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MINAMBIENTE - Resolución 2553 de 2017

Ministerio de Ambiente

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Detalles

Título
MINAMBIENTE - Resolución 2553 de 2017
Autor
Ministerio de Ambiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2017

REPÚBLICA DE COLOMBIA 3 : Ey -

", Y Libertad y Orden

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO

SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se toman otras determinaciones”

EL DIRECTOR DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS

ECOSISTEMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las funciones asignadas en el numeral 15 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, la Resolución No. 624 del 17 de marzo de 2015, la Resolución No. 134 del 31 de enero de 2017, y CONSIDERANDO Que mediante radicado MADS E1-2017-018605 del 24 de julio de 2017, la Sociedad ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., con NIT. 891.180.001-1, presentó ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, solicitud de levantamiento parcial de veda para las especies de flora silvestre que serán afectadas por el desarrollo del proyecto “Línea a 115 kV AltamiraLa Plata y sus módulos asociados”, localizado en jurisdicción de los municipios de Altamira, Tarqui, Pital y La Plata en el departamento del Huila. Que por medio de Auto No. 371 del 29 de agosto de 2017, la Dirección de Bosques Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, dio inicio a la evaluación administrativa ambiental para el levantamiento parcial de veda de las especies de flora silvestre que serán afectadas

Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, dio inicio a la evaluación administrativa ambiental para el levantamiento parcial de veda de las especies de flora silvestre que serán afectadas por el desarrollo del proyecto “Línea a 115 kV Altamira - La Plata y sus módulos asociados”, a cargo de la Sociedad ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., con NIT. 891.180.001-1, dando apertura al expediente ATV 0642. Que através de radicados MADS E1-2017-025577 del 28 de septiembre de 2017 y MADS E1-2017-025578 del 28 de septiembre de 2017, la Sociedad ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., con NIT. 891.180.001-1, presentó ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, información con el fin de precisar el alcance del proyecto, relacionada con el soporte de determinación taxonómica de flora vascular y no vascular e información cartográfica. Que teniendo en cuenta la información existente en el expediente ATV 0642, presentada por la Sociedad ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., con NIT, 891.180.001-1, en aras de obtener el levantamiento parcial de veda de las especies de la flora silvestre que se verán afectadas por el desarrollo del proyecto “Línea a 115 kV Altamira - La Plata y sus módulos asociados”, localizado en jurisdicción de los municipios de Altamira, Tarqui, Pital y La Plata en el departamento del Huila, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y EN

módulos asociados”, localizado en jurisdicción de los municipios de Altamira, Tarqui, Pital y La Plata en el departamento del Huila, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y EN XK Ecosistémicos evaluó la solicitud y la información adicional para precisar el proyeResolución No. del | Hoja No. 2 a “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se toman otras determinaciones” emitiendo el Concepto Técnico No. 0240 del 29 de septiembre de 2017, que estableció lo siguiente: Y...) 3 CONSIDERACIONES TÉCNICAS Una vez revisada y evaluada la información remitida por la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P, de ahora en adelante el solicitante, mediante radicados N E1-2017-018605 del 24 de julio de 2017, N E1-2017-025577 del 28 de septiembre de 2017 y N E1-201 7-025578 del 28 de septiembre de 2017, en relación a la solicitud de levantamiento parcial de veda de especies de flora silvestre que se verán afectadas en desarrollo del proyecto “Línea a 115 kV Altamira - La Plata y sus módulos asociados”, ubicado en el Municipio de Altamira, Tarqui, Pital y La Plata, del departamento de Huila, se adelantan las siguientes consideraciones técnicas: 3.1 Con relación a la localización y descripción del proyecto A través de radicado N E1--2017-018605 del 24 de julio de 2017, el solicitante señala la localización del proyecto y describe las actividades que se adelantaran en el marco de la construcción de línea

A través de radicado N E1--2017-018605 del 24 de julio de 2017, el solicitante señala la localización del proyecto y describe las actividades que se adelantaran en el marco de la construcción de línea eléctrica de 115 kV que tendrá una longitud de 39.090m, cuyo trazado inicia en el municipio de Altamira, atraviesa los municipios de Tarqui y Pital, finalizando en el municipio de La Plata, ubicados en el departamento de Huila. Dentro de la etapa de construcción del proyecto, considera la cimentación de áreas para la instalación de 87 torres y la adecuación de terreno para la construcción de una bahía dentra de la subestación existente en el municipio de Altamira y la construcción de una subestación en el municipio de La Plata; en este mismo sentido, señala que no requerirá de construcción de caminos. o vías nuevas, ni de campamentos toda vez que el montaje «de equipos se realizará de manera simultánea. Respecto a las actividades de tendido de la línea, contempla la franja servidumbre de 20m conforme con lo establecido en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) acogido mediante Resolución Número 90708 del 30 de agosto de 2013 y menciona que la riega de pescante se realizará de forma aérea con ayuda de Dron u otros métodos de apoyo aéreo con el fin de minimizar el contacto con la vegetación existente. No obstante, toda vez que la precitada Resolución establece en el numeral “22.2 ZONAS DE SERVIDUMBRE? del artículo 22: “a, (...) El propietario u operador de la línea debe hacer uso periódico de la servidumbre ya

No obstante, toda vez que la precitada Resolución establece en el numeral “22.2 ZONAS DE SERVIDUMBRE? del artículo 22: “a, (...) El propietario u operador de la línea debe hacer uso periódico de la servidumbre ya sea con el mantenimiento. de la línea o poda de la vegetación y debe dejar evidencia de ello. (...) b. Dentro de la zona de servidumbre se debe impedir la siembra O crecimiento natural de árboles o arbustos que con el transcurrir del tiempo comprometan la distancia de seguridad y se constituyan en un peligro para las personas o afecten la confiabilidad de la línea.” Este Ministerio considera que el área del proyecto sobre el que se puede presentar el levantamiento de la veda, debe incluir dicha área de servidumbre. En este sentido, de conformidad con la revisión cartográfica anexada en la carpeta "DELIMI TACIÓN DE ÁREAS” del radicado N Ef-2017-025577 del 28 de septiembre de 2017 el área de levantamiento contempla el área de servidumbre, dentro de la que encuentran las torres, así como el área de las obras puntuales que intervienen cobertura vegetal, es decir la subestación de La Plata, que corresponde a un total de 78,59 hectáreas y 0,97 hecláreas, En lo que refiere a la construcción de la bahía de la subestación existente «de Altamira, se aclara que el área no se considera en el levantamiento parcial de veda, toda vez que se evidencia que las actividades constructivas se adelantarán sobre terreno desprovisto de vegetación. 3.2 Con relación a la caracterización bióticaResolución No. del Hoja No. 3 a “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se

actividades constructivas se adelantarán sobre terreno desprovisto de vegetación. 3.2 Con relación a la caracterización bióticaResolución No. del Hoja No. 3 a “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se toman otras determinaciones” Mediante documento “INFORME EPIFITAS” relacionado en radicado N E1-2017-018603 del 24 de julio de 2017, relaciona las características biofísicas del área de interés, encontrando que el proyecto se ubicad entre dos zonas de vida de conformidad con la clasificación Holdridge, bosque seco tropical (bs-T) entre los municipios de Altamira, Tarqui y la zona sur de Pital, y bosque húmedo premontano (bh-PM) que abarca la zona norte de de Pital y La Plata. Información que permite tener una perspectiva de la dinámica de la vegetación del área de estudio. En cuanto a cobertura de la tierra, presenta la respectiva clasificación según la metodología Corine Land Cover ajustada por IDEAM para el área de interés, en donde relaciona unidad de cobertura, área, porcentaje y describe cada una de las unidades encontradas. Encontrando que predominan unidades de cobertura con intervención antrópica por las altas tasas de deforestación en la región, en donde el 87.4% corresponde a pastos arbolados, pastos enmalezados y cultivos permanentes arbustivos, mientras que el 3.9% del área cuenta con bosque de galería y 8.8% con vegetación secundaria alta. Es necesario precisar que consideró un área total de 78,2 hectáreas, pero una vez revisada la información cartográfica allegada con radicado N E1-2017-025577 del 28 de septiembre

secundaria alta. Es necesario precisar que consideró un área total de 78,2 hectáreas, pero una vez revisada la información cartográfica allegada con radicado N E1-2017-025577 del 28 de septiembre de 2017, se evidencia que el área de interés corresponde a 78,59 hectáreas. De igual manera, es importante señalar que el área de interés del proyecto se traslapa con una zona de la Reserva Forestal de la Amazonía, sobre la cual menciona en el documento "LEVANTAMIENTO DE VEDA” que “(...) se solicitó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la respectiva sustracción de área, que se traduce en 6400 m2 de área correspondiente a las 16 torres de energía que se irán a levantar en el tramo entre Altamira y Tarqui. (...)”. Frente a la caracterización de flora, señala que la descripción se enfocó en los dos tipos de zonas de vida que abarca el proyecto, en donde se realizó un análisis estructural que evaluó el perfil idealizado, la abundancia, frecuencia y dominancia tanto absoluta como relativa, e Índice de valor de importancia. Por otro lado, señala que adicionalmente realizó un inventario de todos los individuos arbóreos presentes en el área de interés, indicando la poda o tala sobre cada uno de estos, información que se verifica se encuentran consignada en el anexo "INVENTARIO FORESTAL ElA”. 3.3 Con relación a la metodología de inventarios y muestreo Para la caracterización de flora vascular y no vascular, en documento "INFORME EPIFITAS” señala que realizó la caracterización en el área de influencia de obra, en donde inicialmente se consideran los forófitos más robustos de conformidad con la metodología Gradstein et al. (2003), sin embargo

que realizó la caracterización en el área de influencia de obra, en donde inicialmente se consideran los forófitos más robustos de conformidad con la metodología Gradstein et al. (2003), sin embargo dado la baja disponibilidad de individuos arbóreos en la zona, decidió valorar la totalidad de forófitos presentes en el área, es decir 167 individuos, en donde evaluó la distribución vertical en función de los cinco estratos propuestos por Johansson (1974). Para flora vascular se realizó el conteo de individuos, mientras que para flora no vascular se calculó la cobertura sobre el tronco del forófito evaluado y sobre un área de 20m alrededor del mismo, con el fin de facilitar su determinación para todos los casos se realizó colecta de material amparada bajo la Resolución No. 04631 del 14 de febrero de 2017 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena. El material vegetal fue identificado por un profesional a partir de bibliografía especializada y se incluyó en la colección del Herbario CUVC de la Universidad del Valle, cuyos soportes de curriculum, determinación e inclusión por parte del herbario anteriormente mencionado, se encuentran consignados en el anexo del radicado N E1-2017-025578 del 28 de septiembre de 2017. Sin embargo, toda vez que no precisa el acceso al dosel para realizar la evaluación de la flora de interés y que en lo que concierne a flora no vascular no se discrimina la cobertura por estrato, sumado a que gran parte de las determinaciones llegaron solo a nivel de familia por falta de estructuras florales, este Ministerio considera que se debe definir una acción correctiva permita corroborar la caracterización de epifitas en las partes altas de los forófitos y la relación precisa a nivel de especie de lo individuos objeto de levantamiento de veda.

estructuras florales, este Ministerio considera que se debe definir una acción correctiva permita corroborar la caracterización de epifitas en las partes altas de los forófitos y la relación precisa a nivel de especie de lo individuos objeto de levantamiento de veda. En cuanto a eficiencia del muestreo, presenta curvas de acumulación de especies en función de las abundancias registradas, utilizando estimadores como Chao 1, ACE y Cole, de conformidad con al ' Gradstein, S.R., Nadkarni, N.M., Krómer, T., Holz, 1., Nóske, N, 2003. A Protocol For Rapid And Representative Sampling of Vascular and ¿Y Non-Vascular Epiphyte Diversity of Tropical Rain Forest, Selbyana 24(1): 105-111 =É XResolución No. del Hoja No. 4 dl “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se y toman otras determinaciones” metodología de Alvares et al. (2004). En este mismo sentido calculó Índices de diversidad, dominancia y similaridad, y evaluó la abundancia, riqueza y distribución en cada una de las coberturas identificadas. 3.4 Con relación a los resultados En función de la información presentada, el solicitante en documento “INFORME EPIFITAS”, señala que se evaluó la presencia de flora vascular y no vascular en la totalidad de los individuos arbóreos censados en el área de influencia de obra del proyecto, correspondiente a 167 individuos. Si bien, se genera confusión pues en documento "LEVANTAMIENTO DE VEDA”, precisa que “(...) se identificaron 176 árboles (...)”, se considera que dicho desfase no afecta el criterio técnico, toda vez que se trata de una caracterización de flora objeto de levantamiento de veda y la misma se adelantó

identificaron 176 árboles (...)”, se considera que dicho desfase no afecta el criterio técnico, toda vez que se trata de una caracterización de flora objeto de levantamiento de veda y la misma se adelantó sobre la mayoría de los individuos reportados para cada una de las coberturas identificadas (pastos arbolados, pastos enmalezados, cultivos permanentes arbustivos, bosque de galería y vegetación secundaria alta), lo que permite obtener un soporte técnico para evaluar las posteriores medidas de manejo. En este sentido, una vez revisa la base de datos “EPIFITAS”, relacionada como anexo en radicado N E1-2017-025578 del 28 de septiembre de 2017, se evidencia que aproximadamente el 80.6% de los forófitos evaluados (147 individuos) tienen presencia de flora bien sea vascular o no vascular, pertenecientes a 31 morfoespecies (30 determinadas y 1 sin determinar), de las cuales se identifica que Erythrina sp., Guarea guidonia y Maclura tinctoria, soportan la mayor cantidad de individuos de flora vascular y a su vez presentan la mayor cobertura de flora no vascular, a la cual se suma también la especie Albizia guachapele. Respecto a la diversidad de especies pertenecientes a los grupos taxonómicos de bromelias y orquídeas, forófitos como Albizia carbonaria, Cassia fistula, Erythrina sp., Ficus sp. y Myrcia splendens, albergan más de doce especies; mientras que en lo que concierne a grupos taxonómicos de líquenes, hepáticas y musgos, los forófitos de Albizia guachapele, Erythrina sp., Ficus sp., Guarea guidonia Maclura tinctoria y Trichospermum mexicanum, albergan más de ocho especies.

Albizia guachapele, Erythrina sp., Ficus sp., Guarea guidonia Maclura tinctoria y Trichospermum mexicanum, albergan más de ocho especies. En particular, se registraron un total de 53 morfoespecies de flora no vascular, correspondientes a 30 especies de líquenes, 12 especies de musgos (11 determinadas y 1 sin determinar) y 10 especies de hepáticas (9 determinadas y 1 sin determinar), de manera general el grupo taxonómico de musgos representa la mayor cobertura (9.524cm?), seguido por los líquenes (9.003cm”) y hepáticas respectivamente (3.458cm), no obstante es de aclarar que no discrimina la cobertura de dichos grupos taxonómicos en estratos altos, toda vez que relaciona la misma solo a nivel del tronco, se deberá una vez inicie las actividades de tala y/o poda llevar el registro exacto de especies y cobertura presentes. Respecto al análisis de unidades de cobertura vegetal, se evidencia que de manera general los pastos arbolados representaron la mayor riqueza de especies de flora no vascular (21 especies) y mayor cobertura (7768cm), seguido por la unidad de bosque de galería (19 especies y 5580cm) en donde el grupo taxonómico de líquenes es el más representativo. Sin embargo, el indice de diversidad de Shannon señala que la unidad de vegetación secundaria presenta mayor diversidad y riqueza, seguida por la unidad de pastos, mientras en lo que refiere al índice de dominancia de Simpson estas dos unidades de cobertura presenta similitud, lo cual se confirmar con el índice de similitud de Jaccard que presenta los mismos indicios. En que lo que a curvas de acumulación de

Simpson estas dos unidades de cobertura presenta similitud, lo cual se confirmar con el índice de similitud de Jaccard que presenta los mismos indicios. En que lo que a curvas de acumulación de especies se refiere, los estimadores como Bootstrap expresan un cercanía del 83, 7% para liquenes y del 81,9% para briofitos (musgos y hepáticas). Respecto a flora vascular, se registraron 55 especies, de las cuales 36 especies pertenecen a los grupos taxonómicos de bromelias y orquídeas representadas por 18 especies cada una, es de resaltar que dentro de las especies más abundantes se encuentran Tillandsia elongata y Tillandsia juncea, toda vez que son especies que adaptan a ambientes con alta luminosidad, alta temperatura y baja humedad, y (...) que los pastos arbolados fue la cobertura más extensa y por ende la de mayor representación arbórea (...)” aumentando la posibilidad de encontrar individuos en veda. Frente a la estratificación vertical, la zona ll! y IV presentan la mayor cantidad de individuos, información que es prioridad considerar teniendo en cuenta que según Ceja et al. (2008)? se ofrecen una gran variedad de nichos y recursos a partir de dicha estratificación, contribuyendo al incremento Mo ? CEJA, J., ESPEJO, A., LOPEZ, A,, GARCIA, J., MENDOZA, A. € PEREZ, B. 2008. Las plantas epifitas, su diversidad e importancia. Ciencias, 91 : 34-41 Y)Resolución No. del Hoja No. 5 8 “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se Y toman otras determinaciones” de la biodiversidad de las comunidades donde se encuentran. Es importante aclarar que en lo que

8 “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se Y toman otras determinaciones” de la biodiversidad de las comunidades donde se encuentran. Es importante aclarar que en lo que se refiere a Tillandsia recurvata Tillandsia usneoides y Peperomia cf. rotundifolia, dada la dificultad para contabilizar los individuos de las especies, el registro por estrato se realizó con base en el porcentaje de cobertura sobre el forófito. En cuanto al análisis de unidades de cobertura vegetal, se evidencia que de manera general la unidad de cultivos permanentes arbustivos y pastos arbolados presentan la cantidad de individuos, no obstante, la unidad de bosque de galería soporta mayor riqueza de especies, información que coincide con el índice de diversidad de Shannon, mientras que el índice de dominancia de Simpsons refleja similitud en todas las unidades de cobertura, con excepción de pastos enmalezados infiriendo alta dominancia de especies, lo cual se confirmar con el índice de Jaccard que expresa que las coberturas comparten casi la misma composición, contrastado con pastos enmalezados. Si bien, no es necesario generar curvas de acumulación de especies toda vez que realizó la caracterización sobre la totalidad de los árboles a ser intervenidos, se considera la información presentada por el solicitante, en donde de conformidad en donde se evidencia que se obtuvo una eficiencia de muestreo del 88,6% según lo referido al estimador de Bootstrap. Es necesario señalar que se evidencia una alta incertidumbre en la determinación taxonómica de flora vascular y no vascular, en donde en muchos casos solo se logró llegar a nivel de grupo taxonómico toda vez que los individuos no contentaban con estructuras que permitieran afinar su

Es necesario señalar que se evidencia una alta incertidumbre en la determinación taxonómica de flora vascular y no vascular, en donde en muchos casos solo se logró llegar a nivel de grupo taxonómico toda vez que los individuos no contentaban con estructuras que permitieran afinar su identificación (3 casos para bromelias, 11 casos para orquídeas, 1 caso para hepáticas y 1 caso para musgos), en este sentido, se deberá realizar el respectivo seguimiento a los individuos en particular y presentar la relación y el certificado de Herbario de la determinación a nivel de especie de todos los individuos que no fueron identificados hasta tal punto. 3.5 Con relación a los soportes cartográficos Mediante radicado N E1-2017-018605 del 24 de julio de 2017, allega cartografía en formato .pdf que relaciona de manera puntual la localización del proyecto, las unidades de cobertura de la tierra y la ubicación de forófitos evaluados para adelantar la caracterización de flora vascular y no vascular. En este sentido, relaciona el shapefile que contiene los forófitos muestreados a lo largo del área de proyecto, no obstante con el fin de precisar la información, a través de radicado N E12017-025577 del 28 de septiembre de 2017, adjunta shapefiles adicionales, en donde relacionan las unidades de cobertura de la tierra, las coordenadas y polígono del área de servidumbre, y polígonos de las obras (instalación de torres, construcción de subestación de La Plata y bahía de subestación existente de Altamira). Una vez analizada la información el grupo SIG de apoyo de la Dirección de Bosques y Servicios Ecosistémicos, identifica que el área sobre la cual procede levantamiento de veda corresponde a

subestación existente de Altamira). Una vez analizada la información el grupo SIG de apoyo de la Dirección de Bosques y Servicios Ecosistémicos, identifica que el área sobre la cual procede levantamiento de veda corresponde a las áreas que afectarán cobertura vegetal, es decir especificamente el área de servidumbre de 78,59 hectáreas que abarca el área de las torres y la línea eléctrica, y el área de la subestación de La Plata, que corresponde a un total de 0,97 hectáreas. 3.6 Con relación a las medidas de manejo ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. relaciona la propuesta de plan de manejo por afectación de especies vasculares y no vasculares en veda presentes sobre los árboles que serán objeto de aprovechamiento, sin embargo es necesario precisar que se deberá considerar lo referente a las actividades de poda, toda vez que sobre las zonas que requieren de dicho manteamiento también se encuentran individuos objeto de levantamiento de veda. En cuanto al manejo de especies epifitas vasculares, propone adelantar una medida encaminada al rescate, traslado y reubicación de individuos que prevé rescatar el 90% de los individuos registrados de cada una de las especies de la familia Bromeliaceae y el 100% de los individuos de la familia Orchidaceae, en donde la selección de individuos estará en función del estado fitosanitario y vegetativo. Si bien, se considera como una medida de manejo adecuada para la conservación de sus poblaciones y del acervo genético a nivel local, se precisa que el rescate deberá estar en función de sus características particulares (determinaciones hasta género o familia, especies indeterminadas, abundancias reportadas por especie, categoría de amenaza de estas especies de

sus poblaciones y del acervo genético a nivel local, se precisa que el rescate deberá estar en función de sus características particulares (determinaciones hasta género o familia, especies indeterminadas, abundancias reportadas por especie, categoría de amenaza de estas especies de acuerdo a la Resolución 0192 de 2014 y especies nuevas no registradas en la caracterización). Ú y 3Resolución No. del Hoja No. 6 a “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y su, toman otras determinaciones” Frente a las actividades de rescate, se recomienda se realice el ascenso a los hospederos previo a la tala, O bien, se adelanten dichas actividades bajo una tala controlada garantizando la no afectación del estado mecánico de las especies. Respecto al marcaje de individuos, el solicitante señala que se realizará a partir de información obtenida en la caracterización, relacionando en la placa de identificación la inicial de la especie, género o familia, dependiendo del caso en particular; sin embargo, es necesario señalar que se deberá realizar seguimiento sobre los individuos objeto de levantamiento de veda con el fin de lograr la determinación en todos los casos por lo menos a nivel de género y/o especie, para lo cual como se mencionó anteriormente, deberá reportar lo referente y presentar el respectivo soporte de determinación taxonómica realizada por un Herbario. En lo que concierne al traslado, señala que con el fin de mantener momentáneamente las condiciones de hábitat de los individuos rescatados, “(...) se depositarán en bolsas negras con hojarasca, cortezas de árbol y musgo (...)” (subrayado fuera de texto), por cuanto este Ministerio aclara que teniendo en cuenta que el aprovechamiento de briofitos está sujeto a veda, se PROHIBE

hojarasca, cortezas de árbol y musgo (...)” (subrayado fuera de texto), por cuanto este Ministerio aclara que teniendo en cuenta que el aprovechamiento de briofitos está sujeto a veda, se PROHIBE el uso de los mismos en el propósito de mantener los niveles de humedad; en cuanto a las cortezas, no deben provenir de especies que contengan taninos, resinas u otras sustancias que generan alelopatía con las epifitas, como pinos, eucaliptos, etc. Para la reubicación definitiva de individuos de flora vascular, deberá considerarse el hábito de crecimiento (epifito, terrestre y saxícola). Específicamente para flora epifita deberá adelantarse en lo posible sobre el mismo estrato vertical del que fueron rescatados, teniendo en cuenta que la distribución espacial de las epífitas se relaciona con las condiciones microclimáticas del hábitat y las características propias del forófito sobre el que crecen. Para todos los casos se tendrá que propender y adelantar las estrategias necesarias para garantizar la sobrevivencia alrededor del 80% de los especímenes de acuerdo a los porcentajes de rescate establecidos. Respecto a los indicadores, se deberá establecer una relación en la que se consideren los individuos a reubicar respecto de la totalidad de los individuos que cumplen con los criterios de selección para su rescate y reubicación, cuya relación se aplica para cada especie, y el valor mínimo esperado serán los porcentajes rescate y reubicación establecidos para las especies de las familias Bromeliaceae y Orchidaceae. En lo que refiere a la sobrevivencia, se deberá ajustar la fórmula de manera que se calcule la cantidad de individuos vivos respecto a la cantidad de individuos

Bromeliaceae y Orchidaceae. En lo que refiere a la sobrevivencia, se deberá ajustar la fórmula de manera que se calcule la cantidad de individuos vivos respecto a la cantidad de individuos reubicados, para este caso particular se deben considerar los valores acumulados que se registren durante la medida, con el fin de realizar un análisis y tomar las medidas pertinentes en el caso que lo requiera. De igual deberá formular indicadores que permitan evaluar mortalidad, presencia de hijuelos, estado fitosanitario y estado fenológico. Se aclara que todos los indicadores los resultados deberán reportarse por especie. Las actividades de seguimiento una vez finalizadas las actividades de reubicación, deberán estar planificadas en una temporalidad mínima de tres (3) años, adelantando de manera simultánea informes de monitoreo y seguimiento semestrales, información que deberá plasmarse en un cronograma de actividades. Este Ministerio considera viable la medida de manejo propuesto para epifitas vasculares, sin embargo, antes de realizar actividades que conlleven intervención sobre dichos individuos, el solicitante deberá presentar a este Ministerio, los ajustes al programa mencionado y propuesta del sitio para adelantar la reubicación de epifitas, el cual deberá presentar características ideales para el desarrollo de los individuos teniendo en cuenta la zona de vida (bs-T y bh-Pm) en áreas con presencia de bosque de galería asociados con zonas de recarga acuífera, nacederos y/o rondas de ríos, y contar con la participación de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena — CAM. (sic) Por otro lado, respecto a la medida de manejo propuesta para flora no vascular, que consiste en establecer parcelas permanentes con el fin de realizar un monitoreo de dichas especies sobre flora

(sic) Por otro lado, respecto a la medida de manejo propuesta para flora no vascular, que consiste en establecer parcelas permanentes con el fin de realizar un monitoreo de dichas especies sobre flora arbórea, no se considera pertinente, toda vez que el objetivo es mantener el acervo genético de los individuos sobre los cuales se levanta la veda. En este sentido, toda vez que parte del proyecto se ubica dentro de la zona de vida de bosque seco tropical, siendo este un ecosistema con un alto valor

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