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MINCIENCIAS - Concepto 20151100085011

Ministerio de Ciencia y Tecnología

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Detalles

Título
MINCIENCIAS - Concepto 20151100085011
Autor
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año

TODOS POR UN

(MEO PG 002015110008501

SGBogota D.C., 08-07-2015 SeñorDIEGO ALBERTO PUERTA FRANCOVicerrector de Proyectos EspecialesCorporación Unificada Nacional de Educación SuperiorCalle 128 No 4 - 79Bogoté D.C.

Referencia: Solicitud Concepto Técnico y Jurídico Rad. 20152430087932

Respetado doctor Puerta: En atención a la solicitud de la referencia presentada al Departamento Administrativo deCiencia, Tecnología e Innovación -Cofciencias en su calidad de Secretaria Técnica del FCTel,el 18 de junio de 2015, en donde plantea los siguientes cuestionamientos: 1. ¿Está obligado el operador a ceñirse a la estructura financiera detallada en laejecución que se plantea en documentos anexos en la etapa de formulación (diferentesa MGA), con meses y en algunos casos años de diferencia, o tiene la autonomía parasolicitar a la interventoría o al Comité Técnico Operativo del proyecto, el reajuste aprecios de mercado de los rubros asignados por actividad, pero sin afectar elpresupuesto aprobado para el convenio, ni los rubros señalados en la MGA? 2. ¿Está obligado el operador a ceñirse al modelo operativo planteado en la etapa deformulación, con meses y en algunos casos años de diferencia, o tiene la autonomíapara solicitar a la interventoría o al Comité Técnico Operativo del proyecto, el reajustede jos planes operativos para la ejecución de cada actividad, sobre modelosoperativos eficientes que reduzca costos, pero sin afectar el presupuesto globalaprobado para el convenio?

Me permito entregar el concepto correspondiente a la consulta formulada, teniendo en cuentaque ambos interrogantes están expuestos en términos de la obligatoriedad por parte de losoperadores de un proyecto en la etapa de ejecución, a ceñirse a la estructura financiera ymodelo operativo planteado en la fase de aprobación o la posibilidad de replantearlos frente ala interventoría o et Comité Técnico Operativo del proyecto: Carrera 7 B bis N° 132-28Teléfono: (57-1) 825 8480Fax: (57-41) 625 1788Bogotá D.C. - Colombiaweww.colciencias.gov.coTODOS PORUNNUEVO PAIS PAZ EQUIOS De conformidad con el artículo 10 de la Ley 1530 de 2012, al Departamento Administrativo deCiencia, Tecnología e Innovación -Colciencias, le competen las siguientes funciones como órgano del Sistema General de Regalías:

1. Proponer a la Comisión Rectora fa metodología de evaluación y seguimiento de losproyectos a financiarse con el Fondo de Ciencia, Tecnología e innovación

2. Verificar directamente o a través de terceros que los proyectos de inversión a financiarsecon recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e innovación, cumplan con los requisitosestablecidos por la Comisión Rectora para la aprobación de los proyectos por el ÓrganoColegiado de Administración y Decisión.

3. Ejercer la Secretaría Técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión en los términos del artículo 32. (...) En complemento de to anterior, el artículo 12 del Decreto 1949 de 2012, le asigna la funciónde adelantar la verificación de requisitos de los proyectos de inversión susceptibles de finan-ciamiento con cargo a los recursos del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación.

Ahora bien, con relación a su consulta es pertinente resaltar lo consagrado en el Artículo 19 del Decreto 1949 de 2012: “Artículo 19. Ajustes a los proyectos de inversión. Con posterioridad a su registro, losproyectos de inversión podrán ser susceptibles de ajuste, siempre y cuando las modificacionesintroducidas no cambien el objeto, ni alteren sustancialmente las actividades y el alcance delmismo. Para tales efectos, el Departamento Nacional de Planeación, mediante los manualesoperativos y de funcionamiento de los Bancos de Programas y Proyectos de Inversión, definirálas reglas particulares sobre la procedencia de ajustes a proyectos de inversión y el flujoaplicable a estos desde su registro y en la etapa de ejecución.” Del texto anterior se infiere con certeza, que los proyectos de inversión podrán ser ajustadoscon posterioridad a su registro bajo la condición de que las modificaciones introducidas nocambien el objeto, ni alteren sustancialmente las actividades y el alcance del mismo. Para tales efectos, cuando un proyecto de inversión haya sido viabilizado o aprobado por elOCAD o se encuentre en ejecución y requiera ajuste, le corresponderá a quien presentó elproyecto o a la entidad ejecutora, según la etapa en que se encuentre, presentar al ÓrganoColegiado de Administración y Decisión por medio de la respectiva secretaría técnica, losajustes para que sean viabilizados, priorizados y aprobados, de conformidad con el trámiteestablecido en el Acuerdo No. 014 de 2013 o el Acuerdo 20 de 2014, según sea el caso; yserá el Departamento Nacional de Planeación mediante los manuales operativos y defuncionamiento de los Bancos de Programas y Proyectos de Inversión, quien definirá lasreglas particulares sobre la procedencia de ajustes a proyectos de inversión y el flujo aplicabiea estos desde su registro y en la etapa de ejecución.

Carrera 7 B bis N° 132-28 Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogotá D.C. - Colombiawenw.colciencias.gov.coTODOS POR UN NUEVO PAÍS Par EQUIDAD EBUrAGOR En estos términos se espera haber resuelto con suficiencia su consulta, aprovechando laoportunidad para reiterar el interés de Colciencias por atender las inquietudes del nivelregional y realizar los trámites pertinentes en el marco de sus funciones.

UA AAIANA MARÍA ZAPATA BUSTAMANTEL

Secretaria General.\

Revisó: Pich

Elaboró: HuColaboró entarespuesta: Martha Noguera

Carrera 7 B bis N° 132-28Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogotá D.C. - Colombiaww.colciencias.gov.coilemondo Corporación Unificada Nacional de Educación Superior Bogotá D.C. 05 de Junio de 2015 CVPE-028-15 SEÑORES TÉCNICA OCAD seres LU)SECRETARIA TECNIC. . , .COLCIENCIAS-OFICINA JURÍDICA A O TEND rauaimicn “we Nn sole 2ee9087882CRA 7 BIS NO. 132-28 Romania: (OFM) CORPORACION UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIORBOGOTA D.C. Destino: SECRETARIA enero it mas

Ref: Solicitud Concepto Técnico y Jurídico Respetados Señores: De manera atenta me dirijo al despacho de la Secretaría Técnica del OCAD, en calidad deoperador de proyectos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación financiados por elSistema General de Regalías, para solicitar a ustedes un concepto técnico y jurídico conrelación a los siguientes cuestionamientos: Dentro de la etapa de formulación de los proyectos que aspiran a recursos del Fondo deCiencia y Tecnología, las Entidades Territoriales diseñan el modelo operativo de lasactividades y asignan recursos bajo modelos técnicos y financieros realizados en la fechade formulación los cuales deben ser presupuestados para el tiempo real de ejecución delproyecto . En tal sentido, mientras el proyecto es viabilizado, asignado, entregado aloperador y aprobado para iniciar, transcurren meses y en algunos casos años, tiempo que 0genera que los modelos operativos y los costos varien por las condiciones del mercado.

Adicional a lo anterior, algunas Entidades Territoriales exigen al operador darcumplimiento a lo contemplado en anexos técnicos y financieros independientes yadicionales a la documentación propia de los proyectos presentados para aprobación porel OCAD, limitando la autonomía técnica y administrativa del operador (desconociendo suidoneidad y competencia), exigiéndole ejecutar bajo los parámetros descritos en losanexos técnicos y financieros, cuando se evidencia tanto por el operador como por lainterventoría que no se ajustan a la finalidad propia del proyecto, vulnerando el principiode eficiencia administrativa?

En tal sentido el concepto técnico y jurídico solicitado es el siguiente: 1. ¿Está obligado el operador a ceñirse a la estructura financiera detallada en laejecución que se plantea en documentos anexos en la etapa de formulación(diferentes a MGA), con meses y en algunos casos años de diferencia, o tiene laautonomía para solicitar a la interventoría o al Comité Técnico Operativo delproyecto, el reajuste a precios de mercado de los rubros asignados por actividad, Calle 12B No. 4-79 PBX: 381 3222 Fax: 3347101www.cun.edu.coBogota D.C. - ColombiaCorporación Unificada Nacionalde Educación Superiorpero sin afectar el presupuesto aprobado para el convenio, ni los rubrosseñalados en la MGA? 2. ¿Está obligado el operador a ceñirse al modelo operativo planteado en la etapa deformulación, con meses y en algunos casos años de diferencia, o tiene laautonomía para solicitar a la interventoría o al Comité Técnico Operativo delproyecto, el reajuste de los planes operativos para la ejecución de cada actividad,sobre modelos operativos eficientes que reduzca costos, pero sin afectar elpresupuesto global aprobado para el convenio? Agradeciendo la atención que se le dé a la presente solicitud, y señalando que acudimosen modo de consulta conceptual con el único fin de optimizar la operación de losproyectos, para generar el resultado que se persiguió en el momento de estructuración delproyecto y beneficiar en general a la comunidad, Cordialmente, fi DIEGO ALBERTO PUERTA FRANCOVicerrector de Proyectos EspecialesCorporación Unificada Nacional de Educación Superior peros: AMSM Calle 12B No. 4-79 PBX: 381 3222 Fax: 3347101www.cun.edu.co .Bogota D.C. - Colombia |

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