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MINAMBIENTE - Resolución 1516 de 2022

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 1516 de 2022
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

REPÚBLICA DE COLOMBIA

AR OLLO SOSTENIBLE e 1d (17 NG 2022) “Por la cual se adopta el reglamento de la mesa de seguimiento a los acuerdos colectivos 2022-2023” LA VICEMINISTRA DE POLITICAS Y NORMALIZACIÓN AMBIENTAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el artículo 211 de la Constitución Política, el Decreto 3570 de 2011, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con las organizaciones sindicales Unión Sindical del Sector Ambiente -USSA y la Asociación de Empleados Públicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible — ASOAM adelantaron la negociación colectiva, la cual tuvo como resultado el ACUERDO COLECTIVO suscrito mediante acta el día 02 de junio de 2022. Que, dando cumplimiento al Acuerdo citado, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expidió la Resolución 0578 del 02 de junio de 2022 que en su capítulo | artículo 4 señala que se debe expedir un acto administrativo que formalice la MESA DE SEGUIMIENTO a los acuerdos colectivos. Que el 01 de noviembre de 2022 se instaló de manera oficial la mesa de seguimiento al acuerdo colectivo 2022-2023 y se determinaron los parámetros, reglas y facultades de la mencionada mesa. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Adoptar el reglamento de la mesa de seguimiento a los acuerdos colectivos

mencionada mesa. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Adoptar el reglamento de la mesa de seguimiento a los acuerdos colectivos con base en lo dispuesto en el acta de instalación de dicha mesa en reunión del día 01 de noviembre, en la cual se acordó lo siguiente: “Definición términos de la mesa de seguimiento

1. La comisión permanente de seguimiento de los Acuerdos entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con las organizaciones sindicales USSA y ASOAM, estará conformada exclusivamente por dos (2) delegados por cada sindicato (4 personas en total), los cuales serán designados de manera oficial por el presidente y dos (2) representantes de la administración delegados por la ministra.

2. Esta comisión se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses dentro de la primera semana de cada mes, en el lugar, fecha y hora que convengan las partes. Según sea necesario, FAAANA-48 Wersión 1 06/09/2018 a y)Resolución No. del Hoja No, 2 a DN “Por la cual se establece la mesa de seguimiento a los acuerdos colectivos 2022-2023” se podrán adelantar reuniones extraordinarias fas cuales deben solicitarse con 8 días calendario de anterioridad especificando el tema a tratar. Las reuniones extraordinarias podrán ser solicitadas por cualquiera de las tres partes. Las sesiones tendrán una duración máxima de media jornada laboral.

3. La comisión se debe tener una agenda previa para cada reunión, una matriz de los acuerdos con los responsables y el respectivo plazo de cumplimiento. Será responsabilidad de la administración la entrega del documento y el soporte de cumplimiento de los acuerdos presentados. La agenda, la matriz y los soportes deben ser

acuerdos con los responsables y el respectivo plazo de cumplimiento. Será responsabilidad de la administración la entrega del documento y el soporte de cumplimiento de los acuerdos presentados. La agenda, la matriz y los soportes deben ser compartidos con los integrantes de la mesa con 15 días de antelación a la sesión.

4. Las sesiones de seguimiento ordinarias y extraordinarias se adelantarán en media jornada laboral y mediante este acto administrativo se extenderá el respectivo permiso sindical para la asistencia de los delegados de la mesa conforme al calendario aprobado por las partes,

5. Seproducirá por cada reunión un acta de las actuaciones, la cual será socializada a toda fa comunidad de MINAMBIENTE a través de los canales oficiales establecidos (correo, cartelera, intranet, etc). Dichas actas serán levantadas por la secretaría técnica y aprobadas en la sesión de seguimiento.

6. La comisión también deberá hacer seguimiento y velará por la implementación de los acuerdos de años anteriores y posteriores, resolverá cualquier controversia de interpretación sobre los mismos.

7. Las reuniones tendrán como objetivo fratar los asuntos directos y los conexos con el cumplimiento de los acuerdos sindicales.

8. A las reuniones podrán asistir los invitados que se consideren necesarios, según la agenda a desarrollar. 9, La Secretaría técnica será ejercida por la administración y tendrá las siguientes funciones: e Recibir y tramitar las comunicaciones y solicitudes de la mesa.

Enviar invitaciones a las sesiones ordinarias y extraordinarias. Remitir la documentación pertinente a cada sesión (Matriz, soportes y la agenda). Levantar un acta por cada sesión ordinaria o extraordinaria. Publicar el acta aprobada y firmada de cada sesión en los canales institucionales.

Remitir la documentación pertinente a cada sesión (Matriz, soportes y la agenda). Levantar un acta por cada sesión ordinaria o extraordinaria. Publicar el acta aprobada y firmada de cada sesión en los canales institucionales. Y las demás que surjan en el desarrollo de la mesa. El MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE garantizará el cumplimiento de los acuerdos sindicales, respondiendo a los principios de progresividad y no regresividad de los derechos individuales y colectivos, así como fembién garantizará la continuidad de los beneficios e incentivos individuales y colectivos en monto y personal beneficiado. No será permitida la entrega de beneficios parciales a los servidores que los soliciten. También se compromete a maximizar los recursos para cubrir fodas las solicitudes de los funcionarios que opten al derecho adquirido.” Articulo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los Viceministra de Políticas y Normalización Ambiental Proyectó: Alejandra Benedetty - Abogada Secretaria General , Revisó: Andrés Elías Jaramillo Rivera - Asesor Secretaría General, Coordinador Grupo Talenta Human ÑO Aprobó: Cesar Eduardo Camargo Ramírez — subdirector Administrativo y Financiero 0 A Ramon Eduardo Villamizar Maldonado — Secretario General JAfuna, O a FM-INA-45 Versión 1 08/09/2018 y)

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