde se localizaría el Deposito No. 7, se localiza sobre un terreno plano al costado derecho de la vía sentido Algeciras — Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos. Se evidenció la existencia de una vivienda justo al otro costado de la vía. pc a ade Sector donde se proyecta el Deposito No. 7 Vivienda localizado al otro costado de la vía Polígono 9: El área solicitada a sustraer donde se localizaría el Deposito No. 8, se localiza sobre un terreno plano al costado derecho de la vía sentido Algeciras -— Campoalegre. Este
Polígono 9: El área solicitada a sustraer donde se localizaría el Deposito No. 8, se localiza sobre un terreno plano al costado derecho de la vía sentido Algeciras -— Campoalegre. Este sector se caracteriza por presentar una cobertura de pastos y la presencia de un drenaje natural con vegetación de protección de evidencia su trazado. Sector donde se proyecta el Deposito No. 8 ubicado en este predio al costado derecho de la vía. Se observa la vegetación riparia por donde corren las aguas del drenaje natural] (y De la evaluación a la información presentada por la sociedad I-CONSULT S.A.S., con NIT 900.307.562-1, en la solicitud de sustracción, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, realizó las siguientes consideraciones de orden técnico: “El peticionario mediante información adicional disminuye el área inicialmente solicitada a 8,9 hectáreas, en las cuales se adelantará el cambio de uso del suelo para la adecuación de la infraestructura de apoyo a la actividad hidroeléctrica; identificando 4,44 ha como sustracción temporal y 4,46 ha para sustracción definitiva. La sustracción temporal se distribuye en seis (6) polígonos donde se adelantará la adecuación de tres zonas de disposición de materiales sobrantes de excavación y tres áreas para la construcción de infraestructura de apoyo como: talleres, campamentos, centro de acopio de material y planta de trituración y concretos, como se puede ver en las siguientes imágenes. 4 ANY EN ASResolución No. j del Hoja No. 8 “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva
centro de acopio de material y planta de trituración y concretos, como se puede ver en las siguientes imágenes. 4 ANY EN ASResolución No. j del Hoja No. 8 “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” _ Imagen No. 4 Área solicitada en sustracción temporal Foto e ES rush E adn! e A El peticionario establece como el tiempo de duración de la sustracción de las áreas temporales un periodo equivalente a la etapa constructiva equivalente a doce meses. El área en sustracción definitiva se distribuye en cuatro polígonos donde se proyecta adelantar la construcción del azud de captación, desarenador, la plazoleta, portal del túnel, canal de aducción entre azud y el desarenador, ventana de construcción del túnel, casa de máquinas, canal de descarga y nuevas vías de acceso, como se puede observar en la imagen No. 5.
- Figura No. 5 Área solicitada en sustracción temporal A AN | >. me sm
ONResolución No. del Hoja No. 9 e “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” Al verificar las coordenadas de los polígonos de interés, con la zonificación ambiental adoptada por la Resolución No. 1225 del 2013 “Por el cual se adopta la zonificación y el ordenamiento ambiental de la Reserva Forestal de la Amazonia, establecida en la Ley
adoptada por la Resolución No. 1225 del 2013 “Por el cual se adopta la zonificación y el ordenamiento ambiental de la Reserva Forestal de la Amazonia, establecida en la Ley 2 de 1959, en los departamentos de Caquetá, Guaviare, y Huila y se toman otras determinaciones”, se identificó que el total del área solicitada en sustracción, se ubica al interior de la zona tipo C, ver imagen No. 6, las cuales por sus características biofísicas ofrecen condiciones para el desarrollo de actividades agroforestales y silvopastoriles u otras compatibles con la reserva sin que implique la reducción de las áreas de bosque natural en sus diferentes estados sucesionales. Imagen No. 6 Ubicación del área solicitada en sustracción en relación con la zonificación ambiental de la RF de la Amazonia establecida mediante la Ley 2 de 1959. | S PES En el 67% del área solicitada, 6 ha, se presenta coberturas de vegetación secundaria baja y alta, en el restante 33%, 2,9 ha, pastos arbolados; estas coberturas son el resultado de las actividades económicas, especialmente las relacionadas con el sector agropecuario, que desarrollan los habitantes que se asientan en la zona causando; estas actividades han causado la deforestación en el área, lo que ha conllevando a la degradación de las coberturas naturales por la extracción de especies de madera valiosa y de gran porte, así como su fragmentación. Imagen No. 7 Coberturas vegetales en el área solicitada en sustracción as o a” hna pe — — > a. La fragmentación en la zona se puede observar a través de la herramienta cartográfica
valiosa y de gran porte, así como su fragmentación. Imagen No. 7 Coberturas vegetales en el área solicitada en sustracción as o a” hna pe — — > a. La fragmentación en la zona se puede observar a través de la herramienta cartográfica google Earth, donde se puede observar en el área de influencia del área solicitada en sustracción, la presencia de una matriz de pastos, cultivos agrícolas con parches de vegetación secundaria, ver imagen No 8, como se observó en la visita técnica adelantada en la zona. Imagen No. 8 Espacialización de parches de vegetación.Resolución No. - del Hoja No. 10 “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” Sin embargo es importante resaltar que 0,68 ha del área solicitada en sustracción que cuenta con vegetación secundaria baja, se traslapa con uno de los polígonos identificados a escala 1:100.000 de ecosistemas de bosque seco tropical. El bosque seco tropical es uno de los ecosistemas más amenazados del país, actualmente sobrevive menos del 10% de los bosques originales, toda vez que se ven afectados por fuertes procesos de fragmentación y deterioro por las actividades antrópicas. Para este caso en concreto, el área solicitada en sustracción definitiva se ubica en el borde de unos de los polígonos identificados como ecosistema de bosque seco, con un área aproximada de 70 ha y a una distancia de 3,8 km al polígono más cercano; ver imagen No. 9a, características que lo hacen vulnerable al efecto borde, además de la
área aproximada de 70 ha y a una distancia de 3,8 km al polígono más cercano; ver imagen No. 9a, características que lo hacen vulnerable al efecto borde, además de la dificultad de migración y dispersión de especies de fauna y flora, el flujo genético y la conservación de las especies propias de estos ecosistemas. Se suma a lo anterior los procesos de expansión de la frontera agropecuaria, en el área del polígono, evidenciándose por la presencia de cobertura de pastos arbolados y la fragmentación de coberturas que se encuentran en los primeros estadios sucecionales, como el generado por la vía de primer orden, sentido Algecirascampoalegre, que pasa por la mitad del polígono. Imagen No. 9 Ecosistema de bosque seco tropical PA ES En relación a la fauna, la mayor parte de las especies son de tipo generalistas las cuales se adaptan y resisten algún grado de disturbio y son tolerantes a áreas muy perturbadas, con requerimientos ecológicos poco exigentes. En cuanto a los servicios ecosistémicos relacionados con el recurso hídrico que se pueden ver afectados por el cambio de uso del suelo, el peticionario afirma que de acuerdo con los estudios adelantados en la zona especialmente en el río Neiva que abastece de agua a poblaciones asentadas en la zona, mantendrá un caudal ecológico propuesto de 1,48 m/s, el cual, de acuerdo con la serie de registros históricos del río se presentaría solamente en el mes más seco del año (septiembre), ya que para el resto el año se mantendría un caudal remanente promedio de 2,62 m'/s, lo que según el peticionario permitiría que las condiciones de los ecosistemas no sufran cambios
el año se mantendría un caudal remanente promedio de 2,62 m'/s, lo que según el peticionario permitiría que las condiciones de los ecosistemas no sufran cambios severos, lo que mantendría los servicios ecosistémicos especialmente los relacionados con los de regulación y aprovisionamiento. En cuanto a los cuerpos de agua superficiales, el peticionario allegó la capa temática de hidrología con la que se evidenció el traslape del área solicitada en sustracción en varios polígonos donde se adelantará cambios de uso del suelo para la construcción de la vía de acceso a la plazoleta, vía de acceso a la casa de máquinas y de estructuras de apoyo a la actividad hidroeléctrica con la zanja el Oso y el río Neiva, y su respectiva ronda de o protección hídrica, ver imagen No. 10, que de acuerdo con el artículo 83 del Decreto —- AResolución No. del Hoja No. 11 pa “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” Ley 2811de 1974, se define como una faja no menor a 30 metros de ancha a cada lado del cauce y que acorde con el artículo 3 del Decreto No. 1449 de 1977 se debe mantener en cobertura boscosa. Por lo tanto, el peticionario debe adelantar todas las medidas necesarias, principalmente en relación con la conservación de las coberturas que estén presentes en el área de protección hídrica de las corrientes superficiales, especialmente de las que se intersectan con la vías y las infraestructuras relacionadas con el canal de descarga,
en relación con la conservación de las coberturas que estén presentes en el área de protección hídrica de las corrientes superficiales, especialmente de las que se intersectan con la vías y las infraestructuras relacionadas con el canal de descarga, teniendo en cuenta que en estas áreas de retiro, las coberturas forestales fungen como retenedoras de sedimentos, corredores de biodiversidad, barrera natural de protección del cauce y de regulación del caudal, además de ser zonas que proveen de servicios ecosistémicos relacionados principalmente con el recurso hídrico. Imagen No. 10 Área de protección hídrica e : = a ó POS A poe ' ' ii " y == — El AID del proyecto se caracteriza por presentar un relieve fuertemente quebrado a fuertemente escarpado con pendientes predominantes mayores al 50 %, además de identificarse en la zona amenazas por remoción de masa y de inundación de tipo moderado y sísmica de tipo alto, en este sentido es importante que el peticionario tenga en cuenta estos procesos para que no aumente la probabilidad de ocurrencia de estos eventos y se genere afectación a los servicios ecosistémicos que provee el recurso del suelo. El peticionario describe en el documento técnico, que el proyecto se conectará con el Sistema de Transporte de Energía a través de un campo en la subestación de Hobo de la Electrificadora del Huila S.A; donde se debe construir una línea de distribución que va desde la subestación en la casa de máquinas del proyecto y la subestación de interconexión con una longitud aproximada de 7,5 km de distancia y con una capacidad de transporte estimada en 26,4 MW. Sin embargo, el peticionario no presenta ni delimita el área donde se generará cambio de uso de suelo para la adecuación e instalación de
interconexión con una longitud aproximada de 7,5 km de distancia y con una capacidad de transporte estimada en 26,4 MW. Sin embargo, el peticionario no presenta ni delimita el área donde se generará cambio de uso de suelo para la adecuación e instalación de las torres de energía que hacen parte de la línea de distribución. En este sentido, el peticionario deberá adelantar la solicitud de sustracción del área donde se genere cambio de uso del suelo por la adecuación de las torres de energía que hagan parte del trazado de la línea de distribución que va desde la subestación de Hobo de la Electrificadora del Huila S.A, hasta la subestación de la casa de máquinas que hace parte del proyecto de la central hidroeléctrica TAMAS. Por otra parte, es importante resaltar que el peticionario en la modificación de las áreas solicitadas en sustracción no solicita el área antes identificada para la adecuación del túnel de conducción a flujo libre el cual de acuerdo a la información técnica se extiende desde la captación hasta el tanque de carga y está diseñado con el 90% de la profundidad del área de su sección, ver imagen No. 11, en este sentido el peticionario deberá adelantar cualquier actividad sin realizar ningún cambio de uso de suelo sobre la zona de trazado definido para el túnel de conducción a flujo libre, en caso de necesitar yResolución No. del Hoja No. 12 8 N “Por medio de la cual se sustrae definitivamente y temporalmente unas áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” adelantar un cambio de uso del suelo sobre la zona el peticionario deberá solicitar el área en sustracción.
Forestal de la Amazonía establecida en la Ley 2? de 1959, y se toman otras determinaciones.” adelantar un cambio de uso del suelo sobre la zona el peticionario deberá solicitar el área en sustracción. -_ Imagen No. 1 0 Túnel de conducción a flujo libre Aunque como ya se mencionó, sobre el trazado del túnel de conducción a flujo libre no se adelantará un cambio de uso del suelo para adelantar las actividades de su construcción, es importante resaltar que se cruzan aproximadamente tres (3) corrientes superficiales con el trazado, ver imagen No. 12 que drenan hacia el Río Neiva (Quebrada La Pedregosa, zanja el Oso y quebrada La angelina), por lo tanto se hace un llamado de atención a la autoridad ambiental competente que adelante la evaluación de la solicitud de licencia ambiental para que solicite las medidas de manejo necesarias para minimizar las afectación a los servicios ecosistémicos especialmente los relacionados con los de regulación y aprovisionamiento, y para mantener la calidad y cantidad del recurso hídrico de estas corrientes superficiales. Imagen No. 11 Corrientes hídricas que se interceptan con el trazado del Túnel de conducción a flujo libre El peticionario menciona la adecuación de plantas de trituración y de concretos que será utilizadas en la etapa de construcción de la infraestructura de apoyo a la actividad hidroeléctrica así como para la construcción de las nuevas vías de acceso, en este sentido es importante recordarle al peticionario que los materiales que se utilicen para la construcción de la vía o las obras de infraestructura y que sean suministrados por proveedores de materiales deben contar con todos los permisos de ley, entre ellos la
sentido es importante recordarle al peticionario que los materiales que se utilicen para la construcción de la vía o las
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