MINCIT - Circular 017 de 2020 (74f9b848)
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 017 de 2020 (74f9b848)
- Autor
- Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2020
CIRCULAR
017 DM2020
MINISTRO DE COMERCIO, INDL.WRIA Y TURISMO
PARA: FUNCIONARIOS DEL. MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
'TURISMO, PROCOLOMBIA, FONDO NACIONAL DE JrURISMO (FONrriviR),
ADMINIS-TRADOR DEL FONDO NACIONAL DE -1 1JRISMO PROPONENTES iJNiT.) ROLES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRÁMITE DE PROYECTOS A SER APOYADOS CON RECURSOS QUE CONFORMAN EL FONDO NACIONAL DE TURISMO, DE ACUERDO CON LO ES-rABLECIDO EN LA LEY 1558 DEI 2012
BOGOTÁ, oç , 27 ABR. 2020
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, como ente rector y máxima autoridad del turismo en el país, a través del Vicemiffisterio de Turismo, tiene la función de formular, concertar, ejecutar y evaluar la política turística y los planes y programas derivados de esta, en articulación con las entidades competentes de los sectores público y privado, tendiente a mejorar la competitividad y sosteníbilidad de los productos y destinos turísticos y promover el turismo doméstico y receptivo. Es así como, pi presente acto administrativo tiene corno fin dar a conocer tos lineamientos para facilitar, fortalecer y permitir la correcta y eficiente ejecución de los recursos del (1-\, • 28 Ity>2 1,5 ,.;
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28 Ity>2 1,5 ,.;
GD-FM015,v11017 c;ector turismo por parte del Fondo Nacional de Turismo (Fontur), y lograr su coherencia con la política pública turística y los planes y programas derivados de esta.. Un este sentido, los destinatarios de la presente circular están obligadas a divulgar y cumplir los lineamientos para la destinación de recursos y presentación de proyectos, aquí establecidos. t GENERALIDAD ES Y NORMATIVA APLICABLE FI articulo 42 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 40 de la Ley 1450 de 2011, creó el Fondo de Promoción Turística como un instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la contribución parafiscal para la promoción del turismo, el cual debe f,..x)fiirse a los lineamientos de la política turística definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La Ley 1558 de 2012, cambió la denominación del Fondo de Promoción Turística por la de Uondo Nacional de Turismo y lo constituye corno un patrimonío autónomo con tersonería jurídica que tiene corno función principal el recaudo, la administración y ejecución de sus recursos, conforme a las normas que los regulan. Asimismo, esta ley dispuso que los recursos señalados en tos artículos 1 y 8 1 de la Ley 1101 de 2006, así como los asignados en el Presupuesto Nacional para la infraestructura , 'Ley 1101 de 2006, Articulo 1 'De la contribución parafiscal para la promoción del turismo. Créase una contribución painfiscal con destino a la promoción y competitividad del turismo. La contribución estará a cargo do los aportantes
'Ley 1101 de 2006, Articulo 1 'De la contribución parafiscal para la promoción del turismo. Créase una contribución painfiscal con destino a la promoción y competitividad del turismo. La contribución estará a cargo do los aportantes pi ()vistos en el artículo 3" de la presente ley. Contribución que en ningún caso será trasladada al usuario". Al lietii() 8 "ROCUTSOS del fondo de promoción turística. Además de la contribución parafiscal prevista en el artículo 1' de esta ley. el Fondo de Promoción Turística, contará con los siguientes recursos: a) Los activos adquírídos con los recursos de la contribución parafiscal; f.,4e w AN 13 , 1 -- Forootd, <:'olombia GD-FM-015.v1JI ? i:tirística, promoción y la cornpetitividad turística, y el recaudo del impuesto con Destino al Turisrno como inversión social, forman parte de los recursos del .Fondo Naciorial de hirismo (F'ontur). Bajo estas supuestos ru. -)n-nativos, el Fondo Nacional de Tialsrno ejecuta sus recursos a través de proyectos presentados por los proponentes definidos en el Manual para la 1:1)6,-,;tinación de Recursos y Presentación de Proyectos del Fondo Nacional de Turis[DO, en coherencia con los planes estratégicos, programals3 y la Política Nacional de Tt...irisnio. • - yfóN DE LOS PROYECTOS' ROLES YCE PRODIMIENTS . O , „ 21, RADICACIÓN, DPLT9 /P4PATIVA O PROPU ESTA-PROPONENrE Los proponentes presentarán, en cualquier momento del año, los proyectos o iniciativas ante el Fondo Nacional de Turismo. 1)) Las donaciones;
21, RADICACIÓN, DPLT9 /P4PATIVA O PROPU ESTA-PROPONENrE Los proponentes presentarán, en cualquier momento del año, los proyectos o iniciativas ante el Fondo Nacional de Turismo. 1)) Las donaciones; (..;) Los recursos provenientes do patrocinios y actividades comerciales; d) Los recursos derivados de la explotación económica de los activos que fueron de propiedad de la Corporación Nacional de Turismo, en los términos de la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Comercio Industria y Turismo; e) Los recursos que provengan de la cooperación internacional en materia de turismo y cualquier otro recurso que se carialice a través de tesorería; f) Los rendimientos financieros que se deriven del manejo de las anteriores partidas; q) Los demás activos recibidos para el desarrollo de sus funciones' (»lile, 28 N 7,14 - fjogota; Coi0P7hia ;.; • • • • • • • CO -FM - 01,017 (::::,ada proyecto se presentará en la ventanilla de -correspondencia del Fondo Nacional de Turismo, en original o a través del correo electrónico que disponga el Fondo Nacional de urismo. Los proyectos serán radicados cumpliendo (mi los requisitos establecidos en el Manual de De!..3tina.ción de Recursos y Presentación de Proyectos del Fondo Nacional de Turismo. El Fondo Nacional de Turismo deberá informar al Viceministerio de Turismo, por lo menos una vez al mes o cuando este lo requiera, los proyectos que le sean radicados, y adjuntará 1,ii la lista actualizada de estos con una copia de la ficha del proyecto.
2,2« FORMULACIÓN Y VIABILIDAD DEL PROYECTO O INICIATIVA-FONTU
una vez al mes o cuando este lo requiera, los proyectos que le sean radicados, y adjuntará 1,ii la lista actualizada de estos con una copia de la ficha del proyecto. 2,2« FORMULACIÓN Y VIABILIDAD DEL PROYECTO O INICIATIVA-FONTU Recibidos los documentos del proyecto propuesto, el Fondo Nacional de -Furismo efectuará una verificación preliminar de que esté acorde con las normas, políticas nacionales y territoriales del sector turismo, los planes y programas derivados de estas, y el Plan Sectorial de Turismo. Verificado lo anterior, el Fondo Nacional de Turismo estructurará las fichas metodológicas correspondientes, para lo cual solicitará al proponente la información que requiera para su diligenciamiento y sostendrá las reuniones necesarias para la comprensión y coordinación de las acciones a apoyar por medio del proyecta El Fondo Nacional de Turismo podrá solicitar por escrito ajustes, documentos y aclaraciones a tos proponentes, Para este efecto, le otorgará un plazo máximo de diez (10) días hábiles. En caso de que el Fondo Nacional de Turismo requiera efectuar una nueva solicitud de aclaraciones, el proponente contará con máximo tres (3) días hábiles eJç Callo 28 Ni->1".:.?A 15 / Ilogoa, Colombia C)f M -01 5 v ii)17 adicionales para cumplir con los requisitos.. En caso de que el proponente no cumpla co FI los requerimientos, el Fondo Nacional de Turismo devolverá la propuesta inicial. El Fondo Nacional de Turismo procederá a formular el proyecto y expedir la viabilidad juriclica, administrativa y presuplmstal), así' corno la sontenibffidad mantenimiento del proyecto dentro los siguientes plazos. FormulacIón Viabilidades Observación
El Fondo Nacional de Turismo procederá a formular el proyecto y expedir la viabilidad juriclica, administrativa y presuplmstal), así' corno la sontenibffidad mantenimiento del proyecto dentro los siguientes plazos. FormulacIón Viabilidades Observación Etapas /Tiempos 33 Días Hábiles 43 Se incluye la diferencia de dos días en la radicación. Proyectos de Infraestructura, incluida Li diferencia de dos•.cilas un la radcación, El Fondo Nacional de Turismo, a través de su página web informará sobre el estado de los proyectos e indicará el número de registro, fecha de radicación, nombre del proyecto, proponente, cobertura geográfica a la que pertenece/beneficia, y los valores del proyecto. 2.3. PERTINENCIA : - COMITÉ INTERNO DE PROYECTOS Fontur remitirá al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo el listado de los proyectos estructurados y viabilizados para la respectiva evaluación final de pertinencia. El Ministerio revisará los proyectos, a través del Comité Interno de Proyectos del Fondo Nacional de Turismo - Fontur, con el fin de determinar que el proyecto es acorde a las normas, políticas, planes y programas derivados de estas, y al Pian Sectorial de Turismo, de acuerdo con los criterios de pertinencia que para este efecto defina, y conformará el eadrie 28 iW 3A - 15 13ogoij, Colombia GD-FM-015Ni)17 ii-.3tado de proyectos susceptibles de aprobación por parte del Comité Directivo del Fondo Nkrional de Turismo 1'1 Comité Inic-}rno de Proyectos de Fontur está integrado por el Ministro o su delegado, el
ii-.3tado de proyectos susceptibles de aprobación por parte del Comité Directivo del Fondo Nkrional de Turismo 1'1 Comité Inic-}rno de Proyectos de Fontur está integrado por el Ministro o su delegado, el Viuoministro de Turismo, y el Director de Análisis Sectorial y Promoción, o quien haga sus veces, en su calidad de coordinador de la ejecución de los recursos fiscales del Fondo y ipr visor del cordrato Suscrito con el administrador del Fondo de Promoción Turística Fondo Nacional de Turismo remitirá al Ministerio, como mínimo, la siguiente información para que el proyecto pueda ser revisado por parte del Comité Interno de Proyectos:
1. Relación que contenga: nombre de proyecto, proponente, valores del proyecto con fuentes presupuestales, concepto integral de evaluación y fechas de las etapas que ha surtida
2. Informe ejecutivo del proyecto, objetivos, impacto, viabilidad, entre otros, o Ficha de formulación que incluya: fecha de radicación del proyecto, fechas de las etapas que ha surtido, descripción, valor (cofinanciadón), actividades a financiar o cofinanciar (con su valor), viabilidad (técnica, jurídica, administrativa y presupuestal), sostenibilidad y mantenimiento del proyecto, emitida por Fontur.
Una vez culminada la etapa de evaluación de pertinacia de proyectos, el Fondo Nacional de Turismo le informará al proponente fas conclusiones, con copia al Ministerio. El análisis jurídico, técnico y presupuestal para la viabilidad de proyectos, así como los cambios o ajustes al proyecto radicado deberán ser publicados por el Fondo Nacional de Turismo en su página web. 1,3A - Bogotá, Cole.vnbia GD-Frvi-015,v11017
cambios o ajustes al proyecto radicado deberán ser publicados por el Fondo Nacional de Turismo en su página web. 1,3A - Bogotá, Cole.vnbia GD-Frvi-015,v11017
24. APROBACIÓN DEL PROVECTO COMITÉ DIRECTIVO DE FONTIJ Los proyectos que sean considerados pertinentes por parte del Comité Interno de t"'myectos del Fondo Nacional de Turismo (Fontur) serán puestos a consideración del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo para su aprobación, conforme al orden
(lel día 1)1 ('59 por SU Secretaria -Fé(.>-,;nica y aprobilido por el Vícernitlistr o de Turismo, I Fondo Nacional do Turismo enviará a la Secretaria Técnica del Comité Directivo los proyectos viables y con pertinencia, con por lo menos cinco (5) días calendario de antelación a la reunión ordinaria del Comité Directivo. De acuerdo a lo anterior, la Secretaría Técnica convocará a los miembros y remitirá, entre otros, los soportes del orden del día, con la debida antelación. Eil Secretario Técnico del Comité Directivo contará con tres (3) días hábiles posteriores a Fi sesión del Comité para expedir y enviar al Fondo Nacional de Turismo las respectivas certificaciones de los proyectos aprobados. En caso de que los proyectos sean aprobados con ajustes, este término se contará después de la aceptación de ajustes por parte del pr oponen te . Durante el proceso de aprobación, el proyecto podrá surtir los siguientes estados: Aprobado: Los proyectos seleccionados que no requieran ajustes tendrán la calidad de aprobados. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la certificación
Durante el proceso de aprobación, el proyecto podrá surtir los siguientes estados: Aprobado: Los proyectos seleccionados que no requieran ajustes tendrán la calidad de aprobados. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la certificación expedida por el Secretario Técnico, el Fondo Nacional de Turismo comunicará Por escrito al proponente la decisión del Comité Directivo, indicando la financiación o cofinanciación aprobada y el trámite a seguir. El proponente o el Fondo Nacional de Turismo podrán solicitar mesa técnica con un equipo interdisciplinario para proceder con la contratación.
Calle 28 ,312 13A 18 181, ,,8?t1 Colombia
GD-FM-015.v11017
Aprobado Sujeto a Ajustes: El Comité Directivo podrá aprobar un proyecto sujeto a la posterior inclusión de ajustes y remisión de información ajustada, aclaratoria yik --.) complementaria. En este caso, el Secretario Técnico del Comité Directivo, dentro de los: tres (3) días hábiles siguientes a la sesión del Comité, enviará al Fondo Nacional de Turismo la certificación del proyecto aprobado sujeto a ajustes. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al recibo de la certificación expedida por el Secretario Técnico, el Fondo Nacional de Turismo comunicará por escrito al proponente la cotinanciarión y las condiciones de aprobación con los ajustes requeridos. El proponente informará la aceptación o no de las condiciones de aprobación, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de recibo de la comunicación.
En caso de aceptación, el proponente, dentro de los cinco (5) días hábiles.
aceptación o no de las condiciones de aprobación, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de recibo de la comunicación. En caso de aceptación, el proponente, dentro de los cinco (5) días hábiles. siguientes a su aceptación, remitirá el proyecto ajustado a Fontur, con la respectiva información ajustada, aclaratoria y complementaria que fue solicitada por el Comité Directivo. El Fondo Nacional de Turismo revisará los ajustes y si el proyecto cumple, comunicará al proponente, por escrito y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la información ajustada y aclarada, que este ha sido aprobado e indicará los trámites a seguir. En caso de recibir "no aceptación" o respuesta alguna por parte del proponente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, se entenderá que ha desistido de su solicitud y el Fondo Nacional de Turismo le informará por escrito esta situación.
Aplazado: El Comité Directivo podrá aplazar el proyecto hasta tanto el proponente o Fondo Nacional de Turismo envíe los ajustes que le haya solicitada En este caso, el Fondo Nacional de Turismo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la decisión del Comité Directivo, comunicará al proponente los motivos por los cuales ha sido aplazado. El proponente subsanará las observaciones o dará respuesta a las mismas
Calle 26 13A -15 / Uvaota Cokonbia GD-FM-015,v1 1017 dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación. El proyecto en:.:1 sometido a consideración en el siguiente Comité Directivo, En caso de no recibir respuesta satisfactoria por parte del proponente dentro del plazo
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación. El proyecto en:.:1 sometido a consideración en el siguiente Comité Directivo, En caso de no recibir respuesta satisfactoria por parte del proponente dentro del plazo establecido, se entenderá que el proponente ha desistido de su solicitud y Fondo Nacional de Turismo le informará por escrito esta situación.
No Aprobado: Para los proyectos no aprobados, el Fondo Nacional de Turismo informará por escrito de este hecho al proponente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la decisión, comunicando las razones de la no aprobación.
201L CONTRATACIÓN FONTUR Aprobado el proyecto, los recursos y aceptadas las condiciones por parte de los proponentes, se procederá a realizar los trámites de contratación por parte de la entidad administradora del Fondo Nacional de Turismo, como vocero y administrador del patrimonio autónomo, de acuerdo con lo establecido en las normas y en su manual de contratación vigente. Para este propósito, el Fondo Nacional de Turismo remitirá a su administrador la ficha, los documentos soporte, las certificaciones presupuestales y los demás documentos necesarios para iniciar el proceso contractual respectivo. Esta información será enviada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la certificación enviada por el Secretario Técnico del Comité Directivo. El plazo máximo para iniciar la contratación de los proyectos, luego de ser aprobados por el Comité Directivo, es de un mes y máximo un mes para dar inicio a su ejecución una vez seleccionado el (los) contratista(s), El administrador del Fondo Nacional de Turismo, COMO vocero del patrimonio autónomo, velará porque el contratista atienda la celeridad ,40r
seleccionado el (los) contratista(s), El administrador del Fondo Nacional de Turismo, COMO vocero del patrimonio autónomo, velará porque el contratista atienda la celeridad ,40r C3,11t, 28 14/,> /3A / Ano/d., Cofambia GD-FM-015.v1017 necesaria para legalizar los contratos y todos los demás requisitos para dar inicio a la ejecución contractual. Li Fondo Nacional de Turismo realizará la supervisión de cada uno de tos contratos, de acuerdo con tos lineamientos técnicos y procedimientos establecidos en su manual de contratación y supervisión, S;119J(19...-,FONTUR La supervisión, el seguimiento y control de la ejecución de los proyectos estará a cargo del Fondo Nacional de Turismo. En este orden, una. vez contratado el proyecto, la entidad administradora del patrimonio autónomo le enviará el contrato y los documentos necesarios para el seguimiento respectivo. 11 Fondo Nacional de Turismo vigilará que los ejecutores y beneficiarios del proyecto hagan pública la participación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y del Fondo Nacional de Turismo en todas las actividades del mismo. ~tes a losm9yectos t El proponente podrá solicitar a Fontur ajustes a los proyectos por iniciativa propia. En este evento la efectuará por escrito e indicará fechas, plazos, lugar, montos, actividades, redistribución de partidas y/o adiciones presupuestales. Fontur revisará jurídica, técnica y presupuestaimente la viabilidad de la solicitud y recomendará efectuar o no los ajustes. Los ajustes que afecten el presupuesto aprobado, el objeto, las nietas o los beneficiarios del proyecto deberán presentarse a consideración del Comité Directivo.
recomendará efectuar o no los ajustes. Los ajustes que afecten el presupuesto aprobado, el objeto, las nietas o los beneficiarios del proyecto deberán presentarse a consideración del Comité Directivo. Callo 25 tW 13,4 15 f&or5, CoMmbla GD-rM ,015m11J17 Cuando el ajuste se derive de una situación ocurrida durante la ejecución del contrato, deberá existir concepto previo por parte de la supervisión a cargo de Fontur, así como del 1:;upervisor o interventor del contrato, que incluya la recomendación y el aval de la modificación propuesta. En este evento, Fontur revisará jurídica, técnica y presupuestalmente la viabilidad de la solicitud y requerirá al proponente el ajuste de la ficha del proyecto.
7. INFORMACIÓN SOBRE EL ESTAppipppRelyapTo Fontur a través de su página web; wwwiontur.com.co informará sobre el estado de los proyectos, indicando número de registro, fecha de radicación, nombre del proyecto, proponente, cobertura geográfica a la que pertenece/beneficia y los valores del proyecta :;(3gt:in se vaya dando el proceso se irá actualizando la información, con los avances y resultados de cada etapa, dando los siguientes avisos: • Radicado • En formulación
- Devuelto Aprobado • No aprobado • Aplazado • En ejecución
- Liquidado • Retirado Fontur enviará al Viceministerio de Turismo, una vez al mes o cuando este lo requiera, un reporte con el estado actual de los proyectos por Departamento. Asimismo, presentará
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reporte con el estado actual de los proyectos por Departamento. Asimismo, presentará 13A 5 .119ogf,/j < C ,y1/m9Did 5,v 11017 (..acla tres (3) meses un reporte completo al Comité Directivo de los proyectos aprobados y su estada AS ESTRATEGICAS PARA. LA ASIGNACIÓN DE RECURS05 • . • • • • . .40,w • 4r.0' . . . , - • • • • • • • , Los Proponentes presentarán en cualquier momento del año, los proyectos o iniciativas ante el Fondo Nacional de Turismo por las lineas y programas de asignación de recursos establecidas en el Manual para la Destinación de Recursos y Presentación de Proyectos de Fontur, así: Linea Estratégica 1: Mejoramiento de la Competitividad Turística. al Línea Estratégica 2: Infraestructura Turística, Linea Estratégica 3: Fortalecimiento de la Promoción y el Mercadeo Turístico, Linea Estratégica 4: Turismo Responsable. <4 Línea Estratégica 5: Banco de Proyectos. Linea Estratégica 6: Administración y Venta de Bienes Inmuebles a Cargo de Fontur. Cabe destacar que el nuevo Coronavirus COVID-19 ha afectado la industria turística y generado un impacto económico de magnitudes impredecibles e incalculables. En efecto, zY28N 13.4 -15 / Colombia GD-FM-015.v11 •••••••• ••017 con corte al 17 de abril de 2020, las pérdidas en Colombia superan los 952 bilio0e5 de Pesos, y :375,558 empleos han sido reportados afectadas o en riesgo 2.
•••••••• ••017 con corte al 17 de abril de 2020, las pérdidas en Colombia superan los 952 bilio0e5 de Pesos, y :375,558 empleos han sido reportados afectadas o en riesgo 2. Por lo anterior, se propone adoptar medidas para mitigar la crisis, impedir la extensión de sus efectos, contribuir a enfrentar las consecuencias adversas generadas en el sector, así como a su fase .de recuperación. En este contexto es recomendable crear una línea estrMégica dirigida a apoyar la cadena de valor del sector turismo en situaríones de i:.:mergencía. ti:JH w., 3te sentido, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo podrá presentar proyectos ante el Fondo Nacional de Turismo por esta nueva línea estratgca en los programas establecidos en el Manual y conforme a las siguientes iniciativas: Linea Estratégica 7: Apoyo a la Cadena de Valor del Sector Turismo en Situaciones de EmergenciiEL erpawní<4.:;,,,,,,9ifipeljtiyhtad„ jflooyaciOri_tsarrolip :prapipsprial ara im uts-. t al sector kismo Wpacignes e.meuenci.a,. Desarrollo de acciones para prevenir, mitigar o conjurar el impacto derivado de situaciones de emergencia o crisis de los actores que hacen parte de la cadena del sector turismo, Alianzas estratégicas entre actores públicos y privados para la gestión competitiva y sostenible del turismo, Fortalecimiento innovación y competitividad de los servicios de la cadena del sector Turismo Sistemas de gestión de riesgo De acuerdo con la información reportada por los gremios y por ProColombía entidad encargada de promover el turismo internacionaL 1,74 - 1,5" /130gopsí,
Sistemas de gestión de riesgo De acuerdo con la información reportada por los gremios y por ProColombía entidad encargada de promover el turismo internacionaL 1,74 - 1,5" /130gopsí,
GO-FM-015,0 1017
Proyectos integrales que definan para su ejecución actividades de dos o más líneas estratégicas para la asignación de recursos establecidas en este Manual. L inalmente, se precisa que todas las dependencias involucra as en estos procesos, procederán con las modificaciones administrativas internas que sean necesarias tales corno actuzación de formatos procedimientos yfo manuales respectivos en Presentación de Proyecto , de Fontur, concordancia con la presente Circular y el Manual para la destinación de Recursos y Corcha tal ente, JOS M..NjjEL RE fREPO AS NDANO tnistro de Comercia Industria y Turismo CIto 28 1. 11 -15 /50goid, Co/o/nbia