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MINAMBIENTE - Resolución 2176 de 2019

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 2176 de 2019
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2019

REPÚBLICA DE COLOMBIA e d 3 € o tilertod y Orden RESOLUCIÓN No. És Te DADO O ( ¿Su 2919 ) “Por la cual se otorga el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados a la UNIVERSIDAD EL BOSQUE para el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología" EL DIRECTOR DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS En ejercicio de la función establecida en el Numeral 14 del Artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011, y CONSIDERANDO Que LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE, identificada con el NIT. 860066789-6, mediante oficio radicado en este Ministerio con el No. 14128 del 05 de julio de 2019, presentó solicitud de contrato marco de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados, para el programa denominado: “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para Usos en bioprospección y biotecnología”. Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, mediante Auto No. 304 del 31 de julio de 2019 admitió la solicitud de contrato marco de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados presentada por la LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE para el programa de investigación denominado: “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología”. Que LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Decisión Andina 391 de 1996 y en el Auto No.304 de 2019, mediante radicado mediante radicado

bioprospección y biotecnología”. Que LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Decisión Andina 391 de 1996 y en el Auto No.304 de 2019, mediante radicado mediante radicado No. 16767 del 9 de agosto de 2019 envió copia del aviso de prensa publicado en el diario Publimetro. Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos profirió la Resolución No. 1335 del! 5 de septiembre de 2019, mediante la cual se acogió el Dictamen Técnico Legal No 227 del 23 de agosto de 2019, se aceptó la solicitud de contrato marco de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados presentada por LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE para el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología” y se declaró abierto el proceso de negociación previsto en el artículo 30 de la Decisión Andina 391 de 1996 Que dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 30 de la Decisión Andina 391 de 1996, el 7 de noviembre de 2019 se realizó la reunión de concertación de los términos del contrato y negociación de los beneficios no monetarios por el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados para el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología” en la fecha 2 de diciembre de 2019. W ) F-MANA.-4E Versión 1 06/09/2018Resolución No. del PE Hoja No. 2 8 ON “Por la cual se otorga el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados a la

W ) F-MANA.-4E Versión 1 06/09/2018Resolución No. del PE Hoja No. 2 8 ON “Por la cual se otorga el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados a la UNIVERSIDAD EL BOSQUE pera el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología” Que el Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, debidamente facultado de conformidad con lo establecido en el numeral 14 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011, suscribió con LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y Productos Derivados No. 276 del 2 de diciembre de 2019. Que las condiciones en las cuales este Ministerio otorga a LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados se encuentran señaladas en el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y Productos Derivados No. 276 del 2 de diciembre de 2019 y en los documentos que forman parte integral del mismo. Que la Decisión Andina 391 de 1998 estableció en su artículo 38 que “Una vez adoptado y suscrito el contrato, en unidad de acto se emitirá la resolución correspondiente, la que se publicará junto con un extracto del contrato en el diario de amplia circulación nacional. A partir de ese momento se entenderá perfeccionado el acceso”. Que el numeral 21 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, establece que es función de este Ministerio la obtención, uso, manejo, investigación, importación y exportación, así como la distribución y el

se entenderá perfeccionado el acceso”. Que el numeral 21 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, establece que es función de este Ministerio la obtención, uso, manejo, investigación, importación y exportación, así como la distribución y el comercio de especies y estirpes genéticas de fauna y flora silvestre. A su vez, el numeral 38 del artículo 5 ibídem señala que es responsabilidad de este Ministerio vigilar que el estudio, exploración e investigación realizada por nacionales y extranjeros con respecto a nuestros recursos naturales renovables respete la soberanía nacional y los derechos de la Nación colombiana sobre sus recursos genéticos. Que el Gobierno Nacional, a través de la expedición del Decreto 730 del 14 de marzo de 1997, determinó que el hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es la Autoridad Nacional Competente para actuar en los términos y para los efectos contenidos en la Decisión Andina 391 de 1996 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena. Que el capítulo 5, sección 1 del Decreto 1076 de 2015, reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica y se contempla, entre otras cosas, que aquellas que requieran obtención y utilización de recursos genéticos, sus productos derivados o el componente intangible, quedarán sujetas a lo previsto en el mismo y demás normas legales vigentes que regulen el acceso a recursos genéticos. Que el Decreto Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011 "establece los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible”, y el numeral 14 del artículo 16, le asignó a la Dirección de Bosques,

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible”, y el numeral 14 del artículo 16, le asignó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos la función de adelantar el trámite relacionado con las solicitudes de acceso a recursos genéticos, aceptar o negar la solicitud, resolver el recurso de reposición que se interponga y suscribir los contratos correspondientes. Que mediante Resolución No. 0016 del 09 de enero de 2019 y acta de posesión No. 07 del 22 de enero de 2019, se efectuó el nombramiento de carácter ordinario de Director Técnico, Código 100, Grado 22, de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a EDGAR EMILIO RODRÍGUEZ BASTIDAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.407.547. En mérito de lo expuesto; RESUELVE Artículo 1. OTORGAR a LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados para el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para Ú y F-MANAdE Versión 1 23/00/2015.- tino Resolución No. del An RTA msn Hoja No. 3 O S “Por la cual se otorga el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados a la UNIVERSIDAD EL BOSQUE para el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología” usos en bioprospección y biotecnología”, de conformidad con lo establecido en el Contrato Marco

UNIVERSIDAD EL BOSQUE para el programa “Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología” usos en bioprospección y biotecnología”, de conformidad con lo establecido en el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y Productos Derivados No. 276 del 2 de diciembre de 2019. Artículo 2. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del programa es Desarrollar proyectos en Ciencia Tecnología e Innovación asociados a la biodiversidad colombiana, que permitan fortalecer la investigación básica y aplicada. Artículo 3. OBLIGATORIEDAD Y CUMPLIMIENTO. Sin perjuicio de las obligaciones contraídas por LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE, en virtud del presente acto administrativo se deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y Productos Derivados No. 276 de 2019 y en los documentos que hacen parte integral de este, so pena de la aplicación del procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009 y en las disposiciones que la reglamenten o modifiquen. Artículo 4. NOTIFICACIÓN. Notifíquese el presente Acto Administrativo a LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE, a través de su representante lega! o de su apoderado debidamente constituido, en los términos de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5. PUBLICACIÓN. En aplicación de los principios de publicidad y transparencia, se ordena proceder a la publicación del presente Acto Administrativo, junto con un extracto del Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y Productos Derivados No. 276 de 2019, en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

ordena proceder a la publicación del presente Acto Administrativo, junto con un extracto del Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y Productos Derivados No. 276 de 2019, en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Artículo 6. COMUNICACIÓN, LA UNIVERSIDAD EL BOSQUE deberá comunicar el contenido de la presente Resolución a Escuela Colombiana de ingeniería Julio Garavito, en su calidad de Institución Nacional de Apoyo. Artículo 7. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 — Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE Y C

Dada en Bógoté, D.C> Exp. RGE324

Proyectó: Mónica Ully Serrato Moreno — Abogada contratista mu Revisó y aprobó: Carlos Augusto Ospina - Coordinador (8) Grupo de Recursos Genéticos — DBBSE EIA 46 Versión 1 7509/2018A,

EXTRACTO DEL CONTRATO MARCO DE ACCESO A RECURSOS

GENÉTICOS Y PRODUCTOS DERIVADOS No. 276, SUSCRITO ENTRE EL

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Y LA

UNIVERSIDAD EL BOSQUE PROGRAMA Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología OBJETO DEL PROYECTO Desarrollar proyectos en Ciencia Tecnología e Innovación asociados a la biodiversidad

UNIVERSIDAD EL BOSQUE PROGRAMA Evaluación y análisis de la biodiversidad colombiana para usos en bioprospección y biotecnología OBJETO DEL PROYECTO Desarrollar proyectos en Ciencia Tecnología e Innovación asociados a la biodiversidad colombiana, que permitan fortalecer la investigación básica y aplicada. SOLICITANTE UNIVERSIDAD EL BOSQUE, identificada con NIT 860066789-6, Institución de educación superior privada, de utilidad común, sin ánimo de lucro, con personerpia jurídica reconocida mediante Resolución No. 11153 de 1978 expedida por el Ministerio de Educación Nacional; y su carácter académico es el de Universidad,

RESPONSABLE TECNICO

Carolina Vizcaino Sarmiento

INSTITUCIÓN NACIONAL DE APOYO

Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO El término de ejecución del presente contrato será de quince (15) años, contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto administrativo por medio del cual se adopte y perfeccione el contrato. FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO 2 de diciembre de 2019

EXPEDIENTE

RGE0324

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