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MINCIT - Circular 016 de 2022

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 016 de 2022
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2022

a ) p

CódigoD: e GD-FM-015

Ú clado: . E DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Vente: 12/08/2019

CIRCULAR QH16

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y

TURISMO

De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

Asunto: DEPURACIÓN CIRCULARES EXPEDIDAS POR LA DIRECCIÓN DE COMERCIO

EXTERIOR DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Fecha: Bogotá D.C., 0 4 A60, 2022

Dentro de los compromisos adquiridos por Colombia como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OCDE, se encuentra el de mejorar su política regulatoria mediante la implementación de distintas estrategias, entre ellas, la depuración normativa. Como medida para dar cumplimiento al mencionado compromiso, en 2014 se expidió el Documento CONPES 3816, como una herramienta de política pública que define los lineamientos para sentar las bases de la Política de Mejora Normativa: Análisis de Impacto Normativo (AIN), en el marco de lo cual se resalta la importancia de llevar a cabo ejercicios de depuración normativa como mecanismo para simplificar, racionalizar y mantener actualizado el ordenamiento jurídico colombiano. En ese sentido, las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, expedido por la Ley 1955 de 2019, dentro del Pacto por el Emprendimiento implementó la estrategia Estado simple, Colombia Ágil, cuyo objetivo es lograr una "regulación

simple que impulse el desarrollo económico y la competitividad" e incluye una constante revisión del ordenamiento jurídico colombiano para identificar normas obsoletas que puedan ser objeto depuración. La depuración normativa busca expulsar del ordenamiento jurídico colombiano aquellas disposiciones que se han tornado, por diversos factores y fenómenos, obsoletas. En ese entendido, el presente ejercicio de depuración de circulares expedidas por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se enmarca en la importante estrategia encaminada a mejorar la calidad normativa y posibilita el fortalecimiento del sistema jurídico nacional, al brindar un mayor grado de seguridad jurídica a los ciudadanos, a través de la claridad y certeza sobre las disposiciones vigentes. Para estos efectos, se definió una metodología de revisión del acervo regulatorio que abarca las circulares expedidas por la entidad, con el propósito de identificar aquellas que generen costos administrativos para los ciudadanos y empresarios, con el fin de evaluarlas y posteriormente intervenirlas, además de alivianar las cargas y dar seguridad jurídica en el ordenamiento normativo. Este proceso, alineado con las políticas del Ministerio de Justicia y del Derecho sobre mejora regulatoria, contempla los siguientes tres criterios para la depuración: Decaimiento - desaparición de las disposiciones que dan fundamento jurídico para la existencia de la normativa: Tiene lugar cuando desaparecen del marco jurídico las disposiciones o normas constitucionales o legales que le sirven de sustento a una de rango inferior.

PROCESO: GD Gestión Documental Página 1 de 20 aa | a - Código: GD-FM-015

[e] Elprogreso DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR Versión:1 1 es de todos

Vigente: 12/03//2019

Agotamiento del plazo definido en las disposiciones o por ser transitoria: Bajo este criterio se agrupan las disposiciones con vigencia temporal definida, esto es, aquellas disposiciones en cuyo propio texto se estableció el plazo de su vigencia o aquellas disposiciones que eran aplicables durante un periodo de tiempo determinado y éste ya finalizó. Disposiciones transitorias que se crean como marcos de transición y que después de un período determinado pierden su fuerza ejecutoria.

Obsolescencia: Cuando es totalmente imposible la aplicación de la disposición a la luz de la realidad social, económica, cultural, política o tecnológica del país, casi siempre por el transcurso del tiempo. Hace referencia a las normas cuyos supuestos de hecho o de derecho (o sus consecuencias jurídicas) no resultan compatibles o aplicables frente a la realidad actual, de tal manera que es inviable continuar con la aplicación de la norma existente.

El ejercicio de depuración realizado por la Dirección de Comercio Exterior fue publicado en el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con el fin de recibir comentarios y observaciones por parte de los interesados conforme al numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y acata lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en concepto del 2 de diciembre de 2015 (Consejero Ponente: William Zambrano Cetina), en los siguientes términos: “Por lo tanto, el estudio que se realice sobre la derogatoria tácita debe ser muy cuidadoso en

la labor de detección de las normas conflictivas y en la interpretación que se haga sobre la presunta incompatibilidad u oposición entre tales preceptos y las disposiciones posteriores, de manera que solamente se excluyan en forma expresa aquellas normas respecto de las cuales se considere razonablemente que habían sido derogadas anteriormente en forma tácita. En conclusión, si el precepto fue derogado tácitamente lo que la nueva norma debería hacer es interpretar y declarar con autoridad que está derogado o que no se encuentra vigente. Frente a las normas que se encuentran vigentes pero que se consideren obsoletas, anacrónicas, inaplicables o en desuso, lo procedente seria derogarla en forma expresa, si efectivamente el legislador considera que la norma no debe existir.”

Derogatorias: a. Por decaimiento Se derogan las circulares que se relacionan a continuación, por el criterio denominado

decaimiento: Circular Fecha Asunto Informó el procedimiento de presentación de los cuadro insumo producto en desarrollo de los Sistemas Especiales de Importación — Exportación. La Resolución 1860 de 1999 fue derogada por la 4 10/07/2000 Resolución 1649 de 2016, la cual a su vez fue derogada por la Resolución 1055 de 2020. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular,

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Código: GD-FM-015

DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Vaso: 12/08/2019

Informó la nueva legislación cambiaria y nuevo formato de solicitud de CERT, con fundamento en el Decreto 2553 de 1999. El Decreto

5 26/07/2000 |210 de 2003 derogó el Decreto 2553 de 1999 con excepción de los artículos 2, 3, 25, 26, 27 y 28. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. informó el procedimiento para la inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios al que se refiere el Decreto 2681 de 1999. Por disposición del Decreto 2788 de 2004 el RUT sustituyó e incorporó el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios, el cual a su vez fue derogado 6 8/08/2000 | por el Decreto 2460 de 2013 que reglamentó el artículo 555-2 del Estatuto Tributario con el fin de unificar la reglamentación expedida en materia de RUT. Así mismo, la Circular Externa 31 del 25 de febrero de 2000 fue derogada por la Circular 001 del 12 de enero de 2021. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó el procedimiento a seguir por los exportadores de servicios para registrar la declaración sobre la operación de exportación de servicios a fin de obtener la exención del impuesto sobre las ventas o la no aplicación de la retención en la fuente referida en el Estatuto Tributario y el artículo 6” del Decreto 2681 de 1999, El Decreto 4176 de 2011 reasignó del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a la Dirección de Impuestos y Aduanas 39 1/03/2000 Nacionales — DIAN, la función de administrar el registro de los contratos de importación de tecnología, de exportación de servicios y expedir las certificaciones pertinentes. Por disposición

del Decreto 2788 de 2004 el RUT sustituyó e incorporó el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios, el cual a su vez fue derogado por el Decreto 2460 de 2013 que reglamentó el artículo 555-2 del Estatuto Tributario con el fin de unificar la reglamentación expedida en materia de RUT. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la actualización de la base de datos de las empresas usuarias de los Sistemas Especiales de Importación - Exportación 23 3/06/2003 | Yue presentaran programas vigentes a esa fecha. La Resolución 1860 de 1999 fue derogada por la Resolución 1649 de 2016, la cual a su vez fue derogada por la Resolución 1055 de 2020. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la medida establecida por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA a través de la Resolución 01256 del 21 de mayo de 2003, referida a la suspensión del ingreso al país de bovinos vivos y sus productos de riesgo, alimentos balanceados, harinas de carne y de hueso y productos destinados a la 26 12/06/2003 [alimentación animal que contengan proteínas de mamíferos, procedentes de Canadá, por evaluación de Encefalopatía Espongiforme Bovina, en ese país. La Resolución 01256 del 21 de mayo de 2003 fue derogada por la Resolución 111 de 2005 y ésta por la Resolución 1281 de 2010. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular.

Informó sobre la Resolución 2840 de 2007 sobre reglamento 52 26/11/2007 técnico para llantas neumáticas. La Resolución 2840 de 2007 fue derogada por la Resolución 0481 de 2009. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular.

PROCESO: GD Gestión Documental Página 3 de 20 rCódsig:o: GD-FM-015

y Ai DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Moento: 17/03/2019

Informó sobre el Decreto 457 de 2008 - Importación de productos sometidos a cumplimiento de reglamentos técnicos. El Decreto 26 21/08/2008 |457 de 2008 fue derogado por el Decreto 3273 de 2008 y el Decreto 3803 de 2006 fue derogado por el Decreto 925 de 2013. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó las medidas establecidas a través del Decreto 3038 de 2008 y del Decreto 3039 de 2008 (adicionó el artículo 6.1 al Decreto 1299 de 2006), relacionados con medidas adoptadas para la importación de bebidas alcohólicas. El Decreto 3038 de 2008 31 15/09/2008 fue derogado por el Decreto 4320 de 2008 y el Decreto 601 de 2013 derogó el Decreto 1299 de 2006 con sus adiciones y modificaciones. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3094 del 19 de agosto del 2009 el cual modificó parcial y temporalmente el Decreto 4589 de 2006. El Decreto 4589 de 2006 fue derogado por

38 4/09/2009 |el Decreto 4927 de 2011, el cual fue derogado por el Decreto 2153 de 2016, el cual a su vez fue derogado por el Decreto 1881 de 2021, actual Arancel de Aduanas. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la modificación parcial al Arancel de Aduanas efectuada por el Decreto 4390 de 2010 estableciendo un desdoblamiento arancelario y adicionando una Nota Complementaria Nacional. El Decreto 4589 de 2006 fue derogado por el Decreto 4927 de 2011, 34 3/12/2010 el cual fue derogado por el Decreto 2153 de 2016, el cual a su vez fue derogado por el Decreto 1881 de 2021, actual Arancel de Aduanas. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la modificación parcial al Arancel de Aduanas efectuada por el Decreto 4675 del 17 de diciembre de 2010. El Decreto 4589 de 2006 fue derogado por el Decreto 4927 de 2011, el cual fue 38 24/12/2010 |derogado por el Decreto 2153 de 2016, el cual a su vez fue derogado por el Decreto 1881 de 2021, actual Arancel de Aduanas. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó lineamientos para la radicación de documentos y la adopción de formularios para los trámites relativos a Sistemas Especiales de Importación y Exportación y Sociedades de 15 17/06/2016 | Comercialización Internacional. La Resolución 1860 de 1999 fue

derogada por la Resolución 1649 de 2016, la cual a su vez fue derogada por la Resolución 1055 de 2020. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la ampliación del plazo para la presentación de los estudios de demostración para los programas de materias primas 30/01/2017 [e desarrollo de los Sistemas Especiales de Importación — Exportación. La Resolución 1649 de 2016 fue derogada por la Resolución 1055 de 2020. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó lo dispuesto en el Decreto 419 del 13 de marzo de 2017, en el cual corrigió errores formales de transcripción y de 10 24/03/2017 | digitación del artículo 1% del Decreto 2153 del 26 de diciembre de

2016. El Decreto 2153 de 2016 fue derogado por el Decreto 1881 de 2021, actual Arancel de Aduanas. Por lo expuesto, procede la

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E o | DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR oCódigo: GD -FM-015 derogatoria expresa de la Circular. Informó la adición de formularios a los referidos en la Circular 15 de 2016 relativos a los Sistemas Especiales de Importación47 19/05/2017 Exportación y a las Sociedades de Comercialización internacional. La Resolución 1649 de 2016 fue derogada por la Resolución 1055 de 2020. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la modificación parcial al Arancel de Aduanas establecida por el Decreto 1242 de 2017, el cual creó un desdoblamiento

27 14/082017 arancelario y corrigió el artículo 1 del Decreto 2153 de 2016. El Decreto 2153 de 2016 fue derogado por el Decreto 1881 de 2021, actual Arancel de Aduanas. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la medida adoptada por la AUNAP a través de la Resolución 1024 de 2018 indicando que para la importación de camarón y/o langostino proveniente de Ecuador, el titular del permiso deberá anexar al registro radicado ante la Ventanilla 16 23/05/2018 Única de Comercio Exterior (VUCE), el certificado sanitario expedido por la autoridad pesquera de Ecuador, en el cual debe estar establecida la naturaleza del producto (pesca o acuicultura), descripción, nombre científico y volumen. La Resolución 1024 de 2018 fue derogada por la Resolución 1110 de 2019. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. Informó la expedición del Decreto 858 de 2018 que modifico parcialmente el Arancel de Aduanas desdoblando y creando 19 06/06/2018 determinadas subpartidas arancelarias. El Decreto 2153 de 2016 fue derogado por el Decreto 1881 de 2021, actual Arancel de Aduanas. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular, Informó acerca del formato implementado para la presentación del estudio de demostración de los grandes usuarios de los Sistemas Especiales de Importación - Exportación en el marco de la 15 | 15/07/2019 le solución 1649 de 2016. La Resolución 1649 de 2016 fue

derogada por la Resolución 1055 de 2020. Por lo expuesto, procede la derogatoria expresa de la Circular. b. Por agotamiento del plazo definido en las disposiciones o por transitoriedad: Se derogan las circulares que se relacionan a continuación, por el criterio denominado agotamiento del plazo definido en las disposiciones o por transitoriedad: Circular Fecha Asunto Informó sobre la expedición del Decreto 466 del 27 de febrero de 2003, por medio del cual pasó al régimen de licencia previa la importación de aceite 3 7/03/2003 proveniente de países miembros de la Comunidad Andina, por un término de tres (3) meses a partir de febrero 28 de 2003. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

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Código: GD-FM-015

El progreso DIRECCIÓz N DE COMERCIO EXTERIOR VVe ir gsi eó nn t: e: 111 2/03/2019 es de todos Informó la medida establecida por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA a través de la Resolución 472 del 27 de febrero de 2003, 6 27/03/2003 referente a la prohibición de importaciones, por tres (3) meses, de bovinos, ovinos, porcinos por riesgo transmisión de fiebre aftosa. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó sobre la expedición del Decreto 1310 de 2003, el cual incluyó en el régimen de previa la importación de leche clasificada por la subpartida 22 + 30/05/2003 arancelaria allí prevista, por el término de seis (6)

meses, contados a partir del 23 de mayo de 2003. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó las disposiciones establecidas por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA mediante las Resoluciones 01216 y 01236 del 15 y 16 de mayo de 2003, respectivamente, referidas a la suspensión, por el término de tres (3) meses, del ingreso al país de aves vivas, huevos para 25 12/06/2003 incubación y consumo, así como otros productos y subproductos de riesgo procedentes de Bélgica y de Alemania, con el fin de prevenir el riesgo de introducción de la Influenza Aviar Altamente Patógena. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida establecida por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA a través de la Resolución 1006 de 2003, mediante la cual se prorrogó, por el término de seis (6) meses, la 27 12/06/2003 suspensión de la importación de bovinos, ovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo procedentes de Paraguay por fiebre aftosa. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la modificación al Arancel de Aduanas mediante el Decreto 4670 de 2007, por el término de un (1) año, referente a la modificación temporal 54 10/12/2007 de arancel para la importación de leche y nata (crema), concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida establecida por el Decreto 4671

de 2007 referida a prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2007, la vigencia del artículo 3” del 55 10/12/2007 Decreto 3927 de 2006 para la subpartida arancelaria 1005.90.11.00 correspondiente a maíz amarillo. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada a través de la Resolución 2963 de 2010 por el Instituto 29 20/09/2010 Colombiano Agropecuario — ICA, referida a la suspensión, por el termino de seis (6) meses, del ingreso de aves silvestres ornamentales

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Código: GD-FM-015 ela | DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ento: 03/2010 provenientes de ltalia por presencia de fiebre de nilo occidental. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

Informó la medida adoptada a través de la Resolución 2964 de 2010 por parte del Instituto Colombiano Agropecuario — ICA, referida a la 30 20/09/2010 suspensión, por el término de seis (6) meses, del ingreso de equinos procedentes de Uruguay, por presencia de arteritis viral equina. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada a través de la Resolución 003190 del 4 de octubre de 2010 por parte del Instituto Colombiano Agropecuario — ICA, 31 12/10/2010 referida a prohibir, por el término de seis (6) meses, el ingreso de porcinos vivos y material genético porcino por presencia de aujeszky,

provenientes de AquitaniaFrancia. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA a través de la Resolución 3245 de 2010, referente a la suspensión, por el término de seis (6) meses, del 32 22/10/2010 ingreso de aves silvestres y ornamentales procedentes de España, por presencia de Fiebre del Nilo Occidental. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA a través de la Resolución 3419 de 2010, referida a suspender, 33 5/11/2010 por el término de seis (6) meses, el ingreso de aves silvestres y ornamentales provenientes de Portugal por presencia de fiebre de Nilo Occidental. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó las medidas adoptadas por el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA a través de las Resoluciones Nos. 004102 y 004103, ambas del 15 de diciembre de 2010, por medio de las cuales se suspendió, por el término de seis meses (6) 36 23/12/2010 meses, el ingreso de aves de corral y productos de riesgo que sean susceptibles de transmitir la influenza aviar procedentes del Estado de Mecklenburgo - Pomerania Occidental (Alemania) y de Manitoba - Canadá, respectivamente. Se deroga por agotamiento del plazo definido. informó la administración del contingente establecido por el Decreto 0651 de 2013, por el

término de tres (3) meses, respecto a las 19 15/04/2013 importaciones de aceites provenientes de Argentina. Se deroga por agotamiento del plazo definido. 24 27/08/2013 Informó la administración del contingente establecido por el Decreto 1789 del 2013, por el

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Código: GD-FM-015 e El progreso 1 DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Versión:1 1 1148 es de todos Vigente: 12/03//2019 término de noventa (90) días, respecto a las importaciones de aceite provenientes de Brasil. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

Informó la administración del contingente establecido por el Decreto 1962 del 2013, por el 27 23/09/2013 término de veintiún (21) meses, para las importaciones de aceite originarias de Argentina. Se deroga por agotamiento del plazo definido. informó la administración de los contingentes anuales de exportación de cueros, pieles en bruto y cuero en estado húmedo en azul, establecidos 32 20/11/2013 por el Decreto 2469 del 2013, por el término de dos (2) años. Se deroga por agotamiento del plazo definido. informó la expedición del Decreto 2909 de 2013, el cual modificó parcialmente el arancel de aduanas y estableció unos contingente anuales para la importación de vehículos con motor eléctrico e híbridos enchufables con cilindraje inferior o igual a 37 27/12/2013 3.000 centímetros cúbicos, sus respectivas

estaciones de carga domiciliaria y estaciones de carga rápida (electrolineras), por el termino de tres (3) años. Se deroga por agotamiento del plazo definido. informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 000211 del 6 de septiembre de 2016, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016, 21 15/09/2016 referida a la reglamentación del contingente de importación de algodón sin cardar, ni peinar de la subpartida arancelaria 5201.00.30.00. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la administración del continente de exportación de Azúcar sin refinar y panela de Organización Mundial de Comercio (OMC) para la 23 21/09/2016 vigencia del 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó las medidas adoptadas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de las Resoluciones 000277, 000278 y 000279 todas de noviembre de 2016, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017, referidas a la reglamentación y 29 5/12/2016 administración para 2017, de los contingentes de importación de carne de porcino, carne bovino y frijol originarios de Canadá establecidos en el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y Colombia. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó los parámetros para la distribución y

administración, para el año 2017, del contingente 34 27/12/2016 de exportación de azúcar y productos con contenido de azúcar, previsto en el Acuerdo para

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Código: GD-FM-015 es Elpros poso E

DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Versión: 11

Vigente: 12/03//2019 la Promoción Comercial suscrito entre Colombia y Estados Unidos. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

Informó la suspensión de términos en las actuaciones administrativas relacionadas con los Sistemas Especiales de Importación — Exportación 35 27/12/2016 y Sociedades de Comercialización Internacional, entre el 2 y el 6 de enero de 2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó sobre los valores para la suscripción anual al Banco de Datos de Comercio Exterior - BACEX y el procesamiento de datos en medio magnético 12/01/2017 para la vigencia de 2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó lo dispuesto en el Decreto 2133 del 22 de diciembre de 2016, por medio del cual se establecen medidas de control a lo importación y comercialización de mercurio y los productos que 25/01/2017 lo contienen en el marco del artículo 5 de lo Ley 1658 de 2013, indicando como termino para solicitar cupo hasta el 15 de septiembre de 2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó lo dispuesto en el Decreto 420 del 13 de marzo de 2017, el cual excluyó algunas

subpartidas arancelaras del artículo 1 del Decreto 21/03/2017 1625 del 14 de agosto de 2015, por el término de 2 años. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la 12 30/03/2017 Resolución 0059 de 2017, vigente hasta el 31 de diciembre de 2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 0058 del 15 de 2017, mediante la cual se reglamentó la administración del contingente de 13 30/03/2017 importación, para 2017, de los demás alcoholes sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80%. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 000060 del 15 de marzo de 2017, 14 reglamentando los contingentes de importación de 30/03/2017 productos originarios de la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein, para el período

2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

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Código: GD-FM-015

El progreso DIRECCION DE COMERCIO EXTERIOR VVearnsieó:n: 12/03/2019 es de todos Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la

Resolución 0069 del 28 de marzo de 2017 referida 15 06/04/2017 a la reglamentación y administración de los contingentes de importación para carne de bovino para el año 2017, Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 224 de 2017, referida a la reglamentación de los cupos de exportación para 22 2/08/2017 harina de trigo, grañones y sémola de trigo otorgados por México a los bienes originarios de Colombia, con una vigencia hasta el 1 de agosto de 2018. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 225 de 2017, referida a la reglamentación de los cupos de exportación para 23 2/08/2017 . ho: leche y productos lácteos otorgados por México a los bienes originarios de Colombia, con vigencia hasta el 1 de agosto de 2018. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 226 del 25 de julio de 2017, referida a la reglamentación del cupo de exportación para aceite de soya, girasol o cártamo, nabo o colza, correspondiente al séptimo año, otorgado por 24 02/08/2017 México a bienes originarios de Colombia, establecidos en el anexo 4, artículo 5-04 Bis

Sección B, del Decreto 2676 de 2011. La autorización del cupo autorizado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural fue hasta el 1 de agosto de 2018. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó el incremento en la asignación del cupo de azúcar sin refinar y panela, en once mil trecientas cuarenta y ocho (11.348) toneladas métricas, dispuesto por el Gobierno de Estados Unidos, en 25 03/08/2017 el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC), con vigencia hasta el 31 de octubre de

2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

Informó que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1280 del 31 de julio de 2017, el cual estableció, por el término de dos (2) años, un 26 14/08/2017 gravamen arancelario de cero por ciento (0 %) para determinadas subpartidas arancelarias. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

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Ap Born a z Códig oo: l GD-FM-015

[ esdelodos. DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Vente: 1/03/2019 Informó la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 274 del 23 de agosto de 2017, referida a la reglamentación del contingente de 29 29/08/2017 importación, para el año 2017, de algodón sin cardar, ni peinar clasificado por la subpartida 5201.00.30.00, originario de los países con los

cuales Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes. Se deroga por agotamiento del plazo definido. Informó la distribución y administración del contingente de exportación de azúcar sin refinar y panela en virtud del acuerdo con Estados Unidos y 31 27/09/2017 Colombia en el marco de la OMC, para la vigencia del 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de

2018. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

Informó la modificación de la Circular 34 de 2016, ampliando el plazo para exportar el contingente de exportación de azúcar y productos con contenido 32 05/10/2017 de azúcar, previsto en el Acuerdo para la Promoción Comercial suscrito entre Colombia y Estados Unidos, con vigencia al 31 de diciembre

2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido. informó la modificación a la Circular 34 de 2016, modificada por la Circular 32 de 2017 a efectos de continuar con la aplicación de los lineamientos impartidos por el Comité de Asuntos Aduaneros, 33 20/11/2017 Arancelarios y de Comercio Exterior frente a la administración del Acuerdo para la Promoción Comercial suscrito entre Colombia y Estados Unidos, con vigencia al 31 de diciembre 2017. Se deroga por agotamiento del plazo definido.

Informó la administración del contingente de exportación de Azúcar y productos con azúcar dentro del Acuerdo para la Promoción Comercial 38 28/12/2017 Colombia — Estados Unidos (TLC) para la vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018. Se

deroga por agotamiento del plazo definido. Informó los valores para los servicios informáticos BACEX, procesamiento

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