MINAMBIENTE - Resolución 1890 de 2018
Ministerio de Ambiente
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Resolución 1890 de 2018
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2018
REPÚBLICA DE COLOMBIAde y ZA
Libertod y Orden MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE h É s |
RESOLUCIÓN No. 0, ( 20No0v209 ) “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” El Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible En ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución 53 del 24 de enero de 2012, Resolución 16 del 09 de enero de 2019 y, CONSIDERANDO ANTECEDENTES Que, para el desarrollo del proyecto “Conformación de una Zona de Disposición de Material de Excavación (ZODME) — Cartón Colombia Lote 6 - en el marco de las obras para la terminación del túnel de la Línea y segunda Calzada Calarca — Cajamarca”, en la vereda El Castillo del municipio de Salento, departamento Quindío, mediante el radicado E1-2018-033233 del 07 de noviembre de 2018, el Director General del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS —INVIAS-, doctor Juan Esteban Gil Chavarria, solicitó la sustracción temporal de unas áreas de la Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2 de 1959. Que, mediante el radicado E2-2018-036601 del 13 de noviembre de 2018, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y
la Ley 2 de 1959. Que, mediante el radicado E2-2018-036601 del 13 de noviembre de 2018, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible solicitó presentar información necesaria para evaluar la solicitud de sustracción presentada. Que, en atención de lo anterior, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS —INVIASallegó una comunicación con radicado 7294 del 15 de mayo de 2019, a través del cual presentó la información solicitada. Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos profirió el Auto 183 del 07 de junio de 2019 “Por medio del cual se inicia una solicitud de sustracción temporal de un área de la Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2 de 1959, y se adoptan otras disposiciones”, que ordenó dar apertura al expediente SRF 491. Que, posteriormente, esta misma Dirección expidió el Auto 313 del 08 de agosto de 2019 “Por el cual se requiere información adicional y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491.” AResolución No. ó y A ¡ | del a NON 2 3 Hoja No.2 WO: po qu “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, ON establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Que, por medio del radicado Minambiente 17486 del 21 de agosto de 2019, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS —INVIASmanifestó que “(...) el Instituto considera necesario al menos dos meses para poder allegar la información solicitada, en vista de
Que, por medio del radicado Minambiente 17486 del 21 de agosto de 2019, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS —INVIASmanifestó que “(...) el Instituto considera necesario al menos dos meses para poder allegar la información solicitada, en vista de que se debe realizar una consultoría especializada para dar respuesta a la mismo. Por este motivo se solicitan dos meses de prórroga adicionales al tiempo establecido en el Auto 313.” Que, mediante el Auto 353 del 03 de septiembre de 2019, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos dispuso “otorgar una prórroga de un (01) mes, contado a partir de la finalización del término otorgado en el Auto 313 del 08 de agosto de 2019, para allegar la información adicional solicitada por esta Dirección, relacionadas con el proyecto 'Conformación de Zona de Disposición de Material de Excavación (ZODME) en el marco de las obras para la terminación del túnel de la línea y segunda calzada Calarcá — Cajamarca' en el municipio de Salento del departamento del Quindío, a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS -INVIAS- , de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de este acto administrativo.” Que, a través del radicado Minambiente 30303 del 25 de septiembre de 2019, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS -INVIASpresentó información adicional relacionada con su solicitud de sustracción. Que, mediante el radicado Minambiente 30304 del 25 de septiembre de 2019, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS -INVIASinformó que también se encuentra en curso una solicitud de sustracción del Distrito Regional de Manejo Integrado de la
Que, mediante el radicado Minambiente 30304 del 25 de septiembre de 2019, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS -INVIASinformó que también se encuentra en curso una solicitud de sustracción del Distrito Regional de Manejo Integrado de la Cuenca Alta del Río Quindío, en virtud de lo cual la Corporación Autónoma Regional del Quindío —-CRQle requirió “Solicitar al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS, los archivos en formato shape de los polígonos (con solicitud de sustracción DRMI) sustraídos mediante resolución, con el fin de que sea posible verificar que estos, sean concordantes con las áreas solicitadas a sustraer del Distrito Regional de Manejo Integrado DRMI de la Cuenca Alta del río Quindío en el municipio de Salento, de acuerdo a la cartografía aportada en el marco de la solicitud CRQ No. 02917” FUNDAMENTOS TÉCNICOS Que, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3, artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011 “Por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible” y en el marco de lo establecido en la Resolución 1526 de 2012 “Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la sustracción de áreas en las reservas forestales nacionales y regionales para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública o interés social, se establecen las actividades sometidas a sustracción temporal y se adoptan otras determinaciones”, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y
consideradas de utilidad pública o interés social, se establecen las actividades sometidas a sustracción temporal y se adoptan otras determinaciones”, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitió Concepto Técnico 089 del 14 de noviembre de 2019, a través del cual se evaluó la información soporte de la solicitud de sustracción y la adicional presentada. Al respecto, esta Dirección presenta las siguientes consideraciones: “3, VISITA DE VERIFICACIÓN DEL ÁREA SOLICITADA EN SUSTRACCIÓN El día 8 de julio de 2019 la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos realizó visita de verificación al área solicitada en sustracción Bra y 205/12 /2014Resolución No. del 2 A NOV ann Hoja No.3 , 2) £Uu 1 ZU ld “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, ON establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” de la Reserva Forestal Central establecida por la Ley 2? de 1959, por el Instituto Nacional de Vías — INVIAS, en el marco del desarrollo del mega proyecto de infraestructura vial “Cruce de la Cordillera Central — Túnel de La Línea”. El área de la ZODME Cartón de Colombia Lote 6, se encuentra ubicado en la vereda El Castillo en el municipio de Salento departamento de Quindío. Para acceder al sitio, se realizó el recorrido que se puede evidenciar en la Figura , iniciando en el municipio de Calarcá (departamento de Quindío), vía nacional con
El Castillo en el municipio de Salento departamento de Quindío. Para acceder al sitio, se realizó el recorrido que se puede evidenciar en la Figura , iniciando en el municipio de Calarcá (departamento de Quindío), vía nacional con dirección a Cajamarca, luego se toma el carreteable que conduce al municipio de Salento y a 5 kilómetros aproximadamente se encuentra el área de interés al borde de la vía. Figura 15Recorrido realizado en la visita de verificación a las áreas solicitadas en sustracción por el
INVIAS.
BM ZOO WE Cartón de Colombia - Lote E sm Recomdo al área de interés - ZOOME Cartón Colombia O] Limite municipal [27] Reserva Foreatal Central - Ley 24 001959 |
Fuente: Minambiente, 2019.
El acceso se realizó a través de una vía terciaria que conduce de la vereda El Castillo a la cabecera municipal del municipio de Salento. Figura 16Vía de acceso al área solicitada en sustracción.
Fuente: Minambiente, visita de verificación 8 de julio de 2019.e A A 40m |
Resolución No. US <=] UY del Hoja No.4 a? “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, N establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Durante el recorrido al área de interés se evidencia un paisaje fisiográfico de montaña, donde predomina la transformación de coberturas naturales por actividades agropecuarias (plantación industrial de Aguacate y ganadería extensiva) combinado con plantaciones forestales comerciales de Pino patula.
donde predomina la transformación de coberturas naturales por actividades agropecuarias (plantación industrial de Aguacate y ganadería extensiva) combinado con plantaciones forestales comerciales de Pino patula. El área solicitada en sustracción corresponde a geoformas de tipo colinas, bien redondeadas, con pendientes que no supera el 25% de inclinación; presenta cobertura de pastos limpios que de acuerdo con el uso actual de la zona se relaciona con actividades de ganadería extensiva, las cuales generan en toda el área fenómenos de terraceo. Dentro del área se evidencia un nivel denudativo y compactación de la superficie, respecto al terraceo generado por el pisoteo de los semovientes. (Ver Figura 21) Figura 211 — Posible drenaje intermitente presente dentro del área solicitada en sustracción. + es Fuente: Minambiente, visita de verificación 8 de julio de 2019. En el área de interés a nivel de servicios ecosistémicos, se encuentra localizado dentro de la parte alta de la cuenca, donde la intervención antrópica ha generado cambios a nivel geomorfológico (terraceo) y biótico (a nivel de cobertura), propiciando procesos erosivos y con ello disminución en la resiliencia del área, debido a la compactación y pérdida de material parental. Conforme con lo anterior, en el área solicitada en sustracción no se presenta cobertura vegetal natural propia del área (altoandina) y la fauna se reduce significativamente al estar colindante a plantaciones forestales comerciales de pino patula, donde los hábitats de especies disminuyen considerablemente. En conclusión, conforme con la visita de verificación se evidenció que las condiciones actuales del área de interés corresponden a un área con un alto grado de intervención
hábitats de especies disminuyen considerablemente. En conclusión, conforme con la visita de verificación se evidenció que las condiciones actuales del área de interés corresponden a un área con un alto grado de intervención antrópica, en la cual se ha generado una significativa remoción de las coberturas vegetales naturales por las actividades económicas presentes en el área (ganadería extensiva), por lo cual atributos ecosistémicos como la conectividad ecológica del área se pueden considerar poco representativos.
4. CONSIDERACIONES El Instituto Nacional de Vías — INVIAS en el marco del Anexo 2 de la Resolución 1526 de 2012, solicita la sustracción temporal de un área de 1,58 hectáreas a la Reserva Forestal Central establecida por la Ley 2 de 1959, para el establecimiento de una Zona de disposición de material de excavación - ZODME, en el marco de las excavaciones realizadas por el megaproyecto de infraestructura vial “Cruce de la cordillera centralTúnel de la Línea”. )
Versión 305/12/2014Resolución No. del ¿ U NUY 2019 Hoja No.5 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, ON establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Es así que, el INVIAS presentó la documentación referida al procedimiento de la sustracción a través de los siguientes radicados E1-2018-033233 del 07 de noviembre de 2018 y E1-2019-30303 del 25 de septiembre de 2019, de la cual se tienen las siguientes consideraciones: El área solicitada en sustracción se encuentra ubicada en la vereda El Castillo del
de 2018 y E1-2019-30303 del 25 de septiembre de 2019, de la cual se tienen las siguientes consideraciones: El área solicitada en sustracción se encuentra ubicada en la vereda El Castillo del municipio de Salento, departamento del Quindío (Ver Figura No. 20), para acceder al sitio de la ZODME Cartón de Colombia, se dirige desde el municipio de Calarcá a través del corredor vial Bogotá — Buenaventura, para luego tomar la vía terciaria con dirección a la cabecera municipal de Salento, aproximadamente 5 kilómetros, el área es adyacente al carreteable con lo cual no es necesaria la solicitud de áreas adicionales para el acceso. Figura 20-— Localización del área solicitada en sustracción mr e] mu rates eS
CONVENCIONES
E Límite municipal Y ! MI zoome_carTON_COLOMBIA , Y_/] RF Central - Ley 2a de 1959 Y rain braza pu master ada Fuente. Minambiente, 2019 En el marco de la solicitud, el INVIAS presenta la certificación No. 0228 del 9 de mayo de 2019 del Ministerio del Interior, en la cual se indica que para el área solicitada en sustracción no se registra presencia de: - Comunidades indígenas.
- Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
- Comunidades Rorm.
La solicitud de sustracción temporal “ZODME Cartón de Colombia Etapa 6”, presenta una temporalidad de quince (15) meses a partir de obtener la sustracción conforme el programa de obras presentado por el INVIAS en el Anexo N” 1 de la documentación entregada en el radicado E1-2019-30303 del 25 de septiembre de 2019, obedeciendo
programa de obras presentado por el INVIAS en el Anexo N” 1 de la documentación entregada en el radicado E1-2019-30303 del 25 de septiembre de 2019, obedeciendo a la necesidad de la disposición de material sobrante de las excavaciones realizadas en el proyecto “Cruce de la cordillera central - Túnel de la Linea”, para lo cual se tiene propuesto dentro del área la ubicación de aproximadamente 73829 mt?, correspondientes a la conformación de siete (7) terrazas de 5 metros de altura. EResolución No. é AU del Hoja No.6 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, SN establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Planteándose el desarrollo de actividades como: la remoción de la cobertura vegetal presente (correspondiendo a pastos limpios, arboles aislados (cerca viva compuesta por 181 individuos arbóreos) y materia orgánica), construcción de las obras para el manejo de aguas, disposición del material de excavación y desmantelamiento y abandono, fase en la cual dentro del área solicitada en sustracción será reutilizado el material de descapote como sustrato para la revegetalización del área. Se trae a colación el manejo de aguas propuesto en el desarrollo de la ZODME, toda vez que, sobre la zona la configuración fisiográfica es de encajonamiento (forma de cuneta), para lo cual, el INVIAS presenta las obras hidráulicas necesarias para garantizar el manejo del nivel freático en la zona (Anexo 2 - E1-2019-30303 del 25 de
cuneta), para lo cual, el INVIAS presenta las obras hidráulicas necesarias para garantizar el manejo del nivel freático en la zona (Anexo 2 - E1-2019-30303 del 25 de septiembre de 2019), certificando así que no se afectará el flujo hídrico presente en el área de influencia de la solicitud de sustracción. Ahora bien, conforme con la materialización de las coordenadas de los vértices que forman la poligonal del área solicitada en sustracción “ZODME Cartón de Colombia Lote No. 6”, a través de herramientas de proyección cartográfica Magna Sirgas con origen Bogotá, se evidencia que la superficie total de la solicitud presenta un área de 1,5813 hectáreas. Superficie que se encuentra emplazada tanto en la Reserva Forestal Central establecida por la Ley 2 de 1959, como en el Distrito Regional de Manejo Integrado Cuenca alta del Río Quindío, lo cual se puede evidenciar en la Figura 21. Por lo anterior, se indica al INVIAS, que los trámites de sustracción de las citadas áreas son procesos independientes, en este sentido, el presente concepto se pronunciará de acuerdo con su competencia en relación a la figura de orden nacional. Respecto a la figura regional el competente para adelantar el proceso de evaluación de la solicitud sustracción es la Corporación Autónoma Regional del Quindío, conforme con lo establecido en los artículos 2.2.2.1.2.5 y 2.2.2.1.18.1 del Decreto 1076 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Figura 21 — Traslape de las áreas solicitadas en sustracción tanto en la RF Central de Ley 2 de 1959
medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Figura 21 — Traslape de las áreas solicitadas en sustracción tanto en la RF Central de Ley 2 de 1959 como con el DRMI Cuenca Alta del Río Quindío [_Z]] RF_CENTRAL_LEY_2A_1959
[LC] zobme_CARTON_COLOMBIA
¡ZA DAMI Guenca Alta del Rio Quindia Fuente. Minambiente, 2019Resolución No. del 2 0 NOV 2019 Hoja No.7 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, le: establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” El área de influencia presenta unidades litológicas asociadas a rocas ígneas y metamórficas de la Formación Cajamarca y el complejo Quebradagrande, rocas cristalinas duras que permiten la formación de geoformas tipo montaña, caracterizada por presentar laderas fuertemente inclinadas y pendientes, obteniendo como resultado escenarios de paisaje fisiográfico tipo montaña. Localmente el área presenta unidades geomorfologicas tipo colinas, presentan formas redondeadas con geometrías de zonas bajas que permiten la acumulación de material, presenta pendientes con inclinaciones entre los 25-— 50% principalmente. Asociadas a estas características, la zona presenta suelos profundos, bien drenados, fuertemente ácidos en superficie y moderadamente ácidos en profundidad, de fertilidad moderada y susceptibles a la erosión, cuya vocación principal es forestal, pero en la actualidad parte del área solicitada se encuentra dedicada a la producción ganadera,
fuertemente ácidos en superficie y moderadamente ácidos en profundidad, de fertilidad moderada y susceptibles a la erosión, cuya vocación principal es forestal, pero en la actualidad parte del área solicitada se encuentra dedicada a la producción ganadera, lo que favorece los procesos de erosión y terraceo, donde los servicios ecosistémicos presentes se encuentran limitados a la producción de forraje. En cuanto al servicio ecosistémico que presta el suelo frente al control de nutrientes, es importante que se tenga en cuenta que un eventual cambio en el uso del suelo, puede generar afectaciones en la compactación del mismo, disminuyendo su capacidad de absorción y distribución de los nutrientes; tomando en consideración que la acumulación de material en el área solicitada en sustracción, va a generar una compresión del suelo, disminuyendo su porosidad; por lo que, frente a una eventual sustracción, es necesario realizar medidas de manejo que permitan mantener como mínimo las condiciones actuales que presentan los suelo en el área y disponer una cobertura vegetal que favorezca el desarrollo de horizontes de suelo óptimos para la capacidad de uso del área, la cual es principalmente forestal. Frente al recurso hídrico, desde el punto de vista subterráneo y de acuerdo con la información de caracterización entregada por el solicitante, la zona presenta unidades hidrogeológicas con mediana productividad asociadas a las rocas de la Formación Cajamarca y unidades de baja a ninguna porosidad, asociadas al Complejo Quebradagrande, a pesar de lo anterior, se identificaron dentro del área de influencia cuatro (4) puntos de agua subterránea, de tipo manantial, los cuales son aprovechados para uso pecuario, ya que para uso doméstico se cuenta con un acueducto veredal,
cuatro (4) puntos de agua subterránea, de tipo manantial, los cuales son aprovechados para uso pecuario, ya que para uso doméstico se cuenta con un acueducto veredal, estos se encuentran localizados al lado opuesto de la divisoria de aguas donde se localiza la ZODME. Frente a este panorama, una eventual sustracción no generaría afectaciones al recurso hídrico subterráneo, sin embargo, es necesario que se tenga precaución y se realice un monitoreo continuo al recurso para evitar alguna afectación relacionada a eventos de compactación del suelo. En cuanto al recurso hídrico superficial, el área de influencia se encuentra dentro de la cuenca del río Boquerón el cual a su vez hace parte de la cuenca del río Navarco, de acuerdo a las descripciones entregadas para el área solicitada en sustracción, la zona no presenta cuerpos de agua superficial, pero si se identificó una quebrada que se encuentra a 30 metros del área solicitada en sustracción, la cual con la caracterización realizada no evidencia contaminación. De acuerdo a este panorama, una eventual sustracción, no presentaría mayor variación frente a la dinámica hídrica superficial que presenta la zona, sin embargo, y teniendo en cuenta la cercanía de la quebrada con el área, se recomienda a la autoridad ambiental competente en otorgar la licencia ambiental o cualquier otro permiso relacionado, [hacer] seguimiento continuo de este drenaje, prestando una especial atención a las coberturas relacionadas a la ronda hídrica y a la calidad del agua de la misma, para que las condiciones actuales que presenta la Reserva se conserven. yResolución No. | y del Hoja No.8 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, Y
hídrica y a la calidad del agua de la misma, para que las condiciones actuales que presenta la Reserva se conserven. yResolución No. | y del Hoja No.8 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, Y establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” A partir de la materialización cartográfica del área solicitada en sustracción, la visita al área y herramientas cartográficas geo-posicionamiento a través de imágenes de satélite del área (Imagen Satelital — DigitalGlobe-2016), se verificó que el área se categoriza de acuerdo con el uso actual del suelo como un “Paisaje Rural” (Zonneveld 1979), donde la intervención antrópica para actividades económicas (plantaciones forestales comerciales, ganadería extensiva y agricultura), han generado en la zona la pérdida de coberturas vegetales naturales. (Ver Figura 22) Figura 22Uso actual del área de influencia de la ZODME (Transformación de coberturas vegetales naturales a coberturas forestales comerciales y agropecuarias) s Fuente. Minambiente, a partir de Imagen Satelital - DigitalGlobe-2016 En línea a lo anterior, se indica que el área de influencia de la zona de interés de la solicitud de sustracción, se encuentra ubicada dentro de la provincia biogeográfica Bosques Altoandinos Cordillera Central vertiente Occidental. Complejo Volcánico Ruiz - Santa Isabel, dominadas por coberturas vegetales agudamente antropizadas por efecto de actividades económicas propias en el área (plantaciones forestales comerciales, ganadería y agricultura), generándose una matriz del paisaje altamente
- Santa Isabel, dominadas por coberturas vegetales agudamente antropizadas por efecto de actividades económicas propias en el área (plantaciones forestales comerciales, ganadería y agricultura), generándose una matriz del paisaje altamente transformada con predominio de pastos limpios correspondiendo al 99,81 % del área solicitada en sustracción, y Vegetación secundaria representada en el área en el 0,19 %, lo cual se puede verificar en la Figura 23. El citado escenario de intervención se visualiza en el área conforme con la demanda de recursos naturales, que para la actividad de construcción y operación de la ZODME plantea la remoción de la capa orgánica (para luego ser reutilizada en las labores de reconformación y recuperación del área de la ZODME), donde el aprovechamiento forestal implica la tala de 181 individuos, para los cuales se encuentra estimado un volumen comercial total calculado en 3,79 m? (de acuerdo con la información entregada por el INVIAS en el Anexo A9 del oficio con radicado E1-2018-033233 del 07 de noviembre de 2018), individuos representados en un 65% aproximadamente, en especies exóticas de individuos arbóreos de Ciprés, Eucaliptus y Urapán, el porcentaje restante corresponde a la regeneración espontanea de especies nativas como: Aliso, Guayabito, Niguito y Siete cueros.
ESResolución No. del ZULY Hoja No.9 eS “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, ON establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Figura 23 - Coberturas vegetales dentro del área de influencia de la solicitud de sustracción.
establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Figura 23 - Coberturas vegetales dentro del área de influencia de la solicitud de sustracción. 110 adi 1163410 dl nu. 1976 dl 1194v di a mm ln A e MA AN CONVENCIONES [___ ] ZODME_CARTON_COLOMBIA [ | Mosaico de pastos con espacios naturales [|] Vegetación secundaria [558] Mosalco de cultivos con espacios naturales mio 147 13d 1108156 Hayas Fuente. Minambiente, 2019 Matus Asociado al análisis de las coberturas definidas en la zona, conforme con la información entregada por el INVIAS, se afirmó que, la conectividad estructural presente en el área de influencia, de acuerdo con la representatividad y conectividad de parches es muy baja, con lo cual se observa una tendencia a la fragmentación del paisaje natural a través del aumento de la pérdida de las coberturas vegetales naturales acrecentando la fragmentación en el área, lo cual se puede corroborar multitemporalmente a través de las imágenes proporcionadas por el IDEAM dentro de la temática de Bosque No Bosque comparada para los años 2012 y 2016. (Ver Figura No. 24) HuesoResolución No. IQ Y NÓ del Hoja No.10 7 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, N establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Figura 24imagen de la temática de bosque no bosque dentro del área de interés Dadarel ed idad es bss El mid tir muse ms
establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” Figura 24imagen de la temática de bosque no bosque dentro del área de interés Dadarel ed idad es bss El mid tir muse ms
TEMÁTICA BOSQUE NO BOSQUE AÑO 2012
IE zo0vs_carton_cotomsia MH 200me_CARTON_COLOMBIA E ++. ¿| ERE escu ; LU) o bosque pon [——] No bosque i En Ho determinado ” _ E E a vr vue a eos rusas Fuente. Minambiente, a partir de información oficial del IDEAM, 2012 — 2016. ma Es así que, ante un eventual cambio temporal en el uso del suelo del área solicitada en sustracción, en cuanto a la prestación de servicios ecosistémicos como soporte y regulación que se encuentran dentro del área de influencia del proyecto asociados a las coberturas vegetales no se generará un cambio significativo, pérdida o deterioro de las actuales condiciones que se presentan en el área de Reserva Forestal. Ahora bien, en cuanto al componente fauna al ser altamente dependiente de las coberturas vegetales presentes en el área solicitada en sustracción, dado que son prestadores de servicios ecosistémicos como provisión de hábitats para especies faunísticas, la conservación de la diversidad genética, y la productividad primaria, se ve fuertemente influenciada presentando una baja diversidad, toda vez que la cobertura de pastos limpios limita la provisión de alimentos y refugio dentro del área. Es así como, dentro del área en los diferentes grupos faunísticos (aves, herpetos, y mamíferos) se presentan en gran proporción taxones generalistas conforme con sus características de adaptación y Valencia ecológica a diferentes ambientes, encontrando
Es así como, dentro del área en los diferentes grupos faunísticos (aves, herpetos, y mamíferos) se presentan en gran proporción taxones generalistas conforme con sus características de adaptación y Valencia ecológica a diferentes ambientes, encontrando así, especies como: Turdus fuscater y Myioborus miniatus (a nivel de avifauna), Didelphis marsupialis y Mustela frenata (a nivel de mamíferos). Ahora bien, no obstante lo anterior, en la zona adyacente al área de interés de sustracción se presentan relictos de bosque secundario o en transición asociados a drenajes, donde conforme con su distribución y forma, generan corredores biológicos los cuales deben mantenerse o mejorar las condiciones actuales, es así como, en el citado ambiente, conforme con la documentación entregada por el INVIAS se presentan taxones de importancia ecosistémica de acuerdo con su categorización de vulnerabilidad y/o amenazada, como: Ortalis columbiana, Chlorostilbon melanorhynchus, Dinomys branickii, Bradypus variegatus y Cuniculus paca; así las AResolución No. del 2 0 NOV 2019 Hoja No.11 “Por medio de la cual se sustraen de manera temporal unas áreas de le Reserva Forestal Central, ON establecida por la Ley 2 de 1959, y se toman otras determinaciones, dentro del expediente SRF 491” cosas, estas evidencias definen la imp
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.