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MINCIT - Circular 19 de 2017

Ministerio de Industria y Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 19 de 2017
Autor
Ministerio de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2017

Para: De:

Asunto: Fe.cho:

DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR CIRCULAR No 019 ·-·-- •. y

USUARIOS Y FUNOONARIO!ii [)EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR MODIFICACIÓN CIRCULAR 023 DE 2016 SOBRE DISTRIBUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTINGENTE DE l:XPORTACIÓN DE AZÚCAR SIN REFINAR Y PANELA DE LA ORGAN!ZAOÓN MUNDIAL DEI. COMERCIO (OMq A ESTADOS UNIDOS PARA EL PERIODO 2016 fi 2017 Bogotá D.C., 29 JUN. 2017 Atendiendo las solicitudes presentadas por algunos º"portadores del sector azucare, o y panelero sobre lo ampliación del plazo poro exportar los cupos asignados el 13 de octubre do 2016 y 2 de moyo de 2017; y en consideración o la fuerte temporada invernal y al paro dvica presentado on Buenaventura c¡ue retrasó el flujo normal de las operaciones logísticas del comercio exterior, se hace ncc0sario modificar lo Circular 023 de 2016 de lo siguienfe manera: El título "Reasignación de cupos" se modifica en el sentido de precísm c¡ue los exportadores deberán informar entre el 1 y el 3 de ago,to de 2017, al correo electrónico ,barnentos@mincit.¡¡oYcco, la utilización del cupo otorgado en lo asignación inicicrl y en la devolución voluntaria antes del 31 de julio de 2017. El 8 de agosto de 2017 se publicarán en la página web de lo Ventanillo Único de Comercio Exteriorutilización del cupo otorgado en lo asignación inicicrl y en la devolución voluntaria antes del 31 de julio de 2017. El 8 de agosto de 2017 se publicarán en la página web de lo Ventanillo Único de Comercio ExteriorVUCE "www.vuce.gov.co", las toneladas métricas a reasignor. Entre el 9 y el 14 de agofilo de 2017 se recibirán !as solicitudes de reasignación de cupo por el Módulo Formulario Único da Comercio Exl<lrior • FUCE de la VUCE. la distribución del contingente se realizará entre usuarios históricos y nuevos de acuerdo o los porcentajes establecidos en lo sección "Asignación Inicial" de la Circular 023 de 2016 paro coda subparlida. El 18 de agosto de 2017 se publicor6,1 en la página fi,vufifio las toneladas asignadas o codo solicitante por subportido. Calle 28 Nº 13A • 15 / Bogotó, Colombia Conmvrador (57116067676 WYMJ.nindtg,QY,_fifi

GD,FM-015. VS&\ MINCOMERCIO "' INOUSlRIA V TIJRISMO

DIRECCIÓM DE COMERCIO EXTERIOR

TODOSPORI.IN NU!EVO ij.!lfifis .• 019 Entre el 19 de agosta y el 25 de septiembre df;l 2017 se deberán solicitar los ce1tilicados de elegibilidod ante el Ministerio de Comercio, Industrio y T urísmo, a través de lo VUCE y de acuerdo al procedimiento previsto en lo Circular 023 de 2016, los cuales deberán ser utilizados antes del 30 de septiembre de 2017, inclusive.

ante el Ministerio de Comercio, Industrio y T urísmo, a través de lo VUCE y de acuerdo al procedimiento previsto en lo Circular 023 de 2016, los cuales deberán ser utilizados antes del 30 de septiembre de 2017, inclusive. En el título "Dispo1ídones finales" se modili<;on los párrafos 4 y 5 de la siguiente manero: Si antes del 31 de ivlio de 2017 el solicitante no utilizó más del 80% de lo que se había otorgado en la sumatorio de los asignaciones inicial y de,,.olución voluntario, no podrá solicitar reasignación de cupo el 9 de agosto de 201 7. Asimismo, si el declorante no presenltl oportunameote los Dedorociones de Exparltlción en la VUCE, o presenta soporte; que no corresponden a lo ov1Qdzado1 no seró considerado para lo reosignodón del 9 de agosto de 2017. los demós disposiciones contemplados en la Circular 023 de 2016 continúan vigentes. la presente Circular rige o partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofir.íal y modifico en lo pertinente de lo Circular 023 de 2016.

Elaboró: Myrit11•n Tibovi1lcy D. - Cofo!ino 9or(iéntos S

.\(Ri!M$ó; Cormtt1 lvol'lne Chmé:t O, Calle 28 N" 13A • 15 / Bogotá, Colombia Conmvlodo, (571 J 6067676 www.mindt,gpY.cq

GD·FM-015 V5

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