🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINCIENCIAS - Resolución 0582 de 2026

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINCIENCIAS - Resolución 0582 de 2026
Autor
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educacion
Año
2026

Ciencias RESOLUCIÓN No. 0282 DE 2026 19 JUN. 2026 “POR LA CUAL SE OTORGA LA CONDONACION DEL 100% DE UN CREDITO EDUCATIVO” La Directora de Gestión de Recursos para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de acuerdo con la Resolución No. 0451 de 2025, en uso de sus facultades legales en especial las conferidas en el Decreto No. 1449 de 2022, la Resolución No. 2372 de 2021 modificada por la Resolución No. 2386 de 2021, en atención a los siguientes: CONSIDERANDOS Que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en cumplimiento de la Ley 2162 de 2021, tiene entre sus objetivos "Establecer estrategias para el avance del conocimiento científico [...] y la transferencia y apropiación social de la Ciencia, la Tecnología, la Innovación" (objetivo 2), así como la función de "Impulsar la formación e inserción de capacidades humanas, la cooperación internacional, la apropiación social de CTel y la infraestructura” (función 4). Que, en este marco, el Ministerio ha implementado la figura de crédito educativo condonable para incentivar la formación e inserción de capital humano altamente calificado en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). Que dicha figura permite eximir al beneficiario(a) hasta del 100% de la deuda total adquirida, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en los reglamentos de condonación de las convocatorias públicas de formación de alto nivel. Que la condonación de créditos educativos se ejecuta en virtud de la potestad legal del Ministerio para administrar recursos de Ciencia, Tecnología e Innovación e invertir en capital humano. Así

convocatorias públicas de formación de alto nivel. Que la condonación de créditos educativos se ejecuta en virtud de la potestad legal del Ministerio para administrar recursos de Ciencia, Tecnología e Innovación e invertir en capital humano. Así las cosas, la Entidad debe realizar una aplicación estricta y transparente del Reglamento de Condonación a todos los beneficiarios garantizando asi el principio de legalidad en armonía con los fines del Estado Social de Derecho y los derechos fundamentales del ciudadano. Que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación ha establecido Reglamentos de Condonación en cada convocatoria de formación de Alto Nivel (Maestría o Doctorado, nacional o en el exterior), describiendo las condiciones de cumplimiento para acceder a la condonación del crédito educativo. Que el Procedimiento de Condonación M801PRO9 tiene como objetivo determinar las actividades para la revisión, evaluación y condonación de los recursos, llevándose a cabo conforme a las actividades y lineamientos establecidos en los reglamentos aplicables a cada beneficiario.

Página: 1 de 4

A205PRO2PLO1

Versión: 01

Fecha: 2025-07-30Ciencias RESOLUCION No. 0582 DE 2026 “POR LA CUAL SE OTORGA LA CONDONACION DEL 100% DE UN CREDITO EDUCATIVO” Que la Resolución No. 0083 del 29 de enero de 2020 creó el Comité de Condonación, el cual es la instancia encargada de decidir sobre las solicitudes de condonación de los créditos educativos y las posibles situaciones de incumplimiento.

Que el día 24 de julio de 2024, se reunió el Comité de Condonación con el objetivo de "Realizar el Comité de Condonación para estudiar, sobre las solicitudes presentadas por los beneficiarios,

y las posibles situaciones de incumplimiento. Que el día 24 de julio de 2024, se reunió el Comité de Condonación con el objetivo de "Realizar el Comité de Condonación para estudiar, sobre las solicitudes presentadas por los beneficiarios, que culminaron y/o solicitaron la condonación, casos especiales y conocer y decidir sobre las solicitudes que se encuentren por fuera de los términos o reglamentos del crédito educativo condonable, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 083 de 2020”. Que el Comité de Condonación, mediante el Acta No. 2 de fecha 24 de julio de 2024, suscrita por los miembros que lo conforman, decidió aprobar por fallecimiento, la condonación del 100% del crédito educativo para estudios de Maestría en modalidad Nacional del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías al beneficiario Johnny Enrique Sara Polo, identificado con cédula de Ciudadanía No. 9.145.592, dando aplicabilidad a lo establecido en el reglamento operativo de la Convocatoria, el Registro Civil de Defunción y en el procedimiento de condonación por fallecimiento. Que de acuerdo con las Resoluciones No. 2372 del 16 de noviembre de 2021, modificada parcialmente mediante la Resolución No. 2386 del 18 de noviembre de 2021 el Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, delegó la competencia a la Dirección de Inteligencia de Recursos de la CTel del Ministerio de "(...) expedir los actos administrativos que materialicen las decisiones del Comité de Condonación del Ministerio o el que haga sus veces y los que resuelvan los recursos que se interpongan frente a los primeros, previa elaboración del respectivo acto por

decisiones del Comité de Condonación del Ministerio o el que haga sus veces y los que resuelvan los recursos que se interpongan frente a los primeros, previa elaboración del respectivo acto por parte de la Dirección y revisión por la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio”. Que de acuerdo con la certificación emitida por la Secretaría General del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación el día 12 de diciembre de 2022 "(...) en virtud del artículo 4 de la resolución 2372 de 2021, modificada por la resolución 2386 de 2021, la delegación que hizo el ministro de turno de las funciones descritas en cada numeral del artículo invocado al Director de Inteligencia de Recursos de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, actualmente corresponde ejercerla a quien desempeña el cargo de director de Gestión de recursos para la Ciencia, la tecnología y la innovación”.

Página: 2 de 4

A205PRO2PLO1

Versión: 01

Fecha: 2025-07-30Ciencias RESOLUCIÓN No, 0982 DE 2026 “POR LA CUAL SE OTORGA LA CONDONACION DEL 100% DE UN CREDITO EDUCATIVO” Que, conforme a lo anterior, se acoge y acepta la decisión del Comité de Condonación, por lo cual, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar la condonación del crédito educativo, en atención a la decisión

adoptada por el Comité de Condonación, mediante el Acta No. 2 de fecha 24 de julio de 2024, conforme a lo que se señala a continuación: No. . A Porcent

adoptada por el Comité de Condonación, mediante el Acta No. 2 de fecha 24 de julio de 2024, conforme a lo que se señala a continuación: No. . A Porcent Documento APSUICOS SUSO Reglament aje de y Convocatoria 9 Modalidad Ámbito J Operador de o para PCO condona . . Nombres No. .z identidad ción Johnny . : : 9.145.592 | Enrique 835-2019 | 835-2019 | Maestría | Moore | 100% | Universidad Sara Polo SGR de Cartagena ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 69 de la Ley 1437 de 2011, y teniendo en cuenta que la entidad no cuenta con información que permita surtir la notificación personal del presente acto administrativo ni con datos de contacto de la familia del destinatario, representantes o terceros autorizados, procédase a efectuar la notificación por aviso. Para tal efecto, el aviso acompañado de copia íntegra de la presente resolución deberá publicarse en la página electrónica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y en un lugar de acceso al público de la entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso, de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. De la publicación y retiro del aviso se dejará la correspondiente constancia en el expediente administrativo.

ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución procede recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto ante la Directora de Gestión de Recursos para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, dentro de los diez (10) días hábiles

ser interpuesto ante la Directora de Gestión de Recursos para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, dentro de los diez (10) días hábiles Página: 3 de 4

A205PRO2PLO1

Versión: 01

Fecha: 2025-07-30Ciencias RESOLUCION No. 0582 DE 2026 “POR LA CUAL SE OTORGA LA CONDONACION DEL 100% DE UN CREDITO EDUCATIVO” siguientes a la notificación de esta en los términos previstos en los artículos 74 y 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para el efecto, si el recurso no se fórmula de manera presencial en las instalaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología,

ubicado en la Calle 26 No. 57 - 83 Torre 8 Piso 2 en la ciudad de Bogota D.C, podrá interponerse a través del correo electrónico atencionalciudadano@minciencias.gov.co.

ARTÍCULO CUARTO: Una vez la presente Resolución se encuentre en firme de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación remitirá al aliado académico y financiero copia de la misma para proceder con los fines pertinentes.

Para el caso de los beneficiarios de Formación de Capital Humano de Alto Nivel de las convocatorias financiadas con recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías donde Colfuturo no es el operador de la convocatoria, se deberán comunicar a la línea de Atención al Ciudadano del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al correo

General de Regalías donde Colfuturo no es el operador de la convocatoria, se deberán comunicar a la línea de Atención al Ciudadano del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al correo electrónico atencionalciudadanoOminciencias.gov.co y/o al teléfono 601 6258480 en la ciudad de Bogotá.

ARTÍCULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su notificación.

Dada en Bogotá D.C. a los, 19 JUN. 2026 NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE p | ij 1 aa | CARGLINA OTILIA MONTEALEGRE CASTILLO Directora de Gestión de Recursos para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Revisó: Mónica Patricia Ortega Londoño / Contratista / Dirección de Gestión de Recursos para la CTel. + Proyecto: Angélica Maria Bohórquez Moreno / Contratista / Dirección de Gestión de Recursos para la CTel. 42% Página: 4 de 4

A205PRO2PLO1

Versión: 01

Fecha: 2025-07-30

Consultar sobre este documento ...