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MINCIT - Circular 017 de 2020 (2)

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 017 de 2020 (2)
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2020

Dirección de Comercio Exterior

0L? ctRrulAR Poro: USUAR¡Os Y FUNCIONAR,IOS DEt XilNISIER,IO DE COTUTERCIO, INDUSTRIA Y ruRISfiTO

De: D¡RECÍOR DE COMERCIO EXTERIOR Y tOS

Asunto: AD'UIINISTRACIÓN ASIGNACIÓN DE CONT¡NGENTES DE

DE Y EXPORIACIÓN DESPERDICIOS DESECHOS DE CHATARRA, DE FUNDrcIóN DE HIER,RO O ACERO, TINGOTES DE CHATAR,RA DE HIER.RO O ACERO Y DE DESPERDICIOS Y DESECHOS DE COBRE, AIUMINIO y PTOMO r.c.,

Fecho: Bosotó 26

A60. Z0Z0 Poro su conocimiento y oplicoción se informcr que el Decreto I 120 del 12 de ogosio de 2O2O estobleció unos conlingentes de exportoción de desperdicios y desechos de chotorro, de fundic¡ón de hierro o ocero, lingoes de chotorro de hierro o ocero y de desperdicios y de desechos de cobre, oluminio y plomo, por un periodo de seis (ó) meses contodos o portir de su entrodo en vigencio, cuyo odministroción corresponde o lo Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo. A continuoción se informon los porómetros poro lo odminístroción y osignoción de los citodos contingentes, osí: l. Contingenle semestrcl por€ los expoñociones de desperdicios y de¡echos de chotonq, de fundición, de hierro o qceroi lingoles de chsÍurru de hlerrc o ocero!

El contingente de 28.404 tonelodos seró distribuido en los siguientes subportidos qroncelorios:

SUBPARTIDA TONEL¡ADAS

7204.10.00.00 292 7204.21.00.O0 6.O73 l.l8ó 7204.29.OO.O0 7204.30.00.00 14.204 7204.41.00.00 24 7204.49.00.00 6.625 Toüol qcnerol 28.404 CEilé B lC 13A -fi ,raagñi, coloqtM¿ tuwtñ (5/t) 5A61676 nminiwd -1GD-FM-015.v11 Dirección de Comercio Exterior

2. Conlingenle semestrct poru los expoÉociones de desperdicios y desechos de y cobre, oluminio plomo: El contingente de 38.ó25 tonelodos seró distribuido en los siguientes subportidos oroncelorios: SUBPARTIDA TONE1ADAS 7404.00.00. r 0 17.273

7404.OO.OO.90 4.947 7503.00.00.00 2 7ó02.00.00.00 r ó.1 03 7802.00.00.00 304 7902.0O.00.00 46 Totol qenerql 38.675

3. Asignoción de los Contingenies de Expornoción: De conformidod con lo estoblecido en el orfículo 3 del Decreto I I20 de 2O2O lo odministroción y osignoción de los contingentes de exportoción por porte de lo Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo esioró suieto ol concepto fovoroble que emito lo Direccíón

de lmpuestos y Aduonos Nocíonoles - DIAN. Lo Dirección de Comercio Exterior, o trovés del Czrupo Diseño de Operociones de Comercio Exterior de lo Subdírección de Diseño y Administroción de Operociones, uno vez se cuente con el concepto fovoroble emitido por lo Dirección de lmpuestos y Aduonos Nocionoles - DIAN, osignoró los coniingentes de lo siguiente monero: o) El 90% del cupo seró poro los usuorios históricos, es decir, poro oquellos que hoyon efectuodo exportociones en olguno de los tres (3) oños señolodos en lo porte considerotivo del Decreto I 120 de 2020, esto es 2016 -2017 - 2018, poro lo cuol se tendró en cuento lo informoción registrodo en lo Bose de Dotos de Comercio Exterior (BACEXI que odminislro este Ministerio. b) El l0% seró poro los usuorios nuevos, es decir, poro oquellos que no cumplen lo condición onterior. Lo osignoción poro los exportodores históricos se horó por prorroteo tomondo el comportomiento del promedio histórico de los exportociones de los subportidos del contingente del grupo de productos. Lo osignoción poro los nuevos exportodores se efecluoró por prorroteo, respecto de lo sumotorio totol de los contidodes solicitodos. iEl Éil^w Calle 4 Nr l9l -l§ / Bogoti, Colombid eanrratu (sil) €A6Í€7€ wminiwd -2GD-FM{15.v11

Dirección de Comercio Exterior

4. Solicitud de Asignoción: Los exportodores interesodos en occeder o los conlÍngentes deberón seguir los siguientes posos:

4.1 Estor registrodo en lo Ventonillo Único de Comercio Exlerior (VUCEI y disponer de uno firmo digitol. Adicionolmente deberón tener lo motriculo "Activo" en el Registro Mercontil y hober renovodo el Registro Mercontil, este requisilo seró verificodo por el Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo. 4.2 Poro solicitor lo osignoción del cupo de exportoción, enlre el 28 de ogosto y el2 de septiembre de 2020, el solicitonte deberó ingresor con su usuorio y controseño ol Módulo Contingentes de Exportoción de lo VUCE, en lo pógino web: www.vuce.gov.co y reolizor los siguientes posos: o) En lo Sección "Cupos" seleccionor lo opción "Nuevo Solicitud", luego seleccionor "Cupo de Chotqrro" y dor clic en "Solicitor cupo". bl Seleccionor el grupo del contingente. c) Seleccionor lo subportido. dl Digitor lo contidod en tonelodos métricos. e) Firmor digítolmente. 4.3 Sólo se recibiró uno solicitud de cupo por codo solicitonte relocionodo con uno mismo subportido y contingente de los que troton los ortículos 1 y 2 del Decreto I 120 de 2020 y se tomoró lo primero solic¡tud recibido o trovés de lo VUCE que cumplo con todos los requisitos, como único sol¡citud. Los demós solicitudes serón rechozodos.

4.4 Lo contidod diligenciodo por los solicitontes poro codo contingente no podró exceder el cupo móximo disponible poro el mismo. En coso de presentorse solicitudes que excedon el cupo, estos se oiustoró ol cupo móximo estoblecido. 4.5 Cuondo el interesodo en lo osignoción de cupo seo uno Sociedod de Comerciolizoción lnlernocionol, ésto deberó cumplir los condiciones y requisitos estoblecidos en los ortículos ó5 y siguientes del Decreto I ló5 de 2019. 4.ó A portir del 3 de septiembre de 2020, el Grupo de Diseño de Operociones de Comercio Exterior de lo Subdirección de Diseño y Administroción de Operociones de lq Dirección de Comercio Exterior remitiró o lo DIAN los peticiones de los empresos que cumplon con los Caile 28 hle t3A - l5 ./ Bogtoti, Colombia fiiatBdor (51t) €i€7€7€ M,ñitui¿@t.d -3GD-FM{15.v11 Dirección de Comercio Exterior condiciones estoblecidos en los puntos 3 y 4 de lo presente Circulor, poro que lo DIAN emito el concepto referido en el ortículo 3 del Decreto I 120 de 2020. 4.7. Lo DIAN remitiró o lo Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo el concepto emitido, en un término móximo de cinco (5! díos hóbiles contodos o portir del dío siguiente o lo fecho indicodo en el numerol4.6 de lo presenle Circulor, concepto que

seró emitido en el morco de lo estoblecido en el ortículo 130 de lo Ley 2010 de 2019. 5.

Asignoción del Gupo: El l4 de septiembre de 2020 en lo pógino web de lo VUCE www.vuce.gov.co, se publícoró el l¡stodo de los contidodes en tonelodos y por subportido osignodos o codo solicitonte y ollí el interesodo podró consultor el cupo osignodo.

El Grupo de Diseño de Operociones de Comercio Exlerior de lo Subdirección de Diseño y Administroción de Operociones de lo Dirección de Comercio Exterior remiliró uno comunicoción o lo DIAN indicondo los tonelodos osignodos por Subportido o codo solicitonte. El cupo osignodo no es lronsferible y deberó ser utilizodo exclusivomente por el exportodor ol que le fue otorgodo por lo subportido solicitodo. ó. Nuevo Asignoción: En el evenio en gue el cupo osignodo por porte de este Ministerio seo inferior o lo dispuesio en los ,l20 ortículos 1 y 2 del Decreto I de 2020, lo Dirección de Comercio Exterior, o trovés del Grupo Diseño de Operociones de Comercio Exterior de lo Subdirección de Diseño y Administroción de Operociones, uno vez se cuente con el conceplo fovoroble emitído por lo Dirección de Impuestos y Aduonos Nocionoles - DIAN, osignoró los contingentes restontes de ocuerdo con los lineomientos señolodos en lo presente Circulor. Los nuevos fechos y el procedimiento o lener en cuento poro lo solicitud del citodo contingente se relocionon o continuoción:

. ó.1 Lo plotoformo de lo VUCE se hobilitoró entre el 16 y 21 de septiembre de 2020 poro reolizor lo solicitud del contingente. rel Cale 28 N! 13,'1 -15 .r Bogotá, Colomb¡a §E C$rcdq.,'571.) €C5lé7É w,aiÉ¡lqgú4 -4GD-FM-015.v11 Dirección de Comercio Exterior 6.2. El dío 22 de septiembre de 2020 el Grupo de Diseño de Operociones de Comercio Exterior de Io Subdirección de Diseño y Adminisiroción de Operociones de lo Dirección de Comercio Exterior remitiró o lo DIAN los peticiones de los empresos que cumplon con los condiciones estoblecidos en los puntos 3 y 4 de lo presente Circulor, poro que lo DI,AN, dentro delos cinco (5) díos hóbiles siguientes emifo el concepto referido en el ortículo 3 del Decrelo I 120 de 2020. ó.3. El 30 de septiembre de 2020 en lo pógino web de lo VUCE www.vuce.gov.co. se publicoró el l¡stodo de los contidodes en tonelodos y por subportido osígnodos o codo solicitonte y ollí el inleresodo podró consultor el cupo osignodo. 6.4 Si reolizodo lo nuevo osignoción previslo en este numerol, continúo un remonente disponible poro osignor lo Dirección de Comercio Exlerior, estobleceró nuevos lineomientos poro lo osignoción de los mismos. Cordíolsoludo,

Eloboró: luz Mory Mortinez A,lolino

Revisól Koren Totiono Roboyo/C-ormen lvone Górnez Díoz e Callc 28 ltg ,3A -lá lBqoÉi, Colombia tuwds (5zl) €667€76 +wmimi¿wd -5GD-FM-015.v11

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