MINCIENCIAS - Concepto 20171100083913
Ministerio de Ciencia y Tecnología
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Detalles
- Título
- MINCIENCIAS - Concepto 20171100083913
- Autor
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- —
.-t/-Y---
TODOSPORUN
NUEVOPAisPAZ EQUIDAD EDUCACION
MEMORANDO
11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111I1I111111111111111111 20171100083913 SG Bogota, D.C. 23-08-2017
PARA: DE:
RENZO GARCIA CARVAJAL
Gestor del Programa CTelen TIC
PAULA FERNANDA CHIQUILLO
SECRETARiA GENERAL ASUNTO: Respuesta concepto De conformidad con el memorando radicado bajo el No. 20174400079133 entregado en SEGEL, mediante el cual se extendi6 la solicitud de consulta sobre: 1. ~Cual es el termino que tiene el Fondo Francisco Jose de Caldas, para realizar laliquidaci6n delosproyectos? .
EIart.23 de la Ley 1286 de 2009, establece el Regimen Contractual y Presupuestal del Fondo. Los actos y contratos que celebre el Fondo se sujetaran a las normas de contrataci6n del derecho privado subsidiariamente con las de ciencia y tecnologfa. Per tanto prima el acuerdo de las partes per 10cual es el termino que indican en el contrato. En la c1ausula de liquidaci6n de los contratos/convenios del Fondo Francisco Jose de Caldas, se establece 10siguiente: una vez culminado el plazo de ejecuci6n del contrato 0 cumplido el objeto del mismo 0 en el evento de presentarse alguna de las causales consignadas en la c1ausula de causales de terminaci6n, se procedera a su Iiquidaci6n,
previa instrucci6n de COLCIENCIAS, de conformidad a 10estipulado en la ley, 10cual debera constar en acta debidamente suscrita por las partes. 2. i-Puede elFFJC como enteprivado, perder competencia para liquidar losconvenios y contratos quesuscribe?TODOSPORUN NUEVOPAisPAZ EQUIDAD EDUCACION Teniendo en cuenta el art.23 de la Ley 1286 de 2009 que establece que los actos y contratos que celebre el Fondo se sujetaran a las normas de contrataci6n del derecho privado, no se aplican los terminos para liquidar del regimen de contrataci6n estatal. EI Fondo dentro de sus contratos/convenios establece en la clausula de liquidaci6n, que si transcurridos 30 dias habiles contados a partir del envio de la minuta de liquidaci6n para firma de LA ENTIDAD, no se lograra perfeccionar el tramite de liquidaci6n bilateral, y al no presentarse saldos a liberar y/o reintegrar a favor del FONDO y/o saldos por pagar afavor de LA ENTIDAD, se procedera al cierre financiero y contable del contrato de acuerdo a 10establecido en el Manual Operativo del negocio fiduciario, 10cual debera constar en un Acta debidamente suscrita por el FONDO y el supervisor y/o interventor del contrato.
3. Cuando el FFJC firma convenios con entidades publicas, aplica los plazos para la liquidaci6n y noperder competencia?
Nopierdecompetencia teniendo encuenta que rigeelart.23de laLey 1286de 2009, que establece el Regimen Contractual y Presupuestal del Fondo. Toda vez que no aplican los plazos del regimen de contrataci6n publica.
4. Pueden los supervisores tanto de Colciencias como MINTIC perder competencia para solicitar la liquidaci6n de los contratos yconvenios?
A partir de la definici6n de la supervisi6n de un contrato/convenio que consiste en el seguimiento tecnico, administrativo, financiero, contable yjuridico que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato/convenio, e incluye la liquidaci6n del contrato/convenio. EIsupervisor de un contrato/convenio no pierde competencia hasta que no se encuentre debidamente liquidado el mismo 0 se haya realizado el cierre contable 0 financiero al no presentarse saldos a liberar y/o reintegrar a favor del FONDO y/o saldos por pagar a favor de LA
ENTIDAD.
EI presente concepto juridico se otorga en virtud del articulo 28 de la Ley 1437 de 2011 (Iuego de lasustituci6n desu Titulo IIporvirtud de 10dispuesto en elarticulo 10de laLey 1755de2015), deconformidad con elcual:-...-;.--...--, •.. TODOSPORUN NUEVOPAisPAZ EQUIDAO EOUCAC!ON "... Salvo disposici6n legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho
a formular consultas no seran de obligatorio cumplimiento 0 ejecuci6n ..." Atentamente, Revis6: LForero 0Proyecto: JDilVil~TODOSPORUN
NUEVOPAisPAZ EQUIDAD EDUCACION
MEMORANDO
1111111111111111111111111II11111111111111111111111111111111111111111111111111111 20174400079133 SG .Bogota, 09-08-2017
PARA: JORGE MARIO BUNCH HIGUERA
Director Administrativo y Financiero
DE: RENZO GARCIA CARVAJAL
Gestor del Programa CTel enTIC
Asunto: Solicitud de Concepto Apreciado Dr.Bunch Mediante la presente y teniendo en cuenta las facultades asignadas a la DirecCi6n Administrativa y Financiera, solicitamos muy comedidamente, se nos emita concepto
con base en 10siguiente:
HECHOS
1. EI articulo 2 del Titulo I de la Constituci6n Politica, seriala los principios fundamentales, elcual incluye como unode losfines esenciales del Estado la participaci6n de todos en lavida cultural de la Naci6n incluyendo la ciencia y latecnologia.
2. Es claro que al encontrar en el postulado constitucional este principio fundamental, seevidencia que laintenci6n delConstituyente esque laciencia, debe dejar de ser del interes de unos pocos para convertirse en las posibilidades de desarrollo detodos colombianos.
3. Ahora bien, el articulo 71 de la C. Pol, indica que Ie corresponde al Estado
crear incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y latecnologia y las demas manifestaciones culturales y debe ofrecer estlmulos especiales apersonas einstituciones queejerzan estas actividades.
4. Por su parte, la Ley 1286 dispuso que COLCIENCIAS esorganismo principal de la administraci6n publica, rector del sector y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovaci6n -SNCTI-, encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar e implementar la politica del Estado en famateria, en concordancia con los planes y programas de desarrollo.TODOSPORUN
NUEVOPAisPAZ EQUIDAD EDUCACION
5. Es por ello que COLCIENCIAS como entidad del estado, debe promover el avance cientffico y tecnologico, incorporando la ciencia y la tecnologia a los planes y programas de desarrollo economico y social del pais y formular planes de ciencia y tecnologia para el mediano y el largo plazo.
6. Por su parte, el articulo 2° del Decreto - Ley 591 de 1991 establece: "Para los efectos del presente decreto entiendase por actividades cientfficas y tecnol6gicas, las siguientes: 1. Investigaci6n cientffica y desarrollo tecnol6gico, desarrollo de nuevos productos y procesos, creaci6n y apoyo a centros cientfficos y tecnol6gicos, y conformaci6n de redes de investigaci6n e informaci6n. 2. Difusi6n cientifica y tecnol6gica, esto es, informaci6n, publicaci6n, divulgaci6n y asesoria en ciencia y tecnologia. 3.
Servicios cientfficos ytecnol6gicos que se refieren ala realizaci6n de planes, estudios, estadisticas y censos de ciencia y tecnologia; a la homologaci6n, normalizaci6n, metrologia, certificaci6n y control de calidad; a la prospecci6n de re cursos, inventario de recursos terrestres y ordenamiento territorial; a la promoci6n cientffica y tecnol6gica; a la realizaci6n de seminarios, congresos y talleres de ciencia y tecnologia, asi como a la promoci6n y gesti6n de sistemas de calidad total y de evaluaci6n tecnol6gica. 4. Proyectos de innovaci6n que incorporen tecnologia, creaci6n, generaci6n, apropiaci6n y adaptaci6n de la misma, asi como la creaci6n y el apoyo a incubadoras de empresas, a parques tecnol6gicos y a empresas de base tecnol6gica. 5. Transferencia tecnol6gica que comprende la negociaci6n, apropiaci6n, desagregaci6n, asimilaci6n, adaptaci6n y aplicaci6n de nuevas tecnologias nacionales 0 extranjeras. 6. Cooperaci6n cientffica y tecnol6gica nacional einternacionaf".
7. De igual forma, el articulo 18 de la Ley 1286 de 2009, indica las actividades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion - SNCTI - de la siguiente forma: "Son actividades de los actores del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnologia e Innovaci6n -SNCTI-: 1. Explorar, investigar y proponer, de manera continua, visiones y acciones sobre la intervenci6n del pais en los escenarios internacionales, asi como los impactos y oportunidades internacionales para Colombia en temas relacionados con la ciencia, la tecnologia y la innovaci6n. 2. Promover el mejoramiento de la productividad y la competitividad nacional. 3. Velar por la generaci6n, transferencia, adaptaci6n y mejora del conocimiento cientffico, desarrollo tecnol6gico e innovaci6n en la producci6n de bienes y servicios para los mercados regionales, nacionales e internacionales. 4. Investigar e innovar en ciencia y tecnologia. 5. Propender por integrar la cultura cientffica, tecnol6gica e innovadora a la cu/tura regional y nacional, para lograr la apropiaci6n social de la ciencia, la tecnologia y la innovaci6n en Colombia. 6. Procurar el desarrollo de la capacidad de comprensi6n, valoraci6n, generaci6n y uso del conocimiento, y en especial, de la ciencia, la tecnologia y la innovaci6n, en las instituciones, sectores y regiones de la sociedad colombiana. 7. Articular la oferta y demanda de conocimiento colombiano para responder a los retos del pais",
8. Por su parte laAgencia Nacional de Contratacion Publica, Colombia Compra
Eficiente, mediante la Circular Externa No. 6 del 27 de septiembre de 2013, determino 10siguiente: Las siguientes son las actividades de ciencia, tecnologia e
innovaci6n de los actores del Sistema Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovaci6n de acuerdo con 10descrito en: (a) el articulo 2 del Decreto-Ley 393 de 1991; (b) el articulo 2 del Decreto-Ley 591 de 1991; (c) el articulo 18de la Ley 1286 de 2009 que modific61a Ley 29 de 1990; y (d) el Documento CONPES 3582 de 2009: 1. Crear, fomentar, desarrollar y financiar empresas que incorporen innovaciones cientfficas 0TODOSPORUN NUEVOPAisPAZ EQUIDAD EDUCACION tecnol6gicas aplicables a la producci6n nacional, al manejo del medio ambiente 0 al aprovechamiento de los recursos naturales. 2. Organizar, crear y apoyar centros cientificos, tecnol6gicos y de innovaci6n, parques tecnol6gicos, incubadoras de empresas y empresas de base tecnol6gica. 3. Formar y capacitar el recurso humano para el avance y la gesti6n de la ciencia, tecnologia e innovaci6n. 4. Establecer y conformar redes de investigaci6n e informaci6n cientifica, tecnol6gica yde innovaci6n.
5. Crear fondos de desarrollo cientifico, tecnol6gico y de innovaci6n a nivel nacional y regional, fondos especiales de garantias y fondos para la renovaci6n y el mantenimiento de equipos cientificos. 6. Realizar seminarios, cursos, congresos,
talleres y eventos nacionales 0 internacionales de ciencia, tecnologia e innovaci6n. 7. Financiar publicaciones y otorgar premios y distinciones a investigadores, grupos de investigaci6n e investigaciones. 8. Adelantar proyectos de investigaci6n cientifica, desarrollo tecnol6gico e innovaci6n; desarrollo de nuevos productos y procesos. 9. Oifundir informaci6n cientifica, tecnol6gica y de innovaci6n, esto es, informaci6n, publicaci6n, divulgaci6n yasesoria en ciencia, tecnologia e innovaci6n. 10. Oesarrollar servicios cientificos ytecnol6gicos que se refieren a la realizaci6n de planes, estudios, estadisticas y censos de ciencia y tecnologia; a la realizaci6n de actividades de homologaci6n, normalizaci6n y metrologia, cerlificaci6n y control de calidad; a la prospecci6n de recursos, inventario de recursos terrestres y ordenamiento territorial; ala promoci6n cientifica, tecnol6gica yde innovaci6n; asi como a la creaci6n, fomento, difusi6n, promoci6n, implementaci6n y gesti6n de sistemas de calidad total y de evaluaci6n tecnol6gica. 11. Oesarrollar proyectos de innovaci6n que incorporen tecnologia, creaci6n, generaci6n, apropiaci6n y adaptaci6n de la misma. 12. Transferencia tecnol6gica que comprende la asesoria, negociaci6n, apropiaci6n,
desagregaci6n, asimilaci6n, adaptaci6n y aplicaci6n de nuevas tecnologias nacionales 0 extranjeras. 13. Cooperaci6n en ciencia, tecnologia e innovaci6n nacional 0 internacional. 14. Apropiaci6n social de la ciencia, la tecnologia y la innovaci6n a traves de la integraci6n de la cu/tura cientifica, tecnol6gica e innovadora a la cultura regional y nacional. 15.Elaborar y desarrollar proyectos de investigaci6n y desarrollo experimental (/+0), formaci6n y capacitaci6n cientifica y tecnol6gica, servicios cientificos y tecnol6gicos y actividades de innovaci6n e innovaci6n social. Lasdudas de las Entidades Estatales ejecutoras sobre lacatalogaci6n de actividades cientificas, tecnol6gicas y de innovaci6n, debe aclararlas el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnologia e Innovaci6n - COLCIENCIAS -, autoridad competente en lamateria."
9. Es precise serialar que teniendo en cuenta la normatividad anteriormente serialada, los convenios suscritos por Colciencias se rigen por el derecho privado yque alnoejecutarse latotalidad de losrecursos deben lasentidades reintegrar los recursos que corresponda. 10.Teniendo en cuenta el caso concreto, es precise serialar que en virtud de los decretos y leyes serialados, Colciencias ha celebrado convenios y contratos, en los cuales se establecio supervision compartida entre Colciencias y Ministerio deTecnologfa de laInformacion ylasComunicaciones, con elfin de
desarrollar actividades de CTel.
11. Ahora bien, en razon aque losconvenios ycontratos suscritos terminaron, se debe proceder a solicitar la liquidacion por parte de los supervisores
(Colciencias-Mintic) con el fin de terminar las relaciones contractuales que surgieron.TODOSPORUN .~ NUEVOPAisA. PAZ EQUrOAO EDUCACrON Teniendo en cuenta los anteriores hechos narrados, solicitamos amablemente 10 siguiente: CONSULTA • l,Cual es eltermino que tiene el Fondo Francisco Jose de Caldas, para realizar la liquidaci6n de los proyectos? • l,Puede el Fondo Francisco Jose de Caldas como ente privado, perder competencia para liquidar los convenios y contratos que suscribe? • l,Cuando el FFJC firma convenios con entidades publicas, aplica los plazos para la Iiquidaci6n y no perder competencia? • l,Pueden los supervisores tanto de Colciencias como MINTIC perder competencia para solicitar la Iiquidaci6n de los contratos y convenios? Atentamente,