MINCIT - Circular 21 de 2019
Ministerio de Comercio
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Detalles
- Título
- MINCIT - Circular 21 de 2019
- Autor
- Ministerio de Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2019
Para: De:
Asunto: Fecha:
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
CIRCULAR 021
USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA
Y TURISMO
DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR
PRESENTACIÓN DEL CUADRO INSUMO PRODUCTO (CIP) A TRAVÉS DE LA
VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE)
Bogotá D.C., O 7 NOV • 2019 Para su conocimiento y aplicación de manera atenta se informa que a partir del 12 de noviembre de 2019 los usuarios de programas de Sistemas Especiales de ImportaciónExportación autorizados al amparo de los artículos 172 y 173 B del Decreto Ley 444 de l 967, deberán presentar los Cuadro Insumo Producto (CIP) a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, en el marco de lo señalado por el literal c) del artículo 7 y con observancia de los artículos 51 a 54 de la Resolución 1649 de 2016. Para ese efecto los usuarios deben registrarse previamente ante la VUCE y contar con firma digital, según lo establecido en la Circular 014 del 13 de ¡unio de 2016. Si el interesado ya cuenta con el registro de usuario en la plataforma de la VUCE, no requerirá efectuar un nuevo registro. En caso de que se presenten situaciones que impidan la radicación de los Cuadros Insumo Producto (CIP), se establecerá la contingencia por parte de la Coordinación del Grupo de Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales, de acuerdo con el protocolo de contingencia contenido en el Anexo No. l de la presente circular. En el evento de presentarse dificultades en el uso de la herramienta tecnológica que impidan
Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales, de acuerdo con el protocolo de contingencia contenido en el Anexo No. l de la presente circular. En el evento de presentarse dificultades en el uso de la herramienta tecnológica que impidan continuar con el proceso normal de radicación de los Cuadros Insumo Producto (CIP), los usuarios deberán informarlo al correo electrónico: info@mincit.gov.co. Galle 28 NE 13A -15 J Bogotá, Colombia ,;..:.,-, :, .• ,fi.e· GD-FM-015.vll, El progreso • es dl! todos DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Las ayudas y manuales de uso ·del" aplicativo informático se encuentran publicadas en la página web de la VUCE www,vuce.gov.co, en la opción "ayuda", "Sistemas Especiales de Importación - Exportación". La presenta circular rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Cordialmente, Elaboró: Nathalia Gómez Varela t-' Revisó: Carmen lvone Gómez Díaz Diana M. Pinzón s1Q Calle 28 N:! 13A -15 I Bogotá, Colombia ::,fi_,¡rr,fififi'!;.c ·57:; €G67676 www.m1ncir,aov.fi• GO-FM-015.vllDIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANEXO No. l VERSIÓN l PROTOCOLO DE CONTINGENCIA PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS CUADROS INSUMO PRODUCTO (CIP) EN DESARROLLO DE LOS SISTEMAS ESPECIALES DE IMPORTACIÓNEXPORTACIÓN DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE
COMERCIO EXTERIOR (VUCE).
OBJETIVO:
PRODUCTO (CIP) EN DESARROLLO DE LOS SISTEMAS ESPECIALES DE IMPORTACIÓNEXPORTACIÓN DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE
COMERCIO EXTERIOR (VUCE).
OBJETIVO: Establecer el procedimiento a seguir en los eventos en que se presenten fallas en el aplicativo Informatice de Cuadros Insumo Producto (CIP) en la plataforma de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), impidan la radicación del documento.
PROCEDIMIENTO: El evento de contingencia para el aplicativo informático de la VUCE corresponderá a la
situación que se describe a continuación: l. No se permita la presentación de los Cuadros Insumo Producto (CIP) En caso de presentarse esta incidencia en el aplicativo informático, el usuario deberá enviar un correo electrónico al correo info@mincit.gov.co, en el que se evidencie la imagen de pantalla del sistema con la dificultad técnica y la descripción de la situación presentada. En el evento de confirmarse la incidencia, la Coordinación del Grupo de Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales procederá a publicar la contingencia en la sección de noticias de la página web de la VUCE www.vuce.gov,s:º y dicha publicación servirá como soporte para solicitar la aplicación extemporánea de que trata el numeral 3º del artículo 22 de la Resolución 1649 de 2016 o de la norma que la modifique o sustituya. Calle 28 NE TJA - f(j I Bogotá, Colombia Cc,.fi,-r.1,•s(k,r '57.'} 606?'676 i.w.minoit.q{;)V,e:cj fi ;,._¡,,,.•:. ,,
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DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
2. Mantenimiento del aplicativo informático en la Ventanilla Única de Comercio Exterior
(VUCE) Cuando se requiera realizar mantenimiento del aplicativo que impida la presentación de los Cuadros Insumos Producto (CIP), se establecerá la contingencia. Para ello, la Oficina de Sistemas de Información del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reportará esta situación a la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones y al Grupo de Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales, cuya Coordinación establecerá la contingencia y la publicará a través de la página web de la VUCE www.vuce.gov.co, en la sección de noticias. Una vez sea levantada la contingencia, el usuario deberá radicar los Cuadros Insumos Producto (CIP) y solicitar la aplicación extemporánea de que trata el numeral 3º del artículo 22 de la Resolución 1649 de 2016 o de la norma que la modifique o sustituya. Cafirt 28 Nfi !JA -15 / Boqotá, Colomóiil GD-FM-015.vll