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MINAMBIENTE - Resolución 1159 de 2025

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 1159 de 2025
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Ambiente RESOLUCIÓN NÚMERO, DE “Por la cual se perfecciona el acceso a los recursos genéticos y sus productosderivados en los términos del Contrato Individual de Acceso a los RecursosGenéticos y sus Productos Derivados No. 404 de 2024, suscrito entre elMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellín” LA DIRECTORA DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOSECOSISTEMICOS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral14 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, laResolución No. 1092 del 6 de agosto de 2025, y CONSIDERANDO ANTECEDENTES Que mediante el radicado No. 43724 del 31 de diciembre de 2020, la UniversidadDe Medellín presentó oficio mediante el cual se acogen al amparo de laexcepcionalidad contenida en el artículo 6° de la Ley 1955 de 2019, mediante elcual requieren autorización a las actividades de acceso a recursos genéticos ysus productos derivados llevadas a cabo en desarrollo del proyecto deinvestigación denominado: “Producción de biomasa de cianobacterias nativas enaguas residuales industriales y su aplicación biotecnológica” Que EL MINISTERIO, mediante Auto No. 266 del 16 de agosto de 2024 por elcual se admitió la solicitud de contrato de acceso a recursos genéticos y susproductos derivados para autorizar las actividades de acceso a recursosgenéticos y a sus productos derivados en desarrollo del proyecto de investigacióntitulado: “Producción de biomasa de cianobacterias nativas en aguas residualesindustriales y su aplicación biotecnológica”; solicitud presentada bajo el amparode la excepcionalidad contenida en el artículo 6° de la Ley 1955 de 2019.

Que, dando cumplimiento a lo ordenado en el precitado auto, la Universidad DeMedellin mediante radicado No. 2024E1045019 del 2 de septiembre de 2024allegó a EL MINISTERIO, la constancia de publicación de un extracto de lasolicitud. Que EL MINISTERIO emitió el Dictamen Técnico Legal No. 367 del 10 dediciembre de 2024, mediante el cual se analizó técnica y jurídicamente lasolicitud de contrato de acceso a los recursos genéticos y sus productosderivados presentada por la Universidad De Medellín y se recomendó suaceptación mediante acto administrativo motivado. Que EL MINISTERIO emitió la Resolución No. 1860 del 26 de diciembre de 2024,mediante la cual se aceptó la solicitud de contrato presentada por la UniversidadDe Medellín para amparar las actividades de acceso a los recursos genéticos ysus productos derivados, bajo la excepcionalidad contenida en el artículo 6° dela Ley 1955 de 2019 desarrolladas en el proyecto, se acogió en su integridad el Página 1 de 6F-M-INA-46:V5 17-02-20252 0 AGO 2025 |]71159 “Por la cual se perfecciona el acceso a ¡os recursos genéticos y sus productos derivados en los términosdel Contrato Individual de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404 de2024, suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellín”Dictamen Técnico Legal No. 367 del 10 de diciembre de 2024, se aceptó a laUniversidad CES como Institución Nacional de Apoyo y se dio apertura a la etapade negociación del contrato de acceso a los recursos genéticos y sus productosderivados.

Que EL MINISTERIO, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 30 de laDecisión Andina 391 de 1996, mediante radicado No. 21032025E2015866 del13 de mayo del 2025 citó a la Universidad De Medellín para adelantar el procesode negociación y concertación de los términos del contrato, lo cual estáconsignado en acta de fecha 28 de mayo de 2025. Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad deMedellín suscribieron el 9 de julio 2025, el Contrato de Acceso a los RecursosGenéticos y Productos Derivados No. 404, mediante el cual se amparan lasactividades de acceso a los recursos genéticos y productos derivados endesarrollo del programa de investigación titulado: “Producción de biomasa decianobacterias nativas en aguas residuales industriales y su aplicaciónbiotecnológica”, de conformidad con la Decisión Andina 391 de 1996 y bajo laexcepcionalidad contenida en el artículo 6% de la Ley 1955 de 2019. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 de la Decisión Andina391 de 1996, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, procederá aexpedir la presente resolución mediante la cual se perfeccione el acceso a losrecursos genéticos y sus productos derivados en los términos del Contrato deAcceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404 de 2024.

FUNDAMENTOS LEGALES

FUNDAMENTOS LEGALES Que el artículo 42 del Decreto 2811 del 18 de diciembre de 1974 Código Nacionalde los Recursos Naturales afirma que “Pertenecen a la Nación los recursosnaturales renovables y demás elementos ambientales regulados por este Códigoque se encuentren dentro del territorio nacional, sin perjuicio de los derechoslegítimamente adquiridos por particulares (...)”, condición que circunscribe a losrecursos genéticos y sus productos derivados, por encontrarse contenidos enrecursos biológicos. Que el artículo 81 de la Constitución Política, en su inciso segundo, determinaque el Estado regulará el ingreso y salida de los recursos genéticos del país, y eluso de estos recursos de acuerdo con el interés nacional. Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es la Autoridad rectoraencargada de la gestión del ambiente y de los recursos naturales renovables,impulsando una relación de respeto y armonía del hombre con la naturaleza ydefinir en los términos de la Ley 99 de 1993, las políticas y regulaciones a lasque se sujetarán la recuperación, conservación y protección, ordenamiento,manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables con elpropósito de asegurar el desarrollo sostenible. Que de conformidad con el numeral 20 del artículo 5% de la Ley 99 de 1993,corresponde a esta cartera Ministerial, coordinar, promover y orientar lasacciones de investigación sobre el ambiente y los recursos naturales renovables,establecer el Sistema de Información Ambiental y organizar el inventario debiodiversidad de los recursos genéticos nacionales.

Página 2 de 6F-M-INA-46:V5 17-02-202520 aw 25 —459 i id “Por la cual se perfecciona el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados en los términosdel Contrato Individual de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404 de2024, suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellín” Que el numeral 21 del artículo 5% de la norma anteriormente citada, indica quees función de este Ministerio, la obtención, uso, manejo, investigación,importación, exportación, así como la distribución y el comercio de especies yestirpes genéticas de fauna y flora silvestre; y a su vez, el numeral 38 ibidem,señala que es responsabilidad de este Ministerio vigilar que el estudio,exploración e investigación realizada por nacionales y extranjeros con respectoa nuestros recursos naturales renovables respete la soberanía nacional y losderechos de la Nación colombiana sobre sus recursos genéticos. Que la Ley 165 del 9 de noviembre de 1994 por la cual se aprobó el Conveniosobre la Diversidad Biológica, tiene como objetivos la conservación de ladiversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y laparticipación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilizaciónde los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado aesos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes,teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías,así como una financiación apropiada.

Que el 2 de julio de 1996, la Comunidad Andina por medio de la Comisión delAcuerdo de Cartagena, aprobó la Decisión Andina 391 (Régimen Común sobreAcceso a los Recursos Genéticos) instaurando que los países ejercen soberaníasobre sus recursos genéticos y sus productos derivados y en consecuenciadeterminan las condiciones de su acceso, lo cual rige en armonía con loenunciado en el Convenio Sobre Diversidad Biológica, suscrito en Río de Janeiroen junio de 1992. Que la referida Decisión Andina 391 de 1996, tiene como objetivo la regulacióndel acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados pertenecientes alos Países Miembros, con la finalidad de definir las condiciones para unaparticipación justa y equitativa en los beneficios derivados del acceso. Que el artículo 38 de la referida Decisión Andina 391 de 1996, establece que:“(..) una vez adoptado y suscrito el contrato, en unidad de acto se emitirá laresolución correspondiente, la que se publicará junto con un extracto delcontrato en el diario de amplia circulación nacional. A partir de ese momento seentenderá perfeccionado el acceso (...)”. Que el Decreto 730 de 1997, designó como Autoridad Nacional Competente enmateria de acceso a los recursos genéticos, al Ministerio de Ambiente, Vivienday Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, enlos términos y para los efectos de la Decisión Andina 391 de 1996 de la Comisióndel Acuerdo de Cartagena.

Que a su vez, el numeral 14 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011, pormedio del se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente yDesarrollo Sostenible, determinó como función del Director de Bosques,Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, la de adelantar el trámite relacionadocon las solicitudes de acceso a los recursos genéticos, aceptar o negar lasolicitud, resolver el recurso de reposición que se interponga y suscribir loscontratos correspondientes. Página 3 de 6F-M-INA-46:V5 17-02-2025“Por la cual se perfecciona el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados en los términosdel Contrato Individual de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404 de2024, suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellín”Que el Decreto 1076 de 2015, por el cual se expide el Decreto ÚnicoReglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, regula lainvestigación científica sobre diversidad biológica y se contempla, entre otrascosas, que aquellas que involucren actividades que configuren acceso a losrecursos genéticos, sus productos derivados O el componente intangible,quedaran sujetas a lo previsto en el mismo y demás normas legales vigentesque regulen el acceso a los recursos genéticos.

Que el artículo 6° de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 por el cual se expidióel plan nacional de desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por laEquidad”, estableció que: "(..) Las personas naturales O jurídicas, nacionales o extranjeras, que a laentrada en vigencia de la presente Ley hayan realizado o se encuentrenrealizando actividades de investigación con fines de prospección biológica, quecontemple actividades de acceso a recursos genéticos y/o sus productosderivados sin contar con la autorización del Ministerio de Ambiente y DesarrolloSostenible - MADS, tendrán dos años a partir de la entrada en vigencia de lapresente Ley, para solicitar ante dicha entidad, el Contrato de Acceso a losRecursos Genéticos y sus Productos Derivados. El Ministerio citado podrá otorgareste contrato, aun cuando los especímenes utilizados para las actividades deacceso a recursos genéticos o sus productos derivados señaladas en el incisoanterior no cuenten con los permisos de colecta (...)”. Que mediante la Resolución No. 1092 del 06 de agosto de 2025, JAIRTON HABITDIEZ DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.425.977, quien sedesempeña en el empleo el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 18, fuenombrado en encargo en el cargo de Director Técnico, Código 0100, Grado 22,de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de la Plantade Personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y por lo tanto,se encuentra facultado para suscribir el presente acto.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Perfeccionar el acceso a los recursos genéticos y sus productosderivados de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la DecisiónAndina 391 de 1996 y en el Contrato Individual de Acceso a los RecursosGenéticos y sus Productos Derivados No. 404 de 2025, suscrito entre elMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellín, elcual tiene por objeto amparar las actividades de acceso a los recursos genéticosy productos derivados en desarrollo del proyecto de investigación titulado:“Producción de biomasa de cianobacterias nativas en aguas residualesindustriales y su aplicación biotecnológica” Artículo 2. Notificar de forma electrónica el contenido del presente ActoAdministrativo a la Universidad de Medellín identificada con NIT 890.902.920-1,a través de su representante legal o su apoderado, debidamente constituido, alos correos electrénicos rectoria@udem.edu.co yksarellana@udemedellin.edu.co. Página 4 de 6F-M-INA-46:V5 17-02-20251159 20 Aco 25 — Ambiente “Por la cual se perfecciona el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados en los términosdel Contrato Individual de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404 de2024, suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellin”

Artículo 3. Dispóngase la publicación del presente acto administrativo en lapágina web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en aplicación delos principios de publicidad y transparencia. Artículo 4. Comunicar en forma electrónica a la Universidad CES, el contenidode la presente resolución de perfeccionamiento en su calidad de InstituciónNacional de Apoyo, a través de los correos electrónicos rectoriaces@uces.edu.coy permisosambientalesuces@ces.edu.co Artículo 5. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, elcual deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a sunotificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 de la Ley1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativoy de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, D.C. alos 29 AGO 2025

— 2JAIRTON HABIT DI AZDirector (E) de Bosques, Biodiversidad y Servicios EcosistémicosProyectó: Sergio Alejandro Arias Rios — Abogado Contratista del Grupo de Recursos Genéticos - DBBSE. KyRevisó: Andrea Esperanza Hernández Muñoz - Profesional Universitario del Grupo de Recursos Gengiicos - DBBSE.Anchea ofAprobó: Efrain Torres Ariza - Profesional EspecializadoGrupo de Recursos Genéticos - DBBSE. £/2

Expediente: RGE-00480

Página 5 de 6F-M-INA-46:V5 17-02-2025“Por la cual se perfecciona el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados en los términosdel Contrato Individual de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404 de2024, suscrito entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Medellín”

EXTRACTO.

Contrato de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 404de 2025.

Objeto del Contrato: El ministerio como Autoridad Nacional Competente en materia de acceso a losrecursos genéticos en Colombia, ampara las actividades de acceso a los recursosgenéticos y sus productos derivados realizadas por LA UNIVERSIDAD, endesarrollo del proyecto de investigación titulado: “Producción de biomasa decianobacterias nativas en aguas residuales industriales y su aplicaciónbiotecnológica”, de conformidad con la Decisión Andina 391 de 1996 y bajo laexcepcionalidad contenida en el Artículo 6 de la Ley 1955 de 2019.

Solicitante:

UNIVERSIDAD DE MEDELLINNIT. 890.902.920-1

Responsable técnico de la investigación: Liliana Rocío Botero Botero

Institución Nacional de Apoyo: Universidad CES Plazo de ejecución: Un (1) año Fecha de firma del contrato: 9 de julio de 2025

Expediente: RGE-00480

Página 6 de 6F-M-INA-46:V5 17-02-2025

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