MINCIT - Circular 003 de 2021
Ministerio de Comercio
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 003 de 2021
- Autor
- Ministerio de Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2021
Dirección de Comercio Exterior CIRGUEAR fi O 3
Para:
U§UARIO§ Y FUNCIOT.TARIOS DEL i]|INI§TERIO DE GOM;RC!0, INDU§TRIAYÍURISMO
De: DIRECTOR DE C0[|ERC¡O EXTERIOR ASUNTO: §ERVICIO§ I}E SUSCRIPCIÓN ANUAL A BACEX, PROCESAMIEHTO DE DATO§ EN IIEDIO MAGilETEO, FOTOCOPIA Y COPIA ELECTRÓI{GA DE LOT REGI§TROS Y LICENCIA§ DE
IMPORTACIÓN PRESTADO§ POR EL M¡ñIISTERIO DE COMERCIO, I}IDUSTRIA Y TURISiIO
I
Fecha: Bosotá D.c., 0 FEB. 2921
De conformidad con lo establecido por la Resolución 1371 de 20031 y en el marco de tas disposiciones expedidas por el Gobierno Nacional en materia de sistemas de facturmión2, a partir del año en curso la prestación de servichs de suscripción anual al Banco de Datos de Comeroio Extedor - BACEX el procesamiento de datos en medio magnétieo y la fotocopia o copia eleckónha de los Regisffos y Licencias de Importación que presta el Ministerio de Comercio, lndustria y Turismo, estarán sujetos a la emiskin de factura electrónica de venta, por estar gravados con el lmpueto sobre las ventas - lVA. En ese orden y de conformidad con el salario minimo legal mensual fijado para el año 2021¡ por el Gobiemo Nacional, los valores para la suscripcón anual al BACEX, para ef procesamiento de datos en medio magnético y fotocopia o copia electrónica de los Registros y Licencias de lmportación son los siguientes:
BACEX
1. Suscripción ánuala $ 908,52S,00 ineluido IVA magnético
$
2. Procesamiento de datos en medio 30.2S400 incluido IVA y $
3. Fotocopia o copia electlúnica de los Registros 605,00 incluido IVA Licencias de lmportación Los valores conespondientes a los servicios 1 y 2 deberán consignarse en la cuenta coniente No. 0f0103118 del Banco Davivienda. 1 Por medio de la mal se rqglamenta el uso del servioio del Banco de Datos de Comercio Exterior - BACEX 2 ResolücÍón 000042 del 5 de mayo de 2020 y Resolucion 187640'101S2303 del 01 de febrero de 2021 expedidas pqr la Dirección de Impuest06 y Aduanas Nacionales - DIAN 3 Decreto 1785 del 29 de diciembre de 2020 ffi e4$a É8 tÉ tJA -!5 /&dgt{/ií, §da,rrbiá 'w«!mftÉimdi#z m{5 / dl ) 6É6¡€16 íEl
§trw
GD-FM-OI5.v] I
Pógino 1 ffi Dirección de Comercio Exterior Los valores correspondientes al servicio 3 deberán consignarse en la cuenta conbnte No. 010993749 del Banco Daviienda. La presente Chcular rige a partirde la fecha de su pubficación.
Elaboó: Ana i¡hria [,tfuiüa V.
Revisó: Dianá lt arcela Pi¡r¿é¡ Sierra / Luz B€len Femádez Áltár€z Aprobo: Carnen lvone Gomez ffi ee,É# {.tn) 8eEJ476 ffii ffiúiÉiffi.td ffiW
GD-FM-OIS-v1 I
Pógino 2