🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINCIT - Circular 1 de 2023

Ministerio de Comercio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINCIT - Circular 1 de 2023
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2023

MINISTERIO DE COMERCIO,

INDUSTRIA Y TURI.SMO

Dirección de Comercio Exterior

Código: GD-FM-015

Versión: 11

Vigente: 12/03//2019

Para: USUARIOS, SERVIDORES PÚBLICOS Y COLABORADORES DEL MINISTERIO DE

COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

Asunto: Fecha:

PRESENTACIÓN INFORME ANUAL DE COMPRAS, IMPORTACIONES V

EXPORTACIONES Y ACTUALIZACIÓN DE PROVEEDORES Y CLIENTES EN EL

EXTERIOR POR PARTE DE LAS SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN

INTERNACIONALDEROGATORIA DE LAS CIRCULARES 032 DE 2021, 008 V 024

DE 2022 Bogotá D.C., 2 3 FEB, 2023 Para el cumplimiento de los numerales 7, 9 y 14 del artículo 69, en concordancia con el artículo 74, ambos del Decreto 1165 de 2019, se informan los siguientes lineamientos para la presentación del Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones y para la actualización de la información referente a los proveedores y clientes en el exterior a cargo de las Sociedades de Comercialización Internacional, a través del aplicativo informático de "Comercializadoras Internacionales" de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE: l. Presentación Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones: La presentación del Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones a cargo de las Sociedades de Comercialización Internacional realizadas en la vigencia 2022, se deberá efectuar desde el 2 de mayo de 2023 hasta el 31 de julio de 2023.

La presentación del Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones a cargo de las Sociedades de Comercialización Internacional realizadas en la vigencia 2022, se deberá efectuar desde el 2 de mayo de 2023 hasta el 31 de julio de 2023. La presentación del referido informe correspondiente a la vigencia 2023, deberá efectuarse a partir del 1 de febrero de 2024 hasta el 31 de mayo de 2024. Para las siguientes vigencias, el Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones a cargo de las Sociedades de Comercialización Internacional deberá efectuarse a partir del 1 de febrero hasta el 31 de mayo del respectivo año. En el evento en que alguna de las fechas indicadas corresponda a un día no hábil, ésta se correrá para el primer día hábil siguiente del correspondiente año. El Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones deberá acompañarse de un oficio suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal de la Sociedad de Comercialización

PROCESO: GD Gestión Documental Página 1 de 2MINISTERIO DE COMERCIO,

INDUSTRIA Y TURISMO

Dirección de Comercio Exterior

Código: GD-FM-015

Versión: 11

Vigente: 12/03//2019

Internacional. En el caso que la sociedad no se encuentre obligada a tener Revisor Fiscal, esta deberá adjuntar un oficio suscrito por Contador Público, dirigido al Grupo Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales de la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones de la Dirección de Comercio Exterior, través de aplicativo informático arriba mencionado. Si la sociedad no ha realizado operaciones, deberá informarlo al Grupo Sistemas Especiales de

Administración de Operaciones de la Dirección de Comercio Exterior, través de aplicativo informático arriba mencionado. Si la sociedad no ha realizado operaciones, deberá informarlo al Grupo Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales a través de oficio suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o suscrito por Contador Público en el caso que la sociedad no se encuentre obligada a tener Revisor Fiscal.

11. Actualización de proveedores y clientes en el exterior: Las Sociedades de Comercialización Internacional, a través del aplicativo informático de "Comercializadoras Internacionales" de la VUCE, deben actualizar los proveedores y clientes en el exterior, por lo menos una vez al año hasta el 30 de noviembre de cada vigencia, sin perjuicio de actualizar la información cuando ocurra alguna novedad sustancial en la misma.

En la página web de la VUCE (www.vuce.gov.co), en la sección "Ayuda" - "Sociedades de Comercialización Internacional", se encuentra publicado el "Manual de Usuario Aplicativo Presentación Informe Anual de Compras, Importaciones y Exportaciones", así como el ''fV!anual de usuario para la actualización de proveedores y clientes en el exterior". En el evento de generarse alguna incidencia en el uso de la herramienta tecnológica que dificulte el acceso para la presentación del referido informe, así como para la actualización de proveedores y clientes en el exterior, el usuario deberá informarlo a través del correo electrónico info@mincit.gov.co, indicando en el asunto la razón social y el NIT de la Sociedad de Comercialización Internacional y en el cuerpo del correo la incidencia que presenta y el pantallazo que la soporte. La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las Circulares 032 de 2021, 008 y 024 de 2022. Cordialmente, fi

La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las Circulares 032 de 2021, 008 y 024 de 2022. Cordialmente, fi

LUIS FERNfiO FUENTES IBARRA

Elaboró: María Carolina Bernal

Revisó: María Carolina Bernal - Carmen lvone Gómez Díaz

PROCESO: GD Gestión Documental Página 2 de 2

Consultar sobre este documento ...