MINCIT - Circular 020 de 2020
Ministerio de Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 020 de 2020
- Autor
- Ministerio de Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2020
Dirección de Comercio Exterior ctRcrü,Af,,'0.20
Poro: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTEruO DE COMERCIO, INDUSTRI,A Y T DU ERIS IA NA FO O, RD AIR ,TE AC CC II ÓÓ NN YDE I NM NPU ÁE .S ¡STO ISS FY IA ND AUA NN CAS
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ANTIMRCÓTrcOS DE I.A POUCh NACIOMI..
DIRECTOR DE COMERC¡O DCTERIOR I Asunlo: APLICACTóN DEL NUMEML 4 DEL ARTICULO DE IA RESOLUCIÓN 0925 DE 2O2O
Fecho: Bosotó D.c., 1 t, SET 2029
En desorrollo de los principios que orienlon Jos octuociones de los ouioridodes públicos, según se estoblecen en el Código de Procedimiento Administrotivo y de lo Contencioso Adminislrotivo, y ol de confionzo legítimo, lo Resolución 925 del 7 de septiembre de2O2O esloblece que Io exportoción de desperdicios y desechos de choiorro suietos ol Decreto 1 120 de 2020 podró ser outorizodo siempre que el exportodor ocredite, entre otros circunsioncios, lo existencio de uno situoción iurídico consolidodo, según lo dispone el numerol 4 del ortículo l" de eso reguloción. A trovés de lo Resolución 0925 del 7 de septiembre de 2020 el Ministerio de Comercio, lndustrio y
Turismo reglomenlo lo oplicoción de los ortículos 1" y 2 del Decrelo I I20 del I2 de ogosto de2020, señolondo en el numerol 4 del orlículo 1o que los medidos dispueslos en el cilodo Decreto no oplicorón o: o4. Las operaciones correspondienles a situaciones iurídicos consolidodos, que se deriven de negocíos iurídicos que esluvieron en eiecución duronte el año anÍerior o la entroda en vigencia del Decreto I 120 del 12 de ogoslo de 2020n. Poro ocreditor los situociones iurídicos consolidodos o que se refiere el numerol 4 del ortículo I o orribq citodo, el ortículo 2'de lo Resolución 0925 de 2020 estoblece el procedimienlo o seguir, previo o lo presentoción de lo Soliciiud de Aulorizoción de Emborque. Con el obieto de tromitor eslos soliiudes de ouiorizoción de exportoción de los merconcíos descritos por los ortículos 1 y 2 del Decreto I 120 de 2020, ol omporo del numerol 4 de ortículo I de lo Resolución 925 de 7 de septiembre de 2020, con fundomento en los focultodes conferidos por el numerol 7 del ortículo 18 del Decreio 2'10 de 2003 (modificodo por el ortículo 3 del Decreto I289 de 2015), y en concordoncio con los porómetros definidos en el orlículo 2 de lo Resolución 925 de 7 de sepliembre de 2020, o continuoción se informon los lineomientos poro el cumplimiento del cilodo procedimienio, osí:
l. Meso de Autoridodes Competenües: Caile 28 Ns l3A -15 lBogorií, ColomM¿ C@B¿Étu (Sl) €A67€/6 w,niñiaM,d
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Dirección de Comercio Exterior I . Obio. El Minisierio de Comercio, lndustrio y Turismo, o trovés del Grupo Técnico, convocoró semonolmenle o lo Meso de Auloridodes Compeientes con el propósito de verificor lo exislencio de uno situoción iurídico consolidodo y de emitir los recomendociones que considere procedentes poro ser tenidos en cuenio por dicho entidod o los efectos de oulorizor lo exportoción de desperdicios y desechos de chotorro descritos por los ortículos 1 y 2 del Decreto 1 120 de 2020, en los lérminos del ortículo 2 de lo Resolución 925 de 2O2O. 2. lntegroción. Lo Meso de Autoridodes Competentes estoró integrodo por: i. El Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo, o su delegodo, quien lo presidiró. ii. EI Director de Gesiión de Aduonos de lo Unidod Administrotivo Especiql Dirección de lmpuestos y Aduonos Nocionoles - DIAN, o su delegodo. iii. El Direclor de lo Unidod de lnformoción y Anólisis Finonciero, o su delegodo. iv. El Director de Antinorcóticos de lo Policío Nocionol, o su delegodo.
3. Quórum. Lo Meso de Autoridodes Compelentes sesionoró con ol menos ires (3) de sus
integronles y sus recomendociones se lomorón por lo moyorío simple de los iniegrontes presenies en lo sesión. Lo porticipoción se reolizoró de formo virluol o presenciol y lo verificoción y recomendoción consiorón en lo oyudo de memorio de lo sesión correspondienle, eloborodo por el Grupo Técnico.
4. Grupo Técnico. El Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo o trovés el Grupo Técnico interdisciplinorio de lo Meso de Autoridodes Competentes, podró invilor, previo outorizoción de lo Presidencio de lo Meso, o entidodes públicos y orgonizociones privodos que se requieron, de ocuerdo con los temos específicos o obordor.
De monero previo o codo Sesión el Grupo Técnico deberó verificor que los solicitonles oporten debidomente diligenciodo el Formolo poro ocredilor siluociones iurídicos consolidodos (Anexo l), osí como sus correspondienles soporles. ll. Presentoción de los documentos que ocreditqn uno situoción iurfdico consolidodo: Los solicitudes de outorizoción de exportoción, correspondientes o situociones iurídicos consolidodos en los términos del numerol 4 del ortículo I de lo Resolución 925 de 2020, reglomenlorio del Decreto -I20 I del 12 de ogosto de 2020, deberón seguir el siguiente procedimiento: fr \# caue 28 Ne l3A - l5 / Bogol4 Cotombid afiñLÉds iSZt) 6t€7€7€ +w.ntffiMv,c¿
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Dirección de Comercio Exterior
1. Aplicobilidod del procedimienlo. Este procedimiento únicomente es oplicoble o los productos comprendidos en los subportidos oroncelorios identificodos y suletos o los medidos de .l20 reslricción de exportoción del ortículo 1 y 2 del Decreto I de 2020.
2. Solicitud de ocrediloción de situociones iurídicos consolidodos. Los interesodos en exportor los produclos con fundomento en lo estoblecido por el numerol 4 del ortículo I de lo Resolución 925 de 2020 deberón diligencior el formoto dispueslo en el Anexo I que hoce porte inlegrol de eslo circulor y oportor lo informoción de soporte necesorio poro iustificor su petición. en los lérminos del numerol 1 del ortículo 2 de lo Resolución 925 de 2020.
Los solicitudes serón presentodos ol correo electrónico resolucion925@mincit.gov.co, poro ello, deberón odiuntor lo totolidod de los documenlos enunciodos en elAnexo I de lo presenle Circulor, los cuoles deberón ser cloros y legibles. Los documentos presentodos por el exportodor deberón demostror lo existencio de lo siluoción .l120 iurídico consolidodo ontes de lo entrodo en vigencio del Decreto de 2020. Así mismo deberón odiunlor los ontecedenies de los exportociones reolizodos sobre los productos correspondientes, por lo menos duronte el oño inmediotomenie onlerior o lo enlrodo en vigencio lo Resolución 0925 de 2O2O, idenlificondo ol proveedor y deslinotorio.
Deniro de los dos (2) díos colendorio siguientes o lo presentoción de lo documentoción, el Grupo Técnico verificoró que lo informoción remitido por los interesodos correspondo o lo enunciodo en el Anexo I de lo presente Circulor. En el coso que el usuorio no cumplo con lo dispuesto en lo Resolución 0925 de 2020 y el Anexo I de Io presente Circulor, el Grupo Técnico lo informoró o lrovés de correo electrónico. lll. Evoluoción, orforizoción o negoción: El Ministerio de Comercio, lndusirio y Turismo o mós lordqr dentro de los cinco (5) díos colendorio siguienles o lo reolizoción de lo reunión de lo meso de ouloridodes compelentes, por medio electrónico, con bose en lo verificoción reolizodo, conforme o lo recomendoción emilido y teniendo en cuento lo informoción presentodo en los solicitudes de exporloción, outorizoró o negoró lo exportoción de los produclos o los que se refiere los ortículos 1 y 2 del Decreto I I20 de 2O2O. Contro lo negoción de lo soliciiud de outorizoción no procederó recurso olguno. Los solicitudes de exportoción se outorizorón cuondo se hoyo constolodo lo exislencio de uno situoción iurídico consolidodo y lo Meso de Autoridodes Compelentes hubiere emitido uno recomendoción fovoroble, de conformidod con lo estoblecido en el numerol 3 de ortículo 2 de lo Resolución 925 de 2O2O del Ministerio de Comercio, lndustrio y Turismo.
Cale 28 Ne l3A -fO /Bogor¿í colombid Lt4dúE& :5!i) etÉaclÉ w,ñtrcil@v.d
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. Dirección de Comercio Exterior Lo presenle Circulor rige o portir de lo fecho de su publicoción en el Diorio Oficiol, por el mismo iérmino del Decreto 1 120 de 2020. Cordiolmenle, l.,,,,,RI\MnJENTESIBARRA
Eloboró: Cormen lvone Gómez Dloz
Revisó: Luis Fernondo Fuenles lborro/Mouricio Solcedo/Diono Morcelo Pinzón S
H@ ceilc A ¡E ¡tul -15 / Eqñi Mr§¿l emtu (57r) 6067676 frddñd
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Dirección de Comercio Exterior AND(O No. I Formoto poro ocreditor sifuociones iurídicos consolidodos en el morco del numerol 4 del I ortículo de Io Resolución 925 de 2O2O Lo empreso exportodoro soliciionle debe diligencior lo siguienl,e toblo y odlunl,or los sooortes corresoondienles
Fecho Solicitud: Rozón Sociol NIT: l.
Documentos Adiuntos. Morcor con X el documenlo oue se odiunto. Cooio controto Foc'turos Ordenes de Pedido o de Comoro Documentos similores u homólooos Fecho del controto, focturo, Órdenes de Pedido o de Compro o Documentos similores u homólogos que ocredito lo situoción
iurídico consolidodo Reloción de los controtos, focturos, órdenes de pedido o de compro o documentos similores u homólogos que demuestren lo exislencio de lo g Cale 28 ltle l3A -15 / Eogotá, Colmbia Cwq@,tx lSZt ) €A67€7€ w.nimiw,cd
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Dirección de Comercio Exterior situoción iurídico consolidodo ontes de lo entrodo en vigencio del Decreto I ]20 de 2020(odiuntor soportes corresoondientes) Antecedentes de los exoortociones Nombre y NIT del oroveedor Nombre del en comprodor el exterior Subportido oroncelorio u. Reloción de los eryortociones (reolizodos por lo menos duronte el oño inmediolomente onterior o lo expedición de lo Resolución 0925 de 20201 No. y fecho del De ser necesorio se puede utilizor uno hoio onexo. Documento de Exportoción (DEX) Monto de los Los volores se deben expresor en términos FOB en exportociones (volor, dólores de los Estodos Unidos y los contidodes en contidod y unidod tonelodos métricqs. comerciol) Reloción de de ontecedentes los exportociones reolizodos sobre el mismo producto con identidod de proveedor y por destinolorio, lo menos duronte el oño inmediotomente onterior o lo entrodo en vioencio de esto ig
d Cdfie 28 Ne 13A -r5 / Bogorií, Colmbid c@Mds (571) 6ré/é7€ w.ñiNiLñr,c¿
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Dirección de Comercio Exferior resolución (odiuntor soportes ientes Firmo Representonte Legol de lo empreso exportodoro E@ HleBNlel-16 lhstdíMia tuvrnffi (57r) é067675 mú.ed