MINAMBIENTE - Resolucion 1193 de 2025

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolucion 1193 de 2025
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Ambiente RESOLUCIÓN a 1 1 9 3 pe 28460 2025 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible E en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que confiere el artículo 211 de la Constitución Política, el literal c del artículo 26 de la Ley 99 de 1993, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, numeral 3 del artículo 6 del Decreto Ley 3570 de 2011, modificado por el Decreto 1682 de 2017, los 34, 35 y 37 a 41 de la Ley 99 de 1993, y el Decreto 877 del 5 de agosto de 2025, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley 99 de 1993, se creó el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se reordenó el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables y se organizó el Sistema Nacional Ambiental. Que, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 23 de la Ley 99 de 1993, “Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de

geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente”, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, la citada Ley establece en su artículo 24 que “Las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán tres órganos principales de dirección y administración a saber: a. La Asamblea Corporativa; b. El Consejo Directivo; y C. El Director General”. Que, el artículo 26 de la Ley 99 de 1993 dispone que el Consejo Directivo es el órgano de administración de la Corporación y estará conformado, entre Página 1 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-2025ae “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” otros, por un representante del Ministro del Medio Ambiente, hoy, Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que en relación con la representación del Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible en los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, el Departamento Administrativo de la Función Pública en concepto 20256000400821 del 20 de agosto de 2025, manifestó lo siguiente: “De acuerdo con lo previsto en la norma transcrita [Artículo 26 de la Ley

Autónomas Regionales, el Departamento Administrativo de la Función Pública en concepto 20256000400821 del 20 de agosto de 2025, manifestó lo siguiente: “De acuerdo con lo previsto en la norma transcrita [Artículo 26 de la Ley 99 de 1993], se tiene que, salvo norma especial, de manera general (sic)la conformación de los consejos directivos de una corporación autónoma regional se tendrá en cuenta un representante del Presidente de la República y un representante del Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Lo anterior implica, en criterio de esta Dirección Jurídica, que de manera general, la representación del Presidente de la República o del Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el consejo directivo de una corporación autónoma regional CAR, no se enmarca dentro de la figura de la delegación, sino en calidad de representante. [J En ese orden de ideas y teniendo en cuenta que no existen lineamientos para la designación del representante del Presidente de la República o del Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se considera que no existe impedimento para escoger un servidor público o un particular y para determinar la forma de escogencia y de vinculación; sujeto en todo caso, a lo que establezca en los estatutos de la Corporación Autónoma. (subrayas fuera de texto) Es de aclarar que la representación no implica la trasferencia(sic) de funciones, que es propia de la delegación. [...] Al tercer interrogante del escrito: ¿Cuál sería el medio o instrumentos Jurídicos para su designación?, se considera que la designación deberá efectuarse mediante acto administrativo, que es el mecanismo natural e idóneo mediante el cual se pronuncia la administración pública”

Al tercer interrogante del escrito: ¿Cuál sería el medio o instrumentos Jurídicos para su designación?, se considera que la designación deberá efectuarse mediante acto administrativo, que es el mecanismo natural e idóneo mediante el cual se pronuncia la administración pública” Que de conformidad con el concepto en referencia, se revisaron los estatutos Corporativos de las veintiséis (26) Corporaciones Autónomas Regionales, encontrando que en cuatro (4) de ellas, a saber: CARDIQUE, CARSUCRE, CRA, y CORPOBOYACA, se dispone que sus Consejos Directivos están integrados entre otros miembros, por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado; en las otras veintidós (22) Corporaciones Autónomas Regionales, la participación de este Ministerio en sus Consejos Directivos se enuncia como lo dispone el numeral c) del articulo 26 de la Ley 99 de 1993. Página 2 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-20252 8 AGO 2095 — 7 1193 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Que los artículos 34, 35, 37, 38, 39, 40 y 41 de la citada Ley, entre otros aspectos, establecen las particularidades para la conformación de los Consejos Directivos de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible, disponiendo que, en el caso de las corporaciones previstas en los artículos 34, 37, 38, 40 y 41, dichos consejos estarán integrados por el Ministro de

Consejos Directivos de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible, disponiendo que, en el caso de las corporaciones previstas en los artículos 34, 37, 38, 40 y 41, dichos consejos estarán integrados por el Ministro de Ambiente, hoy Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o su delegado; y que, en el caso de las corporaciones a que se refieren los artículos 35 y 39, los consejos directivos estarán conformados, entre otros, por el Ministro de Ambiente, hoy Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible, quien los presidirá, o por el Viceministro. Que, la Ley 768 de 2002 "Por la cual se adopta el Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta", dispuso en su artículo 13 lo siguiente: "Los Distritos de Cartagena, Santa Marta y Barranquilla ejercerán, dentro del perímetro urbano de la cabecera distrital, las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales en lo que fuere aplicable al medio ambiente urbano, en los mismos términos del artículo 66 de la Ley 99 de 1993”. Adicionalmente, el citado artículo dispuso que los Establecimientos Públicos que los Consejos Distritales crearan para desempeñar las funciones de autoridad ambiental en estos Distritos Especiales, contarían con un consejo directivo conformado entre otros miembros por el Ministro del Medio Ambiente o su delegado, hoy, Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, en desarrollo de la Ley 768 de 2002 el Concejo Distrital de Cartagena

consejo directivo conformado entre otros miembros por el Ministro del Medio Ambiente o su delegado, hoy, Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, en desarrollo de la Ley 768 de 2002 el Concejo Distrital de Cartagena de Indias, mediante acuerdos 029 de 2002 y 003 de 2003, dispuso la creación y funcionamiento del Establecimiento Público Ambiental de Cartagena de Indias - EPA Cartagena, y determinó como órganos de dirección y administración, el Consejo Directivo y el Director General, estableciendo en relación con el Consejo, que el mismo está integrado entre otros, por el Ministro del Medio Ambiente o su delegado, hoy, Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, así mismo, el Concejo del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, mediante Acuerdos 016 de 2002 y 005 de 2003 creó el Departamento Administrativo Distrital del Medio Ambiente - DADMA, hoy Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental - DADSA, y estableció que su dirección y administración está a cargo del Consejo Directivo y el Director, definiendo, además, que del Consejo Directivo hará parte, entre otros, el Ministro del Medio Ambiente o su delegado, hoy, Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Página 3 de 22

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T 1193 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Ambiente

T 1193 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Ambiente Que, mediante el Decreto 0842 de 2016, el Alcalde del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, dispuso la creación del Establecimiento Público Ambiental Barranquilla Verde EPA BARRANQUILLA VERDE y señaló como Órganos de Dirección y Administración de este, el Director General y el Consejo Directivo, este último conformado, entre otros, por el Ministro del Medio Ambiente o su delegado, hoy, Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, el Concejo Distrital de Buenaventura mediante el Acuerdo 034 del 6 de diciembre de 2014, en su artículo 3 dispuso la creación del Establecimiento Público Ambiental del Distrito de Buenaventura - EPA para que ejerza las funciones de autoridad ambiental en el área urbana y suburbana distrital, y señaló como Órganos de Dirección y Administración del mismo, el Director General y el Consejo Directivo, este último conformado, entre otros, por el Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, establece lo siguiente: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo

mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley”. Que, es importante destacar que, tratándose de los Consejos Directivos de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible y los Establecimientos Públicos Ambientales, las normas antes citadas hacen referencia de la figura de “delegación”, y al respecto el Departamento Administrativo de la Función Pública en concepto 20256000400821 del 20 de agosto de 2025, manifestó lo siguiente: Página 4 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-202528 AGO 2025 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” “En este orden de ideas, en criterio de esta Dirección Jurídica, el(la) Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrá delegar en los empleados del nivel directivo o asesor del respectivo ministerio”.

“En este orden de ideas, en criterio de esta Dirección Jurídica, el(la) Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrá delegar en los empleados del nivel directivo o asesor del respectivo ministerio”. Que, mediante el Decreto Ley 3570 de 2011, modificado por el Decreto 1682 de 2017, se modificaron los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integró el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, fijándose sus funciones y responsabilidades. Que el numeral 3 del artículo 6 de este mismo decreto dispuso que, son funciones del Despacho del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, entre otras "Designar los delegados ante los consejos directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible”. Que la organización sectorial establecida por el Decreto-ley 3570 de 2011 (modificado por el Decreto 1682 de 2017) faculta a la cabeza del Sector Para dirigir, coordinar y articular las entidades adscritas y vinculadas; por ello, en ejercicio de los principios de eficacia, economía y celeridad (art. 209 de la Constitución Política), resulta técnica y organizacionalmente conveniente que, tratándose de representación ante las CAR, se designe, cuando sea necesario, personal de entidades adscritas del Sector (como la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales), para asegurar presencia oportuna y cualificada en las sesiones, así como coherencia técnica con la política ambiental. Que la multiplicidad, dispersión territorial y simultaneidad de sesiones de los órganos de dirección de las CAR, aunada a la complejidad de los asuntos, demanda garantizar una cobertura institucional suficiente con perfiles

política ambiental. Que la multiplicidad, dispersión territorial y simultaneidad de sesiones de los órganos de dirección de las CAR, aunada a la complejidad de los asuntos, demanda garantizar una cobertura institucional suficiente con perfiles especializados; en esa medida, la designación de representantes fuera de este Ministerio contribuye a mitigar riesgos de inasistencia, evitar diferimientos, preservar el quórum decisorio y elevar la calidad técnica de las decisiones. Que, el 28 de julio de 2025, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución N° 1056 "Por medio de la cual se realizan delegaciones permanentes ante los Consejos Directivos de Corporaciones Autónomas Regionales, Corporaciones Autónomas de Desarrollo Sostenible y Autoridades Ambientales Urbanas y se derogan unas disposiciones". Que, se hace necesario realizar la designación de los representantes de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante los consejos directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y de los delegados ante los Página 5 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-202526 AGO 2095 S| “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Consejos Directivos de las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas mencionadas. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO 1

REPRESENTANTES DE LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO

SOSTENIBLE ANTE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS

CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO 1

REPRESENTANTES DE LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO

SOSTENIBLE ANTE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS

CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES.

Artículo 1. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL ALTO MAGDALENACAM, a la doctora LORENA MONTOYA DIAZ identificada con la cédula de ciudadanía 1.053.794.382, quien desempeña el empleo de Asesor, código 1020, Grado 15 de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de la CAM, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el doctor OMAR ARIEL GUEVARA MANCERA, identificado con la cedula de ciudadanía 79.470.202, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 13 de laco planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 2. La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible asistirá de manera permanente al Consejo Directivo de la CORPORACIÓN

AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR.

Parágrafo. En aquellos casos en los cuales la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo

AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR.

Parágrafo. En aquellos casos en los cuales la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de la CAR, asistirá como su representante suplente, la doctora CLAUDIA ADALGIZA ARIAS CUADROS, identificada con la cédula de ciudadanía 60.250.256, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 13 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 3. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la Página 6 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-20251193 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” 28 AGO 2025 CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE RISARALDA - CARDER, al doctor JORGE ENRIQUE JIMÉNEZ GUACANEME, identificado con la cédula de ciudadanía 80.128.270, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 13 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de la CARDER, asistirá

Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de la CARDER, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la doctora EMMA JUDITH SALAMANCA GUAUQUE, identificada con la cédula de ciudadanía 46.667.625, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 11 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Oficina Asesora Jurídica. Artículo 4. Designar como delegado(a) permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL CANAL DEL DIQUECARDIQUE, el Subdirector(a) Técnico(a), Código 0150, Grado 21 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Subdirección de Educación y Participación. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el delegado(a) permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de CARDIQUE, asistirá como delegada suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la doctora MERY ASUNCION TONCEL GAVIRIA, identificada con la cédula de ciudadanía 41.732.216, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 12 de la planta de personal del ministerio, adscrito al Despacho del Viceministerio de Políticas y Normalización Ambiental y ejerce sus funciones en la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental - SINA.

1020, Grado 12 de la planta de personal del ministerio, adscrito al Despacho del Viceministerio de Políticas y Normalización Ambiental y ejerce sus funciones en la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental - SINA. Articulo 5. Designar como delegado permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE SUCRE - CARSUCRE, al Director(a) Técnico(a), Código 0100, Grado 22 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Cambio Climático y Gestión del Riesgo Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el delegado(a) permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de CARSUCRE, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la doctora MERY ASUNCION TONCEL GAVIRIA, identificada con la cédula de ciudadanía 41.732.216, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 12 de la planta de personal del ministerio, Página 7 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-202528 AGO 2025 “7 fp 1199 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” O e E Ambiente adscrito al Despacho del Viceministerio de Políticas y Normalización Ambiental y ejerce sus funciones en la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental - SINA.

O e E Ambiente adscrito al Despacho del Viceministerio de Políticas y Normalización Ambiental y ejerce sus funciones en la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental - SINA. Artículo 6. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE SANTANDER - CAS, al Director(a) Técnico(a), Código 0100, Grado 22 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de la CAS, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el doctor JESUS ANTONIO CASTRO GONZALEZ, identificado con la cédula de ciudadanía 79.238.267, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 9 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 7. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA - CDMB, al Viceministro(a), Código 0020 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito al Despacho del Viceministerio de Ordenamiento Ambiental del Territorio. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no

la planta de personal de este Ministerio, adscrito al Despacho del Viceministerio de Ordenamiento Ambiental del Territorio. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de la CDMB, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el doctor JESUS ANTONIO CASTRO GONZALEZ, identificado con la cédula de ciudadanía 79.238.267, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 9 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 8. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA - CORANTIOQUIA, a la doctora MARIA ALEJANDRA GOMEZ GUTIERREZ, identificada con la cédula de ciudadanía 1.026.280.644, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 15 de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA. Página 8 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-2025= 119 3 28 AGO 2005 7 Ambiente “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Parágrafo. En aquellos casos en los cuales la representante permanente no

Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Parágrafo. En aquellos casos en los cuales la representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de CORANTIOQUIA, asistirá

como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la doctora CLAUDIA ADALGIZA ARIAS CUADROS, identificada con la cédula de ciudadanía 60.250.256, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 13 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental - SINA. Artículo 10. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL MAGDALENACORPAMAG, al Directora(a) Técnico(a), Código 0100, Grado 22 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de CORPAMAG, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la doctora MERY ASUNCION TONCEL GAVIRIA, identificada con la cédula de ciudadanía 41.732.216, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 12 de la planta de personal del ministerio, adscrito al Despacho del Viceministerio de Políticas y Normalización Ambiental y ejerce sus funciones en la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y sistema Nacional Ambiental - SINA. Página 9 de 22

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Ambiental y ejerce sus funciones en la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y sistema Nacional Ambiental - SINA. Página 9 de 22 F-M-INA-46:V5 17-02-202528 AGO 2025 - 1195 “Por medio de la cual se designan los representantes permanentes ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, los delegados ante las Corporaciones de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Urbanas, y se adoptan otras disposiciones” Ambiente Artículo 11. Designar como delegado(a) permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE BOYACÁ - CORPOBOYACÁ, al director(a) Técnico(a), Código 0100, Grado 22 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales el delegado(a) permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de CORPOBOYACÁ, asistirá como delegada suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la doctora EDNA ROCIO VANEGAS RODRIGUEZ, identificada con la cédula de ciudadanía 1.110.446.406, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 11 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 12. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la

adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 12. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - CORPOCALDAS, a la doctora CLAUDIA LILIANA QUIJANO, identificada con la cédula de ciudadanía 65.810.009, quien desempeña el empleo Jefe Oficina Asesora, Código 1045, Grado 16 de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA. Parágrafo. En aquellos casos en los cuales la representante permanente no pueda asistir a las sesiones del Consejo Directivo de CORPOCALDAS, asistirá como representante suplente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el doctor OMAR ARIEL GUEVARA MANCERA, identificado con la cédula de ciudadanía 79.470.202, quien desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 13 de la planta de personal de este Ministerio, adscrito a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental — SINA. Artículo 13. Designar como representante permanente de la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible ante el Consejo Directivo de la CORPO

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