MINAMBIENTE - Resolución 1843 de 2013
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Resolución 1843 de 2013
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2013
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN No. 1 8 lA 3 (16 DIC 208) “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA,
MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA RESERVA FORESTAL DEL
PACIFICO”
LA DIRECTORA DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS En ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución No. 0053 del 24 de enero de 2012 y,
CONSIDERANDO: ANTECEDENTES Que mediante escrito radicado 4120E1 — 56697 del 22 de Noviembre de 2012, el Señor Luis Eduardo Vargas Tabares, actuando como Alcalde del Municipio de Calima — El Darién, solicitó el registro de la sustracción del Centro Poblado del Corregimiento de la Gaviota de la Reserva Forestal del Pacifico establecida por la ley 2? de 1959 a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. Es este sentido, con la información presentada se procedió a la apertura al expediente SRFO0157.
Mediante escrito radicado 4120-E2-56697 del 27 de noviembre de 2012, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA solicitó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, adelantar la evaluación técnica correspondiente de la citada en la solicitud. FUNDAMENTO TECNICO Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función
correspondiente de la citada en la solicitud. FUNDAMENTO TECNICO Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto — Ley 3570 de 2011, emitió concepto técnico No. 106 del 22 noviembre de 2013 en el cual analizó toda la información referente al registro, establecida mediante las resoluciones 763 de 2004 y 871 de 2006, modificada por la Resolución 1917 de 2011. Que el mencionado concepto señala: “(..) El Señor Alcalde Luis Eduardo Vargas Tabares presenta la solicitud de registro de la sustracción del área del centro poblado de La Gaviota, Municipio Calima — El Darién. Esta solicitud se encuentra acompañada de documentos en medio físico y magnético, descritos en el numeral 3.1.
3. EVALUACIÓN DE LA :NFORMACIÓN yA
del 41,0 DIC 2018 Hoja No.2 Resolución No. POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA /” “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL Ea) RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO” Se adelantó la revisión de la información presentada por el Municipio con base en los requisitos establecidos en las resoluciones 763 de 2004, 871 de 2006 y 1971 de 2011, encontrándose lo siguiente: 3.1. INFORMACIÓN PRESENTADA a) Delimitación del área a sustraer De acuerdo con los documentos presentados, referidos a la delimitación del área de
encontrándose lo siguiente: 3.1. INFORMACIÓN PRESENTADA a) Delimitación del área a sustraer De acuerdo con los documentos presentados, referidos a la delimitación del área de registro de sustracción, se encuentran en medio magnético y físico lo siguiente: Tabla 1. Contenido y descripción de la Cartografía presentada MEDIO CONTENIDO DESCRIPCION División política Delimitación del corregimiento de Cartografía básica y veredal del municipio Gaviota de Calima — El Darién. Estos documentos | Geología son presentados en formato .dwg (Autocaa). | Zonificación Zonas de protección Magnético Erosión (2 CDS) Zonas de vida Cartografía del Corregimiento de Gaviota en Dn E q imiento (Cuadro archivo PDF. Se especifica que el sistema Delimitación del área del centro de proyección .es MAGNA SIRGAS A - j poblado “a sustraer (Cuadro con Colombia Oeste, escala de 1:5.000 coordenadas) Plano con los perímetros poligonales del Corregimiento de Gaviota y el área sujeta de registro de sustracción Plano con los perímetros poligonales del (Cabecera), junto con sus cuadros Físico Corregimiento de Gaviota y el área sujeta respectivos de coordenadas. Se de registro de sustracción (Cabecera). especifica que el sistema de proyección es MAGNA SIRGAS Colombia Oeste, a una escala de 1:5.000 b) Copia del Acuerdo del Concejo Municipal donde se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial, junto con los planos correspondientes a las áreas urbanas, de expansión e infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental que hacen parte de dicha adopción.
b) Copia del Acuerdo del Concejo Municipal donde se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial, junto con los planos correspondientes a las áreas urbanas, de expansión e infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental que hacen parte de dicha adopción. Se adjunta copia en medio magnético del Acuerdo 050 de 1999, donde el Concejo Municipal adopta el Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Calima El Darién "aproximación estratégica y prospectiva del Calima que todos queremos 19992006" y en el cual se derogan los acuerdos 020 de 1993, 022 y 043 de 1995. El documento se encuentra firmado por el presidente del Concejo Jairo Escobar Ruiz y Gloria Castañeda A, Secretaria del Concejo. c) Copia del documento técnico de soporte del Plan de Ordenamiento Territorial, adoptado por el Concejo mediante Acuerdo de que trata el literal anterior, y los artículos 17, 18 y 20 del Decreto 879 de 1998 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, en el que conste la descripción y especificación de las áreas citadas en el literal a) . No se presentan ni en medio físico ni en magnético la copia del documento técnico de soporte del Plan de Ordenamiento Territorial. d) Copia de los documentos que demuestren el cargo y el ejercicio del mismo por parte del Alcalde Municipal (certificado o documento que acredite la elección popular, nombramiento, acta de posesión). ye! 43 dr TDI Boas . - aro Resolución No. á
parte del Alcalde Municipal (certificado o documento que acredite la elección popular, nombramiento, acta de posesión). ye! 43 dr TDI Boas . - aro Resolución No. á “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO Y POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA " RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO” Se presenta en medio físico copia del acta de posesión del Alcalde, que demuestra que durante el periodo 2012-2015 el Señor Luis Eduardo Vargas Tabares está posesionado en el cargo en mención (02 Folios). Así mismo se presenta el certificado de la Registraduría Nacional del Estado Civil. e) Copia del documento de identidad del Alcalde Municipal. Se presenta en medio físico copía del documento de identidad del Señor Luis Eduardo Vargas Tabares, con cedula de ciudadanía No. 6.265.831 de Calima, Valle del Cauca. 3.2. EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN Con base en la información presentada por el Municipio de Calima - El Darién remitida a este Ministerio mediante comunicación radicada 4120El — 56697 del 16 de noviembre de 2012, se procedió a determinar su concordancia con las Resoluciones 763 de 2004, 871 de 2006 y 1917 de 2011. Sumado a esto, se consideraron las disposiciones contenidas en el acuerdo 050 de 1999 respecto a los usos del suelo dentro del municipio.
En este sentido, el acuerdo 050 de 1 999 dispone como categorías de suelo las siguientes categorías; suelo urbano (urbanizado y de expansión urbana), suelo rural (suburbana) y suelo de protección (Art. 47). Del Uso del suelo, el “ARTICULO 47. Clasifícase el territorio del Municipio de Calima en las siguientes categorías, de acuerdo con sus características y en concordancia con la Ley 388 del 18 de julio de 1997 o Ley de Desarrollo Territorial y sus decretos reglamentarios:
e SUELO URBANO
o Suelo Urbanizado o Suelo de Expansión Urbana
e SUELO RURAL
o Suelo Suburbano e SUELOS DE PROTECCION” De acuerdo con el oficio de solicitud de registro de sustracción, el área del centro poblado del corregimiento La Gaviota, obedece a Suelo clasificado como Rural-Suburbano (Art. 49), según el acuerdo 050 de 1999 presentado a este Ministerio por el Municipio. “ARTÍCULO 49. Constituyen la categoría de SUELO RURAL los terrenos no aptos para el uso urbano, localizados entre el perímetro urbano y el límite de la jurisdicción municipal y que incluye zonas de la Reserva Natural de Riobravo, Area de influencia del Páramo del Duende y la Reserva Forestal de la serranía la Cervatana y áreas perimetrales al lago Calima”. “Parágrafo. Constituyen la categoría de SUELO SUBURBANO, los Centros Poblados correspondientes a las futuras cabeceras de los corregimientos, entre estos La Gaviota, cuyo desarrollo sólo será posible dentro de los límites establecidos y de acuerdo con las normas de vivienda para el área rural establecidas en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial (Art. 50 y 54)”.
En este sentido, es importante precisar que la resolución 871 de 2006 modificada por la resolución 1917 de 2011 en su artículo primero, indica que: “De la solicitud de registro de la sustracción, se debe delimitar el área urbana y de expansión urbana del municipio, las cuales deben corresponder al perímetro del suelo urbano y de expansión urbana establecidos en el plan de Ordenamiento Territorial municipal”.Resolución No. a del 1 6 DIC 2019 Hoja No.4 / “POR MEDIO DEL CUAL SENI EGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO” Figura 1. Ubicación geográfica del Municipio Calima — El Darién y el corregimiento de la Gaviota - ae pi e E
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E 4 ? a 4 Lo A PS rio ¿ q $, , Xx ES 7 A É x Ach bar PS X í
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A A E Td E Fuente: Dirección de Bosque, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, 2013. Proyección Magna Sirgas origen Colombia
Oeste. El Centro Poblado La Gaviota, corresponde al área solicitada de registro de sustracción. El ARTÍCULO 50 y 54, del acuerdo 050 de 1999 delimita el perímetro del suelo Suburbano del corregimiento La Gaviota (Tabla 2), el cual cuenta con un área de 103210.9910 metros cuadrados (mf) y está definidos por los siguientes referentes de coordenadas:
del corregimiento La Gaviota (Tabla 2), el cual cuenta con un área de 103210.9910 metros cuadrados (mf) y está definidos por los siguientes referentes de coordenadas: Tabla 2. Coordenadas que delimitan el Perímetro suburbano del centro poblado La Gaviota. Área de 103210.9910 (m2) PUNTO COORDENADAS ESTE COORDENADAS NORTE 1 931762, 1283 1071636, 1396 2 931743,4412 1071213,4098 3 931631,6546 1071213,4098 4 931470,1275 1071121,2554 5 931474,4235 1071239,7389 6 931458,3220 1071325,8529 7 931503,4457 1071427,9124 8 931552,8039 1071511,9508 9 931567,4533 1071693,8751
Fuente: Acuerdo 50 de 1999, Municipio CalimaEl Darién Cabe resaltar que la documentación entregada en medio magnético (pdf) y en medio físico, donde se ubica el cuadro de coordenadas y el polígono del área solicitada de registro de sustracción, contienen coordenadas diferentes a las registradas en el Acuerdo 050 de 1999 (Tabla 3).
Tabla 3. Relación de coordenadas contenidas en el plano físico y digital entregado. PUNTO | COORDENADAS ESTE | COORDENADAS NORTE 1 931071,494 1070998,05 2 931544,424 1071309,1 3 931571,359 1071302,68 4 931637,337 1071543,46 5 931656,441 1071434,9 6 931583,008 1071342,58
2 931544,424 1071309,1 3 931571,359 1071302,68 4 931637,337 1071543,46 5 931656,441 1071434,9 6 931583,008 1071342,58 7 931602,172 1071149,43
Fuente: Cuadro de coordenadas entregadas en el plano físico y digital (.paf)e +
Í Resolución No. Y ¿] 4 3 del ¿1.8 DIC 2013 Hoja No.5 / “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO Y POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO” Figura 2. Proyección de coordenadas del Centro Poblado La Gaviota Proyección de coordenadas de la Proyección de coordenadas de la Cabecera del Corregimiento contenidas | Cabecera del Corregimiento remitidas en en el Acuerdo 050 de 1999 Plano físico y digital (.pdf) CALIMAR [El Darién) Corrégimiento La Ga Fuente: Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, 2013. Proyección Magna Sirgas origen Colombia Oeste. De acuerdo con lo anterior, son evidentes las diferencias entre la información presentada en medio físico y magnético y la adoptada en el acuerdo 050 de 1999. Sumado a esto, de los documentos entregados y que hace referencia la Figura 2B, representan un polígono distinto a la proyección realizada por este Ministerio, Figura 3. Polígono presentado en los documentos de la solicitud de registro de sustracción.
los documentos entregados y que hace referencia la Figura 2B, representan un polígono distinto a la proyección realizada por este Ministerio, Figura 3. Polígono presentado en los documentos de la solicitud de registro de sustracción.
Fuente: Documentos con Rad. MADS No. 4120E1 — 56697, del 22 de Noviembre de 2012
Siendo así, y con base en la resolución 1917 de 2011 (Art. 1): “Delimitación del área urbana y de expansión urbana del municipio sustraídas, las cuales deberán corresponder al perímetro del suelo urbano y de expansión urbana establecido en el plan de ordenamiento territorial municipal, así como el de las áreas ocupadas por las infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental asociadas a dichos desarrollos, localizados en suelo rural. El área sustraída deberá presentarse a través de las coordenadas de la(s) poligonales que la definen, en los sistemas adoptados por el país, y yP , Resolución No, 4 del 1.0 DIC 2013 Hoja No.6 /” “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO N POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO” ubicadas en la cartografía del Plan de Ordenamiento Territorial vigente al momento de la entrada en vigencia de la Resolución 763 de 2004.” Del Corregimiento La Gaviota: el “ARTICULO 53, delimita como suelo Rural el área del Corregimiento La Gaviota, el cual está conformado por las veredas la Gaviota (donde se localiza la cabecera corregimental sujeta de registro), veredas La Camelia, La Samaria y
Corregimiento La Gaviota, el cual está conformado por las veredas la Gaviota (donde se localiza la cabecera corregimental sujeta de registro), veredas La Camelia, La Samaria y La Guaira” (Tabla 4) y está definido por los siguientes referentes de coordenadas: Tabla 4. Coordenadas perimetrales del corregimiento La Gaviota, Municipio de Calima — El Darién. COORDENADAS COORDENADAS COORDENADAS | COORDENADAS PUNTO NORTE ESTE PUNTO NORTE ESTE 1 934439,844 1073354,715 50 931689,565 1070664,73 2 934149,808 1073296,704 51 931779,815 1070621,47 3 934073,924 1073398, 141 52 931882,813 1070484,35 4 934070,653 1073519,245 53 931908, 189 1070532,47 5 933968,568 1073601,452 54 932051,753 1070543,97 6 933522, 749 1073315,833 55 931963,565 1070529,34 7 933228,085 1073133,01 56 932088,817 1070619,59 8 933054,445 1073177,09 57 932137,442 1070598,59 9 932874,93 1073179,844 58 932144,942 1070606,34 10 932737,884 1073292,707 59 932113,88 1070689,22 11 932676,121 1073421,724 60 932137,943 1070653,34 12 932552,496 1073542,602 61 932153,381 1070684, 72
11 932676,121 1073421,724 60 932137,943 1070653,34 12 932552,496 1073542,602 61 932153,381 1070684, 72 13 932431,561 1073663,48 62 932100,059 1070816,86 14 932328, 746 1073553,856 63 932139,134 1070882,84 15 932155, 742 1073381,608 64 932126,259 1070848,97 16 931988,362 1073213,235 65 932191,634 1070853,72 17 931882,922 1073075,11 66 932199,885 1070856,97 18 931693, 734 1073097,24 67 932199,073 1070913,59 19 931564,607 1073015,241 68 932247,62 1070948,33 20 931470,04 1072825, 742 69 932291,388 1071036,97 21 931383,406 1072568,462 70 932365,64 1071091,34 22 931336, 168 1072252,803 71 932392,265 1071098,72 23 931251,53 1072320,368 72 932414,265 1071116,22 24 931196,715 1072193,743 73 932393,89 1071118,47 25 931101,275 1072066,493 74 932395, 388 1071202,57 26 931080,397 1071926,368 75 932424,892 1071218,72 27 931236,546 1071745,279 76 932493, 142 1071202,59 28 931331,365 1071666,679 77 932537, 769 1071237,59
27 931236,546 1071745,279 76 932493, 142 1071202,59 28 931331,365 1071666,679 77 932537, 769 1071237,59 29 931267,58 1071637,863 78 932569,018 1071239,84 30 931206,454 1071551,739 79 932683, 145 1071308,09 31 931189,701 1071436,488 80 932731,648 1071448,59 32 931247,575 1071389,613 81 932881,649 1071435, 71 33 931277,014 1071417,986 82 932927, 151 1071534,33 34 931361,54 1071366,835 83 932907,339 1071565,96 35 931367,076 1071344,234 84 932967,904 1071720,58 36 931330,825 1071345,61 85 933049,542 1071842, 14 37 931285,387 1071323,986 86 933327,851 1072084,95 38 931271,075 1071301,486 87 933396, 786 1071956,83 39 931245,45 1071313,237 88 933564,595 1071708,2 40 931166,572 1071228,863 89 933607,22 1071676,57 41 931097, 759 1071192,238 90 933698,033 1071688,07Ñ Hoja No.7 18 DIC 2013 8 “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO N POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA
RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO”
Resolución No. COORDENADAS COORDENADAS COORDENADAS | COORDENADAS PUNTO NORTE ESTE PUNTO NORTE ESTE 42 931046,819 1071067,614 91 933677,473 1071778,45 43 931087,067 1070963,862 92 933763, 785 1071815,45 44 931108,439 1070756,236 93 933633,291 1072149,95 45 931227,126 1070724,233 94 933676,855 1072258, 7 46 931352,313 1070637, 731 95 933784,918 1072243,82 47 931428,19 1070714,48 96 933965,832 1072298,32 48 931609,065 1070688,977 97 934122,047 1072340,57 49 931654,753 1070694,726 98 934394,619 1072790,69 99 934377,62 1072818,07 100 934388,058 1072872,69 101 934386,497 1072926,69 102 934383,997 1072942,57 103 934455, 187 1073047,07 104 934518,296 1073126,37 105 934462,25 1073175,78 106 934430,036 1073269,2 Fuente: Documentos con Rad. MADS No. 4120E1 — 56697, del 22 de Noviembre de 2012
104 934518,296 1073126,37 105 934462,25 1073175,78 106 934430,036 1073269,2 Fuente: Documentos con Rad. MADS No. 4120E1 — 56697, del 22 de Noviembre de 2012 Por lo anterior, se considera que no existe claridad del área del centro poblado La Gaviota. Así mismo, de la información presentada, el acuerdo 050 de 1999 hace referencia a planos y mapas oficiales urbano, suburbano y rural (Libro VI), y los cuales se encuentran dentro de dicho documento referenciado, pero la información presentada no obedece a estos nombres (Tabla 1; descripción), lo cual dificulta la evaluación de la información.
4. CONSIDERACIONES De acuerdo con la información remitida por el Señor Alcalde del Municipio de Calima El Darién a este Ministerio con número de radicado 4120E1 — 56697 del 16 de noviembre de 2012 y que tienen expediente SRF0157, se manifiesta que el área solicitada de registro de sustracción de la reserva forestal del Pacifico declarada en la ley 2 de 1959, es el centro poblado del corregimiento La Gaviota.
En este sentido, con base en el artículo primero de la resolución 1917 de 2011, para la solicitud de registro de la sustracción, se deberá cumplir con los siguientes requerimientos: “Delimitar el área urbana y de expansión urbana del municipio sustraídas, las cuales deberán corresponder al perímetro del suelo urbano y de expansión urbana establecido en el plan de ordenamiento territorial municipal, así como el de las áreas ocupadas por las infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental asociadas a dichos desarrollos, localizados en suelo rural. El área sustraída deberá presentarse a
el plan de ordenamiento territorial municipal, así como el de las áreas ocupadas por las infraestructuras y equipamientos de servicios básicos y saneamiento ambiental asociadas a dichos desarrollos, localizados en suelo rural. El área sustraída deberá presentarse a través de las coordenadas de la(s) poligonales que la definen, en los sistemas adoptados por el país, y ubicadas en la cartografía del Plan de Ordenamiento Territorial vigente al momento de la entrada en vigencia de la Resolución 763 de 2004.” De acuerdo con la información remitida y basados en la evaluación realizado por este Ministerio, se identificó que el área poblada del corregimiento La Gaviota corresponde a suelo Rural - Suburbano según el acuerdo 050 de 1999, y que de acuerdo con la resolución 871 de 2006 modificada por la resolución 1917 de 2011, solo son sujetas de registro de sustracción “el perímetro del suelo urbano y de expansión urbana establecidos en el plan de Ordenamiento Territorial municipal”. Así mismo, la información suministrada por la Alcaldía Municipal de Calima — El Darién donde se delimita el área del Centro Poblado la Gaviota presenta diferencias entre los polígonos adoptados por el acuerdo 050 de 1999, los presentados en los insumos cartográficos en medio físico y magnético y los obtenidos de la evaluación de este Ministerio. o | )mosoudión No, 4 8 43 del 46 DIC 209 — hojano.s 3 “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCIÓN DEL AREA DEL CENTRO POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA
RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO”
5. CONCEPTO
POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GAVIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA
RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO”
5. CONCEPTO Una vez adelantado el análisis y evaluación de la información aportada por la Alcaldía Municipal de Calima — El Darién, departamento del Valle de Cauca, para la solicitud de registro de sustracción del área del centro poblado del Corregimiento de la Gaviota, de la Reserva Forestal del Pacifico, establecida a través de la Ley 2% de 1959, se considera que no es viable realizar el registro de la sustracción.
Se considera que la solicitud no cumple con los requisitos expuestos de las resoluciones 763 de 2004, 871 de 2006 y 1917 de 2011. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Que a través del artículo 1” de la Ley 2 de 1959 y el Decreto 111 de 1959, se establecieron con carácter de "Zonas Forestales Protectoras" y "Bosques de Interés General", las áreas de reserva forestal nacional del Pacífico, Central, del Río Magdalena, de la Sierra Nevada de Santa Marta, de la Serranía de los Motilones, del Cocuy y de la Amazonía, para el desarrollo de la economía forestal y la protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre. a) Zona de Reserva Forestal del Pacífico, comprendida dentro de los siguientes: límites generales: Por el Sur, la línea de frontera con la República del Ecuador, por el Occidente, el Océano Pacífico y la línea divisoria con la República de Panamá; por el Norte, el Océano Atlántico (Golfo de Urabá), y por el Oriente, una línea que arrancando 15 kilómetros al este
el Océano Pacífico y la línea divisoria con la República de Panamá; por el Norte, el Océano Atlántico (Golfo de Urabá), y por el Oriente, una línea que arrancando 15 kilómetros al este del divorcio de aguas de la Cordillera Occidental, en los límites con el Ecuador, siga hasta el Volcán de Chiles, el Nevado de Cumbal y la Quebrada de San Pedro, y de allí, a través del Río Patía, hasta Chita, continuando 15 kilómetros al Este por el divorcio de aguas del Cerro de Rivas al Cerro de Munchique y siguiendo la cima de la Cordillera Occidental hasta el Cerro de Caramanta; de allí al Cerro Paramillo y luego al Cerro Murrucucú, y de allí una línea recta, con rumbo 45.grados noreste, hasta elOcéano Atlántico; Que a través de la Resolución No. 0763 de 2004, se procede a sustraer de las reservas forestales nacionales declaradas mediante la Ley 2% de 1959, las cabeceras municipales, cascos corregimentales departamentales e infraestructuras y equipamientos de servicio básico y saneamiento ambiental asociada a dichos desarrollos. Que el Artículo 4% de la citada Resolución, determina en relación con el pronunciamiento y registro por parte del Ministerio del área que se declara sustraída de la reserva forestal nacional respectiva, que el municipio O corregimiento departamental correspondiente deberá presentar la información enunciada en el artículo en mención. Que teniendo en cuenta lo anterior, mediante la Resolución No. 0871 de 2006 se definieron los requisitos y el trámite, necesarios para que este Ministerio apruebe e
enunciada en el artículo en mención. Que teniendo en cuenta lo anterior, mediante la Resolución No. 0871 de 2006 se definieron los requisitos y el trámite, necesarios para que este Ministerio apruebe e inscriba el área que se propone como sustraída de la reserva forestal nacional respectiva. : Que el artículo 32 de la Resolución No. 0871 de 2006, establece lo siguiente: “Del registro de la sustracción. El registro de la sustracción de los suelos urbanos y de expansión urbana municipales del régimen de reserva forestal de la Ley 2? de 1959, ordenada en el artículo 4? de la Resolución 763 de 2004, consistirá en la inscripción o ingreso en una base de datos del número y fecha del acto administrativo mediante el cual se aprobó la sustracción y ordenó la inscripción de esia, además de otros datos correspondientes al solicitante del registro, como de la ubicación del área aprobada de la sustracción. l 3)4 5 del ¿16 DIC 208 hojanoo 8 “POR MEDIO DEL CUAL SE NIEGA EL REGISTRO DE SUSTRACCION DEL AREA DEL CENTRO Y POBLADO DEL CORREGIMIENTO DE LA GA VIOTA, MUNICIPIO DE CALIMA-EL DARIEN DE LA RESERVA FORESTAL DEL PACÍFICO” Resolución No. 1 El número de registro corresponderá al número del expediente bajo el cual se abrió el trámite ante la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales.” Que mediante Resolución No. 1917 de 2011, se modifican los artículos 1 y 2? de la Resolución 871 del 17 de mayo de 2006.
Que el numeral 14 del Artículo 2 del Decreto Ley 3570 de 2011, señaló a este Ministerio la función de: : “14. Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales; declarar, reservar, alinderar, realinderar, sustraer, integrar o recategorizar las áreas de reserva forestal nacionales, reglamentar su uso y funcionamiento; (...)” Que mediante Resolución No. 0053 del 24 de enero de 2012, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, delegó en el Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos la función de “Suscribir los actos administrativos relacionados con las sustracciones de reservas forestales de carácter nacional”. Que mediante la Resolución 0543 del 31 de mayo de 2013, se nombró de carácter ordinario a la doctora MARIA CLAUDIA GARCIA DAVILA en el empleo de Director Técnico Código 0100 grado 22, de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Negar la solicitud de registro de sustracción de la Reserva Forestal del Pacífico, del área correspondiente al centro poblado del Corregimiento de la Gaviota, ubicado en el municipio de Calima-El Darién, por las consideraciones expuestas en el presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Comunicar el presente acto administrativo a la Alcaldía Municipal de Calima-El Darién (Valle del Cauca) y al Director de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC o a su apoderado legalmente constituido. ARTÍCULO TERCERO.- Publicar el presente Acto Administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. ARTÍCULO CUARTO.- Contra el presente acto administrativo no procede el recurso de reposición de conformidad con el artículo 2 de la Resolución 871 de 2006, modificado por la, Resolución 1917 de 2011.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ÑÍ 5 DIC 2013 Dada en Bogotá D.C., a los HO . Mu 0UCUY . MARIA CLAUDIA GARCIA DAVILA Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Proyectó: Lenny Guerrero, ogado D.B.B.S.E. MADS Reviso: Maria Stella Sách ¡Abogada D.B.B.S.E. MADS
Expediente: SRF 0157
A Diao orita] +m9.04 28/12/13 y