MINAMBIENTE - Resolución 2726 de 2017
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Resolución 2726 de 2017
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2017
REPÚBLICA DE COLOMBIA A ña "
Libertad y Orden
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE RESOLUCIÓN No. ( 26DIC 2017 ) la la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se toman otras determinaciones”
EL DIRECTOR DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS
ECOSISTEMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las funciones asignadas en el numeral 15 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, la Resolución No. 624 del 17 de marzo de 2015, la Resolución No. 134 del 31 de enero de 2017, y CONSIDERANDO Que mediante los radicados No. E1-2016-033617 del 27 de diciembre de 2016 y No. E12017-009258 del 20 de abril de 2017, la sociedad Optima Vivienda y Construcción S.A., con NIT. 890.917.007-7, presentó ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, solicitud de levantamiento parcial de veda para las especies de flora silvestre que se verán afectadas por el desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, del departamento de Antioquia. Que mediante el Auto No. 0156 del 15 de mayo de 2017, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, dio inicio a la evaluación administrativa ambiental de la solicitud de levantamiento parcial de veda de las especies de la flora silvestre que se verán afectadas por el desarrollo del proyecto “Danza Campo,
Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, dio inicio a la evaluación administrativa ambiental de la solicitud de levantamiento parcial de veda de las especies de la flora silvestre que se verán afectadas por el desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, del departamento de Antioquia, a cargo de la sociedad Optima Vivienda y Construcción S.A., con NIT. 890.917.007-7, dando apertura al expediente ATV 592. Que el día 18 de agosto de 2017, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, adelantó visita de campo con el fin de verificar el alcance del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, del departamento de Antioquia, así como, los individuos arbóreos en veda y la posible presencia de flora vascular y no vascular. Que por medio del Auto No. 400 del 12 de septiembre de 2017, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, solicitó información adicional para continuar con la evaluación a la solicitud de levantamiento parcial de veda para las especies que serían afectadas por la intervención del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, del departamento de Antioquia. Que a través de los radicados No. E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017 y No. E12017-032537 del 27 de noviembre de 2017, la sociedad Optima Vivienda y Construcción S.A., con NIT. 890.917.007-7, presentó ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, información adicional en respuesta a cada uno de los
S.A., con NIT. 890.917.007-7, presentó ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, información adicional en respuesta a cada uno de los requerimientos del Auto No. 400 del 12 de septiembre de 2017, para ser evaluada. Que teniendo en cuenta la información existente en el expediente ATV 0592 y la información adicional presentada por la sociedad Optima Vivienda y Construcción S.A., Al AlResolución No. del Hoja No. 2 a “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se | toman otras determinaciones” con NIT. 890.917,007-7, en aras de obtener el levantamiento parcial de veda de las especies de flora silvestre que se verán afectadas por el desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, del departamento de Antioquia, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos evaluó la solicitud, emitiendo el Concepto Técnico No. 0297 del 28 de noviembre de 2017, que estableció lo siguiente: "E: ' ) :
3. CONSIDERACIONES TECNICAS Una vez revisada y evaluada la información remitida por la sociedad mediante radicados N E1-2016-033617 del 27 de diciembre de 2016, N E1-2017-009258 del 20 de abril de 2017, N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017 y N E1-2017-032537 del 27 de noviembre de 2017, en relación a la solicitud de levantamiento parcial de veda de especies de flora silvestre que se verán afectadas en desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”,
2017, en relación a la solicitud de levantamiento parcial de veda de especies de flora silvestre que se verán afectadas en desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, departamento de Antioquia, y producto de la visita de campo se adelantan las siguientes consideraciones técnicas: 3.1. Con relación a la localización y descripción del proyecto Mediante radicado N E1-2016-033617 del 27 de diciembre de 2016, la sociedad señala que el proyecto consiste en la construcción de casas y vías de acceso en una zona urbanizable, ubicada en zona urbana del municipio El Retiro, en el departamento de Antioquia. De igual manera, a través de radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017, precisa el polígono de intervención sobre el cual se enmarca el proyecto que abarca 1,19 hectáreas, identificando las coordenadas de delimitación, con las cuales se puede diferenciar el área objeto de estudio. Información que coincide con el soporte cartográfico allegado (shapes) en donde se puede verificar el polígono de intervención y la ubicación de obras a desarrollar. En atención a lo anterior, se considera que la información relacionada por la sociedad es suficiente y da alcance a lo solicitado en el numeral 1 del artículo 1 del Auto N 400 de 2017. 3.2. Con relación a la caracterización biótica Inicialmente la sociedad indica que el proyecto se desarrolla sobre la zona urbana del municicpio El Retiro, en un predio que no cuenta con vegetación densa. En radicado N E12017-027419 del 13 de octubre de 2017, adelanta la respectiva caracterización biofisica sobre el área de influencia del proyecto de construcción cumpliendo con lo requerido en el numeral
2017-027419 del 13 de octubre de 2017, adelanta la respectiva caracterización biofisica sobre el área de influencia del proyecto de construcción cumpliendo con lo requerido en el numeral 2 del artículo 1 del Auto N 400 de 2017. Específicamente el área de intervención se encuentra dentro de la zona de vída de bosque muy húmedo montano bajo (bmh-MB), en donde se reportaron dos unidades de cobertura terrestre, correspondiente a tefido urbano discontinuo y pastos arbolados, siendo esta última cobertura la que se ve afectada por el avance del proyecto y que actualmente cuentan con la presencia de flora en veda nacional, información que se pudo evidenciar en la visita de campo adelantada el 18 de agosto de 2017. Como soporte de lo anterior, la sociedad relaciona en el “Anexo 1. Shapes Minambiente” a partir de lo cual se puede verificar lo referente. 3.3. Con relación a la metodología de inventarios y muestreo La sociedad señala en radicado N E1-2016-033617 del 27 de diciembre de 2016, que realizó un inventario de los individuos arbóreos y helechos arborescentes que serán intervenidos por actividades del proyecto y que se encuentran en veda nacional, en donde se midieron variables dasométricas y ubicación geográfica. Sí bien, inicialmente no presentan la respectiva caracterización de flora vascular y no vascular, en radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017 precisa lo referente, En donde señala que empleó la metodología de SVERA (Sampling Vascular Epiphytes a.¿ Resolución No. e del 2£ Hoja No. 3 E l “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se N toman otras determinaciones”
Resolución No. e del 2£ Hoja No. 3 E l “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se N toman otras determinaciones” and Abundance), la cual consideran 35 individuos arbóreos en diferentes categorías diamétricas por cada fragmento o hectárea de bosque dentro de cada cobertura vegetal, no obstante, teniendo en cuenta el tipo de cobertura vegetal actual, la sociedad adelantó la caracterización sobre el único individuo arbóreo (fustal) presente dentro del área de intervención, Particularmente para la caracterización de epifitas vasculares, tuvo en cuenta tres estratos, en donde se cuantificó la cantidad de individuos presentes. Mientras que para epifitas no vasculares se evaluaron dos estratos (base y tronco) en donde se calculó porcentaje de cobertura a través de una cuadricula de acetato. Es de señalar que, en la visita de campo del 18 de agosto de 2017, se evidenció la presencia de flora no vascular sobre las estípites de helechos arborescentes, y aunque posiblemente dichos individuos no contaban con el diámetro minimo propuesto en la metodología utilizada, teniendo en cuenta la baja disponibilidad de hospederos, la sociedad hubiese podido haber considerado su inclusión para ampliar el registro de especies dentro del área. Pese a lo anterior, toda vez que la revisión sobre el individuo arbóreo fue exhaustiva y dadas las características particulares del área de intervención, así como de las especies de flora vascular y no vascular presentes en el tipo de cobertura, se considera valida la caracterización realizada. No obstante, una vez se adelante la intervención sobre los individuos en veda, teniendo en cuenta que no se realizó colecta de material y que puede
vascular y no vascular presentes en el tipo de cobertura, se considera valida la caracterización realizada. No obstante, una vez se adelante la intervención sobre los individuos en veda, teniendo en cuenta que no se realizó colecta de material y que puede presentarse un sesgo en la información allegada, la sociedad deberá determinar la totalidad de las especies presentes y allegar la respectiva relación en caso de encontrarse especies nuevas, acompañado de su soporte de determinación taxonómica. 3.4. Con relación a los resultados De conformidad con la información presentada por la sociedad, en radicado N E1-2016033617 del 27 de diciembre de 2016, precisa que en el área de intervención del proyecto se identificó la presencia de un (1) individuo arbóreo perteneciente a la especie Quercus humboldtii y cinco (5) helechos arborescentes de la especie Cyathea arborescens en buen estado fitosanitario, los cuales fueron debidamente georreferenciados. No obstante, en la visita de campo del 18 agosto de 2017 se evidenciaron dos (2) individuos de helecho arborescente, que se encuentran en mal estado fitosanitario (marchitamiento) y que no fueron reportados en la solicitud inicial. En este sentido, mediante radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017, la sociedad allega las coordenadas planas de los individuos sobre los cuales se solicita levantamiento de veda, sin embargo hace falta la relación de un (1) individuo de helecho arborescente por lo que en radicado N E1-2017-032537 del 27 de noviembre de 2017, presenta nuevamente el listado de individuos en veda nacional presentes en el área de
arborescente por lo que en radicado N E1-2017-032537 del 27 de noviembre de 2017, presenta nuevamente el listado de individuos en veda nacional presentes en el área de intervención, reportando con coordenadas Magna Colombia Oeste, un total de ocho (8) individuos, discriminados en (1) individuo arbóreo perteneciente a la especie Quercus humboldtij y siete (7) helechos arborescentes de la especie Cyathea arborescens (5 individuos en buen estado fitosanitario y 2 individuos en mal estado fitosanitario), dando alcance a lo requerido en el numeral 3 del artículo 1 del Auto N 400 de 2017. No obstante, es de señalar que la especie reportada por la sociedad como “Cyathea arborescens”, no se encuentra dentro de los registros oficiales de taxonomía y toda vez que no se allega el respectivo certificado de determinación de la misma, este Ministerio la establece como indefinida, es decir de ahora en adelante Cyathea sp. Pese a lo anterior, la sociedad deberá adelantar la determinación y allegar su soporte antes de iniciar las medidas de manejo. En lo que se refiere a la caracterización de flora vascular en veda nacional, si bien, inicialmente en radicado N E1-2017-009258 del 20 de abril de 2017, la sociedad señala que en el individuo de la especie Quercus humboldtii, solo se identifica la presencia de líquenes, mediante radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017 precisa que una vez adelantada la respectiva revisión se encontró un total 13 individuos discriminados en 2
líquenes, mediante radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017 precisa que una vez adelantada la respectiva revisión se encontró un total 13 individuos discriminados en 2 especies de la familia Bromeliaceae (Tillandsia usneoides y Tillandsia sp.) y 1 especie de CS familia Orchidaceae (Comparettia falcata).Resolución No. del Hoja No. 4 “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y eN toman otras determinaciones” Respecto a la estratificación vertical, la mayor diversidad y número de individuos se encuentran en el estrato 1!, seguido por el estrato !, en lo que se concierne al estrato 1I!, no se reportaron individuos. Frente a la flora no vascular, se encontró un total de cuatro especies, Pertusaria velata, Punctelia sp., Parmotrema perlatum y Anomoclada sp, que abarcan cerca de 16.128,9 cnY, distribuidos en su mayoría en el estrato f/ aunque con menor riqueza de especies, mientras que en el estrato | se registró mayor diversidad y menor cobertura. Es de aclarar que la especie Parmotrema perlatum, perteneciente a la familia Parmeliaceae, a diferencia de lo que señala la sociedad, está clasificada dentro del grupo taxonómico de líquenes, toda vez que se encuentran en el orden Lecanorales y hace parte del reino Fungi. Así entonces, el área de intervención está dominada por tres especies de líquenes y una especie de hepáticas. La diferencia en riqueza de especies radica posiblemente en que los líquenes producen suficiente energía para la realización de sus funciones vitales, con apenas
Así entonces, el área de intervención está dominada por tres especies de líquenes y una especie de hepáticas. La diferencia en riqueza de especies radica posiblemente en que los líquenes producen suficiente energía para la realización de sus funciones vitales, con apenas 1-2 horas de presencia de humedad (Pinzón 8 Linares, 2006)” la cual captan en la madrugada. De igual manera, es de resaltar que a nivel general en el área de intervención, se identifica una baja riqueza, toda vez la diversidad y distribución de los briófitos, se encuentra determinada por la complejidad del ambiente y el grado de perturbación en los sitios de muestreos (García et. al, 2016). En este sentido, es evidente la perturbación antrópica que presenta el área de intervención, expresado en la baja riqueza de especies comparada con otros estudios en la misma zona de vida, como el de Tejedor et al. (2012), Restrepo et al. (2012) 8 Albert de Escobar (1989) entre otros, pues los claros de vegetación implican mayor radiación, que a su vez genera una reducción de la humedad, que es un factor restrictivo para el crecimiento y desarrollo de flora epifita (Barbosa et al., 2007; Equihua et al., 20017). Frente a la determinación taxonómica del material, en radicado N E1-2017-032537 del 27 de noviembre de 2017 allega el respectivo certificado y soportes del profesional que adelantó el proceso, el cual se llevó a cabo a partir de fotografías, con ayuda de claves especializadas, colecciones consignadas en el herbario y en el jardín botánico. De conformidad con lo expuesto anteriormente, se evidencia que fa sociedad cumple con lo
proceso, el cual se llevó a cabo a partir de fotografías, con ayuda de claves especializadas, colecciones consignadas en el herbario y en el jardín botánico. De conformidad con lo expuesto anteriormente, se evidencia que fa sociedad cumple con lo solicitado en los literales a., b., C., d. y e., del numeral 4 del artículo 1 del Auto N 400 de 2017. 3.5. Con relación a los soportes cartográficos La sociedad presenta soportes cartográficos referentes al proyecto, en radicado N E1-2017027419 del 13 de octubre de 2017, donde relaciona en el anexo 1 Corine Land Cover” las unidades de cobertura de la tierra y en el anexo “2 Magna Bogotá” la localización del proyecto, ubicación de las obras a desarrollar, ubicación de los individuos en veda nacional, con excepción de un (1) individuo de helecho arborescente que fue registrado posteriormente en radicado N E1-2017-032537 del 27 de noviembre de 2017, y ubicación del hospedero utilizado en la caracterización de flora vascular y no vascular. Por cuanto se considera, da alcance a lo requerido en el numeral 5 del artículo 1 del Auto N 400 de 2017. Así mismo, en articulación con la medida de manejo propuesta, la sociedad presenta la posible ubicación de los individuos que serán objeto de reposición o reubicación, según el caso, no obstante, es de señalar que deberá considerarse también la ubicación de los
| PINZÓN, M.; £ LINARES, E. 2006. DIVERSIDAD DE LÍQUENES Y BRIOFITOS EN LA REGION SUBXEROFITICA DE LA HERRERA, MOSQUERA [CUNDINAMARCACOLOMBIA) |. RIGUEZA Y ESTRUCTURA. Caldasia, 28 (2): 243-257 2 GARCIA, 5; BÁSILIO, H.: HERAZO, F.: MERCADO, y. 4 MORALES, M. 2016. Diversidad de briófitos en los Montes de Maria, Colosó (Sucre, Colombia). Colombia Forestal, 19 (1): 41-52, ) 3 TEJEDOR, N.; ALVAREZ, E: ARANGÓ, 5: ARAUJO. A: BLUNDO, €., et al. 2012. Evaluación del estado de conservación de los bosques montanos en los Andes tropicales. Ecosistemas 21(1-2): 148-166. RESTREPO, H.., ORREGO, S.A, £ GALEANO, 0.4, 2012. Estructura De Bosques Secundarios Y Rastrojos Montano Bajos Del Norte De Antioquia, Colombia. Colombia Forestal, 15(2), 173-189. 5 ALBERT DE ESCOBAR, L. 1989. Inventario Floristico de un Bosque muy Húmedo Montano Bajo en el Municipio de Caldas, Antioquia, Actualidades Biológicas, 18 (65): 2-44
5 BARBOSA, |., URIBE, J., £ CAMPOS. (2007). Las hepáticas de Santa Maria (Boyacá, Colombia) y alrededores. Caldasia, 29, 39-49, ? EQUIHUA, C., NEWTON, A,, GARCIA, D., DE LUNA, E, £ GRADSTEÍN, R. (2001). New moss records for Mexico from the Lacandona tropical rain forest, Chiapas. The Bryologist, 104(4), 602-606. J)Resolución No. del oi 11 Hoja No. 5 “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se Dl toman otras determinaciones” individuos que armonicen la medida de manejo de flora vascular y no vascular, así como la ubicación del individuo vivo de helecho arborescente que no fue incluido. De igual manera es de señalar que podrá ajustarse la ubicación de los individuos en función de las consideraciones que acarreé la participación de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare - CORNARE. Es de señalar que sociedad también presenta la información referente en formato de coordenadas Magna Colombia Oeste, en este sentido, teniendo que el documento técnico cita la información de delimitación del predio y ubicación de individuos en este sistema de referencia se considerará el mismo como válido para la presente solicitud, 3.6. Con relación a las medidas de manejo En radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017, la sociedad ajusta la medida de manejo propuesta inicialmente en radicado N E1-2016-033617 del 27 de diciembre de 2016, en torno a la reposición y/o bloqueo, traslado y reubicación de individuos arbóreos y helechos arborescentes en veda nacional.
en torno a la reposición y/o bloqueo, traslado y reubicación de individuos arbóreos y helechos arborescentes en veda nacional. En este sentido, para el caso del individuo Quercus humboldtí, propone una reposición en relación 1:5, mientras que para el caso de los individuos en buen estado fitosanitario de “Cyathea sp, propone realizar un trasplante, y presenta la posible ubicación de dichos individuos, sin embargo es de señalar que de conformidad con la información registrada en radicado N E1-2016-033617, algunos individuos presentan alturas mayores a 2,5m, por - cuanto se considera que adelantar un proceso de bloqueo, traslado y reubicación es riesgoso, en este sentido se considera que sobre estos deberá realizarse una reposición. En este sentido, considerando que no se tiene la certeza de que especie de helecho arborescente se trata, toda vez que el nombre reportado no se encuentra dentro de las listas oficiales de determinación de taxonómia, y así mísmo teniendo en cuenta que sobre la estípite de dichos individuos ftembién se encuentran flora no vascular catalogada con veda nacional, la reposición deberá adelantarse en relación 1:13. Sobre los dos (2) individuos en mal estado fitosanitario se levanta veda, pero dadas sus condiciones especificas se considera reposición en relación 1:1. Es de señalar, que se deberá contemplar la reposición en relación 1:1 de los individuos que mueran durante el proceso de bloqueo, traslado y reubicación, de reposición y/o durante los tiempos de seguimiento y monitoreo, con el fin de alcanzar una sobrevivencia de alrededor del 90%.
mueran durante el proceso de bloqueo, traslado y reubicación, de reposición y/o durante los tiempos de seguimiento y monitoreo, con el fin de alcanzar una sobrevivencia de alrededor del 90%. Sí bien, a grandes rasgos la zona destinada para desarrollar las actividades de manejo se ubica en las inmediaciones de la quebrada La Agudelo, en un zona asociada a franjas de protección de drenajes, que posiblemente presenta condiciones físico-bióticas similares en las cuales se desarrollan dichos individuos de manera natural, donde el microclima inicialmente permitiría el desarrollo y crecimiento de los individuos, no obstante es necesario que cuente con la participación de la Autoridad Ambiental que tenga jurisdicción, en la selección de la zona destinada para adelantar la medida. Frente a las actividades de mantenimiento y seguimiento, la sociedad describe las mismas e indica la periodicidad de estas en función del tiempo estimado para desarrollar la medida, lo cual plasma en el respectivo cronograma a un periodo de (3) años. En lo que se refiere a los indicadores de seguimiento los mismos son incluidos por la sociedad, en donde considera la sobrevivencia de los individuos de reposición y de los individuos reubicados, no obstante no relaciona indicadores que permitan evaluar el desarrollo dasométrico o estado fitosanitario, por cuanto deberá complementarse lo referente. En cuanto a la medida de manejo de epífitas, si bien, se busca mantener el acervo genético de las mismas, evidentemente dadas las características de los individuos de flora vascular presentes y dada la alta sensibilidad que presenta la flora no vascular ante cambio de condiciones de microclima, donde las fluctuaciones ambientales son una condición que y IN EAN piResolución No. del Hoja No. 6
presentes y dada la alta sensibilidad que presenta la flora no vascular ante cambio de condiciones de microclima, donde las fluctuaciones ambientales son una condición que y IN EAN piResolución No. del Hoja No. 6 dl “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y se Y toman otras determinaciones” restringen la colonización (García et al., 2016), no se considera prudente aunar esfuerzos para adelantar un proceso de rescate, traslado y reubicación en este caso particular de conformidad con las especificaciones del proyecto y el estado particular (abundancia y riqueza) de los individuos propiamente dichos. En este sentido, se considera pertinente según con lo expuesto por la sociedad, como medida de manejo plantar cinco (5) individuos de la especie Quercus humboldtii para solventar la perdida de flora epifita, sin embargo es de señalar que teniendo en cuenta que se trata de dos medidas, una para flora vascular y una medida para flora no vascular, este Ministerio informa que deberá adelantar la plantación de individuos propuestos en alcance a cada una de ellas, que permita promover la colonización de especies objeto de levantamiento de veda. Es decir, deberá plantar un total de 10 individuos de Quercus humboldtii cen atención a medida de manejo para flora vascular y no vascular en veda que se verá intervenida por el desarrollo del proyecto; estos individuos son adicionales a los que se repondrán por tala del individuo Quercus humboldtii encontrado dentro del área de intervención del proyecto. Así entonces, se deberá tener en cuenta que al finalizar el período de seguimiento y monitoreo, en armonía con lo referente a flora vascular y no vascular, la sociedad deberá reportar las especies que se desarrollen y se registren dentro de las áreas destinadas para
Así entonces, se deberá tener en cuenta que al finalizar el período de seguimiento y monitoreo, en armonía con lo referente a flora vascular y no vascular, la sociedad deberá reportar las especies que se desarrollen y se registren dentro de las áreas destinadas para realizarla reposición y reubicación de los individuos de helecho arborescente, indicando grupo, abundancia, estado fitosanitario y hospedero donde se identificó, comparado con la información inicial caracterizada en dicha área. Realizar un análisis comparativo de la caracterización de las especies no vasculares registradas en el área de intervención del proyecto, frente a las especies que se encuentren en el área destinada para el proceso de reposición de individuos , al inicio y una vez cumplido el tiempo de seguimiento, para determinar la composición de las especies y el grado de colonización de las especies de los grupos afectados, en el nuevo hábitat generado.
4. CONCEPTO TECNICO Una vez revisada la información suministrada por ÓPTIMA VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN S.A., mediante radicados N E1-2016-033617 del 27 de diciembre de 2016, N E1-2017009258 del 20 de abril de 2017, radicado N E1-2017-027419 del 13 de octubre de 2017 y N E1-2017-032537 del 27 de noviembre de 2017, con la que se adelanta la solicitud de levantamiento parcial de veda de especies de flora silvestre que se verán afectadas en desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, departamento de Antioquía, se conceptúa: 4.1 Determinar cómo VIABLE el levantamiento parcial de veda para un (1) individuo de fa
desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, departamento de Antioquía, se conceptúa: 4.1 Determinar cómo VIABLE el levantamiento parcial de veda para un (1) individuo de fa especie Quercus humboldtii y siete (7) individuos de helechos arborescentes de la especie Cyathea sp., que van a ser afectados por la remoción de cobertura vegetal en el marco del desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, departamento de Antioquia, lo anterior acorde al censo al 100% presentado por la sociedad ÓPTIMA VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN S.A., que reportó la presencia de este individuo, cuyas coordenadas de ubicación se presentan a continuación: Coordenadas de individuos objeto de levantamiento de veda encontrados en el área de intervención del proyecto Coordenadas Magna Colombia Oeste E Ñ Especie Observación 1174201|1162665| Quercus humboldtii | Buen estado fitosanitario 1174185|1162661| Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario 1174188 | 1162659| Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario 1174193|1162661| Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario 1174195 | 1162664| Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario 1174209|1162668 | Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario
1174195 | 1162664| Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario 1174209|1162668 | Cyathea arborescens | Buen estado fitosanitario 8 ! GARCIA, S.: BASILIO, H:; HERAZO, F.: MERCADO, J. 8 MORALES. M. 2016. Diversidad de briófitos en los Montes de Maria, Colosó (Sucre, Colombia). Colombia Forestal, 19 NM E 41-52, ”.Resolución No. del. Hoja No. 7 7 “Por la cual se levanta de manera parcial la veda de especies de flora silvestre y eN toman otras determinaciones” 1174210 1162670 Cyathea arborescens Mal estado fitosanitario 1174186 1162660 Cyathea arborescens Mal estado fitosanitario Fuente: Adaptado y compilado de radicado N E1-2017-032537 4.2 Determinar cómo VIABLE el levantamiento de manera parcial de veda para las especies pertenecientes a los grupos taxonómicos de Bromelias, Orquídeas Líquenes y Hepáticas, que van a ser afectadas por la remoción de cobertura vegetal para el desarrollo del proyecto “Danza Campo, Construcción de Casas”, ubicado en el municipio El Retiro, departamento de Antioquía, de conformidad con la información presentada por la sociedad ÓPTIMA VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN S.A., la cual determinó la presencia de las siguientes especies: Composición de especies objeto de levantamiento de veda encontradas en el área de intervención del proyecto FLORA VASCULAR Grupo ce z Taxonómico Familia Especie : a Tillandsia usneoides Bromelias Bromeliaceae Tilandsia sp.
Composición de especies objeto de levantamiento de veda encontradas en el área de intervención del proyecto FLORA VASCULAR Grupo ce z Taxonómico Familia Especie : a Tillandsia usneoides Bromelias Bromeliaceae Tilandsia sp. Orquideas Orchidaceae Comparellia falcata
FLORA NO VASCULAR
Grupo Taxonómico Familia Especie ENV Pertusiaceae Pertusaria velata Líquenes Parmeliaceae Punctelia sp. Parmeliaceae | Parmotrema perlatum Hepáticas Cephaloziaceae Anomoclada sp.
Fuente: Adaptado y compilado de radicado N E1-2017-027419.
4.2.1 continuación: Coordenadas de delimitación del polígono de intervención El levantamiento parcial de veda de los grupos anteriormente señalados, se realiza en el polígono de intervención que se verá afectado por la remoción de cobertura vegetal por el desarrollo del pr
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