MINCIT - Circular 006 de 2020
Ministerio de Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 006 de 2020
- Autor
- Ministerio de Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2020
Dirección de Comercio Exterior ctRcuLAR 006
Para: U§UARIOS Y FUNCIONARIO§ DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
TURISMO
De: DIRECTOR DE COMERGIO E)ffERIOR Asunto: INGREMENTO DEL CONT¡NGENTE DE EXPORTACÉH DE AZÚCAR §IN REFINAR Y PATTIELA DE LA ORGANIZACÉN MUNDIAL DE COMERCIO {§MC} A
ESTADO§ UNTDOS 2019-2020
Fecha: Bosotá D.c., 1 7 ABR. 2020
Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que el Gobierno de Estados Unidos incrementó el cupo de azúcar sin refinar y panela en el marco de la Organización Mundial de eomercio (oMc), en diez toneladas métricas con setecientos ocho (10,708). La asignación del incremento de cupo se realizará entre usuarios históricos y usuarios nuevos de acuerdo a los porcentajes establecidos en la sección 'Asignación inicial" de la Circular 020 de 20191, para cada subpartida arancelaria, de la siguiente manera: I róneladá AS ru ab np ca er lt aid ria a Descripción del producto eC Aon st iY gin ngo ae d n ot i Ii MT sT { séé uuoo tt bbnn nri ppaa cc aaal aiaa ¡ñsst td ida p as or . UlS . SlP Uo A ü ¡Oe M poé rtr ¡ trc pa os
i usuáflo , r { --f---,l--i-l-----,-!___-,_ | Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de la subpartida del i G soa lap mft eu nlo te 1 a7 z ú( cN ao r t da e 2 ca. ñL a a o bs teu nb ip daa rt sid ina c e1 n7 t0 ri1 fu.1 g3 ac ic óo nm , p cr oe nn d ue n ¡ i Hrstórrco n o^r, contenido de sacarosa 6n peso, en e§tado seco, ti '1701.13.00.00 corespondiente a una lectura polarimétdca superior o igual a 1,0708 ir 69' pero inferior a 93'. El producto contiene solamente i:l, m invic isr io bc leri ss ta al e ss im pa lan ié vid sr talc , o rs od en aa dt ou sr a ple os r, red se id uf oo sr m da e mirr ee lg au zala r y, i m i o'0" demás constituy€ntes del azúcar de caña. I I !' Hrstórico-:-._-i+ii¡¡_ 1701.14.00.00 aL ro os m ad üe zm aná ts e a nz i u coc ia or ¡e as n tee . n e nb r eu st to ad d o e s óc lia doñ .a, sin adición dÉ 900/olI 9'6372 , : ,tO¿vntceit I u'u; lrJ I üstribuciónyadministracióndclconlingentedeexportacróndea¡-úc¿rsinrcfinarvfxnelade la()¡g¡¡i2¿ij;¡,¡lv{rsr.iíal ilcl Lopicit:rr{(}\ÍL.)r
Etados Unidos 20I9-2020 C& 8 ¡1, ,&l - rO I tugorf, CMrt ¡a Cdwrú (57¡) 6§6?.§76 +¿d,-d w Dirección de Ccmercio Exterior Estas asignacianes están sujetas a la disrninucién conespondiente del factor de polarizaciÓn de '1,045633, establecido por el Gobiemq de Estados Unidss. La solicltud de asignacién de incremento de cupr de exportacién se realizará entre el 20 y el 23 de abril de 2020, para Io cual el solicitant debera ingresar con su u¡uario y contraseño cl bofén "Contingentes de Exportoci6n", del Módulo Contingentes ds Exporlocién de la VUCE, en lo pógino web: www.vuce-gov.co. y reolizor los siguientes posos: ,f Seleccionar en la Sección opción nNueva $ollcitud', elegir "CONTIhIGENTE OE EXPORTACIüN - OMC 2CI19-202$", elegir"Solicitar cupü" ,/ §elecclonar la subpartida arancelaria. I Digitar la cantidad en toneladas métricas a solicitar. ,/ Firmardigitalrnente. El 27 de abril de 20?0 en la página web de la Ventanitla Ünica de Comercio Exterior {VUCÉi se publicarán las taneladas asignadas a cada solicitante por subpartida. Las demás disposiciones de solicitud de certificado de elegibilidad y cantrol se regirán por lo I dispuesta en los numerales 4 y de la Circular 2ü de 2019 y sus rnodificaciones. de su publicación. üordialmente,
Eaború: fud¿ Ar¡drea td¡g - ?(arsñ Taüana Robayo Rsvisól Cstrtañ ¡loru Górñs? Sfaz ffi ffi .4,t,,f&r /w, &árs -r§ ñ+.#eod