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MINCIT - Circular 032 de 2021

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 032 de 2021
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2021

Código: GD-FM-015

El progreso es de todos Cc | RC U LAR Versión: 11

Vigente: 12/03/2019

Viceministerio de Desarrollo Empresarial 032

CIRCULAR Para: Entidades de supervisión y control de reglamentos técnicos Productores nacionales e importadores de calzado y confecciones

De: Viceministro de Desarrollo Empresaria!

Asunto: Supervisión y control de los reglamentos técnicos andinos de calzado y confecciones.

Fecha: e/DiC, 2921.

Cordial saludo. Los países de la Comunidad Andina de Naciones - CAN, en aras de buscar la armonización de ' requisitos técnicos con base en normas y directrices internacionales, y en aras de incrementar el comercio entre los países miembro, colaboran para la expedición de reglamentos técnicos comunes, aplicables a los países que integran la Comunidad, estos son: Bolivia, Ecuador, Colombia y Perú. De acuerdo con lo anterior, el artículo 23 de la Decisión 827 de 2018 estableció que la Secretaría General adoptará, mediante resolución, los reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad andinos, previa opinión favorable del Comité Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología. En desarrollo de la Decisión 827 de 2018, el Comité Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología emitió opinión favorable al Proyecto de Reglamento Técnico de Confecciones y Calzado en su reunión celebrada el 25 de septiembre de 2019 y recomendó su adopción. La Secretaría General de la Comunidad Andina emitió la Resolución No.

2107 de 2019, “Reglamento Técnico Andino para el Etiquetado de Calzado, Productos de Marroquinería, Artículos de Viaje y Similares”, y la Resolución No. 2109 de 2019, “Reglamento Técnico Andino para el Etiquetado de Confecciones”. Estas resoluciones entran a ser parte del derecho supranacional. Según el artículo 3 del Tratado de creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, el proceso andino de integración cuenta con una excepcional capacidad legislativa supranacional o, dicho de otra forma, de supremacía de las normas de integración que se producen sobre las normas nacionales. El funcionamiento de este esquema jurídico, al que se denomina “supranacional”, se traduce en la emisión de leyes o normas comunitarias (compuestas por las Decisiones expedidas por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión de la Comunidad Andina, así como por las Resoluciones expedidas por la Secretaría General de la Comunidad Andina) que tienen efectos directos y vinculantes en los Países Miembros desde la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo PROCESO; GD Gestión Documental Página 1 de 2 meno CIRCULAR 032 eEl s p dr eo g tr oe ds oo s - A Mi ng AN Vigente; 12/03//2019 Viceministerio de Desarrollo Empresarial de Cartagena sin necesidad de requerir la previa aprobación de los Congresos Nacionales para su entrada en vigencia en cada uno de los Países Miembros!. De acuerdo con lo anterior, las Resoluciones 2107 y 2109 tendrán aplicación directa e inmediata en

el ordenamiento jurídico colombiano, los reglamentos que adoptan son de aplicación preferente a los adoptados por el país y son vinculantes tanto para los productores e importadores, como para las autoridades colombianas. Sin embargo; para mantener la armonía del ordenamiento y garantizar la seguridad jurídica de los actores dél mercado, es importante reiterar que la entrada en vigor de los reglamentos técnicos andinos no modifica la estructura de supervisión y control definida por el derecho interno. De acuerdo con lo anterior, serán las mismas autoridades definidas por las leyes colombianas las que ejercerán la inspección, vigilancia y control de calidad de los productos sometidos a los reglamentos técnicos adoptados por la CAN, Al respecto, debe resaltarse que, según lo establecido en los decretos 1595 de 2015 y 390 de 2016, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional — DIAN es la autoridad colombiana en materia aduanera, quien seguirá ejerciendo las funciones que le corresponden, según la ley y los reglamentos, en materia de reglamentos técnicos durante el proceso aduanero. Por otro lado, la Superintendencia de Industria y Turismo es la autoridad colombiana encargada de velar por el cumplimiento de las normas de calidad y metrología, así como de los reglamentos técnicos que las establecen, según lo contemplado en la Ley 1480 de 2011 y sus decretos reglamentarios, compilados en el Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Comercio. En ese orden de ideas, la Superintendencia seguirá a cargo de la

supervisión y control de cumplimiento de los reglamentos técnicos andinos. Cordialmente, í Revisó: A mn - Julián Trujillo ' Mendoza Fantinato, G. (s.f.). La supranacionalidad de la comunidad andina y la relevancia de la apuesta por la construcción de proyectos de largo plazo. Biblioteca Digital Andina Secretaría General de la Comunidad Andina.

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