MINCIT - Circular 001 de 2021
Ministerio de Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 001 de 2021
- Autor
- Ministerio de Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2021
Dirección de Comercio Exterior clKst¡ft0CI1
Poro: USUARIOS Y FUNCION,ARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO. INDUSTRIA Y
TURISMO
De: DRECTORA DE COMERCTO EXÍERTOR (E
)
Asunto: DEPURACÓN CIRCULARES EXPEDIDAS POR LA DIRECCÓN DE COMERCIO
EXÍERIOR DEL MINISTERIO DE COMERCIO. INDUSTRIA Y TURISMO
Fecho: Bosoró D.c., 1 2 Et{E. 2021
Dentro de los compromisos odquiridos por Colombio como miembro de lo Orgonizoción poro lo Cooperoción y el Desorrollo Económico - OCDE, se encuentro el de meioror su político regulotorio medionle Io implementoción de distinlos estrotegios, entre ellos lo depuroción normotivq. Como medido poro dor cumplimienlo o los compromisos odquiridos, en 2014 se expidió el Documento CONPES 381ó, como uno herromiento de político público que denho de sus obietivos resolto lo importoncio de llevor o cobo ejercicios de depuroción normolivo, como meconismo poro montener octuqlizodo el ordenomiento iurídico colombiono. En ese senlido el PIon Nocionol de Desorrollo 2018-2022 "Pocto por Colombia, Pocto por lo Equidod", dentro del Pocto por el Emprendimiento implemenló Io estrotegio Estodo simple, Colombio ógil, cvyo obietivo es logror uno "reguloción simple que impulse el desorrollo económico y lo competiñidad" e incluye unq constonte revisión del ordenomiento
iurídico colombiono poro identificor normos obsoleics que puedon ser obieto depuroción. Lo depuroción normotivo busco expulsor del ordenomiento iurídico colombiono oquellos disposiciones que se hon lornodo, por diversos foctores y fenómenos, obsolebs. En ese entendido, esle eiercicio de depuroción de circulores expedidos por lo Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, lndusFio y Turismo se enmorco en lo importonte e§trolegio encominodo o meioror lo colidod normotivo y podbilito el forblecimiento del sistems jurídico nocionol, ol brindor un moyor grodo de seguridod lurídico o los ciudodonos o hovés de lo cloridod y certezo sobre los disposiciones vigentes. Poro efectos del proceso de depurocién normolivo, el Ministrerio de Comercio, lndushio y Turismo definió uno mebdologío de revisión del ocervo regulotorio, en porliculor, de los circulores expedidos por lo eniidod, con el propósitrc de identificor oquellos que generen costos ffi@ Dirección de Comercio Exterior odminislrotivos poro los ciudodonos y empresorios, con el fin de evoluqrlos y posteriormente intervenirlos, odemós de olivionor los corgos y dor seguridod lurídico en el ordenomiento normotivo. Esle proceso, olineodo con los políticos del Ministerio de Justicio y del Derecho sobre meioro reguloiorio, contemplo tres criterios poro lo depuroción: obsolescencio, tronsitoriedod y
decoimientoEl criterio de obsolescencio, hoce referencio o los normos cuyos supuestos de hecho o de derecho (o sus consecuencios iurídicos) no resulton compotibles o oplicobles frente u lo reolidod octuol, de tol monero que es invioble continuor con lo oplicoción de lo normo exislenle. El criterio de honsitoriedod se refiere o oquellos disposiciones t«insitorios que se creon como morcos de honsición y que después de un período detrerminodo pierden su fuerzo eiecutorio. El criterio de decqimiento liene lugor cuondo desoporecen del morco iurídico los disposiciones o normos constifucionoles o legoles que le sirven de sustenlo o uno de rongo inferior. L,os Circulores que son moterio de derogotorio medionte lo presente Circulor yo no se oplicon, bien seo porque sus supueslos de hecho o de derecho o sus consecuencios iurídicos no resulton compotibles o oplicobles frente o lo reolidod octuol y en olgunos cosos fueron sustituidqs tócilomente por otrqs posteriores, porque su vigencio estobo l¡m¡todo ol cumplimiento de condiciones, requisilos o procedimienlos en un lopso delerminqdo por lo normotividod o debido q los instrucciones lemporoles indicodos por lo odminislroción, o porque sus fundomentos legoles fueron derogodos o modificodos por normos posteriores. El eiercicio de depuroción reqlizodo por lo Dirección de Comercio Exterior {ue publicodo en el sitio web del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo con el fin de recibir comenlorios y
observociones por porte de los interesodos conbrme ol numerol 8 del ortículo 8 de lo Ley 1437 de 201 I y ocoto lo señolodo por Io Solo de Consulto y Servicio Civil del Conseio de Estodo en concepto del 2 de diciembre de 2015 (Conseiero Ponente: Williom Zqmbrqno Cetino). en los siguienles términos: "Por lo tonto, el esludio que se reolice súre lo derogotor'n Íócito debe ser muy cuidodoso en lo lobor de detección de los normos conflictivos y en la interpretoción que se hogo sobre lo presunto incompatibilidad u oposición entre toles prxeptos y las disposiciones posteríores, de l monero que solomenle se excluyon en formo expresa oquellos normas respecto de cuales se considere rozonoblemente que hobían sido derogodos onteriormente en formo tácito. En conclusión, si el precepto fue derogado tácitamente lo que lo nuevo normo debería hocer es interpretar y declorar can outoridad que eslú derogodo o que no se encuentro vigente. Frente o los normas que se encuentran vigentes pero que se consideren obsolelas, onocrónicos, 2 Dirección de Comercio Exterior inoplicobles o en desuso, lo procedente serio derogorla en formo expresa, si efectivomente el legislodor consídero que lo normo no debe exísfir." Derogotorios: o. Por obsolescencio Mediqnte lo presente Circulqr se derogon los siguienles circuloreg, expedidos o portir del oño 2005 que de ocuerdo con el criterio de "obsolescencio" yo no son oplicobles y que no fueron
derogodos expresomente por circulores posteriores: 20 27/5/200s lnformó que en yiriud de lo entrodo en vigor del Acuerdo de Complemenicción Económico No. 59 suscrito en 2004 enire los Gobiernos de los poíses miembros de lo CAN y los Estodos Porte del MERCOSUR y de conformidod con lo dispuesto en el Decrelo 141 de 2005 y lo Circulor Externo 014 de 2005 se estobleció lo FORMA VALORADA CODIGO INTERNO 273 - Certinicodo de Origen ACE No. 59 poro occeder o los preferencios oroncelorios negociodos. Medionte Decreio 4176 de 2011 se reosignó o lo DIAN lo función de fiior criterios de origen y expedir lo certificoción del origen de los productos colombionos con destino o lq exportoción. Poro ello el MinClT hizo los gesiiones poro hobilitor internocionolmente los firmqs y sellos de los funcionorios de lo DIAN poro que expidieron los certificqdos de origen o portir del l'de enero de 2012, por lo cuol lo Circulor yo no iiene oplicoción. Por lo expuesto, procede lo derogoiorio expreso de lo Circulor. 30 5/ 5/2005 lnformó sobre el regisiro de usuorios de zonos froncos de conformidod con el numerol I del ortículo 20 del Decreto 210 de 2003, ortículo que fue derogodo por el ortículo 12 del Decreto 4269 de 2005 que modificó lo esiructuro del Minisierio de Comercio, lndustrio y Turismo - MinClT con ocosión del troslodo de los instrumentos de promoción o lo Dirección de lmpuesios y Aduonos Nocionoles
- DIAN, por lo cuol yo no tiene oplicoción. Por lo expuesto, procede lo deroqotorio expreso de lo Circulor. ao 2/6/2@s lnformó lo expedición del Decreto 4'149 de 2004 que creo lo VUCE y que los SlA, UAP, ALTEX y los interesodos en reolizor los trómites estoblecidos en el Decreto mencionodo, deberón obtener un Certificodo Digiiol de Firmo de uno orgonizoción ouiorizodo por lo SlC. Según el ortículo 30 de lo Ley 527 de 1999 modificodo por el ortículo lól del Decreto 19 de 2012, los eniidodes de certificoción ocreditodqs por el Orgonismo Nocionol de Acreditoción de Colombio poro prestor sus servicios en el poís, podrón reolizor, enlre otros, los siguientes octividodes: I . Emitir certificodos en reloción con los firmos elecirónicos o digitoles de personos noturoles o iurídicos. (...), por lo cuol lo Circulor yo no tiene oplicoción. Actuqlmenie el iemo estó preyisto en lo Circulor I ó de 2020. Por lo expuesto, procede lo deroqotorio expreso de Io Circulor.
Dirección de Comercio Exterior Aó 28/ó/2005 Aciorobo que poro oplicor el diferimienb de los orlículos 2 y 3 del Decrein I142 de 2005 no ero necesorio que el MinClT expidiero certificoción de no producción. El ortículo 4 del Decretrc 'l 142 señoló que los diferimientos de los ortículos 2 y 3 regíon por un (l)oño conlodo o portir de su entrodo en vigencio, siempre y
cuondo no exisliero producción en los poíses miembros de lo Comunidod Andino, por lo cuol Io Circulor yo no liene oplicociónPor lo expueslo, procede lo deroqotorio expresq de lo Circulor. t/8/200s lnformó que en desorrollo del Decrelo 4149 de 2OO4 sobre rocionolizocíón de frómiles, se colocobo o disposición el oplicotivo VUCE poro el módulo de imporfociones. Así mismo esr,obleció el procedimiento poro el registro de los usuorios de lo VUCE en el Grupo Operotivo Bogotd, Direcciones Terriforioles o Punlos de Aiención. Los Direcciones Territorioles y Puntos de Atención dejoron de existir por disposición del Decreio 1289 de 2015, por lo cuol lo Circulor yo no iiene oplicociónPor lo expuesio, procede Io deroqotorio expreso de lo Circulor. ó3 25/8/2@s Esio Circulor modificobo lo Circulor Exlemo No. 049 del ó de iulio de 2005, ompliondo los plozos poro lo enrodo en operoción de lo VUCE. Lo Circulor fue derogodo lúc¡torhenle o trovés de Io Circulor Externo No. 0ó3 del 25 de ogosto de 2005, por lo cuol lo Circulor yo no tiene oplicoción. Por Io expuesto, procede Io derogolorio expreso de lo Circulor. 76 tt/11/2005 lnformó que según lo estoblecido en lo Circulor Externo 057 de 2005, los imporiodores que ouior¡zoron o los SIAS o o un opoderodo especiol poro que
reolizoron trómites de imporioción onie lo VUCE, seríon regidrodos onte el Grupo Operoiivo o onte los Direcciones Territrcrioles o Puntos de Atención. Los Direcciones Territorioles y Puntos de Atención dejoron de existir por disposición del Decreto I 289 de 2015, por lo cuol lo Circulor yo no tiene oplicoción. Por lo expuesto, procede lo deroqotorio exoreso de lo Circulor. 79 30/11 /2005 lnfrc¡mó lo ocepioc¡ón de rodicociones documentoles en los Direcciones Territorioles, Grupo Operotivo y Comilé de lmportociones debido ol olio volumen de solicitudes electrónicos o trovés de lo VUCE. Los Direcciones Territorioles y Puntos de Atención deioron de existir por disposición del Dxreto 1289 de 2O15, por lo cuol lo Circulor yo no l¡eoe oplicoción. Por lo expuesto, procede lo deroqotorio expreso de lo Circulor. 80 16/12/2005 lnformó los techos de irómiles relocionodos con lícencio previo onte lo VUCE, o 2l porfir del de diciembre de 2005. Lo Circulor fue derogodo tócilqmente o troves de lo Circulor Externo 080 del 22 de diciembre de 2005, por lo cuol lo Circulor yo no iiene oplicoción. Por lo expuesto, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 8ó 2e/12/2005 lnformó que los devoluciones, modificociones o concelociones del Égimen de previo relocionodos.on li."n.io, pr"r"ntqdqs en los foimos volorodos cin código
100, 105, I 10, I I 5, se deberíon lromitqr con rodicoción ionto en lo ventonillo de previo en Bogoló, como en los dibrentes Direcciones Territorioles y Punbs de Aiención del Minísterio de Comercio, lndustrio y Turismo. Los Direcciones Territorioles y Puntos de Atención deioron de existir por disposición del Decreto 1289 de 2015, por lo cuol Io Circulor yo no iiene oplicoción. Por Io expuesto, procede lo deroqotorio expreso de lo Circulor. Dirección de Comercio Exterior 3 25/1/2010 lnformó sobre el formulorio de Regisko de Productores de Bienes Nocionoles o util¡zor o port¡r del 2ó de enero de 2010. Fue derogodo tócilomente por lo Circulor'19 de 2015 que regulo los "TRAMITES Y SERVICIOS DE COMERCIO EXI'ERIOR ADMINISTRADOS POR LA DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR" portir de su expedición, por lo cuol lo Circulor yo no tiene oplicoción. Por lo lo de lo Circulor. 14 23/ 4/2Q10 lnformó sobre lo expedición de cerfificociones de moquinorio pesodo no producido en el poís. Fue derogodo Écitomenie por lo Circulor l9 de 2015 que -TRAMITES resulo los Y SERVICIOS DE COMERCIO EXIEROR ADMINISTRADOS POR lA DIRECCION DE COMERCIO EXIERIoR', portir de su expedición, por lo cuol lo Circulor yo no i¡ene oplicoción. Por lo expueslo, procede lo derogotorio
expreso de lo Circulqr. t7 3t / 5/2011 lnformó que poro ogilizor lo revisión de los solicitudes de registros y licencios de importoción por porle de lo SIC ero obligotorio odiuntor eleclrónicomente los certificodos de conformidod que demostroron el cumplimienio del reglomenio técnico respectivo. Actuolmente lo reloiivo o los reglomentos iécnicos estó contemplodo en lo Circulor 18 de 2020, por lo cuol lo Circulor yo no liene oplicoción. Por lo expuesto, orocede lo deroqolorio expreso de lo Circulor. 25 11 / s/2012 lnformó que el Minisierio de Relociones Exteriores comunicó sobre Io decisión odopiodo por el Gobierno de Jopón de resiringir lo comerciolizoción interno y externo de unos productos. Lo Circulor 025 de 2012 perdió su vigencio ol no I extenderse lo vigencio de Io Resolución 3421 del 16 de ogosto de 201 de los Ministerios de Agriculiuro y Protección Sociol que ero de 12 meses, por lo cuol Io Circulor yo no tiene oplicoción. Por lo expuesio, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor16 12/3/2013 lnformó sobre lo expedición de lo Resolución 0497 de 2013, que estobleció el reglomenlo técnico poro etiquetodo de producbs en circunsiqncios especioles señolodos en el ortículo l5 de lo Ley 1480 de 201I {productos imperfectos, usodos, reporodos. remonufocturodos, repotenciolizodos o descontinuodos) y
señoló el trómite de los soliciiudes de importoción o trovés de lo VUCE. Por Resolución 2574 de 2Ol8 se elendió lo vigencio de lo Resolución 0492 de 201 3. Lo Circulor 018 de 2020 se refiere o los obligociones en reloción con el registro de importoción de producios suieics o reglomento tecnico, enire ellos los regulodos medionle Resolución Q497 de 201 3, por Io cuol lo Circulor yo no tiene oolicoción. Por io exouesio. orocede lq deroootorio exoreso de lo Circulor. b. Por decaimiento ,Adicionolmente se derogon lqs circuiores que se relocionon o continuoción por el criterio denominodo decoimiento, expedidos o portir del oño 2000. deb¡do o lo desoporición de los disposiciones que les dieron fundomento iurídico poro su exislencio. Urreccrón de Lomercro txtenor C externo 20 e/2/2000 In[ormó sobre el procedimienlo que deben seguir los usuorios exportodores de bienes y servicios poro efecfos de Io inscripción o renoyoción en el Regisiro Nocionol de Exportodores de Bienes y Servicios o que se refiere el Decreto 2ó81 de 1999. Medionfe Decreio 2788 de 2004 el Registro Único Tributorio sustituyó e incorporó, entre olros, el Registro Nocionol de Exportodores de Bienes y Servicios, el cuol o su vez fue derogodo por el Decreto 24ó0 de 2013 que reglomento el ortículo 555-2 del Estotuto
Tribuiorio con el fin de unificor lo reglomentoción expedido en moterio del Registro Único Tributorio -RUT. Por lo expuesio, procede lo derogotorio exoreso de lo CirculorC eferno 31 2s/2/2000 lnformó sobre el procedimienio que deben seguir los usuorios exporiodores de bienes y servicios poro efoctos de lo inscripción o renovoción en el Registro Nocionol de Exportodores de Bienes y Servicios o que se refiere el Decreto 2ó8,l de 1999. Medionte Decreto 2288 de 2004 el Registro Único Tributorio sustituyó e incorporó, enire oiros, el Registro Nocionol de Exportodores de Bienes y Servicios, el cuql o su vez fue derogodo por el Decreio 24ó0 de 2013 que reglomento el ortÍculo 555-2 del Estotuto Tributorio con el fin de unificor Io reglomenioción expedido en moterio del Regisiro Único Tributorio -RUT. Por lo expuestc, procede lo derogotorío expreso de lo Circulor. 3ó 1/3/2000 Señqlobo el régimen y requisiios legoles poro los importociones que obligotrcriomente debíon obtener el registro o licencio de importoción onie el extinto INCOMEX y posieriormenle onte el Ministerio de Comercio Exlerior, con fundqmenio en el Decreto 2ó80 de 1999 derogodo por el Decreto 4406 de 2004. Por lo expuesfo, procede lo derogolorio expreso de lo
Circulor. 7 16/1/2003 lnformó que lo DIAN expidió lo Resolución 020ó0 de 2003 medionte lo cuol se prohíbe lo imporioción por lo Administroción de Aduonos de Turbo, de Tumoco, y ol omporo de los Zonos del Regimen Aduonero Especiol de lo región de Urobó y de Tumoco y Goupi y de Moicoo, Uribio y Monoure de unos bienes closificodos en los subportidos oroncelorios indicodos en lo Circulor. Lo Resolución 20ó0 de 2003 odicionó un inciso ol porógrofo del ortículo 39 de lo Resolución 424O de 2000, lo cuol fue derogodo por lo Resolución 4ó de 2019. Por lo expuesto, procede lo derogolorio expreso de lo Circulor35 24/ s/2005 lnformó sobre uno modificoción ol Decreto 4341 de ?004, Aroncel de Aduonos de lo époco, el cuol fue posteriormente derogodo por el Decreto 4589 de 200ó. Estos disposiciones no se encuentron vigentes iodo vez que el Aroncel de Aduanqs de Colombiq es el estoblecido por el Decreto 2153 de 201ó. Por lo expuesto, procede Iq deroqotorio expreso de lo Circulor. 24/ s/200s lnlormó lo expedición del Decrelo ll40 de 2005, medionte el cuol se estobleció un contingenle onuol de occeso prebrenciol poro lo imporloción de corne de bovino, enire otros. El Decreto 1 140 de 2005 fue derogodo por
el Decreto 6óó de 2019. Por lo expuesto, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. Dirección de Comercio Exterior 43 24/6/2005 lnformó que el M¡nClT expidió Io Resolución 510 de 2004 - Reglomento 'l Técnico Etiqueiodo de Colzodo y lo Resolución 101 de 2005 que estoblece que el reglomento rige o porlir del lo de iunio de 2005 poro el colzodo fobricodo en el poís o que se importe después de eso fecho. Los Resoluciones 5i0 de 2004 y ll01 de 2005 fueron derogodos medionte Resolución 933 de 2008 del MinClT. Por lo expuesto, procede lo deroooiorio exoreso de lo Circulor. 48 28/6/?ols lnformó sobre lo expedición del Decreto'1900 de 2005, por el cuol se datermino lq odminislroción de los contingentes estr¡blecidos en el Acuerdo '1900 de Complementoción Económico. El Decreto de 2005 fue derogodo por el Decreto 6ó6 de 2019. Por lo expuesio, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 50 t3/7 /?c,os lnformó sobre lo expedición del Decreto 2273 del 5 de iulio de 2005, medionte el cuol se efectuoron modificociones ol oroncel de oduonos. Eslo círculor es informqtivo y no se encueniro vigente de conformidod con el Decreto 2153 de 201 ó. Por lo expuesto, procede [o derogotorio expreso de
lo Circulor. 52 13/7/2@5 lnlormó que el Gobierno Nocionol expidió el Decreio 2275 de 2@5, medionte el cuol se suspendió provisionolmente el Decreto 1l4l de 2005 que posobo ol regimen de licencio previo los importociones de oceiles y sus derivodos, provenienles de lo Comunidod Andino. Adicionolmente el Decrelo l l41 de 2005 tenío uno vigencio de ó meses y fr.ra derogodo por el Decrelo 3371 de 200ó. Por lo expuesto, procede lo derogolorio expreso de lo Circulor. '13 5A 1s/7 /200s Corrigió lo Circulor Exierno 50 del de iulio de 2005, en el senlido que lo subporiido qroncelorio desdoblodo es lo 39.23.50 según Decreto 2273 del 5 de iulio de 2005 y no lo subporiido 29.23.50. Eslo circulor es informotivo de modificoción del oroncel y no se encueniro vigenb de conformidod con el Decreto 2153 de 20'ló. Por Io expuesto, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 58 8/8/2@5 lnlormó sobre lo ociuolizoción de lo listo de combustibles líquidos derivodos del peiróleo o goseosos que requieren oulorizoción previo o lo importoción po¡ porie de Io Dirección de Hidrocorburos del Ministerio de Minos y Energío en concordoncio con el Decreto 434'1 de 2004. El Decreto 434'l de
2OO4 [ue derogodo y sustiiuido por el Decreto ¿589 de 2ó0ó. Por lo expuesio, procede lo deroqoiorio expreso de lo Circulor. ó0 22/8/2005 lntormó sobre lo expedición de Io Resolución 1ó23 de 2ñ5, medionie lo cuol se modiffcobo el qnexo I de lq Resolución 0701 de 2002. Los Resoluciones 701 de 2OOZ y 1ó23 de 2005 fueron derogodos expresomenle por lo Resolución 2287 de 2007, lq cuql fue derogodo expresomenle por Io Resolución 179 de 2015. Por lo expuesto, procede Io derogolorío expreso de lo Circulor. 61 22/8/2005 lnformó sobre uno modificoción ol Aroncel de Aduonos. No estó vigenle dodo que el Aroncel de Aduonos vigenle en Colombio es el estoblecido por el Decretro 2'153 de 201ó. Por lo expuesio, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. Dirección de Comercio Exterior 12/9/2005 lnformó que lo Resolución 015429 de 2005, estobleció los iorifos de certificociones y vistos buenos de importoción y exporloción o pogor ol lNVlMA. Los lorifos ociuoles del INVIMA eston contemplodos en lo '19 Resolución 202Cf.27137 del de ogosb de 2020. Esto Circulor fue derogodo tócitomente por lo Circulor Externo No. 0Oó de 2ó0ó. Por lo
expuesfo, procede lo derogolorío expreso de lo Circulor. ó7 te/e/2005 lnformó sobre lo expedición de lo Resolución 1271 de 2005, Reglomento Técnico poro cinlurones de seguridod que se fobriquen o importen o comerciolicen poro uso en oulomolores y remolques y que previomenie o su comerciolizoción se debe demostror su cumplimienio o irovés de los certificodos de conformidod respecliyos. Lo Resolución 1274 de 2CfJ,5 Íue derogodo por lo Resolución 1949 de 2OO9 del MinClT. Por lo expuesirc, procede lo derooolorio exoreso de lo Circulor. 70 30/9/200s lnformó sobre lo Resolución 3294 de 2004 del ICA que se refiere o lo oplicoción de lo Normo lniernocionol sobre Medidos Fitosonitorios número 15, medionle Io cuol se regulo el moteriol de empoques y emboloies de moderq uiilizodos en el comercio inlernocionol. con el l¡n de evitor riesgos de dispersión de plogos cuorentenorios. Lo Resolución 3294 de 2OO4 |iue derogodo por lo Resolución 00038¿38 de 2018 del lCA. Por lo expuesto, procede lo deroqotorio expreso de lo Circulor. 74 1/11 /2005 lnformó sobre lo expedición del Decreto 3744 de 2005, el cuol modificobo el Decreto ll40 de 2005 que estoblecío un coni¡ngente onuol de occeso preferenciol de siete mil (7.000) tonelodos poro lo imporloción de corne de
bovino, despoios comesiibles y vísceros. El Decretrc óóó de 2019 derogó los Decretos ll40 del 14 de obril de 2005, 1900 del 9 de iunio de 2005 y 3744 del21 de octubre de 2005. Por Io expuesio, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 78 21/11/2005 lnformó sobre lo expedición del Decreto 393ó de 2005 que modificobo el Aroncel de Aduonos. El plozo de oplicoción de los medidqs odoptodos por el Decreio 393ó de 2@5 se ogotó. No esló vigente dodo que elAroncel de Aduonos de Colombio es el estoblecido por el Decreio 2'153 de 201ó. Por lo expuesto, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 82 19/12/200s lnbrmó sobre uno modificoción ol Aroncel de Aduonos. No estó vigente el dodo que el oroncel de oduonos de Colombio es estoblecido por el Decreto 2153 de 201 ó- Por lo expueslo, procede lo derogotrorio expreso de lo Circulor. 85 26/12/2005 lntormó sobre uno modificoción ol Aroncel de Aduonos. No estó vigenle el dodo que el oroncel de oduonos de Colombio'es esioblecido por el Decreto 2153 de 201 ó. Por lo expueslo, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 39 a/9/2009 lnformó sobre lo Resolución 2W9023ó39 de 2009 que eslroblecío los torifos de ceñiffcociones y ouiorizociones previos de imporloción y
exporioción o pogor ol lNVlMA. Los iorifos qciuoles del INVIMA estón contemplodos en lo Resolución 2020027137 del l9 de ogosto de 2020. Por lo expuesio, se procede o lo deroqqtorio expreso de lo Circulor. s@ U¡reccrón de Lomercro Extenor 4 13/1/2012 lnformó sobre uno modificoción ol Aroncel de Aduonos. No estó vigente dodo que el oroncel de oduonos de Colombio es el estoblecido por el Decreto 2153 de 201 ó. Por lo expueslo, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. ó 26/1/2012 lnlormó ocerco del diligenciomiento del Regisiro de lmportoción en Líneo o troves del Régimen de Libre lmportoción, en el morco de lo dispuesto por lo Resolución 1512 de 2007, reglomenlrrrio del Decreto 3803 de 20Oó. El Decreio 3803 de 200ó fue derogodo por el Decrelo 925 de 20'13. Por lo expuesto, orocede lo deroqotorio expreso de lo Circulor. 3i 22/ó/2012 lnformó que lo Dirección de lmpuestos y Aduonos Nocionoles - DIAN y lo Dirección de Comercio Exierior del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo expidieron lo Resolución 0178 de 2012, medionb lo cuol se señolobon los descripciones mínimos de los merconcíos obieto de
importoción. Lo Resolución Ol78 de 2012 fue derogodo por lo Resolución 025 de 2013. Por lo expuesto, procede lo derogoiorio expreso de lo Circulor. 48 15/tt/2O12 lnformó sobre lo ociuolizoción de los lorifos de outorizociones y vistos buenos de imporioción y exportoción o pogor ol lNVlMA. Los torifos octuoles del INVIMA estón contemplodos en lo Resolución 2020027137 del 19 de ogosto de 2020. Se suprime vigencio temporol y por derogotorio tocito o trovés de lo Circulor 28 de 2013. I 10/2/2013 lnformó sobre lo expedición de lo Resolución 0180 de 2013, que estobleció el reglomento lécnico poro etiquelodo de boldosos cerómicos que se ¡mporlen o se fobriquen en Colombio. Lo Resolución 180 de 2013 fue derogodo por lo Resolución 220 de 2019. Por Io expueslo, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor. 17 17 /3/2013 lnlormó que en los solicitudes de registro y de licencio de imporioción, lo descripción de los merconcíos seguirío reolizóndose conforme o Io esioblecido en el orticulo ó del Decrelo 3803 de 20Oó y en el odículo 'l I de lo Resolución 1512 de 2ñ7. El Decreto 3803 de 20Oó y lo Resolución l5l2 de 2OO7 fueron derogodos por el Decreto 925 de 2013. Por lo expuesio, procede lo derogotorio expreso de lo Circulor.
c. Por honsitroriedqd: Los circulores que se relocionon o continuoción, se derogon según el criterio de "tronsitoriedod". en rozón ol ogotomiento del plozo definido en los disposiciones o por ser honsitorios. El cuodro indico lo vigencio temporol de codo unq de los circulores: Dirección de Comercio Exterior 7 24/r/2@2 lnformó sobre lo expedición de lo Resolución 3534 de 2001 del lnstituto Colombiono Agropecuorio, lCA, lo cuol suspendió los permisos y documentos zoosonilorios poro lo importoción de bovinos, porcinos, demós especies susceptibles y sus productos de riesgo de tronsmisión de lo fiebre ohoso provenienle del Ecuqdor por lérmino de 3 mesesSe suprime por ogotomiento del plozo definido - El textro estobleció el plozo de su vigencio. 8 24/1/2002 lnformó que lo Resolución 3593 de 2001 del lnst¡iuto Colomb¡ono AgropecuoriolCA, suspendió los documenios zoosonitorios poro lo imporloción de pollitos de un dío, y oves oduhos, huevos fértiies, demós especies susceptibles sus produclos que represenlen riesgo de tronsmisión del virus de Iq influenzo ovior por un término de 3 meses poro Ponomó, Coslo Rico, Honduros, Guolemolo, Nicoroguo, El Solvodor, Bélice y México. Agolomiento del plozo definido - El texto estobleció el plozo de su
viqencio. 3l 22/ 4/2002 lnformó que el lnsiiiuto Colombiono Agropecuorio - lCA, expidió lo Resolución 00803 de 2002, reloiivo o lo fiebre oftrso, lo cuol ordenobo suspender por 3 meses los documenios zoosoniiorios poro lo importoción de onimoles y especies copoces detronsmitir lo fiebre ohoso provenientes de Poroguoy. Agotomiento del plozo definido El texto estobleció el olozo de su vioencio. ,] 6/ / 2004 Acorde con el porógrofo del qriículo I de lo Resolución 1 de 1995 del Conseio 1 Superior de Comercio Exterior, lo Circulor informó que los solic¡tudes de importoción de los vehículos de oño de fobricoción 2@3 y modelo 2004 eron de compelencio de los Direcciones Terriiorioles y Puntos de Ahnción del Ministerio de Comercio, lnduskio y Turismo. Lo Resolución I de 1995 fue derogodo por el Decreto 3803 de 200ó y los Direcciones Terriiorioles y Puntos de Aiención deioron de exisiir por disposición del Decreto 1289 de 2015. Se suprime por ogolomienio del plozo definido - El texto estobleeió el plozo de su viqenciq. A ó/1/200a lnformó que el Gobierno Nocionol expidió el Decretrc 34ó0 del 2 de diciembre de 2003, medionte el cuol se estobleció uno medido de solvogucrdio o los imporlociones de ozúcor por un oño, o portir del 27 de diciembre de 2003. Agotomiento del plozo
definido - EI texto estobleció el plozo de su visencio. 8 1ó/t /2004 Informó los volores que regíon o portir del I9 de enero de 2004, poro lo suxripción onuol ol Bonco de Dotos de Comercio Exierior BACEX, poro el procesomiento de dotos y poro los foiocopios de Registros de lmportoción, teniendo en cuenlo lo estqblecido en lq Resolución 1371 de 2003 y el reoiuste del solorio mínimo legol poro el oño 2004. Disposición lronsitorio - Su vígencio temporol estó definido en el texlo. 10 Dirección de Comercio Exterior I 1ó/1/200a lnformó que el Gobierno Nocionol expidió el Decretrc 3225 de 2003, medionte el cuol se dio cumplimiento o lo previsto en el ortículo 4-0r' del Copítulo lV del Trotodo de Libre Comercio suscrilo enlre México. Venezuelo y Colombio, fiiondo el grovomen oroncelorio que se debío oplicor o los ¡mporiociones de comiones y lroctocomiones de mós de l5 tonelodos de peso bruto vehiculor y ouiobuses integroles originorios y provenientes de México. Así mismo indicó que poro los vehículos originorios de México con corocierísticos diferentes o los señolodos en el oriículo i" del Decreto 3725, se les seguiró oplicondo el grovomen od volorem poro codo uno de ellos 'l indicodos en el Decreto 1824 de 2ó03. Lo medido comenzó o regir o portir del de enero de 2004 y tenío vigencio hosiq el 3l de diciembre de 2004. Agotomiento del
olozo definido - El texto estobleció el término de su vioenciot0 27 /1/2004 lnformó sobre lo expedición del Decreto 3726 del 19 de diciembre de 2003. el cuol estobleció un diferimiento oroncelorio del 0% y 5% poro determinodos moterios primos sobre los cuoles no exisio producción e¡ lo Comunidod Andino, por un período de un oño o portir del 23 de diciembre de 2003. Agotomienio del plozo definido - El texto esircbleció el plozo de su viqencio. t'l e/2/2@4 lnformó lo prórrogo de los ocuerdos de olconce porciol y complemenloción económico números I8, 23, 39 y 48 desde e
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