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MINCIT - Circular 10 de 2019

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 10 de 2019
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2019

El progreso MiñCon1ercio • es de todos ' ' Dirección de Comercio Exterior CIRClÍLA.R • 010

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO,

INDUSTRIA Y TURISMO

De:

Asunto:

Fecha: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR RESOLUCIÓN 000066 DE 2019 - REGLAMENTA LOS

DE IMPORTACIÓN DE LOS • DEMÁS ALCOHOLES

DESNATURALIZAR PARA EL AÑO 2019

Bogotá D.C, 13 MAR, 2019 CONTINGENTES ETÍLICOS SIN Para su conocimiento y fines pertinentes de manera atenta se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo R\,Jral expidió la Resolución 000066 del 6 de marzo de 2019, mediante la cual se reglamentan y administran los contingentes de importación para el año 2019 de los demás alcoholes etílicos sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80% vol., clasificado por la subpartida arancelaria 2208.90.10.00, establecidos para el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y tas Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras. Según lo señalado en los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 000066 de 2019, el contingente de importación para el año 2019 corresponde a diecisiete millones cuatrocientos mil ( 17 .400.000) litros y será distribuido a prorrata exclusivamente entre las licoreras departamentales solicitantes, de acuerdo con su participación dentro del total de las solicitudes presentadas y se asignará en cantidades de embarques comercialmente viables correspondientes a un volumen mínimo de diecinueve mil ( 19.000) litros.

departamentales solicitantes, de acuerdo con su participación dentro del total de las solicitudes presentadas y se asignará en cantidades de embarques comercialmente viables correspondientes a un volumen mínimo de diecinueve mil ( 19.000) litros. De acuerdo a lo establecido en la citada Resolución, la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, evaluará la solicitud de cada importador, Calle 28 NI! 13A -15 / Bogotá, Colombia Código Postal 110311 - Nlt. 830115297-6 Conmutador ( 571) 6067676 - Linea Gratuita 01 8000 958283

Email: info@ minclt.gov.co w_w_w. rriiri.cJt.gQY..C_O GD-FM-015.v10El progreso Mincomercio es de todos Dirección de Comercio Exterior determinará la cantidad máxima a a.s¡gnar y publicará el listado indicando la cantidad asignada a cada solicitante en sú--: página web: www.mioag_rjc_u.Ltura.gov.co, Sección:

Convocatorias. Las solicitudes de registro de importación se tramitaran a través de la Ventanilla Única de Comercio ExteriorVUCE. Los interesados deben escoger en la casilla "Aplica Cupo por Otra Entidad" la opción Ministerio de Agricultura y en la casilla "Cupo ( Normatividad Vigente) seleccionar la opción de acuerdo al producto a importar para la respectiva autorización por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, teniendo en cuenta como fecha límite hasta el 10 de diciembre de 2019 de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7 de la Resolución 000066 de 2019. La autorización otorgada para la importación es personal e intransferible y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019.

el Artículo 7 de la Resolución 000066 de 2019. La autorización otorgada para la importación es personal e intransferible y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019. El cronograma que resume los términos señalados en la Resolución 000066 de 2019 podrá ser consultado por el público en la página web www'---rnlna_grk;JJ.ll.ur_a_,_gov.co, Sección: Convocatorias. De acuerdo a la Circular 023 de 2015 es responsabilidad del usuario el correcto diligenciamiento de la solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio ExteriorVUCE. La Resolución 000066 de 2019 empezó a regir a partir del 6 de marzo de 2019, fecha de su publicación en el Diario Oficial No. 50.887.

NDO FUENTES IBARRA

Elaboró: Tatiana Roba • Pulidl1 Diego Chaves ti4

Revisó: Carmen lvonne Gómez Diaz fi

Calle 28 NQ 13A -15 / Bogotá, Colombia Código Postal 110311 - Nit. 830115297-6 Conmutador (571) 6067676 - Linea Gratuita 01 8000 958283

Email: lnfo@ mincit.gov.co ww_w.mlncit.g,;,_y.fiQ

GD-FM-015.v10

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