MINCIENCIAS - Concepto 20141100096603
Ministerio de Ciencia y Tecnología
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Detalles
- Título
- MINCIENCIAS - Concepto 20141100096603
- Autor
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- —
1 ÉS t A ) COLAS AAA OS ee o ee
INEA20141100096603SG
Bogotá, D.C., 21-11-2014
PARA: Dra. ALICIA RIOS HURTADO Ph.DDIRECTORA DE REDES DEL CONOCIMIENTO DE: SECRETARÍA GENERAL ASUNTO: Radicado 20145000091873 sobre concepto pedido por el InstitutoColombiano del Petróleo, respecto de vinculación de Doctores en elmarco de la convocatoria 656 de 2014.
Respetada doctora: En atención a la solicitud formulada por esa Dirección, mediante el memorandoarriba anotado, a través del cual da traslado de la solicitud de concepto formuladapor el Instituto Colombiano del Petróleo, respecto de la posibilidad de vincular a dosdoctores en el marco de la convocatoria 656 del 2014, es pertinente indicar lo
siguiente:
A. TEMA CONSULTADO: En la comunicación fechada 11 de noviembre del 2014, suscrita por Luis JavierHoyos, a nombre del Ecopetrol, se indica, en el último párrafo, el objeto de la consulta en los siguientes términos: Básicamente se requiere identificar si el vehículo más apropiado para laincorporación de los estudiantes del Postdoctorado (repatriados a través deColciencias) es el Convenio Marco No. 5211353 cuyo objeto es “Aunar esfuerzospara el desarrollo de estudios, evaluaciones, trabajos de investigación, desarrollode proyectos e ingeniería en áreas de interés común, de acuerdo a tas políticas ydirectrices trazadas para el desarrollo de todas las formas de cooperación quesuscriban las partes de acuerdo a las formas y alcances que se definirán en esteconvenio" más especificamente el Acuerdo No. 01 cuyo objeto es la "Investigaciónen sintesis, caracterización estructural de nuevos materiales y uso de mallasmoleculares en procesos catalíticos" puede servir como vehiculo para el trabajotécnico a desarrollar por los postdoctorandos; sin embargo también estariamos conla disposición de suscribir un acuerdo específico que involucre tan solo estastemáticas. Nuestra posición técnica es que si es viable el pago de las obligaciones¡coca iBT: ' contraidas en la convocatoria 656 (Colciencias) “Es Tiempo De Volver” a través de este vehiculo.B. MARCO NORMATIVO: En el presente caso, el marco normativo fundamentalmente esta determinado porlas resoluciones de Colciencias 208 y 802 del 2014, que, en su orden, dispusieronla apertura de la convocatoria y determinaron la lista de elegibles, asi como tambiénlos términos de referencia incorporados a través del artículo 2° de la resolución 208,pues en el mismo se dispone expresamente que aquellos forman parte de ese acto
administrativo.
C. ANÁLISIS DOCUMENTAL: A la comunicación de Ecopetrol del 11 de noviembre del 2014 se adjuntaron copiade un documento contentivo del “Convenio Marco No. 5211353” del InstitutoColombiano del Petróleo y la Universidad de Antioquia, el cual no cuenta con lafirma de ambas partes, así como también se anexó copia de una carta fechada 9 dediciembre del 2041, firmada por Andrés Reyes Harker y Alexander GuzmánMonsalve, como funcionarios de Ecopetrol, dirigida al Rector de la Universidad deAntioquia, haciendo referencia al Acuerdo de Cooperación AC No. 001.
Es decir que no se anexó una copia del Convenio Marco No. 5211353 que seencuentre firmado por ambas partes, así como tampoco se adjuntó copia delAcuerdo de Cooperación AC No. 001.
D. CONCEPTO: Asi se pasara por alto, en los documentos remitidos con la solicitud del 11 denoviembre del 2014, la ausencia de firma de ambas partes respecto del ConvenioMarco No. 5211353 y la inexistencia en ios mismos del Acuerdo de Cooperación ACNo. 001, la posición jurídica en el presente concepto es la de conceptuar que NOresulta viable aceptar la petición de viabilidad formulada por Ecopetrol, por los
siguientes motivos:
4. El Convenio Marco No. 5211353 y el Acuerdo de Cooperación AC No. 001 sonanteriores, en varios años, a la convocatoria 656 del 2014 realizada por Colciencias,por lo que no pueden corresponder a la misma;
2. En el numeral 4, visible en la hoja 2 del documento fechado 9 de diciembre del2011, suscrito por funcionarios de Ecopetrol, se indica una población objetivoconstituida por un estudiante de doctorado y treinta y cuatro integrantes de gruposde investigación, todos radicados en Medellín. Es decir que:0 coscencisL | 1AAArODOSNor Te mers 2.1. Se trata de estudiantes de doctorado y no de doctores, que es lo exigido en la Convocatoria 656 de Colciencias; 2.2. Se trata de estudiantes radicados en Medellin y no de personas formadas en elexterior, lo cual estaba claramente exigido desde un comienzo, tal como se constataen el último párrafo de la primera hoja de la resolución 208 del 2014 que dispuso laapertura de la convocatoria y en el primer párrafo de los términos de referencia de la misma;
3. En ese mismo numeral 4, al que acaba de hacerse referencia, se indica comobeneficiarios del Acuerdo a personas radicadas en Medellin y concretamente en laUniversidad de Antioguía y ni un solo beneficiario radicado en el domicilio delInstituto Colombiano del Petróleo, que es la entidad a la que se hace referencia enel listado definitivo de elegibles incorporada a la resolución 802 del 2014;
4. En el numeral 5, visible en la hoja 2 del documento fechado 9 de diciembre del2011, suscrito por funcionarios de Ecopetrol, se indica un plazo de duración para elAcuerdo de Cooperación AC No. 001 de treinta y seis meses, contados a partir deesa fecha; es decir que para el momento de la consulta, 11 de noviembre del 2014,ya han transcurrido 35 de los 36 meses de vigencia del acuerdo, por lo que elsostenimiento mensual de $6'000.000 durante dos años previsto en el numeral 5 dela convocatoria “Es Tiempo de Volver”, quedaria en un 98% por fuera del plazo devigencia de dicho Acuerdo de Cooperación;
5. En el numeral 6, visible en la hoja 2 del documento del 9 de diciembre del 2011 aque se viene haciendo referencia, se contempla un “Cronograma de Trabajo” paralos treinta y seis meses indicados en el numeral anterior, siendo claro que paraoctubre, noviembre y diciembre del 2014 las personas deben estar en la etapadenominada “Trabajo de Grado”, mientras que en los apartes identificados con losnúmeros 2, 3 y 4 de la convocatoria de Colciencias se exige claramente ya tener eltítulo lo cual supone que la tesis doctoral ya fue objeto de presentación, evaluación,sustentación y aprobación de la sustentación;
6. En el numeral 7, visible en la misma hoja 2 del documento premencionado, seindican aportes en dinero y en especie para lo alli denominado “Recurso Humano",en cuantías de $64'272.000 y $24'000.000 a cargo de Ecopetrol y $8°600.000 acargo de la Universidad de Antioquia, sumando un total de $96'872.000, de loscuales al tenor del “Cronograma de Trabajo” y de la duración de treinta y seis mesesde vigencia del Acuerdo, deben para el 11 de noviembre del 2014 estar ejecutados$94'934.560 equivalentes al 98% de lo presupuestado, restando apenas$1'937.440 por ejecutarse, lo cual determina que los $308°000.000 previstos en laModalidad 1 del número 5 de la convocatoria de Colciencias no tengan ningunaproporcionalidad ni coherencia presupuestal con el saldo pendiente de ejecución(8) coral | ATESey del AcuerdoAC No. 001.
7. En el listado definitivo de candidatos elegibles de la Convocatoria 656 deColciencias, publicado mediante la resolución 802, aparecen siete personasaprobadas para la Universidad de Antioquia y tres para el Instituto Colombiano delPetróleo, apareciendo los doctores Franz Edwin López Suárez y Aroldo JoséRomero Amaya, relacionados con ésta última institución, por lo que no resultaadmisible destinarlos a la Universidad, cuyos candidatos son otras siete personasrespecto de las cuales se producirán los desembolsos correspondientes porColciencias, sin que sea viable refundir desembolsos de unas entidades con respecto a otras.
Atentamente, LILIÁNA MARÍA ZAPATA BUSTAMANTESetretaria General
Revisa: Paula Chiquilo37Prepard: Ramiro Rodriguez