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MINCIENCIAS - Concepto 20171100078981

Ministerio de Ciencia y Tecnología

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Detalles

Título
MINCIENCIAS - Concepto 20171100078981
Autor
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año

“ay TODOS POR UN| NUEVO PAISPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

LU 20171100078981SGBogota D.C., 17-07-2017DoctoraDIANA KATHERINE NINOGrupo de Apoyo AdministrativoUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastreskatherine.nino@gestiondelriesgo.gov.coAvenida Calle 26 No. 92-32Bogota D.C.Asunto: Respuesta a solicitud de concepto (calificación de actividades como deciencia, tecnología e innovación) / Correo electrónico de 14-06-17Respetada doctora:De acuerdo con la solicitud de concepto identificada en el asunto y en ejercicio dela competencia prevista en la Ley 1286 de 2009 y en el Decreto 849 de 2016reconocida por la Circular Externa No. 6 del 27 de septiembre de 2013 emanada dela Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente, mepermito dar respuesta siguiendo los términos del memorando interno No.20174300067793 (anexo) a través del cual la Dirección de Fomento a laInvestigación, área técnica competente, se pronunció sobre la misma:“En respuesta a la solicitud de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo deDesastresUNGRD enviada por correo electrónico el día 14 de junio de 2017, enrelación con la viabilidad de realizar un proceso de contratación directa con laUniversidad de los Andes para la realización de un “proyecto para la investigacióny desarrollo de un estudio para definir y proponer los valores nacionales posibles deriesgo máximo individual accidental para actividades industriales, instalaciones fijase infraestructura de transporte’, nos permitimos hacer las siguientesconsideraciones:Justificación del ProyectoLa UNGRD menciona que Colombia no cuenta actualmente con un valor máximode riesgo individual y no se han realizado o llevado a cabo estudios o proyectos deeste tipo, lo cual se requiere para los procesos innovación en materia de de evalua-ción del riesgo.

Av. Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Piso 2Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogotá D.C. - Colombiawww.colciencias.gov.coCódigo: ALIAPRO2MO2, Versión: 02, Kecha: 2016-10-04y TODOS PORUNNUEVO PAISPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

Con base en lo anterior se determinó la necesidad de llevar a cabo un estudio conel propósito de determinar o definir los valores máximos de riesgo individual tantopara instalaciones fijas y como para infraestructura de transporte, que permitan rea-lizar los procesos de evaluación del riesgo, mediante la Construcción de parámetrosde valores de riesgo máximo y definición de propuesta de valores posibles de riesgomáximo individual de aplicación industrial, que incluya instalaciones fijas como in-fraestructura de transporte (p.ej. tuberías), en términos de frecuencia.En términos generales se considera pertinente la realización del proyecto, aunquese tiene la inquietud sobre el carácter de investigación del mismo, dado que el al-cance se limita a la realización de un estudio, donde no es apreciable el elementode incertidumbre.Estructura del proyectoEn relación con la información enviada los siguientes comentarios:e Se presenta como objetivo general “Realizar un estudio para definir y propo-ner valores nacionales posibles de riesgo máximo individual accidental paraactividades industriales, y para instalaciones fijas e infraestructura de trans-porte.e Nose relacionan objetivos específicos.e Tampoco se anexan elementos fundamentales en la estructura de un pro-yecto como son: antecedentes, metodología, resultados, cronograma, presu-puesto e impactos esperados.e Igualmente, no se describe la conformación del grupo de trabajo. Se men-ciona tangencialmente que va a ser desarrollado por la Universidad de losAndes, no se establece si se van a participar profesionales de la UNGRD.e Se identifican los productos a obtener del estudio, que se categorizan en:análisis estadístico y propuesta de valores de riesgo máximo individual. Sedetermina

que al terminar el estudio se va a contar con un documento deinforme final, el cual debe incluir tanto los criterios para los procesos de eva-luación de riesgo a nivel industrial, así como el marco de referencia de valo-res de riesgo individual a nivel mundial y el proceso de determinación delvalor máximo de riesgo individual en Colombia.e No se establece un problema o pregunta de investigación que justifique larealización del proyecto. En particular, parece que con la información y cono-cimiento disponible por parte de los contratistas se lograrán los resultadosesperados.En conclusión, la información enviada es muy limitada y no corresponde ni enestructura, ni alcance en lo esperado para un proyecto de investigación.

Av. Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Piso 2Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogotá D.C. - Colombiawww.colciencias.gov.coCódigo: A104PRO2MOD2, Versión: 02, echa: 2016-10-04@ COLCIENCIAS «ay TODOS PORUNus NUEVO PAISPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

ConceptoLa contratación esbozada por la UNGRD apoyaría a dicha Unidad en elcumplimiento de sus funciones, en particular en la mejora de los procesos deconocimiento del riesgo en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.Sin embargo, teniendo en cuenta la información enviada no se cuenta con losaspectos requeridos para conformar la estructura de un proyecto, adicionalmenteaunque se identifica el objeto del estudio, no es evidente que se presentenelementos de incertidumbre que permitan clasificarlo como un proyecto de I+D.Adicionalmente el Manual Frascati establece que aquellos proyectos cuyo finexclusivo sea la recolección, clasificación, análisis y evaluación de información nopueden ser considerados como I+D, aunque si se permite su clasificación comoactividades científicas y tecnológicas.A partir del análisis de lo establecido en el Decreto 591 de 1991, en lo que se en-tiende por actividades científicas y tecnológicas, la presente iniciativa califica en lacategoría de servicios científicos y tecnológicos, en particular por lo que se refierea la realización de estudios.ConclusiónPor las características del documento enviado en cuanto a los productos esperadoscorresponde con un servicio científico y tecnológico a ser contratado por la UNGRD,el cual ejecutará la Universidad de los Andes.Sin embargo, la información enviada aún en este caso es insuficiente paradeterminar la idoneidad de la entidad ejecutora. En tal sentido, se recomienda a laUNGRD que se cuente con un documento técnico que permita establecer tanto losantecedentes y trayectoria de la entidad ejecutora, y en particular del grupo detrabajo en la temática, así como que detalle los aspectos de costo, tiempo,

y alcancedel servicio técnico a contratar.”Así mismo, mediante alcance al concepto técnico citado presentado a estaSecretaría General a través del memorando interno 20174300068773 (anexo), laDirección de Fomento a la Investigación supo pronunciarse en el siguiente sentido:“Dando alcance al concepto inicial nos permitimos aclarar lo siguiente:e Reiteramos que la información enviada es muy limitada y no correspondenien estructura, ni alcance en lo esperado para un proyecto de investigación.Adicionalmente aunque se identifica el objeto del estudio, no es evidente queAv. Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Piso 2Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogotá D.C. - Colombiawww.colciencias.gov.coCódigo: ALO4PRO2MO2, Versión: 02, echa: 2016-10-04g TODOS POR UN| NUEVO PAÍSPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

se presenten elementos de incertidumbre que permitan clasificarlo como unproyecto de I+D.e La intención de mencionar el alcance del Decreto 591 de 1991, era señalarque la posibilidad para esta iniciativa sería enmarcarla en la categoría deservicios científicos y tecnológicos.e Sin embargo, aún en dicho caso (servicio científico y tecnológico) tal comose mencionó en la conclusión, la información enviada aún en este caso esinsuficiente para determinar la idoneidad de la entidad ejecutora y en parti-cular del grupo de trabajo en la temática, así como que detalle los aspectosde costo, tiempo, y alcance del servicio técnico a contratar.”

CONCLUSIÓN: Conforme con lo descrito en el concepto técnico que antecede, me permitomanifestar que de acuerdo con el contenido de su solicitud no es posible identificarel componente de actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación en el proyectosometido a consulta.

ALCANCE DEL CONCEPTO: El presente concepto se emite en ejercicio de las competencias asignadas alDepartamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - COLCIENCIASen los artículos 7° de la Ley 1286 de 2009; y 2° del Decreto 849 de 2016.Sin embargo, ninguna de las normas anteriormente reseñadas, asignaron a estedepartamento administrativo competencias específicas para conceptuar sobre lasmodalidades de contratación a las que de manera autónoma acuden los diferentesactores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación — SNCTel — parasuplir sus necesidades, bienes y servicios, básicamente por cuanto que, en lo quehace propiamente al asesoramiento en materia de contratación pública, yatendiendo al principio de especialización en las funciones y servicios del Estado,el ordenamiento jurídico colombiano previó una unidad administrativa especialcompletamente independiente y autónoma a COLCIENCIAS, denominada “AgenciaNacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente”, en cuyo artículo 3°del Decreto 4170 de 2011, se le asignaron las siguientes responsabilidadesespecíficas en materia de conceptos y doctrina: (i) Absolver consultas sobre laaplicación de normas de carácter general y expedir circulares externas en materiade compras y contratación pública; (ii) Difundir las normas, reglas, procedimientos,medios tecnológicos y mejores prácticas para las compras y la contratación pública;y, promover y adelantar, con el apoyo y coordinación de otras entidades públicas

Av. Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Piso 2Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogota D.C. - Colombiawww.colciencias.gov.coCódigo: A104PRO2MO2, Versión: 02, Fecha: 2016-10-04gy TODOS PORUNNUEVO PAISPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

cuyo objeto se los permita, la capacitación que considere necesaria a fin de orientara los participantes en el proceso contractual; y, (iii) Brindar apoyo a las entidadesterritoriales para la adecuada aplicación de las políticas, instrumentos yherramientas en materia de compras y contratación pública.Fue en dicho contexto funcional que la referida agencia gubernamental expidió laCircular Externa No. 6 del 27 de septiembre de 2013, cuyo correcto entendimientoevidencia con claridad que, en materia de contratación pública y, másconcretamente, de la que involucre la ejecución de programas y proyectos deinvestigación en CTel, COLCIENCIAS solo asume el rol de calificador de dichasactividades, más no de orientador de los procesos de contratación que lecorresponde operar a cada una de las entidades del Estado, en el marco de susrespectivas autonomías; es decir, si bien COLCIENCIAS asesora en la calificaciónde este tipo de actividades, de ninguna manera ello implica una responsabilidadcomo instancia asesora o previa de legalidad de las decisiones que implican laordenación del gasto en otras entidades del Estado (o con otro tipo de actores), encualquiera de los tres niveles de la administración pública, pues ello atentaría contrala autonomía e independencia de que gozan tales entidades, desconociendoademás los esquemas de gestión administrativa adoptados por virtud de la Ley 489de 1998.Lo mencionado, además, bajo el entendido del artículo 28 de la Ley 1437 de 2011,luego de la sustitución de su Titulo Il por virtud de lo dispuesto en el artículo 1° dela Ley 1755 de 2015, de conformidad con el cual:

“Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por lasautoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho aformular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución...”En los anteriores términos se espera haber resuelto con suficiencia su solicitud.Cordialmente, PAULA FERNANDA CHIQUILL COND OSecretaria General Anexo: Copia de los memorandos internos Ne. 20174300067793 y\20174300068773Revisó: LeforeroElaborado por: HlucColaboraron en la respuesta: DFl Av. Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Piso 2Teléfono: (57-1) 625 8480Fax: (57-1) 625 1788Bogota D.C. - Colombiawww.colciencias.gov.coCódigo: AL04PRO2MO2, Versión: 02, Irecha: 2016-10-04TODOS PORUN

PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN MEMORANDOCO20174300067793

PEMBogotá, D.C., 10-07-2017

PARA: Dra. PAULA FERNANDA CHIQUILLOSecretaria GeneralDE: DIRECCIÓN DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓNASUNTO: Derecho de Petición. Solicitud concepto contratación directa UNGRD.

En respuesta a la solicitud de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD enviada por correo electrónico el día 14 de junio de 2017, en relación con laviabilidad de realizar un proceso de contratación directa con la Universidad de los Andes parala realización de un “proyecto para la investigación y desarrollo de un estudio para definir yproponer los valores nacionales posibles de riesgo máximo individual accidental paraactividades industriales, instalaciones fijas e infraestructura de transporte”, nos permitimoshacer las siguientes consideraciones:Justificación del ProyectoLa UNGRD menciona que Colombia no cuenta actualmente con un valor máximo de riesgoindividual y no se han realizado o llevado a cabo estudios o proyectos de este tipo, lo cual serequiere para los procesos innovación en materia de de evaluación del riesgo.Con base en lo anterior se determinó la necesidad de llevar a cabo un estudio con el propósi-to de determinar o definir los valores máximos de riesgo individual tanto para instalacionesfijas y como para infraestructura de transporte, que permitan realizar los procesos de evalua-ción del riesgo, mediante la Construcción de parámetros de valores de riesgo máximo y defini-ción de propuesta de valores posibles de riesgo máximo individual de aplicación industrial,que incluya instalaciones fijas como infraestructura de transporte (p.ej. tuberías), en términosde frecuencia.En términos generales se considera pertinente la realización del proyecto, aunque se tiene lainquietud sobre el carácter de investigación del mismo, dado que el alcance se limita a la rea-lización de un estudio, donde no es apreciable el elemento de incertidumbre.

Fecha de actualización 2073 - 03TODOS POR UN_NUEVOPAISPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN @) COLCIENCIAS 4

Estructura del proyectoEn relación con la información enviada los siguientes comentarios:e Se presenta como objetivo general “Realizar un estudio para definir y proponer valo-res nacionales posibles de riesgo máximo individual accidental para actividades indus-triales, y para instalaciones fijas e infraestructura de transporte.e Nose relacionan objetivos específicos.e Tampoco se anexan elementos fundamentales en la estructura de un proyecto comoson: antecedentes, metodología, resultados, cronograma, presupuesto e impactos es-perados.e Igualmente, no se describe la conformación del grupo de trabajo. Se menciona tan-gencialmente que va a ser desarrollado por la Universidad de los Andes, no se esta-blece si se van a participar profesionales de la UNGRD.e Se identifican los productos a obtener del estudio, que se categorizan en: análisis es-tadístico y propuesta de valores de riesgo máximo individual. Se determina que alterminar el estudio se va a contar con un documento de informe final, el cual debe in-cluir tanto los criterios para los procesos de evaluación de riesgo a nivel industrial, asícomo el marco de referencia de valores de riesgo individual a nivel mundial y el pro-ceso de determinación del valor máximo de riesgo individual en Colombia.e Nose establece un problema o pregunta de investigación que justifique la realizacióndel proyecto. En particular, parece que con la información y conocimiento disponiblepor parte de los contratistas se lograrán los resultados esperados.En conclusión la información enviada es muy limitada y no corresponde ni en estructura, nialcance en lo esperado para un proyecto de investigación.ConceptoLa contratación esbozada por la UNGRD apoyaría a dicha Unidad en el cumplimiento de susfunciones, en particular en la mejora de los procesos de

conocimiento del riesgo en el SistemaNacional de Gestión del Riesgo de Desastres.Sin embargo, teniendo en cuenta la información enviada no se cuenta con los aspectosrequeridos para conformar la estructura de un proyecto, adicionalmente aunque se identificael objeto del estudio, no es evidente que se presenten elementos de incertidumbre quepermitan clasificarlo como un proyecto de |+D.Adicionalmente el Manual Frascati establece que aquellos proyectos cuyo fin exclusivo sea larecolección, clasificación, análisis y evaluación de información no pueden ser consideradoscomo I+D, aunque si se permite su clasificación como actividades científicas y tecnológicas.A partir del análisis de lo establecido en el Decreto 591 de 1991, en lo que se entiende poractividades científicas y tecnológicas, la presente iniciativa califica en la categoría de servicioscientíficos y tecnológicos, en particular por lo que se refiere a la realización de estudios.Fecha de actualización 2013 - 03— E NuEvO PAÍSPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

ConclusiónPor las características del documento enviado en cuanto a los productos esperadoscorresponde con un servicio científico y tecnológico a ser contratado por la UNGRD, el cualejecutará la Universidad de los Andes.Sin embargo, la información enviada aún en este caso es insuficiente para determinar laidoneidad de la entidad ejecutora. En tal sentido, se recomienda a la UNGRD que se cuentecon un documento técnico que permita establecer tanto los antecedentes y trayectoria de laentidad ejecutora, y en particular del grupo de trabajo en la temática, así como que detalle losaspectos de costo, tiempo, y alcance del servicio técnico a contratar.Firmado por, “Osme Grrcese EOSCAR GUALDRON GONZALEZDirector de Fomento a la Investigacion BY Proyectó: Yesid Ojeda Papagayo. Asesor Programa Nacional de CTel en Energía y Minería.me 15-JUL 201(E) COLCIENCIAS gy TODOSPORUNo | NUEVO PAISme PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN 000008080000020174300068773 PEMBogotá, D.C., 13-07-2017

PARA: Dra. PAULA FERNANDA CHIQUILLOSecretaria GeneralDE: DIRECCIÓN DE FOMENTO A LA INVESTIGACIÓNASUNTO: Alcance Memorando 20174300067793. Derecho de Petición.Solicitud concepto contratación directa UNGRD.

Dando alcance al concepto inicial nos permitimos aclarar lo siguiente: e Reiteramos que la información enviada es muy limitada y no corres-ponde ni en estructura, ni alcance en lo esperado para un proyecto deinvestigación. Adicionalmente aunque se identifica el objeto del estudio,no es evidente que se presenten elementos de incertidumbre que per-mitan clasificarlo como un proyecto de I+D.e La intención de mencionar el alcance del Decreto 591 de 1991, era se-ñalar que la posibilidad para esta iniciativa sería enmarcarla en la cate-goría de servicios científicos y tecnológicos.e Sin embargo, aún en dicho caso (servicio científico y tecnológico) talcomo se mencionó en la conclusión, la información enviada aún en estecaso es insuficiente para determinar la idoneidad de la entidad ejecutoray en particular del grupo de trabajo en la temática, así como que detallelos aspectos de costo, tiempo, y alcance del servicio técnico a contratar.TODOS POR UNNUEVO PAISPAZ EQUIDAD EDUCACIÓN ConclusiónComo resultado del análisis de la solicitud enviada por la UNGRD, la mismano cumple con los requerimientos para ser considerada como actividadcientífica y tecnológica. Firmado por, OSCAR GUALDRON GONZALEZ ~Director de Fomento a la Investigación Proyectó: Yesid Ojeda Papagayo. Asesor Programa Nacional de CTel en Energía y Minería.

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