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MINCIT - Circular 2 de 2019

Ministerio de Comercio

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Detalles

Título
MINCIT - Circular 2 de 2019
Autor
Ministerio de Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2019

El progreso Mincomercio es de todos Dirección de Comercio Exterior

CIRCULAR, Nº _Q_Q_2

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y

TURISMO

De: DIRECTORA DE COMERCIO EXTERIOR ( E)

Asunto: APLICATIVO REGIMEN DE TRANSFORMACIÓN Y ENSAMBLE - RTE. MODULO

REPORTE E INFORME PIN.

Fecha: BOGOTÁ o.e, 16 ENE, 2019

Para su conocimiento y aplicación se infonna que a partir de 18 de Enero del 2019 se implementará el Modulo para la "Presentación y evaluación de reportes e informes PIN" para las empresas ensambladoras de motocicletas, a través de la ventanilla única de comercio exterior• VUCE, eliminando la presentación física de los mismos en el marco de lo establecido en la Resolución 2436 de 2016. La implementación de este nuevo módulo en la VUCE permitirá la presentación y evaluación de los reportes e informes presentados por las ensambladoras de motocicletas de manera electrónica, disminuyendo el uso de papel y optimizando tiempos de presentación y evaluación. Para la puesta en marcha del mismo y de conformidad con lo expuesto en la Circular 015 del 22 de mayo de 2018, y el parágrafo 2 del artículo 2.2.1.10.2.3 del Decreto 1074 del 2015 las planillas presentadas de forma física antes del 31 de Mayo del 2018, fueron cargadas al sistema por el Grupo Registro de Productores de Bienes Nacionales con el fin de que toda la información requerida para el informe PIN de vigencia 2018 se encuentre en el sistema. Es importante precisar que los requisitos establecido en la Resolución 2436 del 2016 para la presentación de

Bienes Nacionales con el fin de que toda la información requerida para el informe PIN de vigencia 2018 se encuentre en el sistema. Es importante precisar que los requisitos establecido en la Resolución 2436 del 2016 para la presentación de los reportes e informes continúan siendo los mismos. En el evento de presentarse dificultades en el uso de la herramienta tecnológica que impidan continuar con el proceso normal de radicación de las solicitudes, los usuarios deberán informar al correo electrónico otorres0Jmincit.gov.co y cochoa@mincit.gov.co La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación. Cordialmente, Calle 28 Nfi 13A -15 / Bogotá, Colombia Conmutador ( 571) 6067676 www.mincit.gov.co

GD-FM-015. V7

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