MINCIENCIAS - Concepto 20151100127331
Ministerio de Ciencia y Tecnología
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Detalles
- Título
- MINCIENCIAS - Concepto 20151100127331
- Autor
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- —
Sa TODOS PORUN CopaLa NUEVO PAIS
PAZ EQUIBSO EOULACIÓN
ALO 20151100127331 SG
AMARA DE REPRESENTANT |“«IDAD DE CORRESPONDENCIARECIBIDOBogotá, 15-09-2015
Doctor . 1 oti HUGO HERNAN GONZALEZ MEDINA a se 2015 ie" eRepresentante a la Cámara "FIRMA: Ne 1 50 E iComisión Sexta ConstitucionalSENADO DE LA REPUBLICACarrera 7 No. 8-68 (Edificio Nuevo del Congreso)Oficinas 309B-3108hugonzalezmedina@aqmail. com Bogota, D.C.
Asunto: Respuesta a solicitud de comentarios sobre el Proyecto de Ley 20de 2015/Cámara (CR-HHGM-0072-2015 del 25/08/2015) Reciba un cordial y respetuoso saludo Honorable Representante, Acuso recibo de su radicado de la referencia, a través del cual solicitó de estedepartamento administrativo la emisión de un documento que contenga lapostura oficial de COLCIENCIAS, frente al contenido del Proyecto de Ley No.20 de 2015 (Cámara) “Por medio del cual se crea el Sistema Nacional de
Becas”. Y YANETH GIHA TOVARDireftora General Anexo el documento anunciado en un total de cinco (5) fotos. útiles.Elaborado por: SMEJIA Carrera 7 13 his NTelélono: (57-116(8) COLOENCIAS TODOS PORUN_ Ee |. ‘Ga NUEVO PAIS
Paz EQUIDAD EDUCACIÓN COMENTARIOS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA EINNOVACIÓN — COLCIENCIAS, AL PROYECTO DE LEY No, 20 DE 2015, CAMARA DEREPRESENTANTES. Revisado en su integridad el texto del proyecto de ley y su exposición de motivos, en lo que correspondeestrictamente a los asuntos de la órbita del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnologia eInnovación — COLCIENCIAS, de entrada debemos manifestar nuestra total avenencia y acuerdo enrelación con la iniciativa normativa que se analiza, sin perjuicio de lo cual extrañamos en la redacciónoriginal del proyecto, la indicación de los mecanismos legales especificos a través de los cuales sepueda conminar a los operadores privados a su necesario cumplimiento, como medio para integrar enun solo momento la oferta pública y privada para estudios de formación a nivel técnico, tecnológico,pregrado, postgrado, doctorado, cursos especiales o transferencia de conocimientos. Sobre el particular, tenemos que a ta fecha y dentro de su marco institucional y de funciones, elDepartamento Administrativo de Ciencia, Tecnologia e Innovación - COLCIENCIAS ya vieneimplementando una serie de mecanismos que permiten a la ciudadanía en general tener pleno accesoa la oferta de becas para formación de alto nivel (maestrias y doctorados), que son las que legalmentefe corresponde gestionar a la entidad en el sector administrativo que regenta (CTel).
En efecto, a las voces de lo señalado en el artículo 7° de la Ley 1286 de 2009 “Por la cual se modificala Ley 29 de 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el SistemaNacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones”, elDepartamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación ~ COLCIENCIAS tiene a su cargo,ademés de las funciones que prevé la Ley 489 de 1998 para los departamentos administrativos, las siguientes: “...1. Formular e impulsar polilicas de corto, mediano y largo plazo def Estado en ciencia, tecnología einnovación. para la formación de capacidades humanas y de infraestructura. la inserción y cooperaciónintemaciona! y la apropiación socia! de la ciencia, la tecnología y la innovación para consolidar unasociedad basada en el conacimiento. la innovación y la competitividad. (...)E. Promover la formación del recurso humano para desarrollar las labores de ciencia, tecnología einnovación, en especial en maestrias y doctorados, en aquéllos sectores esiralégicos para iairansformación y el desarollo social, medio ambiental y económico del país, en cumplimiento del ordenamiento constitucional vigenie. Lo19, Otorgar y apoyar los estímulos a instituciones y personas por sus aportes a la ciencia, la tecnologia yle innovación, a través de distinciones y reconocimientos.
22. Crear las condiciones para desarrollary aprovechar e! talento nacional, en el país y en el exterior, enel campo de la ciencia, tecnología e innovación...”. (Subrayas no originales). ¿Y cómo to hace?, dando desarrollo práctico a uno de los principios legales que rigen la actividad detomento, estimulo, apoyo y financiación de la ciencia, la tecnologia y la innovación (artículos 69 a 71 dela Constitución Politica), señalados en el arlículo 4° de la Ley 1286 citada, que ala letra reza lo siguiente: »...Los principios y criterios que regirán el fomento, desarrollo y fortalecimiento de la ciencia. la tecnologíay la innovación, así como las actividades de investigación que realicen los organismos y entidades de
Carrera 7 B bis N° )32-28 Colamhia las.gov.co Bogotá D. www.coleadministración pública, serán los siguientes: L)5. Transparencia.Las instituciones,ogra: royectos
seleccionar mediante convocatorias públicas, basadas en enteros de mérto y calidad.ersoras objeto de apo}
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NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDULACION SE podrán(Subrayas na originales). Se acude pues a las convocatorias públicas, como medio de promoción de la gestión pública delDepartamento Administrativo en el componente de formación y, de democratización del recurso públicoinvertido en este tipo de programas y, en cumplimiento de tos mandatos contenidos en la Ley 1712 de2014 se procede a la publicación de cada uno de esos procesos de selección a través de los mediosdispuestos para elo (siendo el paradigma la publicación a través de la pagina web de fa entidad),previamente programados en un Plan Anual de Convocatorias. Asi por ejemplo y sólo para ilustrar loque se viene comentando, vale la pena iraer a colación el Plan de Convocatorias de la presenteanualidad (segundo semestre), que en do que corresponde al componente de formación de recursohumano de alto nivel (maestrias y doctorados) contempla las siguientes actuaciones concretas de laadministración pública a través de la entidad": Nombre Descripción Total de Recursos Fecha de Apertura ¡Convocatoria Doctorados enlel Exterior 2015728 Convocatoriaabierta Más Información [Formar investigadoresIcoiombianas a lravés de[programas de doctorado dejalto nivel académico en el[exterior Ver términos dereferencia [21 de julie de 2015 Colciencias - Georgia Tech 2015 (+) Convocatoriaabierta Más informacion
L mer investigadores[colombianos en doctoradoside alto nivel académico en elInstituto Tecnológico de¡Georgia [$1.847.279.500(02 de julio de 2015 Becas Colciencias-Fulbright (4) Conyoratoriaabierta Más Información Profesionales colombianos[con excelente desempeñolacadémico, podrán estudiarprogramas de doctorado en universidades de Estados Unides en áreasestratégicas. 13.000.000.00016 de febrero de 2015 Programa crédito teca[Colciencias - Colfuturo (2) Convoratoriaabierta Profesionales colombianosIcon excelente desempeñolacadémica, podrán estudiarjen el exterior programas deimaestria y dociorado enareas estratégicas. 143.957.000.00011 de marzo de 2015 información de acceso público que puede ser consultada en e! siguiente link: hitpJfwww.cotciencias.q0u.cofconybecas2015Carrer 7 13 bis N° (32-28Teléfono: (57-4) 625 8480Vox: (37-1) 625 1788Bogotá DC. - Colombiawwwcolciencióo2ov.coTODOS PORUN
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az EQUIDED LOCACIÓN Nombre Descripción Total de Recursos Fecha de Apertura Formación de Capital . lHumano de Alto Nivel para el Apoyar la formación deDepartamento det Magdalena Jóvenes investigadores del12015 - Jóvenes tdepartamenio de Magdalena]Investigadores e Innovadores [En grupos de investigación [$ 206.274.000 28 de agosto de 2015lreccnocidos per Colcienciaslen la convocatoria 693 de2014Próximamente
¡Convocatoria para la[formación de recurso numano'en el exterior en el área dehidrocarburos, a lavas de — ¡Promover la formación deluna propuesta de profesionales colombianosinvestigación año 2015 len el sector de720 hidrocarburos, mediante ta 19 4500.000.000 Mays 15, 2015 [financiación de doctorados y Convocatoria maestrías en el exterior. VerCerrada términos de referencia.en preeeno deemluación Más Infornación ¡Convocatoria Doctorados [Nacionales 2015 Fase 1: Formar investigadores colombianos y extranjeros 2 aso 4.95 de727 iravés de programes de doctorado de allo nivel en Colombia. ase 201 Mdo Ver términos de referencia. julio de 2015E convoc ona [Fase 2: Las personas interesadas en adelantar formación Fase 2 14 deERE en procesode doctoral en el pais se presentan a los programas de formación .emunción seleccionados como elegibles octubre de 2015
NOTAS ACLARATORIAS: 11) Operado por Fulbaght(2) Operado por Cottuture.43) Las convocatorias de apoyo a tormación de doctores nacional y extenor de Colciencias se publicaran antes de junio de 2015.Los recursos disponibles sontemplan gastos relacionados con la evaluación, seguimiento, administración y estrategias de difusión:ReCursos y fechas sujetos a modificación por parte de Co'cienciasSNCTI: Sistema Nacional de Ciencia Tecnologia e InnovaciónTIC: Tecnologías de la Información y las ComunicacionesEntidades del SNCTI: Organizaciones públicas, privadas o mintas que seaficen c promuevan el desarrotio de actividades cientificas,
Tecnológicas y de inovación1+D +: Investigacion, deserrllo e innovación. Sin embargo, es incuestionable que a la fecha las entidades Estatales (lo que se hace más critico cuandose trala de personas de derecho privado), seguimos operando de manera aisiada y sin coordinación enlo que hace a este tipo de oferta para la formación det talento humano nacional, y es alli donde cobraimportancia considerable una iniciativa como la que se propone en el texto que se estudia pues, fiel alas inspiraciones consignadas en su exposición de motivos, la creación de ese Sistema Nacional deInformación de Becas constituirá una herramienta efectiva de información para toda la ciudadanía, queevita ta dispersión de la oferta educativa e incuestionablemente redunda en beneficio del Carrera 7 1 bis No 132-28Teléfono: (37-11625 8480(57-11625 17884 DC. - Colombiawsvw.colciencias.gov.coTODOS PORUN NUEVO PAIS PAZ EQUIDAD EDUC2CION aprovechamiento real de tales oportunidades por parte de quienes aspiren a ses beneficiarios, bajo lapremisa fundamental de que, a mayores niveles de información, más proporcionada y ajustada a susnecesidades será la elección que finalmente adopte el educando sobre a cuál de los programas podriapostularse, en lo que además se da cumplimiento a los mandatos y principios consignados en losartículos 2 y 3° de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cua! se crea la Ley de Transparencia y delDerecho de Acceso a la información Pública y se dictan otras disposiciones”, a cuyo tenor se lee:
+...Toda información en posesión, bajo contro! o custodía de un sujeto obligado es pública y no podrá serreservada o limitada sino por disposición constitucional o iegal, de conformidad con la presente ley..." y, +..En la intepreteción del derecho de acceso a la información se deberá adopiar un criterio derazonabilidad y proporcionalidad, asi como aplicar Jos siguientes principios: Principio de transparencia: Principio conforme af cual toda ia información en poder de los sujetosobligados definidos en esta lay se presume pública, en consecuencia de lo cual dichos sujetos esián en eldeber de progorcionar y facilitar el acceso a la misma en los terminos más amplios posibles y a través delos medios y procedimientos que a! efecto establezas la ley, excluyendo sólo aqueño que esté sujeta a lasexcepciones constilucionales y legales y bajo el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta ley.
Principio de buena fe: En virtud del cual lodo sujeto obligado, al cumolir con las obligaciones derivadasdel derecho de acceso a la información pública, lo hará con motivación honesta, leal y desprovista de cualquier intención dojosa a culposa.
Principio de facilitación: En vidud de este principio los sujetos obligados deberán facilitar el ejercicio delderecho de acceso a ta información pública, excluyendo exigencias 9 requisitos que puedan obstruirto 0 impedirlo.
Principio de no discriminación: De acuerdo af cual ios sujetos obligados deberán entregar informacióna todas las personas que lo soliciten, en iqueldad de condiciones, sin hacer distinciones arbitrarias y sinexigir expresión de causa o motivación para la solicitud.
Principio de gratuidad: Según este principio el acceso a la información pública el gratuito y no se podrás.cobrar valores adicionales al costo de reproducción de la información.
Principio de celeridad: Con este principio de busca fa agilidad en el trámite y Ja gestión administrativa.Comporia la indispensable agilidad en el cumplimiento de las tareas a cargo de entidades y servidores públicos.
Principia de eficacia: El principio impone el Jogro de resuliados mínimos en relación con lasresponsabilidades confiadas a los organismos estatales, con miras a la efectividad de los derechos colectivos e individuales.
Principio de le calidad de la información: Toda información de interés público que sea producida.gestionada y difundida por el sujeto abligado, deberá ser oportuna, objeliva, veraz, completa, reutilizable,procesables y estar disponible en formatos:accesibles para fos soficitantes e interesados en elía, teniendoen cuenta tos procedimientos de gestión documental de la respectiva entidad. Principio de la divutgación proactiva de la información: El derecho de acceso a la información públicano radica únicamente en la obligación de dar respuesta a las peticiones de ia scciedad, sino también en eldeber de fos sujetos obligados de promover y generar una cultura de vansparencia, la que conlleva faobligación de publicar y divulgar documentos y archivos que plasman la actividad estatal y de interés Carrera 7 B bis N° 132-28 ‘Vetétona: (57-1) 62 xt Bogotá D.C. - Colombia sew colciencias, gow.co169) COLCIEN CAS. TODOS PORUN
NUEVO PAISPaz EGUIDAS EOUTACION público, de forma nutinaña y proactiva, actualizada, accesible y comprensible, atendiendo a los limitesrazonables del talento humano y recursos físicos y financieros. Principio de responsabilidad en el uso de fa información: En virtud de éste, cualquiera persona quehaga uso de la informacion que rcionen los sujetos obligados, lo hará alendiendo a le misma...” ¡Subrayas no originales). Lo anotado, además, sin entrar en mayor profundidad sobre los beneficios que una iniciativa como laque se plantea traerá a los procesos de fiscalización por parte de veedurias ciudadanas y organismosde contro! social. Y es que es un hecho incuestionable que en cuanto mayor información pública estédisponible en manos de la ciudadania, mejor se garantiza el principio de transparencia (rector de laactividad de famento y estimulo a ta CTe!), en particular, y los demás principios rectores de la funciónpública de que trata el artículo 209 de la Constitución Política
De manera pues que, conforme con lo visto, no podemos más que sumamos a fa iniciativa legisiativa envías de aprobación y que a la fecha hace curso en la comespondiente Comisión Constitucional Permanente. Sin perjuicio de lo dicho, consideramos oportuno hacer dos reflexiones que podrian coadyuvar en ladiscusión del proyecto de ley en las respectivas comisiones del Congreso de la República: (1) de unaparte, observamos que no se han previsto los mecanismos de promoción y de coerción en virtud de loscuales se podría conmínar a los operadores privados con oferta educaliva para becas, a ajustarse a losmandatos contenidos en la norma que se discute, lo que eventualmente podría distorsionar la iniciativaal punto de concentrarla en la oferta publica para este tipo de programas de formación, lo cue desviariael propósito que se persigue con el proyecto de tey; y. (ii) de otra, que nos parece propicia laconsideración de criterios de calidad para que en el Sistema Nacional de Información de Becas seincluya información exclusiva de programas acreditados o certificados en calidad por parte del Ministerio de Educación Nacional. En conclusión, frente a las proposiciones normativas del Proyecto de Ley No. 20 de 2015 / Camara deRepresentantes, la posición oficial del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnologia e InnovaciónCOLCIENCIAS es de absolute respaldo, al margen de las dos observaciones que de manerarespetuosa solicitamos tener en cuenta en el debate parlamentario. En los anteriores términos esperamos haber brindado le respuesta institucional requerida por elHonorable Representante a la Cámara, Dr. HUGO HERNÁN GONZÁLEZ MEDINA.
Havoeds por: SMEJIARevisey aprobo: LMZAPATA
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