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MINCIT - Circular 001 de 2022

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 001 de 2022
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2022

El progreso es de todos

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR 001

Para: MINISTRA, VICEMINISTROS, (CONSEJEROS COMERCIALES, NEGOCIADOR

INTERNACIONAL, DIRECTORES TÉCNICOS, JEFES DE OFICINA, SUBDIRECTORES

TECNICOS.

De: SECRETARIA GENERAL Asunto: LINEAMIENTOS INTERNOS PARA LA PUBLICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, REGISTRO DE CONFLICTOS DE INTERÉS Y DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS. CUMPLIMIENTO DE LA LEY 2013 DE 2019, (NIVEL DIRECTIVO) Fecha: 12 ENE, 2022

Apreciados Servidores: Con el objetivo de cumplir los principios de transparencia, publicidad, y la promoción de la participación y control social en el Estado, es importante tener en cuenta que los servidores públicos del nivel directivo dei Ministerio de Comercio, industria y Turismo, : tienen la obligación de presentar y registrar la declaración de bienes y rentas y el registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, . información que deberá ser actualizada cada año mientras subsista la calidad de sujetos ' obligados de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 2013 de 2019. la Ley 2013 de 2019 que tiene por objeto “dar cumplimiento a los principios de transparencia y publicidad, y la promoción de la participación y control social a través de la publicación y divulgación proactiva de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios”:

establece como información mínima a registrar y/o publicar, por los sujetos obligados, la siguiente: e Ladeclaración de bienes y rentas se Elregistro de conflictos de interés La copia digital de la más reciente declaración de! impuesto sobre la renta y complementarios. Callo 28 N2 334 -15 / Bogote, Colombia Conmumior (571) 6087E7E

GD-FM-015.v11

El progreso es de todos

SECRETARÍA GENERAL 001

La ley 2013 de 2019 menciona, entre otros, como sujetos obligados para la publicación de la información antes referida los siguientes: e Los Ministros de Despacho, los Superintendentes, Directores de Departamentos Administrativos, Directores de Unidades Administrativas Especiales y, en general, guienes ejerzan cargos directivos y gerenciales en el Estado. Dicha obligación debe ser reportada en el aplicativo dispuesto por el Departamento Administrativo de la Función Pública, denominado "Aplicativo por la Integridad Pública”, ingresando con su usuario y contraseña.

En el siguiente link: httos://www funcionpublica.qov.co/faciflogintauthlopcionDestino=LEY2013

Por lo anterior, es necesario que los servidores públicos del nivel directivo del Ministerio, registren la información de la deciaración de bienes, renta y el registro de conflicto de intereses, así como el documento de la presentación de la última declaración de Renta y Complementarios presentada ante la DIAN, referente al año gravable 2020. En este sentido, la actualización se debe realizar en el aplicativo dispuesto por el Departamento Administrativo de la Función Pública a más tardar el 31 de enero de 2022.

Cualquier inquietud comunicarse con el Grupo de Talento Humano con Pablo Gómez al correo pgomez8mincil. gov.co Cordialmente, VD)

LAURA REYES YUNIS

Elaboró: Pablo Hernán Gómez Piñero: .

Revisó: Diana Durán Mejía ¿24 ya

1 Nct Calle 28 N? I3A -15 / Bogotá, Colombia Conruzidos 3573) E0E7CIE ie mMincit. gor.od SO TIMO?

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