MINCIT - Circular 008 del 13 de febrero de 2026
Ministerio de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 008 del 13 de febrero de 2026
- Autor
- Ministerio de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2026
ee Camercio, Industriai y TurismoVICEMINISTERIO DE DESARROLLO EMPRESARIALCIRCULAR No. DE FEB 2026Para: PATRIMONIO AUTÓNOMO INNPULSA COLOMBIA, UNIDADES PRODUCTIVASDE LA ECONOMÍA POPULAR Y MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESASLIDERADAS POR MUJERES; ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUEPROMUEVAN PROGRAMAS DE EMPRENDIMIENTO FEMENINO (ESAL);ALCALDÍAS Y GOBERNACIONES; UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS;CÁMARAS DE COMERCIO; CONSULADOS DE COLOMBIA EN EL EXTERIOR;ENTIDADES PÚBLICAS DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL; EMPRESASPRIVADAS; GREMIOS, ORGANIZACIONES Y DEMÁS AGENTES DELECOSISTEMA DEL EMPRENDIMIENTO.De: VICEMINISTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL.Asunto: CONMEMORACIÓN ANUAL DE LA SEMANA NACIONAL DELEMPRENDIMIENTO FEMENINO Y BASES DEL PREMIO NACIONAL PARA LACREACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE EMPRENDIMIENTOS DE MUJERES.Fecha: 191
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco de sus competencias constitucionalesy legales, tiene a su cargo la formulación, orientación y ejecución de la política pública dedesarrollo empresarial, emprendimiento, productividad e inclusión productiva, con énfasis en elfortalecimiento de las micro, pequeñasy medianas empresas, asícomo en la reducción de brechasestructurales que afectan de manera diferenciada a determinados grupos poblacionales.En este contexto, el emprendimiento femenino constituye un eje estratégico para el crecimientoeconómico sostenible, la generación de empleo, la diversificación productiva y la autonomíaeconómica de las mujeres, reconociendo que históricamente han enfrentado barrerasestructurales en el acceso a financiamiento, mercados, redes empresariales y oportunidades deescalamiento.
La Constitución Política, en su artículo 13, impone al Estado el deber de promover condicionesreales y efectivas para la igualdad material, mediante la adopción de medidas a favor de gruposdiscriminados o marginados, lo cual habilita y exige la implementación de acciones afirmativasorientadas a cerrar brechas de género en el ámbito productivo y empresarial. En desarrollo de estosmandatos, se expidió la Ley 2125 de 2021, mediante la cual se establecen mecanismos específicospara promover, visibilizar y fortalecer el emprendimiento liderado por mujeres en el país. Enparticular, el artículo 12 de dicha ley reconoce de manera expresa la Semana Nacional delEmprendimiento Femenino, a celebrarse anualmente durante la primera semana del mes demarzo, como un espacio de articulación, promoción, exaltación y reconocimiento de las micro,pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres.Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Página | 1Dirección: Calle 28 No. 13 A ~ 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676linea Gratnitas (4571 017 RNNN OR 2922oe Comercio, industriaA y Turismo Así mismo, la citada disposición asigna un rol activo a las universidades, entidades sin ánimo delucro, alcaldías, gobernaciones, cámaras de comercio, consulados y demás agentes delecosistema del emprendimiento, con el propósito de coordinar y desarrollar actividades dealcance nacional y territorial que fortalezcan la visibilidad, sostenibilidad y crecimiento delemprendimiento femenino.
De igual forma, el artículo 13 de la Ley 2125 de 2021 crea el Premio Nacional al EmprendimientoFemenino, como un instrumento de reconocimiento a las políticas, planes, programas, estrategiasy acciones desarrolladas por entidades públicas y empresas privadas que generen incentivosefectivos para la creación y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradaspor mujeres, estableciendo que dicho premio será entregado en el marco de la Semana Nacionaldel Emprendimiento Femenino y que corresponde al Ministerio de Comercio, Industria y Turismodefinir sus bases y categorías. En consonancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2022--2026 “Colombia Potencia Mundial de laVida”, aprobado mediante la Ley 2294 de 2023, y las Bases de dicho plan, el Gobierno nacional hapriorizado la inclusión productiva con enfoque de género como uno de los ejes transversales de latransformación productiva, reconociendo el papel de las mujeres como actoras fundamentales deltejido empresarial, especialmente en los segmentos de la micro, pequeña y mediana empresa y dela economía popular. En este marco, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha venido impulsando de maneraprogresiva la conmemoración de la Semana Nacional del Emprendimiento Femenino,consolidándola como un espacio institucional orientado no solo a la visibilización de iniciativasempresariales lideradas por mujeres, sino también a la articulación interinstitucional, lamovilización del ecosistema emprendedor y la promoción de buenas prácticas en materia deequidad de género y desarrollo empresarial.
Teniendo en cuenta que la sostenibilidad y el impacto de esta iniciativa dependen de laparticipación activa y coordinada de los distintos actores públicos, privados, académicos ysociales, resulta necesario impartir lineamientos que promuevan, fortalezcan y consoliden, demanera continua, la realización de actividades, eventos y estrategias asociadas a la SemanaNacional del Emprendimiento Femenino, así como la apropiación progresiva del Premio Nacionalprevisto en la Ley 2125 de 2021. Por lo expuesto, la presente circular tiene por objeto promover la conmemoración anual de laSemana Nacional del Emprendimiento Femenino, incentivar la participación de los actores delecosistema de emprendimiento y sentar las bases del concurso y las categorías a reconocer delPremio nacional para la creación y fortalecimiento de emprendimientos de mujeres, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley 2125 de 2021. Ministerio de Comercio, Industria y TurismoDirección: Calle 28 No. 13 A - 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283 Página | 2§ Comercio, Industriai’ y Turismo1. SEMANA NACIONAL DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO Se invita a los destinatarios de la presente circular a planear, desarrollar, promover y visibilizar,durante la primera semana del mes de marzo de cada año, actividades, eventos, campañas yespacios de articulación que resalten y fomenten las unidades productivas de la economía populary, a las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres, así como las iniciativasorientadas al fortalecimiento de sus capacidades productivas, comerciales, financieras y deinnovación.
Estas actividades podrán desarrollarse de manera presencial, virtual o híbrida, y deberánpropender por la inclusión territorial, el enfoque diferencial y el reconocimiento de la diversidad decontextos en los que se desarrolla el emprendimiento femenino en el país. Los actores convocados deberán propender por la articulación interinstitucional y multisectorial,así como por la difusión amplia de las actividades programadas, a través de canalesinstitucionales, redes sociales, medios de comunicación y demás mecanismos idóneos, con el finde maximizar el alcance e impacto de la Semana Nacional del Emprendimiento Femenino. Con el fin de fortalecer la articulación institucional, la visibilidad de las iniciativas desarrolladas yla consolidación de una memoria anual de la Semana Nacional del Emprendimiento Femenino, seinvita a los destinatarios de la presente circular a: Remitir al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo un reporte de las actividades, eventos,campañas o iniciativas realizadas en el marco de la Semana Nacional del EmprendimientoFemenino, al correo electrónico institucional que para tal efecto disponga el Ministerio. Estereporte tendrá como finalidad la sistematización de experiencias, la visibilización de buenasprácticas y la identificación de iniciativas susceptibles de ser destacadas en futuros espacios dereconocimiento. El reporte deberá incluir, como mínimo, la siguiente información: e Nombre de la entidad pública o privada organizadora.e Descripción breve de la actividad.. Fecha y lugar de realización.e Modalidad (presencial, virtual o híbrida).e Población objetivo y número aproximado de participantes.e Evidencias de difusión y ejecución (enlaces, piezas gráficas o material audiovisual).
1.1. Con el propósito de amplificar el alcance de la Semana Nacional del EmprendimientoFemenino y promover una narrativa unificada a nivel nacionaly territorial, se invita a las entidadesa difundir sus actividades a través de sus canales institucionales y redes sociales, utilizando elhashtag: #EmprendimientoFemeninoColombia, de manera complementaria, podrá emplearse elhashtag: #SemanaEmprendimientoFemenino, con el fin de facilitar la agregación y seguimientode las publicaciones asociadas a esta conmemoración. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Página | 3Dirección: Calle 28 No. 13 A - 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283ce Ministerio de> } Comercio, Industriai’ y Turismo1.2. Las entidades podrán articularse con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, entreotras formas, mediante: e La coordinación previa de actividades para su difusión a través de los canalesinstitucionales del Ministerio.e La participacién del Ministerio, cuando sea posible, como aliado institucional en eventosacadémicos, técnicos o de promoción del emprendimiento femenino.e La remisión de información y experiencias que puedan servir como insumo para laformulación, mejora o reconocimiento de políticas, planes, programas, estrategias yparticipación, orientadas al fortalecimiento de las mipymes lideradas por mujeres,incluyendo el Premio Nacional al Emprendimiento Femenino.
2. PREMIO NACIONAL AL FORTALECIMIENTO DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO.
En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2125 de 2021, el Ministerio de Comercio,industria y Turismo promueve la creación del Premio Nacional al Emprendimiento Femenino,“MUJER TRANSFORMA” como un mecanismo de reconocimiento público orientado a exaltar laspolíticas, planes, programas, estrategias y participación, que desde el sector público o privado,contribuyan de manera efectiva a la creación, fortalecimiento y sostenibilidad de las micro,pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres en el territorio nacional. Este reconocimiento parte del entendimiento de que el fortalecimiento del emprendimientofemenino requiere no solo instrumentos financieros o técnicos, sino también la visibilización,valoración y réplica de buenas prácticas institucionales que generen incentivos reales para laautonomía económica de las mujeres y su participación activa en el desarrollo productivo del país.En este sentido, el Premio constituye un instrumento de fomento que busca identificar, destacarydifundir experiencias exitosas que impacten positivamente el ecosistema empresarial con enfoquede género.
Corresponderá al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establecer las bases, criterios ycategorías del Premio, garantizando principios de transparencia, objetividad y mérito, así como sualineación con la política pública de desarrollo empresarialy de equidad de género. Con fundamento en dichos lineamientos, el Patrimonio Autónomo iNNpulsa Colombia, en sucalidad de ejecutor de las estrategias de reindustrialización del país, así como en materia deemprendimiento, innovación, desarrollo empresarial, productividad, competitividad yencadenamientos productivos, incluyendo los programas, instrumentos y recursos destinadospara tal fin, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 48 de la Ley 2069 de 2020 y 305 de la Ley2294 de 2023, definirá y adelantará los términos de la convocatoria, incluyendo las condiciones departicipación, los procedimientos de postulación, los mecanismos de evaluación y selección, asícomo la gestión operativa para la entrega del reconocimiento, garantizando principios detransparencia, objetividad y mérito. Ministerio de Comercio, Industria y TurismoDirección: Calle 28 No. 13 A — 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283 Página | 4Sees Ministerio deo J Comercio, Industriai y TurismoEl Premio Nacional al fortalecimiento del emprendimiento femenino sera entregado anualmenteen el marco de la Semana Nacional del Emprendimiento Femenino, como un espacio dearticulación institucional y de reconocimiento público a las iniciativas que contribuyen a lacreación y fortalecimiento de las MiPymes y Unidades productivas de la economía popularlideradas por mujeres y al desarrollo productivo inclusivo del país.
2.1 LINEAMIENTOS DEL PREMIO NACIONAL AL FORTALECIMIENTO DEL EMPRENDIMIENTOFEMENINO Para efectos de la presente circular, se adopta la definición de emprendimientos y, micros,pequeñas y medianas empresas de mujeres, contenida en el artículo 3 del Decreto 1860 de2021, que adicionó, entre otros, el artículo 2.2.1.2.4.2.14a la Subsección 2 de la Sección 4 delCapítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, en lo que le sea aplicable. Así mismo se entiende por unidad productiva como cualquier negocio u organización, de tipoinformal, que realiza oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución ycomercialización de bienes yservicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias), en cualquiersector económico, las cuales varían en tamaño, desde pequeños negocios familiares hastaorganizaciones o negocios industriales. Las unidades productivas pueden realizar sus actividadesde manera individual, en unidades económicas, u organizados de manera asociativa. Se entenderán como unidades productivas lideradas por mujeres aquellas iniciativas económicasque, sin constituirse necesariamente como personas jurídicas o empresas formalizadas, cumplanal menos uno de los siguientes criterios: a) Cuando la mujer ejerza la dirección efectiva de la unidad productiva, entendida como latoma de decisiones estratégicas, operativas y comerciales del negocio. b) Cuando la mujer sea la principal responsable de la actividad productiva, la gestión deingresos, la relación con clientes o proveedores, o la organización del trabajo,independientemente de que la unidad productiva sea de carácter familiar o comunitario.
c) Cuando la mujer sea reconocida por la comunidad, la organización asociativa o losintegrantes del núcleo productivo como lideresa del emprendimiento o iniciativaeconómica. d) Cuando se trate de unidades productivas individuales desarrolladas por mujerestrabajadoras por cuenta propia, incluyendo actividades de autoempleo, economía popular,economía del cuidado con fines productivos, o iniciativas productivas comunitarias. La condición de liderazgo femenino en unidades productivas podrá acreditarse medianteautodeclaración bajo gravedad de juramento, formatos de caracterización poblacional,certificación de organizaciones comunitarias, asociaciones, autoridades locales o demásMinisterio de Comercio, Industria y TurismoDirección: Calle 28 No. 13 A — 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283
Página | 5“ges, Ministerio dety Comercio, industria4 y Turismomecanismos de verificación definidos por el Patrimonio Autónomo iNNpulsa Colombia,atendiendo criterios de razonabilidad, enfoque diferencial y proporcionalidad.
ALCANCE: Las condiciones para la selección de las entidades del orden público y privado queganarán el premio “MUJER TRANSFORMA”, deben contemplar la implementación de planes,programas, proyectos y políticas públicas nacionales y territoriales dirigidas a la creación yfortalecimiento de MIPYMES y Unidades productivas (UP) de la economía popular que contemplenalguno de los siguientes componentes:e Formación empresarial (gestión, finanzas, comercialización, formalización, asistencia técnicaespecializada, mentorías y acompañamientos.e Relacionamiento comercial: Acceso a mercados, ferias o encadenamientos productivos.e Fortalecimiento organizacional de la Unidad productiva o Mipymee Inclusión financiera: Acceso a créditos, fondos rotatorios y otras soluciones financieras,planes, programas, proyectos y políticas públicas nacionales y territoriales dirigidas deberáncontemplar como beneficiarias a Mipymes y UP de las diversas actividades económicas quepromuevan la generación de valor agregado, desde su producción, transformación ocomercialización.
2.2. Condiciones específicas de las MIPYMES y UP Beneficiarias:El Premio reconoce a entidades públicas o empresas privadas que, a través de políticas, planes,programas, estrategias y participación en las políticas públicas nacionales y territoriales, hayangenerado incentivos efectivos para la creación, fortalecimiento y sostenibilidad de micro,pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres. La evaluación y el reconocimiento serealizarán con base en la información correspondiente a la vigencia inmediatamente anterior. Ladescripción de las categorías, los criterios de selección ysus verificables se encuentran en el anexo2.2.3 PREMIACIÓN:2.3.1. Categoría Entidad Pública TerritorialEntrega de galardón físico en ceremonia.Pieza comunicativa de la experiencia y publicación en redes sociales, medios decomunicacióny página web.Certificado de Reconocimiento. 2.3.2. Micro, Pequeña, Mediana y gran empresa privadaEntrega de galardón físico en ceremonia.Pieza comunicativa de la experiencia y publicación en redes sociales, medios decomunicación y página web.Certificado de Reconocimiento. Ministerio de Comercio, Industria y TurismoDirección: Calle 28 No. 13 A ~ 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283 Página | 62.3.3. ges. Ministerio dea) Comercio, Industria1 y Turismo
Entidad Sin Ánimo de Lucro ESALReconocimiento simbólico entregable. Pieza comunicativa de la experiencia y publicaciónen redes sociales, medios de comunicación y página web.Certificado de Reconocimiento. 2.4 EVALUACIÓN: Se seleccionará la entidad pública territorial, empresa privada y ESAL que cumpla los requisitoshabilitantes y obtenga el puntaje máximo alcanzando en su categoría, la información allíconsignada será evaluada por mesa técnica del equipo INNpulsa Colombia y verificada por elequipo técnico de la Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Comercio,Industria y turismo, quienes identificarán los siguientes items:Y Objetividad.Y Verificabilidad de la información.Y Coherencia con TDR 2.4.1 Criterios de desempate: (si aplica) En caso de empate en el puntaje total, se valorarácomo criterio de desempate positivamente aquella empresa, ESAL o ente territorial quepueda identificar en sus beneficiarias a la mayor cantidad de mujeres pertenecientes a lossiguientes grupos poblacionales:a. b.Cc.
Victimas del conflicto armado: Mujeres reconocidas por la Unidad para laAtención y la Reparación Integral a las Víctimas.Mujeres con discapacidad.Madres cuidadoras: Mujeres que cuidan de personas con discapacidad, opersonas mayores con dependencia de cuidado.Mujeres pertenecientes a comunidades indígenas, negras, afrocolombianas,palenquerasy raizales.Mujeres Veteranas de la Fuerza PúblicaMujeres rurales y campesinas.Mujeres privadas de la libertad y mujeres excarceladasMujeres habitantes de municipios PDET y de sexta categoría y territoriospriorizados de programas de gobierno.Mujeres adscritas a programas de sustitución de cultivos ilícitos.
LENIN ALFONSO VIZCAINO SIERRAiceministro de Desarrollo Empresarial teElabora: rica Cortés, Yully Herrera, Carolina Wilches, ee NúñezDirección MipymesRevisa: Diego Amezquita Coordinador Conceptos OAJ ¿23Aprueba: Daniel Alejandro Olaya Cardona Director Mipymes ry) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Pagina | 7Dirección: Calle 28 No. 13 A — 15 Bogota D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283. Ministerio deComercio, Industria“7 y Turismo
ANEXO 1. FORMULARIO DE POSTULACIÓN AL PREMIO
1. Información general:Ubicación/Dirección/Municipio/DepartamentoCategoría: (Entidad pública territorial, Empresa privada, ESAL)Nombre:Representante legal:Responsable del programa:Datos de contacto: Correo electrónico-TeléfonoResumen del programa (2 hojas máximo)1. Información financiera (25 puntos)Recursos destinados a planes, programas, proyectos y las políticas públicas nacionales y territoriales
2. Información técnica (25 puntos)Diseño metodológico, claridad, pertinencia y coherencia de la metodología, descripción de los componentes delprograma. Actividades desarrolladas.3. Impacto cuantitativo (25 puntos)Base con el registro de datos generales del número de mipymes y/o unidades productivas beneficiadas, númerototal de personas empleadas o que reciben beneficios de la UP o MiPymes.4. Impacto cualitativo (25 puntos)Pertinencia territorial, adecuación a contextos locales y población objetivo, enfoque de fortalecimiento de liderazgofemenino y autonomía económica de las mujeres, mejora real de capacidades empresariales y sostenibilidad.5. DECLARACIÓN DE VERACIDAD:Yo, [nombre completo del/de la representante legal], identificado/a con [tipo y número de documento], actuando encalidad de (cargo) de nombre de Entidad pública/empresa privada/ESAL/ identificada con NIT xxx manifiesto bajo lagravedad de juramento que: La información suministrada en el marco de la postulación al Premio Nacional “MUJER TRANSFORMA” es veraz,completa, exacta y verificable, y corresponde fielmente a la realidad institucionaly a las actividades desarrolladas. Losdocumentos aportados como soporte de la postulación son auténticos, no han sido alterados y reflejan de manerafidedigna la experiencia, los resultados, los impactos y la información financiera y técnica declarada. en los planes,programas, proyectos y las políticas públicas nacionales y territoriales presentada fue efectivamente implementadodurante el año inmediatamente anterior, y cumple con las condiciones y criterios establecidos en los Términos deReferencia del premio.
La entidad que represento autoriza la verificación de la información suministrada y acepta que cualquierinconsistencia, falsedad u omisión podrá dar lugar a la exclusión inmediata del concurso, sin perjuicio de las accioneslegales a que haya lugar. La presente declaración se suscribe de manera libre, consciente y voluntaria, para los finesexclusivos relacionados con la participación en el Premio Nacional “Creo en Ti”. En constancia, se firma la presente enla ciudad de xxxxx, a los xx días del mes de 202x.
FIRMA DIGITALCÉDULA
Ministerio de Comercio, Industria y TurismoDirección: Calle 28 No. 13 A - 15 Bogotá D.C, Código postal: 110311Conmutador: (+57) (+57) 601 6067676Línea Gratuita: (+57) 01 8000 95 8283 Página | 82878560008TO(ZS+):e31me19esuy]AQ)8]apSeueloyeueqfe]eapseneloijeusqseuoroeqodBPPRALid
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