🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINCIENCIAS - Concepto 25023

Ministerio de Ciencia y Tecnología

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINCIENCIAS - Concepto 25023
Autor
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año

MEMORANDO

INO A A20141100025023

SG Bogota, D.C., 10-04-2014

PARA: CLAUDIA JIMENA CUERVO CARDONADirectora de Desarrollo Tecnológico e innovación

DE: SECRETARIA GENERAL

ASUNTO: Respuesta memorando No. 20144000024003

Respetada Dra. Jimena, Como respuesta a la comunicación de la referencia me permito remitir el siguiente concepto: 1, Problema jurídico ¿Es obligatorio realizar una segunda evaluación a una empresa que participó en la convocatoriaNo. 638-2013?

2. Marco legal La convocatoria No. 638 de 2013 “Locomotora de la innovación para empresas” estableció susbases específicas de participación, reglas del proceso, fases, requisitos y procedimientos en lostérminos de referencia.

Asi pues los términos de referencia se constituyen como el documento soporte del proceso endonde se encuentran el conjunto de reglas obligatorias para Colciencias y para el particular quese presenta a la convocatoria y se somete a ellas. Este documento orienta la naturaleza, el modoy la forma de participación de las empresas interesadas en ser seleccionadas. Ellos tienen elcarácter instrumental que sirven para hacer efectiva la igualdad de los participantes de laconvocatoria y dan publicidad a la selección facilitando a su vez la participación de la ciudadanía.

Los términos de referencia definieron la forma de evaluación a la cual se sometió la empresaparticipante y definió la oportunidad para la solicitud de aclaraciones.

Página 1 de 2COLCIENCIASEs, | PROSPERIDAD

3. Concepto Para el caso de la solicitud presentada por la empresa SISTEMAS Y FORMACIÓN S.A.S sobre la .. “." :realización de una segunda evaluación, es importante aclarar que ésta:se sometió a las reglas deevaluación del proceso las cuales consistian en un Filtro 1: Preselección de la, empresas u.organizaciones y el Filtro 2 selección de las empresas u organizaciones, cuyos resultados fueron remitidos al solicitante.

De esta manera, una vez se fijaron los criterios de selección y sus mecanismos de ponderaciónellos no sólo vincularon a tos participantes, sino a Colciencias, quien viene asi a autorregular,entre otros aspectos, su actividad de estudio y evaluación de las empresas para asi determinaraquellas que eran las más favorables para el fortalecimiento de las capacidades de gestión deinnovación, lo cual excluye, de suyo, cualquier discrecionalidad en la aplicación o no de losmismos o en la asignación de los puntajes, conducta que pugna con el deber de selecciónobjetiva. Claro está, sin perjuicio como lo ha indicado el Consejo de Estado' Y...Ja la entidadpública le cabe cierta discrecionalidad en la valoración y ponderación de las propuestas, toda vezque en muchas ocasiones ni el pliego de condiciones, ni las disposiciones legales pertinentesregulan la totalidad de los aspectos propios de una licitación pública".

En este orden de ideas, teniendo en cuenta que los términos de referencia tuvieron la publicidadcorrespondiente, transcurrieron los plazos establecidos para la solicitud de aclaraciones y sepuso en conocimiento del solicitante el informe de evaluación, no le es dable a Colcienciasapartarse de lo que ella misma consignó en dichos términos de referencia para realizar el estudioy calificación de las empresas participantes e ir mas allá de io expresamente regulado a este-respecto, mediante la realización de una segunda evaluación, pues ello se contrapone a losprincipios y derechos al debido proceso administrativo y sus corolarios de defensa y contradicción(art. 29 de la C-P.), asi como los de planeación, transparencia, igualdad, publicidad,responsabilidad y el deber de selección objetiva, pues podria representar desigualdad frente a losotros participantes de la convocatoria quienes ya fueron evaluados y se sometieron a unas reglaspreviamente establecidas, las cuales no pueden ser cambiadas arbitrariamente lo cual tambiénpodría generar incertidumbre sobre la evaluación que se realizó en la convocatoria. LILIANA MARÍA ZAPATA BUS{AMANTESecretaria General Elaborado por LEFORERO Consejo de Estado; Sección tercera; sentencia de julio 19 de 2001: rad 12037; C.P. Alier Eduardo Hernandez Pagina 2 de 2Foicencus MES TODOS

MEMORANDO

COUNT O20144000024003

DDTI

Bogotá, D.C., 08-04-2014

PARA: Dra. LILIANA MARIA ZAPATA BUSTAMANTESECRETARIA GENERAL DE: Dra. CLAUDIA JIMENA CUERVODIRECCIÓN DE DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN ASUNTO: SOLICITUD DE CONCEPTO JURÍDICO A PETICIÓN ENVIADA POR ELSEÑOR GUSTAVO ADOLFO BOTERO CADAVID SOBRE LACONVOCATORIA 638.

Cordial saludo, En el proceso de selección de la convocatoria 638-2013 se enviaron las respuestas con losinformes completos de resultados, a las empresas que lo solicitaron en el periodo estipuladosegún tos términos de referencia de la convocatoria. Sin embargo, en respuesta a este informe enviado recibimos vía correo electrónico el día 31de marzo de 2014 una solicitud enviada por GUSTAVO ADOLFO BOTERO CADAVID, quienes el representante legal de la empresa SISTEMAS Y FORMACIÓN S.A.S. con Nit900.012.852-5, solicitando una segunda evaluación. Por lo anterior, nos permitimos solicitarconcepto jurídico acerca de si estamos obligados a hacer esta segunda evaluación, o bajoque soporte juridico podemos dar respuesta de que no hay lugar a segundas evaluaciones. Se adjunta la solicitud formal que la empresa envió al correo de la convocatoria. Agradeciendo la atención y colaboración prestada, U bie abe bueno C ~ Y .CLAUDIANIMENA CUERVO ALICIA MARCELA GARAVITODirección de Desarrollo Tecnológico e Innovación Contratista — Dirección de Desarrollo: . Tecnológico e Innovación

(Elaboradopor SPACHON) Pagina 1 de 4S&S sistemas y formacion Observaciones Evaluación Convocatoria “Locomotora de la Innovación para Empresas 638 Medellín, 31 de Marzo de 2014

Señores: ColcienciasDirección de Desarrollo Tecnológico e Innovacióncontacto@colciencias.gov.coCiudad El suscrito GUSTAVO ADOLFO BOTERO CADAVID como representante legal deSISTEMAS Y FORMACIÓN S.A.S. identificada con NIT 900.012,852-5 y de conformidadcon los términos de la Convocatoria 638 “ Locomotora de la innovación para la empresas”,para la solicitud de aclaraciones, me permito muy respetuosamente de acuerdo con larespuesta recibida el pasado 25 de Marzo en relación a los resultados publicados de laevaluación realizada me permito presentar la siguiente solicitud:

En el marco de la normatividad por la cual se rige la convocatoria 638 y de acuerdo conlos antecedentes presentados en comunicación del pasado 14 de Marzo relacionado conla segunda evaluación realizada a nuestra compañía, y la respuesta recibida de loscriterios de evaluación que hicieron parte de dicha evaluación, y a su vez para garantizarla transparencia y objetividad del proceso. Me permito solicitar muy respetuosamente serealice a partir de la asignación de un segundo evaluador el análisis de los criterios que seevaluaron en la segunda fase del proceso, porque como la manifesté considero que laevaluación realizada No fue Objetiva porque no es coherente frente a los soportes ydocumentos que sustentan la labor que esta Organización viene realizando en cabeza desus directivos para implementar permanentemente un modelo de Innovación, sepresentaron más de 7 carpetas donde incluimos toda la trazabilidad de los proyectos quese han desarrollado con presupuesto propio y que han nacido de un proceso deinnovación y gestión de mejora. No es coherente que teniendo en cuenta que en losapartados que hacen parte de la evaluación se define que estamos conformes y somosviables, se presenta un diagnóstico muy por debajo del promedio y que al evaluar losítems plantea que nuestra organización no cumple con dichos aspectos, cuando ladocumentación, las evidencias y fas mismas entrevistas dicen los contrario. Invito a que se evalúen estos aspectos para que por criterios de personas externas quedesafortunadamente no están en la misma línea de Colciencias, se pierda la seriedad,credibilidad y transparencia a este tipo de procesos que la entidad viene realizando quelo que busca es incentivar y apoyar la gestión y esfuerzos que compañías como la míahan venido realizando a través de inversión propia y el apoyo de un excelente equipohumano para crear e implementar nuevos modelos innovadores que buscan contribuir alS sistemas y formación

mejoramiento de ta calidad educativa de nuestros niños y con ello del país.Agradezco nuevamente la oportunidad de poder expresar mi sentido y solicitar se evalúey poder contar con el punto de vista de un segundo evaluador, asi mismo solicito teneracceso a los soportes del diagnóstico realizado por el evaluador. Cordialmente

Nombre: Sistemas y Formación S.A.S,NIT. 900.012.852-5

Dirección CALLE 12 30 160, Medellín — Antioquía - Colombia Teléfono 4484820Fax 4484820 Ciudad Medellín Atentamente,

AO] PL GUSTAVO ADOLFO BOTERO CADAVIDC.C. 15.378.308 baila ted N= GERALpeas Cee :on Ta \

Consultar sobre este documento ...