MINCIENCIAS - Concepto 20181100105941
Ministerio de Ciencia y Tecnología
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Detalles
- Título
- MINCIENCIAS - Concepto 20181100105941
- Autor
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- —
COLCIENCIAS © soBieRNo DE COLOMBIA
A 20181100105941 SG Bogota, 22-03-2018 DoctorLeonel Nifio Salamanca Profesional Universitario Grado 01Contraloria General de la Republica - CGR, Sede Guainialeonet.nino@contraloria.gov.co Asunto: Respuesta a solicitud de Concepto 20182040077972. Respetado Doctor, Acuso recibo del radicado de la referencia, a través del cual solicitó a estadependencia la emisión de un concepto respecto de si la formulación del plande ordenación forestal integral está catalogada como actividad científica,tecnológica y de innovación y, en consecuencia, procedo a pronunciarme conbase en los siguientes:
1. ANTECEDENTES: Con la presentación de las consultas bajo estudio se formuló la siguientepregunta:
1. Solicito saber si la formulación del plan de ordenación forestalintegral está catalogada como actividad científica, tecnológica y deinnovación, lo anterior con el objeto de aclarar si esa actividad sepuede contratar en forma directa o por medio de concurso deméritos.
Av. Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 625 8480Codigo: A704PRO2MO2 Fax: (57-1) 625 8481Versión: 04 Bogotá - ColombiaFecha 27/11/2017 www. colciencias.gov.coCOLCIENCIAS GOBIERNO DE COLOMBIA
2. Posterior a la revisión de la documentación soporte de la solicitud,se requirió al peticionario, mediante correo electrónico, con fecha 09de marzo de 2018, con el fin de recibir de parte de éste, una mayordescripción de la solicitud, ampliando los alcances, objetivos,metodología y demás aspectos, que complementaran la informaciónsuministrada, para dar la respectiva respuesta.
El día 09 de marzo de 2018, se recibió de parte de la CGR — Guainía,el documento “CONVENIO DE CIENCIA Y TEGNOLOGÍA No. 001DE 2017, CELEBRADO ENTRE LA CORPORACIÓN PARA ELDESARROLLO SOSTENIBLE DEL NORTE Y EL ORIENTEAMAZÓNICO, -CDAY ASOCIACIÓN DE PROFESIONALESNUEVA OPCIÓN - ASONOP”, en formato pdf., cuyo objeto es:Formular del plan de ordenación forestal integral y sostenible de lacuenca baja del río Guaviare. Departamento del Guainía.
2. MARCO JURÍDICO APLICABLE Y TESIS 1.- La competencia y demás cuestiones preliminares: De conformidad con lo previsto el Decreto 849 de 2016 “Por medio del cual semodifica la estructura del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnologiae Innovación — Colciencias”, en materia de conceptualización corresponde aesta secretaria general rendir concepto a actores del SNCTI en lainterpretación, aplicación e implementación de la normatividad existente enCTel. :
La anterior norma, sin embargo, debe leerse en plena concordancia con lopreceptuado en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, luego de la sustituciónde su Título Il, tal y como fue ordenada en el artículo 1° de la Ley 1755 de2015, a propósito del alcance de los pronunciamientos que emiten lasautoridades administrativas en ejercicio de su función consultiva, los cualescarecen — es la regla — de carácter vinculante u obligatorio, tanto en lo quecorresponde a la propia administración, como en lo que atañe al peticionariointeresado y a los administrados en general, lo cual implica que esta especialforma de intervención del aparato estatal no fue concebida para atendersituaciones particulares y concretas, las cuales deben desatarse a través dela_ expedición de los respectivos actos administrativos creadoresmodificatorios o extintivos de derechos y/o de obligaciones. Es claro, en consecuencia, que los conceptos jurídicos que emite la secretaríageneral del departamento administrativo en ejercicio de sus competencias Av. Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 625 8480
Código: A104PRO2MO2 Fax: (57-1) 625 8481Versión: 04 Bogotá - ColombiaFecha: 27/11/2017 www.colciencias.gov.coCOLCIENCIAS (5) GOBIERNO DE COLOMBIA involucran una visión jurídica generai o de contexto en la aplicación del marconormativo que rige para determinado asunto de la órbita de COLCIENCIAS odel catálogo funciona! al que se encuentra sometida su actividad, pero deninguna manera implican un pronunciamiento directo o de fondo, generadorde efectos jurídicos individuales, pues ello equivaldría a invadir lascompetencias que les fueron asignadas a las demás dependencias yfuncionarios de la entidad, encargados de la ejecución de actividadesmisionales o de apoyo a la gestión en el sector de la CTel, por lo que elpresente documento solamente se concentrará en brindar pautas deinterpretación no obligatoria.
El presente concepto se emite en ejercicio de las competencias asignadas alDepartamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación —COLCIENCIAS en los artículos 7° de la Ley 1286 de 2009; y 2° del Decreto849 de 2016. Sin embargo, ninguna de las normas anteriormente reseñadas, asignaron aeste departamento administrativo competencias específicas para conceptuarsobre las modalidades de contratación a las que de manera autónoma acudenlos diferentes actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia eInnovación — SNCTel — para suplir sus necesidades, bienes y servicios,básicamente por cuanto que, en lo que hace propiamente al asesoramiento enmateria de contratación pública, y atendiendo al principio de especializaciónen las funciones y servicios del Estado, el ordenamiento jurídico colombianoprevió una unidad administrativa especial completamente independiente y
autónoma a COLCIENCIAS, denominada “Agencia Nacional de ContrataciónPública — Colombia Compra Eficiente”, en cuyo artículo 3° del Decreto 4170de 2011, se le asignaron las siguientes responsabilidades específicas enmatería de conceptos y doctrina: (i) Absolver consultas sobre la aplicación denormas de carácter general y expedir circulares externas en materia decompras y contratación pública; (ii) Difundir las normas, reglas,procedimientos, medios tecnológicos y mejores prácticas para las compras yla contratación pública; y, promover y adelantar, con el apoyo y coordinaciónde otras entidades públicas cuyo objeto se los permita, la capacitación queconsidere necesaria a fin de orientar a los participantes en el procesocontractual; y, (ii) Brindar apoyo a las entidades territoriales para la adecuadaaplicación de las políticas, instrumentos y herramientas en materia de comprasy contratación pública. Fue en dicho contexto funcional que la referida agencia gubernamental expidióla Circular Externa No. 6 del 27 de septiembre de 2013, cuyo correctoentendimiento evidencia con claridad que, en materia de contratación públicay, más concretamente, de la que involucre la ejecución de programas y Av. Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 825 B480Código: A104PRO2MO2 Fax: (57-1) 625 8481Versión: 04 Bogotá - ColombiaFecha: 27/11/2017 www. colciencias.gov.coCOLCIENCIAS GOBIERNO DE COLOMBIA
proyectos de investigación en CTel, COLCIENCIAS solo asume el rol decalificador de dichas actividades, más no de orientador de los procesos decontratación que le corresponde operar a cada una de las entidades delEstado, en el marco de sus respectivas autonomías, es decir, si bienCOLCIENCIAS asesora en la calificación de este tipo de actividades, deninguna manera ello implica una responsabilidad como instancia asesora oprevia de legalidad de las decisiones que implican la ordenación del gasto enotras entidades del Estado (o con otro tipo de actores), en cualquiera de lostres niveles de la administración pública, pues ello atentaria contra laautonomía e independencia de que gozan tales entidades, desconociendoademás los esquemas de gestión administrativa adoptados por virtud de la Ley 489 de 1998, 2.- Marco Jurídico y Tesis:
Sobre el asunto particular objeto de la consulta, es necesario considerar elsiguiente marco jurídico: 2.1. El artículo 2 del Decreto 591 de 1991 establece: “Para los efectos delpresente Decreto, entiéndase por actividades científicas y tecnológicas las siguientes: » Investigación científica y desarrollo tecnológico, desarrollo de nuevosproductos y procesos, creación y apoyo a centros científicos ytecnológicos y conformación de redes de investigación e información.+ Difusión científica y tecnológica, esto es, información, publicación,divulgación y asesoría en ciencia y tecnología.e Servicios científicos y tecnológicos que se refieren a la realización deplanes, estudios, estadísticas y censos de ciencia y tecnología; a lahomologación, normalización, metodología, certificación y control decalidad; a la prospección de recursos, inventario de recursos terrestresy ordenamiento territorial; a la promoción científica y tecnológica; a larealización de seminarios, congresos y talleres de ciencia y tecnología,así como a la promoción y gestión de sistemas de calidad total y de evaluación tecnológica. + Proyectos de innovación que incorporen tecnología, creación,generación, apropiación y adaptación de la misma, así como la creacióny el apoyo a incubadoras de empresas, a parques tecnológicos y aempresas de base tecnológica. Ay. Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 625 8480
Código: A104PRO2MO2 Fax: (87-1) 625 8481Versión: 04 Bogota - ColombiaFecha: 27/11/2017 www colciencias.gov.coCOLCIENCIAS GOBIERNO DE COLOMBIA
Transferencia tecnológica que comprende la negociación, apropiación,desagregación, asimilación, adaptación y aplicación de nuevastecnologías nacionales o extranjeras. « Cooperación científica y tecnológica nacional e internacional.” 2.2. Que el artículo 33 de La Ley 1286 de 2009 establece “Las actividades,contratos y convenios que tengan por objeto la realización deactividades definidas como de ciencia, tecnología e innovación quecelebren las entidades estatales, continuarán rigiéndose por las normasespeciales que les sean aplicables. En consecuencia, tales contratosse celebrarán directamente (...J”. 2.3. Que el Artículo 2.2.1.2.1.4.7 del Decreto 1082 de 2015, establece:“Contratación para el desarrollo de actividades cientificas ytecnológicas. La contratación directa para el desarrollo de actividadescientíficas y tecnológicas debe tener en cuenta la definición contenidaen el Decreto-Ley 591 de 1991 y las demás normas que lo modifiquen,aclaren, adicionen o sustituyan”.
CONCEPTO TÉCNICO: El Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en CienciasAgropecuarias de la Dirección de Fomento a la Investigación delDepartamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -—COLCIENCIAS, área técnica competente sobre la materia en cuestiónmediante memorando 20184200066323, a partir de la documentaciónaportada, remitió concepto técnico a esta secretaría general, manifestando losiguiente: De acuerdo con la documentación suministrada por la CGR - Guainía, se
puede determinar que la formulación del mencionado Plan, está enmarcada dentro de la actividad No.3, Artículo 2, del Decreto-Ley 591 de 1991, la cual es: Servicios científicos y tecnológicos que se refieren a la realización de planes, estudios, estadísticas y censos de ciencia y tecnología; a la homologación, normalización, metrología, certificación y control de calidad; a la prospección de recursos, inventario de recursos terrestres y ordenamiento territorial; a la promoción científica y tecnológica; a la realización de seminarios, congresos y talleres de ciencia y tecnología, así como a la promoción y gestión de sistemas de calidad total y de evaluación tecnológica. Av. Calle 26 4 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 625 8480Código: A104PROZMO2 Fax: (57-1) 625 8481Versión: 04 Bogotá- ColombiaFecha: 27/11/2017 www colciencias.gov.co otsCOLCIENCIAS 6 GOBIERNO DE COLOMBIA El presente concepto, se realiza, teniendo en cuenta que, la formulación del“Plan de Ordenación Forestal Integral”, implica la realización de actividades como: + Estructuración del sistema de información geográfica para la ordenación forestal, integral y Sostenible. + Obtención, análisis y procesamiento de la información proveniente de imágenes satelitales. Caracterización de los componentes bióticos, socioeconómicos y de conflictos de uso, de la Cuenca Baja del Rio Guaviare.
« Inventario de las áreas forestales del área objeto de ordenación, a través de un muestreo estadistico exploratorio. Prospección de la zonificación para la toma de decisiones en la ordenación forestal Integral y Sostenible. ¢ Elaboración y generación de la Cartografía temática a escala 1:25.000 de la zona objeto de Ordenación Forestal. Todas las anteriores relacionadas con la generación de la linea de base coninformación secundaria y primaria, que permita a través de su análisis, ladefinición de las áreas, para un ordenamiento forestal.
3. CONCLUSIÓN.
Conforme con to descrito en el concepto técnico que antecede, el Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Ciencias Agropecuarias de la Dirección de Fomento a la Investigación del Departamento Administrativode Ciencia, Tecnología e Innovación — COLCIENCIAS, considera que laformulación del Plan de Ordenación Forestal integral y sostenible, correspondecon una actividad de ciencia, tecnología e innovación, de acuerdo con elDecreto-Ley 591 de 1991 en su artículo segundo, numeral 3. Es claro que los conceptos que emite el Departamento Administrativo deCiencia, Tecnología e Innovación — COLCIENCIAS, en éste caso en particular, Av. Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 625 8480
Código: A104PRO2MO2 Fax: (57-1) 625 8481Versión: 04 Bogotá - ColombiaFecha: 27/11/2017 wwew.colciencias.gov.coCOLCIENCIAS GOBIERNO DE COLOMBIA
el Programa Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación en CienciasAgropecuarias de la Dirección de Fomento a la Investigación en el marco desus competencias, en cualquier caso involucran una visión técnica generalbasada en la documentación aportada.
ALCANCE DEL CONCEPTO: Como se señaló en las observaciones preliminares a la tesis expuesta, elpresente concepto jurídico comporta los precisos alcances señalados en elartículo 28 de la Ley 1437 de 2011 (luego de la sustitución de su Título II porvirtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015), de conformidadcon el cual: ...Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades comorespuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formutar consultas noserán de obligatorio cumplimiento o ejecución...” En estos términos se espera haber resuelto con suficiencia su consulta.
Atentamente, MAR SÁNCHEZ HERRERASecretaria General Revisó: LE Rivera,Elaboró EJDávilaColaboré en la rsápuesta DFIAnexo Concepto Técnico Ay, Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 2Telefono: (57-1) 625 8480Código: A104PROZMO2 Fax: (57-1) 625 8483Versión: 04 Bogotá - ColombiaFecha: 27/11/2017 www colciencias.gov.co(8) cotcienctas EM N
VONUG A20184200066323
PCTA Bogotá, 13-03-2018
PARA: Dra. MARTHA CECILIA SANCHEZ HERRERASecretaria General
DE: DIRECCION DE FOMENTOA LA INVESTIGACION
ASUNTO: Respuesta Memorando 20181100057413 Concepto ACTI Concepto que se solicita: La Contraloría General de la República - CGR, Sede Guainía, solicita un conceptosobre si la Formulación del Plan de Ordenación Forestal integral, está catalogada como actividad cientifica, tecnológica y de innovación.
Documentación o información allegada: Correo electrónico recibido por el Sistema de Gestión Documental Orfeo, radicado 2018 20182040077972, con fecha 28 de febrero de 2018, remitido por Leonel Niño Salamanca, Profesional Universitario Grado 01 de la CGR — Guainía. Luego de la revisión de la documentación soporte de la solicitud, se requirió alpeticionario, mediante correo electrónico, con fecha 09 de marzo de 2018, con el finde recibir de parte de éste, una mayor descripción de la solicitud, ampliando los alcances, objetivos, metodología y demás aspectos, que complementaran la información suministrada, para dar la respectiva respuesta. El día 09 de marzo de 2018, se recibió de parte de la CGR - Guainía, el documento "CONVENIO DE CIENCIAY TEGNOLOGÍA No. 001 DE 2017, CELEBRADO ENTRELA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL NORTE Y ELORIENTE AMAZÓNICO, -CDAY ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES A104PRO2MO 1/Vigente desde 2017-11-02/Versién 02(8) COLCIENCIAS
NUEVA OPCIÓN - ASONOP.”, en formato pdf., cuyo objeto es: Formular del plan deordenación forestal integral y sostenible de la cuenca baja del río Guaviare. Departamento del Guainía.
Concepto técnico: De acuerdo con la documentación suministrada por la CGR - Guainía, se puededeterminar que la formulación del mencionado Plan, está enmarcada dentro de laactividad No.3, Artículo 2, del Decreto-Ley 591 de 1991, la cual es: Servicioscientíficos y tecnológicos que se refieren a la realización de planes, estudios,estadísticas y censos de ciencia y tecnología; a la homologación, normalización, metrología, certificación y control de calidad; a la prospección de recursos,inventario de recursos terrestres y ordenamiento territorial; a la promoción científica y tecnológica; a la realización de seminarios, congresos y talleres de ciencia y tecnología, así como a la promoción y gestión de sistemas de calidad total y de evaluación tecnológica.
El presente concepto, se realiza, teniendo en cuenta que, la formulación del “Plan de Ordenación Forestal Integral”, implica la realización de actividades como: e Estructuración del sistema de información geográfica para la ordenación forestal, Integral y Sostenible. + Obtención, análisis y procesamiento de la información proveniente de imágenes satelitales. + Caracterización de los componentes bióticos, socioeconómicos y de conflictos de uso, de la Cuenca Baja del Rio Guaviare. e Inventario de las áreas forestales del área objeto de ordenación, a través de un muestreo estadistico exploratorio.
+ Prospección de la zonificación para la toma de decisiones en la ordenación forestal Integral y Sostenible. « Elaboración y generación de la Cartografía temática a escala 1:25.000 de la zona objeto de Ordenación Forestal. A104PRO2MO1/Vigente desde 2017-11-02/Versión 025) COLCIENCIAS Todas las anteriores relacionadas con la generación de la línea de base coninformación secundaria y primaria, que permita a través de su análisis, la definición de las áreas, para un ordenamiento forestal. Por lo anterior, el Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación enCiencias Agropecuarias, considera que la formulación del Plan de Ordenación Forestal integral y sostenible, corresponde con una actividad de ciencia, tecnologiae innovación, de acuerdo con el Decreto-Ley 591 de 1991 en su artículo segundo, numeral 3. Cordialmente, boLIANA CASTRO VARGAS EDISON SUAREZ ORTIZAsesora encargada de las funciones de la Gestor Programa NacionalDirección de Fomento a la Investigación de CTel en Ciencias Agropecuarias Elaborado por: AMOTTA A104PROZMO1/Vigente desde 2017-11-02/Version 02