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MINCIENCIAS - Concepto 47101

Ministerio de Ciencia y Tecnología

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Detalles

Título
MINCIENCIAS - Concepto 47101
Autor
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año

coLcencias(7 | {PRGSPERDARErro Aduna Caren, cg imei UM] 20141100047101 8G Bogota, D.C., 02-05-2014 DoctorOSCAR JIMENEZ ESPINOSACoordinador de gestion académicaHOSPITAL SAN RAFAEL TUNJA E.S.ECarrera 11 No. 27-27, Tunja (Boyacá)Teléfono: 87405030 :

Asunto: Solicitud comunicación No. 20142430070252

Respetado Doctor, Como respuesta a su solicitud mediante el radicado de la referencia, en la que consultasobre cuál sería el término en años de la duración del acuerdo de confidencialidad una vezterminada la investigación, me permito manifestar lo siguiente: En primer lugar, se aclara que esta Entidad no es competente para emitir un conceptojurídico sobre el asunto, por tratarse de un tema concerniente a la actividad del HospitalSan Rafael, los conceptos que emite Colciencias de acuerdo con lo establecido en elarticulo 2 y el numeral 10 artículo 14 del Decreto 1904 de 2009 versan sobre las funcionesde Colciencias, así como las dudas de las entidades ejecutoras sobre la catalogación deactividades científicas, tecnológicas y de innovación. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de los acuerdos de confidencialidad para losinvestigadores que desarrollan un proyecto según lo consultado se encuentra lo siguiente: Un acuerdo de confidencialidad es el consentimiento mediante el cual las personas quetienen acceso a información confidencial o secretos empresariales o industriales, secomprometen a no divulgarla a terceros o utilizarla en actividades por fuera de lasestablecidas. Al respecto la Decisión 486 de 2000 expedida por la Comunidad Andina deNaciones que establece el régimen común sobre propiedad industrial indica en susartículos 264 y 265:

' Circular externa No. 6 del 27 de septiembre de 2013 expedida por Colombia Compra Eficiente. Carrera 7 B bis N° 132-28 Bogotá D.C. — Colombia Página 1 de 2

Teléfono: (57-1) 625 8480

www.oolciencias,gov.coPROSPERIDADIPARA TODOS “Artículo 264.- Quien posea legítimamente un secreto empresarial podrá transmitir o autorizarel uso a un tercero. El tercero autorizado tendrá la obligación de no divulgar el secretoempresarial por ningún medio, salvo pacto en contrario con quien le transmitió o autorizó eluso de dicho secreto. En los convenios en que se transmitan conocimientos técnicos, asistencia técnica o provisión de ingeniería básica o de detalle, se podrán establecer cláusulas de confidencialidad paraproteger los secretos empresariales alli contenidos, siempre y cuando las mismas no seancontrarias a las normas sobre libre competencia, Articulo 265.- Toda persona que con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto, desempeñode su profesión o relación de negocios, tenga acceso a un secreto empresarial sobre cuyaconfidencialidad se le haya prevenido, deberá abstenerse de usarlo o divulgarlo, o de revelarlosin causa justificada y sin consentimiento de la persona que posea dicho secreto o de suusuario autorizado.” Igualmente, la Superintendencia de industria y Comercio al hacer referencia al artículo 260de la Decisión 486 de la Comunidad Andina ha señalado: “(...) El secreto empresarialtambién constituye una alfernativa para proteger una invención que carece de alguno delos requisitos de patentabilidad descritos o que no quiere patentarse, siempre y cuando lainformación sobre el invento cumpla con las condiciones expuestas arriba’

Entre otras disposiciones que abordan el tema de los acuerdos confidenciales se encuentran: - El artículo 16 de la Ley 1256 de 1996 “Por la cual se dictan normas de competenciadesleal” trata de las conductas previstas como violación de secretos.- El artículo 308 del código penal colombiano tipifica el delito “violación de reservaindustrial o comercial”. Sobre el término de duración del acuerdo de confidencialidad una vez concluida lainvestigación, se recomienda evaluar según las características del tipo de proyecto deinvestigación, el objeto de la información que conoció el investigador y su temporalidadp ervar el carácter especial de la reserva, el número de años en que podriastablecer$e el convenio de confidencialidad con los investigadores de los proyectos tenta LIA ¡ANTcretaria General

Aelaboró: LEFORERO

Carrera 7 B bis N° 132-28 Bogotá D.C. - Colombia Pagina 2de 2Teléfono: (57-1) 625 8480Fi 7.1) 625 1788:colejencias.gos.co

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